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> Práctica Profesionalizante III
ÍNDICE
OBJETIVOS DEL TP………………………………………………………………………………………………………………………3
INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………………………………………………….3
DEFINICIONES ……………………………………………………………………………………………………………………………3
DATOS REALES DE LA EMPRESA………………………………………………………………………………………………….3
CANTIDAD DE TRABAJADORES…………………………………………………………………………………………………….3
ACT. QUE SE DESARROLLAN………………………………………………………………………………………………………..4
DISTRIBUCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO………………………………………………………………………………………..4
ORGANIGRAMA DEL ESTABLECIMIENTO………………………………………………………………………………………5
DETERMINACIÓN DE CARGA DE FUEGO……………………………………………………………………………………….5
TABLAS………………………………………………………………………………………………………………………………………….6
CUADROS………………………………………………………………………………………………………………………………………7
CALCULO DEL POTENCIAL EXTINTOR…………………………………………………………………………………………….8
VERIFICACIÓN DE NÚMEROS DE EXTINTORES……………………………………………………………………………….9
CUADRO DE PROTECCIÓN CONTRA INC……………………………………………………………………………………….10
CONDICIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN……………………………………………………………………………11
CONDICIONES ESPECIFICAS DE EXTINCIÓN…………………………………………………………………………………..12
CAPACITA-CIÓN………………………………………………………………………………………………………………………………13
RECOMENDACIONES GENERA-LES………………………………………………………………………………………………….14
PLANOS DE UBICACIÓN DE EXTINTO-RES………………………………………………………………………….…………….14
CALCULO DE FUE-GO……………………………………………………………………………………………………………………….15
FOTOGRAFÍA DE LOS SECTORES EVALUA-DOS…………………………..…………………………………………………....16
OBJETIVOS DEL TRABAJO PRACTICO:
El trabajo práctico tiene por objeto determinar la Carga de Fuego, el potencial
extintor necesario y carac-terísticas de los medios de escape según la Ley
Nacional 19.587, Decreto 351/79, Capítulo 18 PROTEC-CIÓN CONTRA INCENDIO y Anexo
VII.
Nuestro informe es sobre la determinación del riesgo de incendio en las
distintas dependencias de nues-tras instalaciones.
1. Introducción
El Trabajo práctico tiene como objetivo determinar la carga de fuego, el
potencial extintor necesario y las características de los medios de escape, el
cual se realiza teniendo en cuenta los requisitos de la Ley Nacio-nal 19587/72
de Higiene y Seguridad en el Trabajo y su decreto reglamentario 351/79, Anexo
VII, capítulo 18. PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO
2. Definiciones
La carga de fuego (Qf) se define como el peso en madera equivalente (pm) por
unidad de superficie (kg/m2) capaz de desarrollar una cantidad de calor
equivalente a la de los materiales contenidos en el sec-tor de incendio.
Como patrón de referencia se considera madera con poder calorífico de 18,41 MJ/kg.
(Equivalencia: 4,2 MJ/kg = 1 Mcal/kg)
Ubicación del establecimiento:
Rodríguez Peña 5233 de la localidad de San Miguel. Buenos Aires
Datos reales de la empresa
El local evaluado presenta una superficie de 810 m2 globales en un solo piso.
El sector evaluado se denomina Taller de confección y cuenta con los siguientes
sectores integrados.
Cantidad de personal trabajando en el establecimiento.
SECTOR
CANTIDAD DE EMPLEADOS
Taller de confesión 4
Deposito 3
Taller de mantenimiento 2
Showroom 2
Recepción 6
Oficina 6
Secretaria 4
El personal trabaja 8 horas diario, más un corte de 20 minutos para infusión y
de 30 minutos para comer, en 2 turnos fijos.
Los francos son de 4 días x 1 para el personal general, y los sábados y domingos
para los jefes.
El sector de secretaria trabaja de lunes a viernes de 9 a 17:30 horas.
Actividades que se desarrollan en el establecimiento:
Las principales actividades que se desarrolla dentro del establecimiento:
• Taller de confecciones
• Deposito
• Taller de mantenimiento
• Showroom
• Recepción
• Oficina gerencia
• Secretaria
Distribución edilicia del establecimiento
Organigrama del establecimiento
Los datos técnicos de cada sector se expresan en las siguientes tablas:
Determinación de Carga de Fuego
Sector Evaluado Superficie Superficie Total CARGA DE FUEGO (Qf) (*1)
• Taller de confecciones
• Deposito
• Taller de mantenimiento
• Showroom
• Recepción
• Oficina gerencia
• Oficina
• Secretaria 595 m2 810 m2 16 kg/m2
9 m2
65 m2
39 m2
46 m2
17 m2
13 m2
12 m2
14 m2
(*1) Ver Anexo 1 Cálculo de Carga de Fuego en página n°15
Luego que se ah determinado la carga de fuego de los sectores evaluados, y
contemplando los elementos constitutivos del site, vamos a ubicar el sector de
incendio en una categoría de riesgo según lo indica el decreto 351/79
correspondiente a la ley 19.587 de la República Argentina (adjunto tabla 2.1
correspon-diente a la consideración de riesgos derivados de la actividad y/o
sector)
Tabla: 2.1.
Actividad
Predominante Clasificación de los Materiales Según su Combustión
Riesgo 1 Riesgo 2 Riesgo 3
Riesgo 4 Riesgo 5 Riesgo 6 Riesgo 7
Residencial
Administrativo NP NP R3 R4 — — —
Comercial 1
Industrial
Depósito R1 R2 R3 R4 R5 R6 R7
Espectáculos
Cultura NP
NP R3 R4 — — —
Nota:
Riesgo 1 Explosivo Riesgo 5 Poco Combustible
Riesgo 2 Inflamable Riesgo 6 Incombustible
Riesgo 3 Muy combustible Riesgo 7 Refractarios
Riesgo 4 Combustible N.P. No permitido
Considerando los materiales con los que cuenta el sector, el nivel de Riesgos es
3 (Anexo VII Correspondien-te a los artículos 160 a 187 de la reglamentación
aprobada por decreto 351/79 capítulo 18, punto 1.5.4: Muy combustibles: Materias
que, expuestas al aire, puedan ser encendidas y continúen ardiendo una vez
retirada la fuente de ignición, por ejemplo: hidrocarburos pesados, madera,
papel, tejidos de algodón y otros.
Ventilación en el sector
Determinando el índice de peligrosidad del sector se remite al cuadro 2.2.1
(ventilación natural) correspon-diente a los artículos 160 a 187 de la
reglamentación aprobada por decreto 351/79 capítulo 18, para resis-tencia al
fuego necesaria en el sector.
En función del valor de la carga de fuego y el riesgo se determina el índice de
resistencia.
Cuadro 2.2.1
Carga de Fuego Riesgo
1 2 3 4 5
Hasta 15 kg/m2 — F 60 F 30
F 30 —
Desde 16 hasta 30 kg/m2
— F 90 F 60 F 30 F 30
Desde 31 hasta 60 kg/m2 — F 120 F 90 F 60 F 30
Desde 61 hasta 100 kg/m2 — F 180 F 120 F 90 F 60
Más de 100 kg/m2 — F 180 F 180 F 120 F 90
Sector
Evaluado CARGA DE FUEGO (Qf) Índice de
Resistencia Material Cumple
Taller de confecciones +Deposito + Taller de mantenimiento + Show-room +
Recepción + Oficina geren-cia +Oficina+ Secretaria 16 kg/m2 F60 Perímetro
general de ladrillo común revocado en am-bas caras Cumple
De acuerdo con estudios del INTI la resistencia de los materiales más comunes es
la siguiente:
1) Mampostería de ladrillo común con ambas caras revocadas FR 180,
2) Ladrillo cerámico no portante 12 cm espesor sin revocar FR 60,
3) Ladrillo cerámico no portante 12 cm espesor revocado con grueso + fino o yeso
FR120.
4) Ladrillo cerámico no portante18 cm espesor con o sin revoque FR180.
Espesor (cm) de elementos constructivos en función de sus resistencias al fuego
(*2)
MUROS F30 F60 F90 F120 F180
de ladrillos cerámicos macizos más del 75%. No por-tante. 8 10 12 18 24
de ladrillos cerámicos macizos más del 75%. Portan-te. 10 20 20 20 20
de ladrillos cerámicos huecos. No portante. 12 15 24 24 24
de ladrillos cerámicos huecos. Portante. 20 20 30 30 30
de hormigón armado (armadura superior a 0,2% en cada dirección. No portante. 6 8
10 11 14
de ladrillos huecos de hormigón. No portante. --- 15 -- 20 ---
Protección mínima de partes estructurales para varios materiales, aislantes e
incombustibles (*2)
Parte estructural a ser protegida Material Aislante Espesor mínimo (cm)
F30 F60 F90 F120 F180
Columna acero Hormigón 2,5 2,5 3,0 4,0 5,0
Vigas de acero Ladrillo cerámico 3,0 3,0 5,0 6,0 10,0
Bloques hormigón 5,0 5,0 5,0 5,0 10,0
Revoque de cemento s/material desplegado --- 2,5 --- 7,0 ---
Revoque de yeso s/material des-plegado --- 2,0 --- 6,0 ---
Acero en columnas y vigas principales de hormigón Recubrimiento 2,0 2,5 3,0 4,0
4,0
Acero en vigas secun-darias y losas Recubrimiento 1,5 2,0 2,5 2,5 3,0
3.1. Cálculo del Potencial Extintor
De acuerdo a lo señalado por la ley 19.587 dec. 351/79 Anexo VII Cap. 18 punto 4
y por la Norma IRAM 3517, con la carga de fuego de cada sector, para material
muy combustible y un RIESGO 3 se obtiene, el potencial extintor en función de la
carga de fuego, según Tabla 1 para fuegos clase A.”
3.2. Verificación del Número Mínimo de Extintores y Distancia a Recorrer
De acuerdo a lo señalado por el art. 176 de la ley 19587 dec. 351/79 y lo
establecido por Norma IRAM 3517 punto 6.2.2. "en todos los casos debe instalarse
como mínimo un matafuego cada 200 m2 de superficie a ser protegida y la máxima
distancia a recorrer hasta el matafuego será de 20 m para fuegos de Clase A y 15
m para fuegos de Clase B".
En el sector evaluado, el riesgo principal de incendio son de fuegos Clase A,
pero se tiene presente un posi-ble incendio por desperfecto eléctrico (fuego
Clase C) y por lo que se seleccionan extintores ABC de polvo químico.
En el siguiente cuadro se presentan los potenciales extintores en función de la
capacidad y los distintos agentes extintores.
Potencial Extintor
Capacidad Agentes Extintores
Polvo químico CO2 Halotrón 1 HCFC 123
5 6A 40BC 5 BC 1A 10BC 1A 10BC
10 6A 60BC 10 BC 1A 10BC 2A 10BC
Ref.: Tipo de extintores existentes en el local
Cantidad mínima de extintores en función de la superficie a ser protegida y la
distancia máxima a reco-rrer.
Sector
Evaluado Superficie (m2) CARGA DE FUEGO (Qf) Cant. Mín. de Extintores Potencial
Extintor Extintores existentes
Taller de confecciones
Deposito
Taller de mantenimiento
Showroom
Recepción
Oficina gerencia
Secretaria 811 16 kg/m2 4 2A 4 de Polvo Químico x 5Kg
1 de Polvo Químico x 10Kg
• SE CUMPLE en todos los sectores evaluados con lo requerido en Dec. 351/79
Anexo VII Cap. 18 punto 7.1.1 y Norma Argentina IRAM 3517 punto 6.2.2: “Todo
edificio deberá poseer matafuegos con un potencial mínimo de extinción
equivalente a 1 A y 5 BC, en cada piso, en lugares accesibles y prácti-cos,
distribuidos a razón de 1 cada 200 m2 de superficie cubierta o fracción”.
• La ubicación de los matafuegos SON ADECUADOS a lo establecido por el art. 176
de la Ley 19.587 dec. 351/79 y Norma Argentina IRAM 3517 punto 6.2.2 y 6.2.4:
“En todos los casos deberá instalarse co-mo mínimo un matafuego cada 200 m2de
superficie a ser protegida. La máxima distancia por reco-rrer hasta el matafuego
será de 20 metros para fuegos de clase A y 15 metros para fuegos de clase B”
• En el local evaluado SE CUMPLE con la necesidad de extintores en función del
potencial extintor a cu-brir según lo definido en Ley 19.587 dec. 351/79 Anexo
VII Cap. 18 punto 4 y Norma Argentina IRAM 3517 punto 6.13 ya que cuenta con un
matafuego para fuegos clase ABC y el material predominante en los sectores es
del tipo Clase A: “Fuego Clase A: Fuegos que se desarrollan sobre combustibles
só-lidos, como ser madera, papel, telas, etc.”
