Altillo.com > Exámenes > UBA - Derecho > Concursos


Resumen de "Concurso Preventivo en Caso de Agrupamiento"  |  Concursos y Quiebras (Cátedra: Zaballa - Carchio - 2018)  |  Derecho  |  UBA

CONCURSO PREVENTIVO EN CASO DE AGRUPAMIENTO:
I.-) Concepto:
Se llama “concurso preventivo en caso de agrupamiento” al solicitado en conjunto por dos o más personas humanas o jurídicas que conforman de manera permanente un grupo económico.
En este sentido, ¿Qué se entiende por “grupo económico”? Es común encontrar las personas humanas o jurídicas que se agrupan para llevar a cabo un emprendimiento común. Cuando más allá de ese emprendimiento común exista entre ambas una interdependencia permanente, estaremos en presencia de un “grupo económico”.
II.-) Requisitos para solicitar el concurso preventivo en caso de agrupamiento:
Para solicitar el concurso preventivo en caso de agrupamiento deberán cumplirse los siguientes requisitos:
1.-) Probar la existencia y exteriorización del grupo económico:
Se determina, asimismo, que la solicitud debe comprender a todos los integrantes del agrupamiento sin exclusiones, a los fines de evitar que se utilice este instituto en forma abusiva. Ahora, ¿Cómo se prueba la existencia del grupo económico? Generalmente la prueba surge de la documentación presentada por los diferentes integrantes del grupo económico.
2.-) Probar el estado de cesación de pagos de al menos uno de los integrantes del grupo económico, y que ese estado pueda afectar al resto de los integrantes:
Con lo expuesto, no será necesario que todos los integrantes se encuentren en estado de cesación de pagos.
III.-) Competencia:
Será competente el juez al que le correspondería entender en el concurso de la persona con mayor activo, de acuerdo al último balance.
IV.-) Procedimiento:
1.-) Apertura del concurso preventivo:
Deberá abrirse un proceso por caso persona humana o jurídica integrante del grupo económico que se encuentre concursada.
2.-) Verificación de créditos:
Cada acreedor verificará su crédito en el proceso que corresponda. Sin embargo, los acreedores de un concursado podrán impugnar y observar las solicitudes de verificación formuladas por los acreedores de los otros concursados.
3.-) Informe individual:
El síndico deberá presentar un informe individual por cada concursado.
4.-) Informe general:
El síndico deberá presentar un único informe general, que se complementará con un estado de activos y pasivos consolidado del grupo económico.
5.-) Sindicatura:
Pese a haber un proceso diferente por cada integrante del grupo económico, la sindicatura es única para todo el agrupamiento.
GARANTES DE LOS INTEGRANTES DEL AGRUPAMIENTO:
Suele ocurrir que los acreedores de los integrantes del grupo económico hayan exigido garantías de terceros para asegurar el cumplimiento de las obligaciones. Estos garantes se encuentran autorizados a solicitar su concurso preventivo para que tramite en conjunto con el de su garantizado (integrante del grupo económico), aunque no se encuentren en estado de cesación de pago. La petición debe ser formulada dentro de los treinta (30) días contados a partir de la última publicación de edictos del concurso del garantizado.


 

Preguntas y Respuestas entre Usuarios: