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CONCURSO
PREVENTIVO EN CASO DE AGRUPAMIENTO:
I.-) Concepto:
Se llama “concurso preventivo en caso de
agrupamiento” al solicitado en conjunto por dos o más personas humanas o
jurídicas que conforman de manera permanente un grupo económico.
En este sentido, ¿Qué se entiende por
“grupo económico”? Es común encontrar las personas humanas o jurídicas que se
agrupan para llevar a cabo un emprendimiento común. Cuando más allá de ese
emprendimiento común exista entre ambas una interdependencia permanente,
estaremos en presencia de un “grupo económico”.
II.-) Requisitos para solicitar el
concurso preventivo en caso de agrupamiento:
Para solicitar el concurso preventivo en
caso de agrupamiento deberán cumplirse los siguientes requisitos:
1.-) Probar la existencia y
exteriorización del grupo económico:
Se determina, asimismo, que la solicitud
debe comprender a todos los integrantes del agrupamiento sin exclusiones, a los
fines de evitar que se utilice este instituto en forma abusiva. Ahora, ¿Cómo se
prueba la existencia del grupo económico? Generalmente la prueba surge de la
documentación presentada por los diferentes integrantes del grupo económico.
2.-) Probar el estado de cesación de
pagos de al menos uno de los integrantes del grupo económico, y que ese estado
pueda afectar al resto de los integrantes:
Con lo expuesto, no será necesario que
todos los integrantes se encuentren en estado de cesación de pagos.
III.-) Competencia:
Será competente el juez al que le
correspondería entender en el concurso de la persona con mayor activo, de
acuerdo al último balance.
IV.-) Procedimiento:
1.-) Apertura del concurso preventivo:
Deberá abrirse un proceso por caso
persona humana o jurídica integrante del grupo económico que se encuentre
concursada.
2.-) Verificación de créditos:
Cada acreedor verificará su crédito en el
proceso que corresponda. Sin embargo, los acreedores de un concursado podrán
impugnar y observar las solicitudes de verificación formuladas por los
acreedores de los otros concursados.
3.-) Informe individual:
El síndico deberá presentar un informe
individual por cada concursado.
4.-) Informe general:
El síndico deberá presentar un único
informe general, que se complementará con un estado de activos y pasivos
consolidado del grupo económico.
5.-) Sindicatura:
Pese a haber un proceso diferente por
cada integrante del grupo económico, la sindicatura es única para todo el
agrupamiento.
GARANTES DE LOS INTEGRANTES DEL
AGRUPAMIENTO:
Suele ocurrir que los acreedores de los
integrantes del grupo económico hayan exigido garantías de terceros para
asegurar el cumplimiento de las obligaciones. Estos garantes se encuentran
autorizados a solicitar su concurso preventivo para que tramite en conjunto con
el de su garantizado (integrante del grupo económico), aunque no se encuentren
en estado de cesación de pago. La petición debe ser formulada dentro de los
treinta (30) días contados a partir de la última publicación de edictos del
concurso del garantizado.
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