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Trabajo Práctico I  |  Derecho Procesal III (2016)  |  UES 21
  1. En caso de que el Fiscal de Instrucción requiera la citación a juicio de García, quien resulta competente para juzgar por el hecho de abuso sexual con acceso carnal cuya pena es de seis a quince años de reclusión o prisión, es:

                el Juez de Instrucción

                el Tribunal Superior de Justicia

                el Juez Correccional

                la Cámara de Acusación

                la Cámara del Crimen

  1. Juan Díaz, sacerdote -a quien el imputado García relevó del secreto profesional- tiene la obligación de comparecer y declarar en calidad de testigo, sobre aquello que conoce en relación al hecho y que llegó a su conocimiento a través de confesiones o revelaciones practicadas en razón de su oficio.

                Falso

                Verdadero

  1. La denuncia formulada por Alicia Juárez:

                Es válida para iniciar la investigación penal preparatoria ya que, en virtud del principio de legalidad, ante la posible comisión de un hecho ilícito el Estado debe actuar en forma automática e inevitable

                Será inadmisible, por no cumplir con los requisitos de tiempo y forma para ingresar en el proceso, no produce efectos jurídicos

                Es nula, de nulidad absoluta

                Es válida, pero para poder iniciar la investigación –por tratarse de un delito de instancia privada- deberá ser ratificada por la víctima, quien, al momento de ser citada será interrogada acerca de la voluntad de instar o no la acción penal en contra de García.

                Ninguna de las otras opciones es correcta

  1. Si el Fiscal de Instrucción formulara el requerimiento de citación a juicio acusando a García como autor responsable del delito de Abuso Sexual con acceso carnal y el defensor planteará la nulidad de la requisitoria debido a que se le receptó declaración al imputado en ausencia del defensor:

                correspondería declarar la nulidad absoluta ya que se encuentra afectada una garantía constitucional indisponible (derecho de defensa)

                correspondería declarar la nulidad absoluta de la acusación, y, en consecuencia de todos los actos anteriores, contemporáneos o posteriores conexos

                no correspondería declarar la nulidad ya que el imputado aceptó voluntariamente prestar declaración en ausencia del defensor

                No corresponde la declaración de nulidad ya que  la asistencia técnica del imputado en su declaración, no es un requisito indispensable para su realización

                correspondería declarar la nulidad relativa ya que puede ser subsanada receptándole declaración al imputado nuevamente en presencia del defensor

  1. El delito de abuso sexual con acceso carnal que se investiga en el presente caso:

                es una excepción al principio de oportunidad reglada

                es una excepción al principio de oportunidad libre

                es una excepción o impedimento absoluto al principio de legalidad

                ninguna de las otras opciones es correcta

                es una excepción o impedimento relativo al principio de legalidad

  1. Como garantía procesal bilateral, es decir, que alcanza tanto al imputado García como a la víctima Juana Gil, se encuentra:

                la igualdad ante los tribunales

                la imparcialidad del Tribunal

                el derecho de defensa

                todas las otras opciones son correctas

                la garantía del juez natural

  1. En caso de que García gozara de privilegios constitucionales, la investigación penal preparatoria estaría a cargo:

                del Fiscal de la Cámara de Acusación

                del Fiscal de Instrucción

                del Juez de Instrucción o Control

                del Juez Correccional

                del Juez de Instrucción Federal

  1. En relación a la extracción de sangre ordenada por el Fiscal de Instrucción en relación a García, éste puede:

                Ninguna de las otras opciones es correcta

                Negarse, ante lo cual el Fiscal de Instrucción puede obligarlo ya que, en este caso, García está actuando como objeto de prueba.

                Negarse porque no fue ordenada por el Juez de Control, siendo uno de los actos que el Fiscal no puede disponer sin orden judicial.

                Negarse, ya que el imputado -como órgano de prueba-, no puede ser obligado a producir prueba en su contra.

                Negarse, lo que implicaría una prueba en su contra.

  1. En caso de que el Fiscal de Instrucción advierta que García se encuentra imputado en otro hecho de abuso sexual con acceso carnal ocurrido un año antes, cuya investigación –aún en curso-, se encuentra a cargo de otro Fiscal de Instrucción, por aplicación de la conexión subjetiva, ¿quién resulta competente?:

                el Fiscal del hecho que ocurrió primero en el tiempo

                cada Fiscal es competente para la causa que ya se encuentra investigando, ya que no procede la acumulación de las mismas

                ninguna de las otras opciones es correcta

                el Fiscal que designe el tribunal jerárquicamente superior

                el Fiscal del último hecho ocurrido

  1. En el caso de que Juana Gil ratificara los dichos de su amiga Alicia Juárez, instando acción penal en contra de García por el hecho de Abuso sexual con acceso carnal pero luego, por recibir amenazas de muerte del imputado, se arrepintiera:

                puede levantar la denuncia formulada, expresando que no quiere que se continúe con la investigación

                el Fiscal de Instrucción debe archivar las actuaciones por no poder proceder

                el Fiscal de Instrucción debe continuar con la investigación en virtud del carácter de irretractabilidad de la acción