4. Cuadro de protección contra incendio
De acuerdo lo establecido en Ley 19587/72 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y
su decreto reglamentario 351/79, Anexo VII, capítulo 18, el establecimiento debe
cumplir las siguientes condiciones:
4.1 Condiciones de situación.
4.1.1 Condiciones generales de situación.
Si la edificación se desarrolla en pabellones, se dispondrá que el acceso de los
vehículos del servicio público de bomberos sea posible a cada uno de ellos.
Estado: No Aplica.
4.1.2 Condiciones específicas de situación.
Las condiciones específicas de situación estarán caracterizadas con letra S
seguida de un número de orden.
2) Condición S 2:
Cualquiera sea la ubicación del edificio, estando éste en zona urbana o
densamente poblada, el predio de-berá cercarse preferentemente (salvo las
aberturas exteriores de comunicación), con un muro de 3,00 m. de altura mínima y
0,30 m. de espesor de albañilería de ladrillos macizos o 0,08 m. de hormigón.
Estado: No Aplica
4.2 Condiciones de construcción.
Las condiciones de construcción constituyen requerimientos constructivos que se
relacionan con las carac-terísticas del riesgo de los sectores de incendio.
4.2.1 Condiciones generales de construcción:
1) Todo elemento constructivo que constituya el límite físico de un sector de
incendio, deberá tener una resistencia al fuego, conforme a lo indicado en el
respectivo cuadro de "Resistencia al Fuego", (F), que co-rresponda de acuerdo
con la naturaleza de la ventilación del local, natural o mecánica. Estado:
Cumple
2) Las puertas que separen sectores de incendio de un edificio, deberán ofrecer
igual resistencia al fuego que el sector donde se encuentran, su cierre será
automático.
El mismo criterio de resistencia al fuego se empleará para las ventanas. Estado:
No aplica
3) En los riesgos 3 a 7, los ambientes destinados a salas de máquinas deberán
ofrecer resistencia al fuego mínima de F 60, al igual que las puertas que
abrirán hacia el exterior, con cierre automático de doble con-tacto. Estado: No
Aplica
4) Los sótanos con superficies de planta igual o mayor que 65,00 m2 deberán
tener en su techo aberturas de ataque, del tamaño de un círculo de 0,25 m. de
diámetro, fácilmente identificable en el piso inmediato superior y cerradas con
baldosas, vidrio de piso o chapa metálica sobre marco o bastidor. Estas
aberturas se instalarán a razón de una cada 65 m2.
Cuando existan dos o más sótanos superpuestos, cada uno deberá cumplir el
requerimiento prescripto. La distancia de cualquier punto de un sótano, medida a
través de la línea de libre trayectoria hasta una caja de escalera, no deberá
superar los 20,00 m. Cuando existan 2 o más salidas, las ubicaciones de estas
serán tales que permitan alcanzarlas desde cualquier punto, ante un frente de
fuego, sin atravesarlo. Estado: No Aplica
5) En subsuelos, cuando el inmueble tenga pisos altos, el acceso al ascensor no
podrá ser directo, sino a través de una antecámara con puerta de doble contacto
y cierre automático y resistencia al fuego que co-rresponda. Estado: No Aplica
6) A una distancia inferior a 5,00 m. de la Línea Municipal en el nivel de
acceso, existirán elementos que permitan cortar el suministro de gas, la
electricidad u otro fluido inflamable que abastezca el edificio. Se asegurará
mediante línea y/o equipos especiales, el funcionamiento del equipo
hidroneumático de incen-dio, de las bombas elevadoras de agua, de los ascensores
contra incendio, de la iluminación y señalización de los medios de escape y de
todo otro sistema directamente afectado a la extinción y evacuación, cuando el
edificio sea dejado sin corriente eléctrica en caso de un siniestro. Estado: No
Aplica
7) En edificios de más de 25,00 m. de altura total, se deberá contar con un
ascensor por lo menos, de carac-terísticas contra incendio. Estado: No Aplica
4.2.2. Condiciones específicas de construcción:
Las condiciones específicas de construcción estarán caracterizadas con la letra
C, seguida de un número de orden.
