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Resumen para el Segundo Parcial | Teoría Contable (Cátedra: Montanini - 2022)  |  Cs. Económicas  |  UBA
Cap. 6: Modelos Contables
6,1. CONCEPTOS BÁSICOS
Modelo: es un intento de representar la realidad a fin de poder explicar su comportamiento o su evolución. Representación teórica de la realidad.
Estado Contable: trata de explicar la situación patrimonial, financiera y económica de los entes que los emiten, así como su evolución a lo largo del-tiempo.
Modelo Contable: conjunto de criterios utilizados para confeccionar un estado contable
No existe, un único conjunto de criterios irrefutable y unánimemente aceptado para elaborar los estados contables. Por el contrario, se sostienen distintas posturas tanto con respecto a temas esenciales como en relación con cuestiones específicas. Esto hace que existan diferentes modelos contables y que, en consecuencia, el patrimonio de un ente y sus resultados puedan expresarse con distintas cifras, según el modelo que se adopte.

6,2. PARAMETROS QUE INTERVIENEN EN LA DETERMINACION DE LOS DIFERENTES MODELOS CONTABLES
a) La unidad de medida: El patrimonio de un ente suele estar compuesto por una cantidad de bienes diferentes. Los mismos deben ser reducidos a un común denominador. Para ello se utiliza la moneda, suponiéndose que la misma constituye, un patrón estable de valor.
1. Homogénea: Ajustar o corregir íntegramente los estados contables, a fin de tomar en consideración los efectos de las modificaciones en el poder adquisitivo del dinero.
2. Heterogénea: No tomar en cuenta la existencia de los cambios en el poder adquisitivo del dinero y emitir los estados contables como si los mismos no existieran
b) El capital a mantener: Se relaciona con la ganancia, y con esto hay dos posturas:
1. Financiero o Dinerario: aporte de los propietarios (se usa en Argentina y en todo el mundo).
2. Físico, económico u operativo: la ganancia está dad por el aumento de la capacidad operativa/económica de la compañía (ni se usa).
c) El criterio de valuación aplicable al patrimonio al cierre de cada ejercicio (pasivos y activos): Las alternativas que se relacionan con el valor límite de los activos son:
1. Valores históricos o costo del pasado
2. Valores corrientes o del presente
En el balance de cierre de ejercicio debe asignarse un valor límite o tope, en el cual existen dos posturas: 1. Fijarlo en el valor de mercado que, en primera instancia, sería el costo de reposición de los activos; 2. Establecerlo en el valor recuperable de los activos.

6,3. DIFERENCIAS ENTRE MODELOS Y PRACTICAS CONTABLES
No hay ningún modelo que suela aplicarse a ultranza, al 100 %, en las prácticas contables de los diferentes países. Lo habitual es que en la realidad se sigan, predominantemente, los lineamientos de algún modelo, pero no que se lo respete en su totalidad.
Por ejemplo, en la Argentina, las normas contables profesionales postulan como parámetro para el modelo contable aplicable la utilización de valores corrientes. Pero no todos los activos se valúan a valor corriente, pues algunos intangibles, así como ciertas participaciones en empresas que no cotizan en bolsa, se valúan a su costo original. Otro rubro importante del activo —los bienes de uso— también puede valuarse al costo, en su caso, neto de amortizaciones acumuladas.
No debe pensarse que los modelos “son ley” y que deben ser estrictamente respetados. Como señaláramos al comenzar este punto, son intentos de representar la realidad, aproximaciones a la misma. Las prácticas contables de cada país suelen seguir, predominantemente, los lineamientos de algún modelo. Pero lo excepcional es que lo cumplan al pie de la letra.

Cap. 7: Unidad de medida
7,1. INTRODUCCION
El balance general presenta el patrimonio mediante un recurso que permite reducir los múltiples elementos heterogéneos que lo componen a una expresión que posibilita agruparlos y compararlos fácilmente. Este recurso consiste en elegir una moneda de cuenta y valorizar los diversos elementos patrimoniales, asignándole un precio a cada unidad. Generalmente, se utiliza como moneda de cuenta el dinero que tiene curso legal en el país dentro del cual funciona el ente.

7,2. INFLACION Y DEFLACION
Inflación: es la pérdida de poder adquisitivo del dinero, en general, la forma de medirla será computando el aumento promedio de los precios de los distintos bienes y servicios que se transan en la economía.
Deflación: es la inversa de la inflación, o sea, el aumento persistente del poder de compra del dinero o, lo que es lo mismo, la disminución de los precios.
Para calcular la variación promedio, deben elaborarse números índice del nivel de precios, los que, idealmente, tendrían que tomar en consideración a todos los bienes y servicios que se transan en la economía, ponderando, además, su participación relativa.
Los precios pueden cambiar continuamente. Pero sería imposible calcular un índice del nivel general de precios instantáneo, por lo que se lo compila periódicamente (en nuestro país, en forma mensual).
Un número índice, para que su utilización resulte apropiada a efectos contables, debe reunir, como mínimo, los siguientes requisitos:
• Comprender una muestra lo más amplia y representativa posible de bienes y servicios, de forma tal de atenuar, en cuanto sea factible, las fluctuaciones de precios atribuibles a razones estacionales, a distintas zonas geográficas o a cambios en los hábitos de los consumidores.
• Referirse a períodos breves, por ejemplo, mensuales.
• Ser de pronta y regular difusión. Si el índice es mensual, debería estar disponible los primeros días del mes siguiente a aquel al cual se refiere.
• Ser confeccionado por un organismo que merezca consenso en cuanto a su seriedad y confiabilidad.