                el Fiscal de Instrucción debe cerrar el proceso, dictando el sobreseimiento a favor del imputado

                ninguna de las otras opciones es correcta

  1. Si el Fiscal de Instrucción le recepta declaración al imputado García sin la presencia de su abogado defensor, la sanción procesal correspondiente sería:

                ninguna de las otras opciones es correcta

                la nulidad relativa de la declaración del imputado

                no acarrea sanción procesal alguna

                la inadmisibilidad de la declaración de imputado

                la nulidad absoluta de la declaración del imputado

  1. La orden de detención de García, librada por el Fiscal de Instrucción:

                Es nula porque para ordenar la detención se requiere el estado intelectual de probabilidad

                Es válida ya que para ordenar la detención, no se requiere la declaración previa del imputado

                Es nula porque para ordenar la detención, previamente se debe haber receptado declaración al imputado

                Ninguna de las otras opciones es correcta.

                Es válida ya que para ordenar la detención el estado intelectual requerido es el de motivos bastantes para sospechar.

  1. Si nuestro sistema procesal adoptara el paradigma inquisitivo:

                La regla sería la libertad de García, aunque excepcionalmente se lo podría privar de la libertad

                Las medidas de coerción que se adopten sobre la libertad del imputado son a titulo cautelar, y no como pena anticipada.

                García sería considerado como objeto del proceso, por lo que no tendría ningún derecho y estaría obligado a colaborar

                Se presumiría la culpabilidad de García

                Se presumiría la inocencia de García

  1. Como derivación del derecho de defensa, el imputado García:

                Podrá prestar declaración cuantas veces lo crea necesario

                Todas las otras opciones son correctas

                Tendrá derecho a una decisión jurisdiccional motivada, sobre todo si es condenatoria

                No podrá ser condenado por un hecho distinto de aquel por el cual fue acusado, porque ese fue el hecho por el cual se defendió

                Podrá producir la prueba que considere útil a su defensa

  1. Como derivaciones de las garantías que le asisten a García en su calidad de imputado:

                Se protege la cohesión familiar, ya que otorga la facultad de abstención de prestar declaración en su contra, al cónyuge, ascendiente, descendiente, hermano o parientes por consanguinidad hasta el cuarto grado y afinidad hasta el segundo grado

                Se protege la cohesión familiar, ya que prohíbe que el cónyuge, ascendiente, descendiente, hermano o parientes por consanguinidad hasta el cuarto grado y afinidad hasta el segundo grado, presten juramento de ley si son citados en calidad de testigos

                Al momento de declarar como imputado, podrá negar el hecho y dar su propia versión sobre los mismos, pero en éste caso debe aportar los elementos de prueba que corroboren sus dichos

                Su domicilio no podrá ser allanado sin contar con una orden judicial

                Al momento de prestar declaración como imputado, puede optar por prestar declaración o abstenerse de hacerlo, pero si declara, debe hacerlo bajo juramento de ley, al igual que los testigos

  1. Si el Fiscal de Instrucción formulara el requerimiento de citación a juicio acusando a García como autor responsable del delito de Abuso Sexual con acceso carnal y el defensor planteara la nulidad de la requisitoria debido a que se le receptó declaración al imputado en ausencia del defensor, deberá presentarla directamente ante el Juez de Instrucción (Control) por tratarse de una violación a garantías previstas constitucionalmente.

                Verdadero

                Falso

  1. En relación a la jurisdicción, en la presente causa:

                debe intervenir la justicia federal, en base al criterio de personas, ya que García es funcionario público nacional

                debe intervenir la justicia provincial ya que, una vez que ésta tomó conocimiento del hecho, no puede recaer bajo la órbita federal

                ninguna de las otras opciones es correcta

                debe intervenir la justicia provincial, ya que no resultan afectados intereses de la Nación

                debe intervenir la justicia provincial, por ser la primera que intervino en la investigación del hecho

  1. Si bien el principio de inocencia que le asiste a García en su calidad de imputado le garantiza que no podrá ser obligado a producir prueba en su contra, en el caso de que García actúe como objeto y no como órgano de prueba:

                puede ser obligado  a que se le extraiga sangre

                puede ser obligado a participar en una rueda de reconocimiento de personas

                todas las otras opciones son correctas

                ninguna de las otras opciones es correcta

                puede ser obligado a que se le tomen huellas dactilares

  1. En caso de que el imputado García considere que quien debe conocer en la causa es la justicia federal, podría plantear la incompetencia de la justicia provincial, a través de la vía de la declinatoria, planteando la cuestión directamente ante el Fiscal de Instrucción solicitándole declare su incompetencia y remita las actuaciones al Juez de Instrucción Federal que hubiere correspondido intervenir.

                Falso

                Verdadero

  1. En virtud del principio de inocencia, no se pueden imponer medidas de coerción personal al imputado García si no existe una sentencia que lo declare culpable por el delito cometido

                Falso

                Verdadero


 

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