Condición C 3:
Los sectores de incendio deberán tener una superficie de piso no mayor de 1.000
m2. Si la superficie es superior a 1.000 m2, deben efectuarse subdivisiones con
muros cortafuego de modo tal que los nuevos ambientes no excedan el área
antedicha.
En lugar de la interposición de muros cortafuego, podrá protegerse toda el área
con rociadores automáti-cos para superficies de piso cubiertas que no superen
los 2.000 m2 Estado: No aplicable
4.3 Condiciones extinción.
Las condiciones de extinción constituyen el conjunto de exigencias destinadas a
suministrar los medios que faciliten la extinción de un incendio en sus
distintas etapas.
4.3.1 Condiciones generales de extinción:
1) Todo edificio deberá poseer matafuegos con un potencial mínimo de extinción
equivalente a 1 A y 5 BC, en cada piso, en lugares accesibles y prácticos,
distribuidos a razón de 1 cada 200 m2 de superficie cubierta o fracción. La
clase de estos elementos se corresponderá con la clase de fuego probable.
Estado: Cumple.
2) La autoridad competente podrá exigir, cuando a su juicio la naturaleza del
riesgo lo justifique, una mayor cantidad de matafuegos, así como también la
ejecución de instalaciones fijas automáticas de extinción. Estado: No aplica
3) Salvo para los riesgos 5 a 7, desde el segundo subsuelo inclusive hacia
abajo, se deberá colocar un siste-ma de rociadores automáticos conforme a las
normas aprobadas. Estado: No Aplica.
4) Toda pileta de natación o estanque con agua, excepto el de incendio, cuyo
fondo se encuentre sobre el nivel del predio, de capacidad no menor a 20 m3,
deberá equiparse con una cañería de 76 mm de diámetro, que permita tomar su
caudal desde el frente del inmueble, mediante una llave doble de incendio de
63,5 mm de diámetro. Estado: No Aplica.
5) Toda obra en construcción que supere los 25 m. de altura poseerá una cañería
provisoria de 63,5 mm de diámetro interior que remate en una boca de impulsión
situada en la línea municipal. Además, tendrá como mínimo una llave de 45 mm en
cada planta, en donde se realicen tareas de armado del encofrado. Estado: No
Aplica.
6) Todo edificio con más de 25 m. y hasta 38 m., llevará una cañería de 63,5 mm
de diámetro interior con llave de incendio de 45 mm en cada piso, conectada en
su extremo superior con el tanque sanitario y en el inferior con una boca de
impulsión en la entrada del edificio. Estado: No Aplica.
7) Todo edificio que supere los 38 m. de altura cumplirá la Condición E 1 y
además contará con boca de impulsión. Los medios de escape deberán protegerse
con un sistema de rociadores automáticos, completa-dos con avisadores y/o
detectores de incendio. Estado: No Aplica.
4.3.2 Condiciones específicas de extinción.
Las condiciones específicas de extinción estarán caracterizadas con la letra E
seguida de un número de or-den.
Condición E 1:
Se instalará un servicio de agua, cuya fuente de alimentación será determinada
por la autoridad de bombe-ros de la jurisdicción correspondiente. En actividades
predominantes o secundarias, cuando se demuestre la inconveniencia de este medio
de extinción, la autoridad competente exigirá su sustitución por otro dis-tinto
de eficacia adecuada. Estado: No cumple, ver propuesta alternativa de extinción
de incendio
Condición E 3:
Cada sector de incendio con superficie de piso mayor que 600 m2 deberá cumplir
la Condición E 1; la super-ficie citada se reducirá a 300 m2 en subsuelos.
Estado: ver condición E1 porque la superficie es > 600 m2
5. Conclusiones generales:
En función de los resultados obtenidos en el presente estudio, se cumple con los
requisitos principales de extinción de incendio. Si bien la carga de fuego es
baja (16 kg/m2), por la superficie total es necesario adop-tar medidas de
extinción especiales a base de agua, que son compensadas con una propuesta
alternativa de extinción de incendio. Ver punto 6
Inconveniencia de instalar una reserva de agua y una red fija contra incendio.