En la Argentina existen dos grupos de índices elaborados por el INDEC: el índice de precios al consumidor (IPC) que mide el costo de vida, y el Sistema de Índices de Precios Mayoristas (SIPM), que mide el precio de los bienes en los mercados al por mayor. En los estados contables, se usan los precios mayoristas porque son los que les interesan a las empresas. El SIPM se compone de tres indicadores: 1) índice de precios internos al por mayor (IPIM) que mide la evolución de los precios a los que el productor o el importador vende sus productos en el mercado doméstico al por mayor; 2) el índice de precios internos básicos al por mayor; 3) el índice de precios básicos del productor. Lo más apropiado es tomar el IPIM, porque lo que interesa es ajustar el poder de compra general del dinero y no el efecto del cambio de precios de un bien específico.
Un aspecto que debe destacarse consiste en que el índice no representa el nivel de precios existente el último día del mes, sino que describe el nivel de precios vigente a lo largo del mes durante el cual se fue haciendo la recopilación.
Para calcular la variación de precios producida en cualquier mes con respecto al inmediato anterior, de manera porcentual:
= =

7.3. EFECTOS DE LA INFLACION (DEFLACION) SOBRE LOS INFORMES CONTABLES CONFECCIONADOS SIN TOMARLA EN CUENTA.
Las distorsiones tienen que ser significativas (inflación mayor al 8%), ya que, si no influye tanto, no se hace nada (no se ajusta).
Si no se toma en cuenta los cambios en el poder adquisitivo de la moneda, a la hora de armar los informes contables, se provoca una serie de distorsiones sobre la información contable.
• Distorsiones en los Saldos de las Cuentas: Las cuentas que forman parte de los estados contables van acumulando importes que, para poder sumarse, requieren estar expresados en la misma unidad de medida. Si hay inflación o deflación, la moneda va cambiando de valor y no puede hablarse ya del peso o del dólar en general, sino que hay que agregarle la referencia al período al cual corresponde su poder adquisitivo. Podemos sumar las cifras, pero reduciéndolas previamente a una unidad de medida homogéneas (re expresando por inflación).
• Distorsiones en los Totales de los Estados Contables: si preparamos los estados contables como si no hubiera inflación, diversos totales carecerán de significado lógico.
• Distorsiones en los Resultados de Ventas: El resultado bruto de ventas surge de comparar el importe de ventas con el costo de adquisición de la mercadería vendida. Cada venta se registra al precio corriente del momento en que se efectúa. Pero el costo de ventas, en una empresa comercial, corresponde al costo de compra de la mercadería vendida, el cual está expresado en una moneda cuyo poder adquisitivo corresponde al momento de su incorporación en el patrimonio. Por lo general, la compra de la mercadería es anterior, a veces varios meses, al momento de la venta. Pero si hay inflación, el Resultado de Ventas se lo sobredimensiona, tanto más cuanto mayor sea el lapso que transcurrió entre la compra y la venta.
• Distorsiones en los cargos por Amortizaciones: Los bienes de uso permanecen un tiempo prolongado en el patrimonio. Si se los mantiene a su costo original sin ajustar por inflación, y hay una desvalorización significativa del signo monetario, las amortizaciones contables se seguirán calculando sobre los valores originales de incorporación y serán a todas luces insuficientes para retener los fondos necesarios a fin de reponer los bienes cuando expire su vida útil.
• Distorsiones en las Comparaciones: carece de toda lógica comparar dos balances a fechas sucesivas, si previamente no se los reexpresa para uniformar la unidad de medida. Si hubo inflación, las principales distorsiones se producirán en los activos y pasivos corrientes, que provendrán íntegramente de cada uno de los respectivos ejercicios, y, quedarán expresados en moneda de cada uno de ellos. Habrá un aumento aparente del ^ activo y pasivo corrientes, que podría atenuarse o revertirse si se homogeniza la unidad de medida.
• Resultado por Exposición a la Inflación: Los cambios en el poder adquisitivo del dinero, por sí solos, pueden provocar resultados, al margen de las operaciones de la empresa, y en virtud del efecto que provocan sobre ciertos activos y pasivos. La desvalorización de un activo implica una pérdida, la cual, si no se ajustan por inflación los estados contables, no tiene reconocimiento.
Ajuste integral: Persigue como objetivo básico que todas las cifras de los estados contables queden expresadas en una unidad de medida homogénea. La moneda que se utiliza a tal fin es aquella cuyo poder adquisitivo corresponde al momento de cierre de ejercicio.
La mayoría de los activos, si se los valúa a su costo de incorporación en el patrimonio, quedará expresada en una moneda cuyo poder adquisitivo corresponda a una fecha anterior al momento de cierre de ejercicio. Todas las partidas que están en una moneda anterior al cierre de ejercicio deberían ser reexpresadas por inflación.
El mecanismo general de reexpresión de la moneda (los estados contables) consta de dos pasos:
1. Determinación de la fecha de origen de las partidas: Este proceso de asignar fechas de origen suele denominarse anticuación, pues consiste en determinar la antigüedad de cada partida. En términos generales, puede decirse que la fecha de origen es aquella en la cual una partida afectó o incidió en el patrimonio o en los resultados. La mayoría de las partidas de resultados tienen como fecha de origen la de su devengamiento.
2. Reexpresión de los importes originales: Para reexpresar los importes, primero hay que elaborar un coeficiente corrector utilizando los índices de precios. Un índice de precios se elabora en relación a un año base al que se le asigna un nivel de precios igual a 100. El coeficiente corrector será igual al índice de precios de cierre de ejercicio, sobre el índice de precios de la fecha de origen, o también igual a la tasa de inflación más una unidad. El índice de precios más apropiados para reexpresar los estados contables es el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM).



CLASIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS SEGÚN EXPOSICIÓN A LA INFLACIÓN:
Son PARTIDAS NO MONETARIAS las que no tienen un valor cierto en moneda legal. Esto significa que, si hay inflación, su precio puede subir, es decir que no sufren plenamente el impacto de la desvalorización monetaria. Ejemplos de partidas no monetarias son las mercaderías de reventa, las materias primas, los productos elaborados, las maquinarias, las instalaciones, los inmuebles, las acciones de otras sociedades, etc.
Se denominan PARTIDAS MONETARIAS las que tienen un valor cierto en moneda legal, como, por ejemplo, el dinero de curso legal en caja y bancos, y los créditos y deudas en moneda nacional, sin cláusula de ajuste o indexación.
A veces se dice que las partidas monetarias no se ajustan por inflación y las no monetarias sí. Debe destacarse que no siempre esto es así. Lo que determina que haya que reexpresar es que el poder adquisitivo de la moneda en que esté registrado el bien corresponda a un momento anterior al de cierre de ejercicio.
RESULTADOS POR EXPOSICIÓN A LA INFLACIÓN
Cuando se atraviesan períodos de alta inflación suelen producirse cambios significativos en los precios relativos de los bienes. Es decir que unos se encarecen, o sea, sus precios suben por encima de la inflación, y otros se desvalorizan y no alcanzan a crecer al ritmo del deterioro del signo monetario. Así como la inflación potencia, por los cambios en los precios relativos, los resultados por tenencia de las partidas no monetarias, también genera un resultado por la tenencia de activos y pasivos monetarios. Este resultado por tenencia de partidas monetarias es conocido como resultado por exposición a la inflación. Será negativo si se desvalorizó un activo, será positivo si se desvaloriza un pasivo.

Cap. 8: Capital a mantener
MANTENIMIENTO DEL CAPITAL FINANCIERO (o dinerario): el capital está dado por cifras efectivamente invertidas por los propietarios, entendiendo por tales los aportes realmente efectuados. También formarán parte del capital las ganancias capitalizadas, en la medida en que provengan de incrementos patrimoniales genuinos. En la concepción del capital financiero, ganancia es todo incremento patrimonial que no provenga de nuevos aportes de los propietarios. En épocas de inflación lo que se debería mantener es un importe de capital equivalente al poder de compra originalmente invertido. Por tanto, el capital no sería ya la suma nominal colocada, sino el equivalente a dicho importe reexpresado por un coeficiente representativo del aumento en el nivel general de precios. Dado que la magnitud total del patrimonio neto es independiente de la cifra de capital, puesto que se obtiene por diferencia entre activos menos pasivos, al ser el capital reexpresado superior al nominal, la ganancia del período resultará inferior.
MANTENIMIENTO DEL CAPITAL FISICO (económico u operativo): lo que se trata de mantener es el valor de los bienes que determinan la capacidad operativa o productiva de la empresa. Es decir que el capital no se identifica con el dinero aportado, sino más bien con el valor de los bienes físicos necesarios para mantener la capacidad operativa. Por lo tanto, de acuerdo con este concepto, existirá ganancia solamente si la capacidad productiva física o capacidad operativa de la empresa excede al final de un período la capacidad productiva física que existía al comienzo del mismo. Por supuesto, esta comparación debe efectuarse después de computar los aportes o retiros de los propietarios durante el período. Es decir que la utilidad se determina por el excedente monetario que se obtiene una vez que se reponen los activos consumidos en la producción de los bienes o servicios.
Cap. 9: Criterios de valuación
COSTO: es el sacrificio que debe afrontarse para adquirir o producir un bien o servicio. costo de adquisición no es sinónimo de precio de compra.
COSTO DE ADQUISICIÓN: El costo de adquisición es más abarcador, incluye otras partidas, mientras que el precio de compra es habitualmente el principal componente del costo de adquisición, pero no el único. También integran el mismo los gastos de compra y recepción, los cuales implican un sacrificio para obtener los bienes.
Sólo deben integrar el costo de adquisición los gastos directos de compra y recepción. Por gastos directos se entienden aquellos que pueden identificarse con cada adquisición en particular, es decir que sólo se incurren si se efectúa esa compra. (fletes, seguros, derechos de importación, honorarios del despachante de aduana, jornales para la descarga).
El precio de compra a computar en el costo es el precio de contado. Si la operación se hace financiada, el vendedor adicionará gastos que pueden adquirir distintas formas.
Se conocen con el nombre de bonificaciones las rebajas que suele efectuar el proveedor por razones comerciales. Las bonificaciones o rebajas comerciales reducen el costo de adquisición de los bienes.
COSTO DE PRODUCCIÓN: Incluye el costo de la materia prima consumida, la mano de obra empleada en el proceso, y la porción asignable de todos los gastos ordinarios referidos a la producción, sean directos o indirectos (mantenimiento, amortización, gastos de almacén, etc.).
VALORES CORRIENTES: Por valor corriente se entiende el que tiene un bien para el ente al momento en que se practica su medición. En consecuencia, se trata de un valor del presente y no del pasado. Con la finalidad de mejorar la valuación del patrimonio al momento de cierre de ejercicio, se ha postulado la aplicación de valores corrientes a las distintas partidas, es decir, valores que resulten representativos de la riqueza poseída a ese momento.
• VALOR NOMINAL: Es aplicable a las tenencias de moneda local.
• VALOR NETO DE REALIZACIÓN: Es el precio de venta del bien; al ser Neto, se descuentan los gastos directos que requerirá su enajenación. Resulta apropiado para aquellos activos que no requieren esfuerzo de comercialización, esto es, que pueden ser colocados con facilidad. Esto requiere que exista un mercado conocido que fije su precio.
• COSTO DE REPOSICIÓN O DE REPRODUCCIÓN: Es lo que costaría volver a adquirir un bien sobre la base de los precios vigentes al momento en que se hace la medición. Suelen ser utilizados como VALOR CORRIENTE para aquellos activos cuyo destino final es la venta, pero que requieren todavía un esfuerzo para concretarla.
• VALOR ACTUAL: Es el valor hoy de un importe a percibir (o a pagar) en el futuro. Es de aplicación para la determinación del valor corriente de créditos y deudas. Se calcula deduciendo de la suma a recibir en el futuro los intereses por el período que media hasta su liquidación, a una tasa adecuada.
• VALOR PATRIMONIAL PROPORCIONAL: Es la parte del patrimonio neto de la empresa emisora que corresponde a una tenencia accionaria. Constituye el valor corriente de participaciones permanentes en empresas en las que se tiene control o influencia significativa en sus decisiones.
• VALUACIONES TÉCNICAS: Hacen referencia a valuaciones o tasaciones efectuadas por peritos o técnicos, a efectos de estimar el valor corriente de ciertos bienes de uso, como terrenos, edificios, maquinarias e instalaciones industriales, etc.
CRITERIOS SEGÚN MOMENTO DE VALUACIÓN:
• VALUACIÓN DE LOS BIENES QUE SE INCORPORAN POR APORTES: Sucede cuando se crea o constituye una empresa. Los aportes de los de los dueños pueden ser en dinero de curso legal (no plantea ningún problema de valuación), pero también existe la posibilidad de que los aportes se efectúen en especie (mercaderías, materias primas, bienes de uso, títulos públicos, títulos de crédito, etc.); en este caso se plantea la cuestión del valor a asignar a los bienes aportados.
Existe consenso en que el importe a asignar a los bienes que se aportan debe ser su VALOR CORRIENTE, o sea, el valor que los mismos tienen para el ente a la fecha en que se efectúa el aporte.
• VALUACIÓN DE LOS BIENES QUE SE INCORPORAN POR COMPRA O PROPIA PRODUCCIÓN: El criterio general es asignarles su COSTO DE ADQUISICIÓN O PRODUCCIÓN, según corresponda. Generalmente, el costo de adquisición o producción va a ser representativo del valor corriente de los bienes a ese momento. En ciertos casos puede haber excepciones. Así, por ejemplo, cuando existe manifiesta dificultad para determinar el costo de los bienes que se incorporan, podría ser admisible la utilización directa de valores corrientes.
• VALUACIÓN AL CIERRE DE EJERCICIO: tiene una gran importancia, porque determina el importe del patrimonio neto en el balance y, en consecuencia, el de los resultados del ejercicio. Existen dos posturas:
o utilizar los costos de adquisición o producción originales, es decir, basarse en valores históricos (del pasado).
o aplicar valores del presente (llamados corrientes).
Existe unanimidad con respecto a que, en el estado de situación patrimonial, los activos no deben ser sobrevaluados y que, por lo tanto, hay que establecer un valor límite para los mismos.
a) Tomar como valor límite el VALOR DE MERCADO: en principio es su costo de reposición, pero si para algunos bienes el costo de reposición fuera más alto que el valor neto de realización, el valor de mercado será su valor neto de realización.
b) Fijar el tope en el denominado VALOR RECUPERABLE: constituye, en cambio, un costo de oportunidad, es decir que se supone un uso óptimo de cada partida del activo (es el más alto entre su valor neto de realización y su valor de utilización económica).
• VALUACIÓN A LA DISOLUCIÓN DE LA COMPAÑÍA: el criterio aplicable a los bienes debe ser, en general, el de su valor neto de realización. Incluso habrá que incorporar al activo bienes que habitualmente no aparecen contabilizados, como el valor autogenerado de las marcas de comercio y de la llave de negocio.
Cap. 10: Los modelos contables y su ámbito de aplicación
Capital: Financiero / Unidad: Heterogénea (no ajustada) / Valuación: Costo Histórico
1) CAPITAL A MANTENER: dado que se opta por capital financiero, el capital estará dado por los aportes de los propietarios.
2) VALUACIÓN DE LOS BIENES AL INCORPORARSE AL PATRIMONIO: cuando se incorporan bienes al patrimonio por compra o producción, el costo es el criterio para asignarles valor. Costo no es sinónimo de precio de compra, sino que incluye precio de compra al contado más gastos directos de compra y recepción y cuando corresponda los gastos de montaje y puesta en marcha. Hasta que el bien esté en condiciones de ser usado.
3) RECONOCIMIENTO DE INGRESOS: el criterio de realización, durante la tenencia de los bienes se los mantiene al costo, a pesar de que puedan aumentar de valor. Solo se reconocen ingresos cuando se procede a la venta de los bienes, cuando la ganancia está realizada, en la compra venta se perfecciona cuando se han cumplido 2 requisitos
a. La tradición o entrega del producto.
b. El consentimiento del comprador: Cuando se entregan mercaderías y otros bienes se los acompaña con un remito en el que se detalla la operación. Si el comprador firma el original, poniendo recibí conforme, tenemos evidencia de que la operación quedó perfeccionada porque el cliente está diciendo que recibió el bien (lo que prueba la entrega), y que está conforme (lo que demuestra su consentimiento)
4) VALUACIÓN DE ACTIVOS AL CIERRE DE EJERCICIO:
a. determinar las cantidades de cada bien que posee la empresa al momento del cierre de ejercicio (practicar un recuento físico de las existencias)
b. las cantidades así determinadas son las que formarán parte del balance general.
c. debe asignarse a las cantidades en existencia el costo histórico de adquisición.
d. debe compararse el costo histórico de cada partida con su valor límite y optarse por el menor, (el que se incluirá en el balance), fruto del criterio de prudencia. Dice que entre dos valores alternativos de un activo debe optarse el menor, o bien que las partidas se contabilizan cuando se conocen y las ganancias cuando están realizadas.
5) ACTITUD ANTE LA INFLACIÓN: este modelo no se ajusta por inflación.
6) ÁMBITO DE APLICACIÓN: este modelo fue el que se usó en nuestro país, hasta la década de 1970. La VII asamblea Nacional de Graduados en Ciencias Económicas, celebrada en Avellaneda en 1969, adoptó como norma contable profesional los denominados principios y normas técnico contables generalmente aceptados para la preparación de estados financieros.
Estos indican que cuando la moneda no fuera patrón estable de valor, podían corregirse los importes mediante mecanismos adecuados de ajustes.
Las leyes 15.272 (1959) y 17.335 (1967) establecía el ajuste por inflación, pero solamente de las partidas más distorsionadas de los estados contables, el activo, los bienes de uso, y las inversiones de inmuebles, como contrapartida se incrementa el importe del patrimonio neto.
En 1972 se sancionó la ley 19.742 que disponía un ajuste parcial similar, pero que debía practicarse al cierre de cada ejercicio.
Es decir que en la argentina se usaba este modelo con alguna corrección parcial por inflación.
En la actualidad es el modelo cuyos lineamientos más se siguen en el mundo, se lo utiliza en los Estados Unidos, Canadá y Europa occidental.
Por la combinación entre valuación histórica y moneda heterogénea, este modelo solo producirá resultados por tenencia negativos, nunca positivos. No habrá resultado por exposición a la inflación.
Capital: Financiero / Unidad: Homogénea (ajustada) / Valuación: Costo Histórico
1) CAPITAL A MANTENER: si hay inflación, al cierre de cada ejercicio deberá actualizarlo en función del cambio operado en el nivel general de precios.
2) RECONOCIMIENTO DE INGRESOS EL CRITERIO DE REALIZACIÓN: el ajuste integral por inflación no pretende modificar los criterios de valuación y de reconocimiento de ingresos del ente.
3) VALUACIÓN DE ACTIVOS AL CIERRE DE EJERCICIO: la única diferencia consiste en que en vez de comparar costo original con valor límite, se hará COSTO AJUSTADO POR INFLACIÓN o VALOR LÍMITE el menor. En la Argentina las normas contables profesionales prescriben la aplicación del VALOR RECUPERABLE.
4) RECONOCIMIENTO DE LA INFLACIÓN: el objetivo es que todas las cifras de los modelos contables queden expresadas en una moneda cuyo poder adquisitivo corresponda al cierre de ejercicio.
a. REEXPRESIÓN DE LAS PARTIDAS: todas las partidas que estén expresadas en moneda anterior al cierre de ejercicio debe ser ajustada.
b. DETERMINACIÓN DEL RESULTADO POR EXPOSICIÓN A LA INFLACIÓN: al mantener activos y pasivos monetarios durante un periodo de inflación, se generan resultados por tenencia, conocido como resultados por exposición a la inflación.
5) ÁMBITO DE APLICACIÓN: tuvo aplicación en la Argentina hasta la entrada en vigencia de la RT 10, que privilegió el uso de valores corrientes en vez de los costos históricos. En la capital federal la RT comenzó a aplicarse para los ejercicios económicos iniciados a partir del 1° de enero de 1993.
Este modelo es seguido actualmente de forma predominante en Brasil. El consejo profesional de contabilidad fijo, a través de su RES. 750 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 1993, sin embargo, la aplicación del ajuste por inflación ha sido discontinua en ese país por ley 9.249/95, a partir de enero de 1996.
También tiene aplicación en México, allí tiene carácter de principios de contabilidad generalmente aceptados las normas de contabilidad financiera emitidas por la Comisión de Principios Contables Del Instituto Mexicano De Contadores Públicos.
En este modelo se reconocerán las pérdidas por tenencia, pero no las ganancias por tenencia. “Al mantenerse activos y pasivos monetarios durante un período de inflación, se genera un resultado por tenencia de los mismos, conocido como resultado por exposición a la inflación” (p.188). Los resultados serán siempre menores si se ajusta por inflación que si no se hace.
Capital: Financiero / Unidad: Homogénea (ajustada) / Valuación: Corriente
1) CAPITAL A MANTENER: estará dado por los aportes de los propietarios, pero habiendo inflación, al cierre de ejercicios deberá actualizarlo en función del cambio operado en el nivel general de precios.
2) VALUACIÓN DE LOS BIENES AL INCORPORARSE AL PATRIMONIO: el costo de adquisición o de producción va ser representativo del valor corriente de los bienes a ese momento.
3) RECONOCIMIENTOS DE INGRESOS: no se exige que haya una transacción terminada, que exista una venta, para reconocer resultados positivos. Se reconocen resultados positivos en dos casos.
a. CUANDO ESTÁN REALIZADOS, es decir, cuando provienen de una transacción en firme.
b. GANANCIAS POR TENENCIA, cuando un activo incorporado tiempo atrás en el patrimonio presenta una medición mayor que la original, o un pasivo una medición menor. Indica que los diversos bienes deberían ser mantenidos en la contabilidad a su valor corriente.
Los modelos que aplican valores corrientes VAN A RECONOCER RESULTADOS POSITIVOS Y NEGATIVOS POR TENENCIA DE BIENES.
En los modelos que aplican valores corrientes, el resultado de negociación surgirá de comparar ingresos por ventas con el costo corriente de los bienes vendidos y no con su costo histórico de adquisición.
4) VALUACIÓN DE ACTIVOS AL CIERRE DE EJERCICIO EL CRITERIO DE PRUDENCIA: los activos no deben ser sobre evaluados y no deben exceder su valor límite o tope, dado por su valor recuperable. La base para la valuación de las partidas es su valor corriente, aunque sea superior al costo histórico. Una vez establecido el valor corriente se lo comparara con el valor recuperable, optándose por el menor.
5) RECONOCIMIENTO DE LA INFLACIÓN: el objetivo de este modelo es que todas las partidas queden expresadas en moneda homogénea. La reexpresión por inflación de cada uno de los activos es necesaria porque, aunque los activos se evalúen directamente al valor corriente, para poder presentar los resultados por tenencia en moneda de cierre es necesario comparar ese valor corriente con el costo original reexpresado.
En este modelo se aplican valores corrientes lo que determina que el activo sea superior, provenientes de las diferencias entre el valor corriente y el costo reexpresado de la mercadería de reventa. Ese mayor activo tiene como contrapartida un más alto patrimonio neto y una mayor ganancia del ejercicio. En los modelos que aplican valuación al costo solo reconocen pérdidas por tenencia.
6) ÁMBITO DE APLICACIÓN: tuvieron aplicación en Argentina entre 1984 y 1995 (había obligación legal de aplicar moneda homogénea o constante). En 1992 se emitió la RT 10, que adoptó un modelo contable basado en el mantenimiento de capital financiero, moneda homogénea y valuación del patrimonio predominantemente a valores corrientes. Pero en el dto. 316/95 y las correlativas normas de los organismos de control descontinuaron, a partir del 31 de agosto de 1995, la aplicación del concepto de moneda constante, considerada derogado el párrafo respectivo del art. 62 de la ley 22.903.
Habrá resultado por exposición a la inflación para las partidas monetarias. En este modelo habrá resultados por tenencia positivos, por lo que habrá un mayor activo y un más alto patrimonio neto, así como una ganancia más alta.
Capital: Financiero / Unidad: Heterogénea (no ajustada) / Valuación: Corriente
1) CAPITAL A MANTENER: es el capital aportado originalmente por los socios.
2) VALUACIÓN DE LOS BIENES AL INCORPORARSE AL PATRIMONIO: el criterio original es asignarles su costo de producción o adquisición, estos van a ser representativos del valor corriente de los bienes que se incorporan en el patrimonio, aun en el caso de que al cierre de ejercicio se apliquen valores corrientes.
3) RECONOCIMIENTO DE INGRESOS: no se exige que haya una transacción terminada, para reconocer resultados positivos. De manera que se reconocen resultados positivos en dos ocasiones.
a. CUANDO ESTÁN REALIZADOS, cuando provienen de una transacción en firme.
b. GANANCIAS POR TENENCIA: se dan cuando un activo incorporado tiempo atrás en el patrimonio presenta una medición mayor que la original, o un pasivo una medición menor.
4) VALUACIÓN DE ACTIVOS AL CIERRE DE EJERCICIO…. EL CRITERIO DE PRUDENCIA: los activos no deben ser sobre evaluados, no pueden exceder un valor tope o límite, dado por su valor recuperable. Una vez establecido el valor corriente, se lo comparara con el valor recuperable optándose por el menor.
Este modelo admite tanto la inclusión de resultados de pérdida como de ganancia por tenencia.
5) RECONOCIMIENTO DE LA INFLACIÓN: este modelo opera como si no existiera inflación, no la toma en cuenta.
6) ÁMBITO DE APLICACIÓN: los criterios aplicados en nuestro país desde septiembre de 1995 se asemejan a este modelo.
En marzo de 1996, la federación argentina de consejos profesionales (F.A.C.P.) emitió un pronunciamiento por el cual se considera que la moneda corriente NO AJUSTADA POR INFLACIÓN cumple con el requisito de moneda constante y homogénea, siempre que la inflación anual no exceda el 8%.
No habrá resultado por exposición a la inflación. Se tiende a sobredimensionar la ganancia, porque, aunque el total del activo y el pasivo y por lo tanto el patrimonio neto se realiza a valores corrientes, el capital dentro del patrimonio neto queda subvaluado así que la ganancia será mayor.
Capital: Físico / Unidad: Heterogénea (no ajustada) / Valuación: Corriente
1) CAPITAL A MANTENER: será el valor de los activos necesarios para mantener la capacidad operativa de la empresa.
A cada cierre de ejercicio, debe determinarse el valor corriente de las partidas patrimoniales vinculadas con el mantenimiento de la capacidad operativa (bienes de cambio, de uso, dinero en caja y bancos, etc.) la suma de tales importe será la que determine el capital.
Este modelo no es compatible con el criterio de valuación al costo, sino solamente con la utilización de valores corrientes al cierre de ejercicio.
CAPITAL FÍSICO implica que todo aumento en el valor corriente de los activos afectados al giro de negocios, tiene como contrapartida un aumento del capital y no una ganancia por tenencia. Pero si disminuye el valor corriente de tales activos la contrapartida no es una pérdida por tenencia, sino una disminución del capital.
2) VALUACIÓN DE LOS BIENES AL INCORPORARSE AL PATRIMONIO: se les asigna un valor de costo.
3) RECONOCIMIENTOS DE INGRESOS: con el uso de valores corrientes, el resultado por negociación de bienes surge de comparar el ingreso por ventas con el costo corriente de los bienes vendidos y con su costo histórico de adquisición. También reconocen las fluctuaciones en más o menos del valor de los elementos patrimoniales, pero de la siguiente manera:
a. Los cambios en el valor de las partidas afectadas al giro del negocio, es decir las que tienen la capacidad operativa de la empresa, incrementan o disminuyen el importe del capital.
b. Las modificaciones en el valor de los activos que, por no estar vinculados al giro de negocios no afectan la capacidad operativa de la empresa, se tratan como resultados por tenencia, sean positivos o negativos.
El costo de mercaderías vendidas ha dejado de ser el costo histórico de compra para pasar a ser el costo corriente al momento de la venta.
4) RECONOCIMIENTO DE LA INFLACIÓN: no se practica el ajuste por inflación, se obra como si no hubieran existido devaluaciones del dinero.
5) VALUACIÓN DE ACTIVOS AL CIERRE DE EJERCICIO... EL CRITERIO DE PRUDENCIA: los activos no deben ser sobre evaluados, no pueden exceder su valor límite, dado por su valor recuperable.
6) ÁMBITO DE APLICACIÓN: este modelo tuvo aplicación solamente en Holanda, con la finalidad de facilitar la comprensión de los estados contables en un contexto altamente inflacionario, como fue el que siguió a la primera guerra mundial. Pero ni siquiera en este país tuvo una aplicación masiva. A fines de los 70, solo un 10% de las grandes empresas holandesas –entre las que sobresalía Philips- emitía sus estados contables siguiendo predominantemente los lineamientos de este modelo.
Todo aumento en el valor corriente de los activos tiene como contrapartida un aumento del capital y no una ganancia por tenencia, si disminuye el valor de dichos activos, no habrá pérdida por tenencia sino disminución del capital. Por el uso de valores corrientes, el resultado por negociación de bienes surge de comparar el valor de las ventas con el costo corriente de los bienes vendidos. Solo las modificaciones en el valor de los activos que no están vinculadas a la capacidad productiva pueden generar resultados por tenencia positivos o negativos.
Cap. 12: Incertidumbre, Contingencias e información contable
En los acontecimientos posteriores a un cierre de ejercicio, se pueden identificar 3 tipos de momentos:
1) Fecha de cierre de ejercicio: A esa fecha se refieren todas las mediciones incluidas en los estados contables
2) Periodo de confección de los estados contables: La elaboración de los estados contables no puede efectuarse en un instante. Requiere un periodo durante el cual se va realizando todas las tareas de recopilación de datos y de control necesarias para que este en condición de emitir los estados contables
3) Emisión de los estados contables: Una vez que se ha terminado a confección de los estados contables y que los mismos han sido auditados por un contados independiente, el órgano de administración los pondrá a disposición de los dueños (socios)
Entre el momento 1 y 3 surgen los llamados acontecimientos posteriores al cierre del ejercicio. Se denomina así a os hechos producidos entre la fecha del cierre y la fecha de emisión de los estados contables. Dichos acontecimientos también pueden ser clasificados en:
• Acontecimientos nuevos, que no están relacionados con situaciones existentes al cierre del periodo
• Acontecimientos que brindan elementos de juicio adicionales sobre situaciones que ya existían al momento del cierre de ejercicio.

CONTINGENCIAS
La doctrina contable ha definido el término “contingencia” como la posibilidad de que ocurra o no, en el futuro, un hecho incierto en el presente. De producirse esa ocurrencia en el futuro, se generará una variación patrimonial modificativa, ya sea negativa o positiva.
Esto permite clasificar las contingencias en:
a) negativas o de perdida: son aquellas en que, si se produce el hecho, se genera un resultado negativo;
b) positivas o de ganancia: son las que, en caso de producirse el hecho aleatorio, generarán un ingreso o un resultado positivos.

FACTORES QUE DETERMINAN SU TRATAMIENTO CONTABLE
Hay tres factores a tomar en cuenta para decidir de qué manera las contingencias pueden afectar la información contable. Ellos son:
a) Momento de ocurrencia del hecho sustancial que genera incertidumbre: este puede ser anterior o posterior a la fecha de cierre del ejercicio cuyos estados contables se están preparando;
b) Posibilidad de cuantificación objetiva del impacto que el hecho contingente puede provocar al patrimonio.
c) Probabilidad de ocurrencia del hecho contingente. La probabilidad puede ser alta, medio o baja. Se mide dividiendo los casos favorables por los posibles

CONTINGENCIAS NEGATIVAS Y LA INFORMACION CONTABLE
Hay 3 alternativas de reconocimiento de información contable:
1) Reducir el resultado del ejercicio a través del reconocimiento de un gasto. Para esto,3 requisitos: EL hecho debe ser anterior a la fecha de cierre, debe poder cuantificarse y su probabilidad debe ser alta
2) No modificar el resultado del ejercicio, exponerse en notas
3) No exponer la contingencia
Como contra partida del resultado negativo que se está incluyendo en el estado de resultado, deberá mostrarse en el balance una previsión. Las previsiones se exponen de dos maneras distintas en el estado de situación patrimonial:
a) Como parte del pasivo como: pasivo contingente
b) Regularizando un activo, restando del mismo
Ejemplo de a): se pierde un juicio y se debe para una indemnización
Ejemplo de b): Si un cliente llega a ser definitivamente incobrable, disminuye el importe de cuentas a cobrar.

CONTINGENCIAS POSITIVAS
Una contingencia positiva representa un hecho incierto que, en caso de ocurrir en el futuro originaria una variación patrimonial modificativa de signo positivo, cuya contrapartida se tomaría con un aumento de activo o disminución de pasivo. Solo debería mostrarse en notas, postergando a la contabilización hasta el momento en que desapareciera la incertidumbre.
Las contingencias positivas podrán modificar la medición del patrimonio y la de los resultados cuando se reúnan los siguientes requisitos:
1. Que deriven de una situación o circunstancia ya existentes al momento del cierre del ejercicio
2. Que la situación contingente tenga un grado elevado de probabilidad de ocurrencia
3. Que sus efectos puedan cuantificarse apropiadamente
A existencia de un grado elevado de probabilidad de ocurrencia debe quedar apropiadamente fundada en las cualidades generales de la información contable, con especial énfasis en las de objetividad, certidumbre y verificabilidad.

Normas contables
CONCEPTO Y NECESIDAD DE NORMAS CONTABLES DE AUDITORÍA:
El punto presente se refiere primordialmente a la definición del modelo que deben complementar los estados contables de publicación del ente. Es evidente que, tratándose de información contable destinada a terceros, esta debe basarse en una herramienta que permita homogeneizar los elementos que contiene para efectuar comparaciones en distintos momentos y distintos entes, por lo que existen organismos que interpretan las necesidades de terceros, usuarios de información contable, y emiten normas al respecto. Esas normas son de carácter obligatorio y el auditor debe informar a los usuarios si realmente se cumplen o no.
Sin embargo, en argentina, existen varios organismos que velan por la seguridad de los lectores de la información contable. Podemos dividirla en dos tipos:
1) El estado y los organismos de control que determinan el tipo de ente.
2) Los organismos de control de los profesionales.
Ambos tipos de organismos tienen la capacidad de emitir normas que se refieran a temas contables, pero cuentan con características distintas.
Toda norma es obligatoria para el que se encuentre dentro del ámbito de aplicación, ya sea por haber sido nombrado específicamente en la norma o por estar bajo la jurisdicción reguladora del organismo que la emitió.
ESTRUCTURA DE LAS NORMAS CONTABLES EN ARGENTINA
Normas legales:
El estado, a través de sus poderes legislativos y ejecutivos, regula las actividades en la nación mediante la sanción de leyes, decretos, resoluciones, etc. En la medida que estas normas traten temas contables, estaremos frente a una de estas normas contables que regulara a los entes que se encuentran bajo en ámbito de aplicación de la misma.
A su vez existen organismos creados por el estado que regulan las actividades de determinados tipos de entes:
Organismos de control Entes regulados
Inspección general de justicia Asociaciones civiles, fundaciones, sociedades anónimas, SAS
Comisión nacional de valores Bolsa de comercio, aportes de bolsa, aportes de mercaderías, fondos comunes de inversión, sociedades con cotización
Banco central de la república argentina Bancos, compañías financieras, sociedades de ahorros y préstamos, cajas de crédito
Superintendencia de seguros y nación Entidades aseguradoras únicamente
Superintendencia de ART Entidades aseguradas por riesgos de salud
Instituto de asociativismo y economía social Asociaciones mutuales y entidades cooperativas
Instituto nacional de obras sociales Obras sociales
AFIP Contribuyentes en general
Estos organismos tienen la capacidad de emitir normas obligatorias para aquellos entes que se encuentran bajo el ámbito de aplicación y control y si esas normas tratan temas contables entonces son normas contables.
Para comprender la aplicación de este tipo de normas vamos a tener en cuenta lo siguiente:
1) Los organismos de control no tienen capacidad de emitir leyes ni decretos.
2) Las categorías de normas tienen este orden de importancia:
a) Constitución Nacional
b) Tratados internacionales de jerarquía constitucional
c) Tratados internacionales sin jerarquía constitucional
d) Leyes
e) Decretos
f) Decisiones administrativas
g) Resoluciones
h) Usos y costumbres;
Por lo que ninguna norma de jerarquía inferior puede contradecir a una superior y ser válida.
3) Ante dos normas de mismo nivel que traten de forma distinta al mismo tema y sean aplicables para el mismo grupo de personas, es válida la que es promulgada como la más nueva.
4) Cuando un ente se encuentra bajo el control de dos organismos debe verificarse si debe cumplir con ambas normas o con la más exigente.
Las normas entendidas por el estado y por estos organismos de control y que a su vez tratan temas contables son llamadas NORMAS CONTABLES LEGALES. Son obligatorias para los entes que se encuentren bajo su jurisdicción normativa. Su falta de incumplimiento implica sanciones.
NORMAS CONTABLES LEGALES: son aquellas normas de cumplimiento obligatorio para los entes emisores de estados contables y las emite el gobierno nacional y los organismos de control.
NORMAS CONTABLES PROFESIONALES: los organismos que nuclean a los profesionales también tienen capacidad legal para emitir normas de carácter contable. Las organizaciones que nuclean a los profesionales pueden emitir normas que son obligatorias solo para los profesionales (matriculados). En este caso no son los entes los obligados.


 

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