El agua como agente extintor es apto para fuegos de combustibles clase A, su
capacidad extintora por exce-lencia es el enfriamiento, pudiendo también actuar
por sofocación bajo condiciones muy particulares y dependiendo de la pericia y
entrenamiento de la persona que emplee el sistema.
Dicho esto, no podemos desconocer que la utilización de un sistema de extinción
como el previsto en la condición E1 en base a agua como agente extintor no debe
ser tomada en forma taxativa, ya que debemos considerar que la reglamentación no
puede prever todas las situaciones y por ello fija para determinado tipo de
condiciones generales algunos agentes extintores.
A continuación se describe la propuesta alternativa a la instalación de un
sistema hídrico de lucha contra incendio.
Propuesta del sistema de protección contra incendio.
El perímetro del establecimiento es 115 m lineales. El establecimiento contará
con 3 carros extintores tipo A de 25 lts. en el sector de fabricación y
depósito.
La distribución será de la siguiente manera un carro extintor cada 45 metros
lineales o fracción según el perímetro. Se tiene en cuenta la distancia a
recorrer para alcanzar los carros extintores y los extintores portátiles.
Capacitación:
Capacitación teórica práctica anual en seguridad contra incendio, con
utilización de extintores sobre fuegos clase A. Se deberá incluir a todo el
personal de la empresa
Simulacro de evacuación en caso de incendio con participación de bomberos
voluntarios cada 2 años.
7. Recomendaciones generales:
• Se recomienda (no se exige por la baja carga de fuego) un sistema de detección
de incendio moni-toreado, con sensores de detección de humo en oficinas y áreas
de producción, homologados por normas europeas o americanas. Canalizaciones con
cañería metálica tipo Daisa
• Ante el aumento de mercadería de material combustible, actualizar el presente
informe.
• Mantener despejado en una superficie de 1m2 los puestos de los extintores.
• Mantener el Orden y Limpieza en Taller de confección y todas las dependencias.
Eliminar diaria-mente los retazos de la planta productiva.
• Como la principal causa de incendio es de origen eléctrico, mantener, tomas
corrientes y tableros eléctricos libres de materiales combustibles. Realizar
medición anual de puesta a tierra y continui-dad por profesional matriculado.
Desarrollar un plan de mantenimiento de instalación eléctrica.
• Capacitar al personal en Seguridad Contra Incendio y realizar anualmente
práctica con extintores para adquirir los conocimientos necesarios sobre su uso.
Realizar anualmente un simulacro de res-puesta ante emergencias.
• Implementar la prohibición de cualquier actividad de mantenimiento que genere
calor o chispas sin la autorización formal por escrito a través de un permiso de
trabajo del encargado del sector.
• Para adecuarse a Norma IRAM 10005 - 2º Parte, se recomienda que la ubicación
de los puestos de extintores cumpla con los siguientes requisitos:
• Para señalizar la ubicación de un matafuego se debe colocar una cha-pa baliza,
tal como lo muestra la figura siguiente. Esta es una superfi-cie con franjas
inclinadas en 45 º respecto de la horizontal blancas y rojas de 10 cm de ancho.
La parte superior de la chapa deber estar ubicada a 1,20 a1,50 metros respecto
del nivel de piso. Se debe indi-car en la parte superior derecha de la chapa
baliza las letras corres-pondientes a los tipos de fuego para los cuales es apto
el matafuego ubicado. Las letras deben ser rojas en fondo blanco tal como lo
mues-tra la figura 1. El tamaño de la letra debe ser suficientemente grande como
para ser vista desde una distancia de 5 metros.
8. Planos:
8.1 Plano de Ubicación de Extintores
9. Cálculo de carga de fuego
Anexo 1: Cálculo de Carga de Fuego
SECTOR: Taller de confecciones +Depósito + Taller de mantenimiento, Show-room+
Recepción +Oficina gerencia +Oficina+ secretaria Sup.en m2: 810
Materiales Mcal/kg Cant. Peso Unit. (kg) Total (kg) Mcal Total
Taller de confección
Madera ( tabla máquina de coser) 4,4 20 5,00 100,00 440,00
algodón (Retazos) 4 4 50,00 200,00 800,00
Madera (pallets) 4,4 22 18,000 396,00 1742,40
Poliestireno (manguera aire) 10 70 0,10 7,00 70,00
Cartón (tubos de rollos tela) 4 45 3,00 135,00 540,00
Polietileno (bolsas) 10 10000 0,10 1000,00 10000,00
Madera (sillas) 4,4 5 5,00 25,00 110,00
Madera (mesa de corte larga) 4,4 2 160,00 320,00 1408,00
Madera (mesa de corte larga) 4,4 1 132,00 132,00 580,80
algodón (prendas finalizadas) 4 8000 0,75 6000,00 24000,00
Algodón (rollo tela algodón) 4 5 18,00 90,00 360,00
Algodón (rollo tela polar) 4 6 14,00 84,00 336,00
Algodón (rollo tela gabardina) 4 2 70,0000 140,00 560,00
algodón (rollo tela friza) 4 7 18,00 126,00 504,00
Polietileno (rollos hilo cono) 10 140 0,30 42,00 420,00
Papel (Rollo Papel moldes) 4,4 2 16,00 32,00 140,80
Espuma de Poliuretano (Silla) 11 7 0,05 0,35 3,85
Pc 6 1 5,00 5,00 30,00
Plotter 6 1 14,00 14,00 84,00
Madera (mesa de trabajo chica) 4,4 1 8,00 8,00 35,20
Nylon (cierres) 8,2 10000 0,100 1000,00 8200,00
Depósito
Nylon (rollos etiquetas) 8,2 400 0,500 200,00 1640,00
Cartón (cajas) 4 60 0,90 54,00 216,00
Polipropileno ( Rollo cordon buzos) 8,2 500 0,400 200,00 1640,00
Taller de mantenimiento
Cartón (tubos de rollos tela) 4 45 2,00 90,00 360,00
Cartón (cajas) 4 150 0,90 135,00 540,00
Polietileno (dispenser agua) 10 1 1,10 1,10 11,00
Oficina
Polietileno (dispenser) 10 1 2,00 2,00 20,00
Poliestireno (Silla) 10 7 2,00 14,00 140,00
Espuma de Poliuretano (Silla) 11 6 0,15 0,90 9,90
Poliestireno (banners) 10 4 0,30 1,20 12,00
Madera (Escritorio) 4,4 1 14,00 14,00 61,60
Showroom
Madera (biblioteca) 4,4 2 30,00 60,00 264,00
Madera (muebles de caña) 4,4 1 16,00 16,00 70,40
Papel (Papeles varios) 4,4 1 34,00 34,00 149,60
Polietileno (dispenser agua) 10 1 1,10 1,10 11,00
Algodón (prendas de muestra) 4 220 0,73 159,50 638,00
Madera (pallets) 4,4 2 18,000 36,00 158,40
Oficina
Madera (mueble) 4,4 2 18,000 36,00 158,40
Pc 6 1 10,00 10,00 60,00
Papel (Papeles varios) 4,4 1 21,00 21,00 92,40
Madera (biblioteca) 4,4 1 42,00 42,00 184,80
Poliestireno (Silla) 10 2 2,00 4,00 40,00
Oficina gerencia
Madera (Escritorio) 4,4 1 21,00 21,00 92,40
Papel (Papeles varios) 4,4 2 10,00 20,00 88,00
Poliestireno (Silla) 10 3 2,00 6,00 60,00
Pc 6 1 10,00 10,00 60,00
Madera (biblioteca) 4,4 1 22,00 22,00 96,80
Impresora 6 1 0,25 0,25 1,50
Recepcion
Madera (Escritorio) 4,4 1 10,00 10,00 44,00
Papel (Papeles varios) 4,4 2 2,00 4,00 17,60
Poliestireno (Silla) 10 1 2,00 2,00 20,00
CALOR DE COMBUSTIÓN TOTAL 57322,85
PESO EN MADERA EQUIVALENTE (Pm) 13028,9
CARGA DE FUEGO (Qf) 16,08
10. Fotografía de los sectores evaluados
Vista showroom
Vista taller de confección
Vista sector producto terminado
Vista sector Taller de confección máquinas
Vista sector oficinas
Vista sector Taller de confección
Mesa de corte
Preguntas y Respuestas entre Usuarios: