Altillo.com > Exámenes > UBA - Derecho > Derecho Civil
Derecho Civil | Resumen para el Primer Parcial | Cat: Lavalle Cobo - Marino | 1° Cuat. de 2012 | Altillo.com |
¿QUE ES EL DERECHO?
EL DERECHO ES UNA CIENCIA QUE ABARCA UN GRUPO AMPLIO DE CONOCIMIENTOS SOCIALES
CONFORMADOS POR LA SISTEMATIZACIÓN Y COHERENCIA DE LOS CONOCIMIENTOS DE MORAL Y
JUSTICIA OBTENIDOS MEDIANTE EL EMPLEO DE LOS MÉTODOS APROPIADOS PARA LAS
CIENCIAS SOCIALES
SU OBJETIVO PRINCIPAL:
CONCRETAR LOS IDEALES DE LA JUSTICIA Y LAÉTICA.
DEFINICIONETIMOLOGICA DEL DERECHO:
CONJUNTO DE REGLAS ESTABLECIDAS PARA REGIR LAS RELACIONES ENTRE LOS HOMBRES EN
SOCIEDAD PARA EL LOGRO DE LA JUSTICIA
ACEPCIONESDE LA PALABRA DERECHO
ORDEN JUSTO: VALOR JUSTICIA/ORDEN SOCIAL, EL DERECHO COMO HACEDOR DE JUSTICIA.
COMO NORMA: SISTEMA DE NORMAS EMANADO POR AUTORIDAD COMPETENTE.
COMO EFECTIVAMENTE REALIZADO: TOMA EN CUENTA LA CONDUCTA DEL HECHO, PONE EN MIRA
LA EFECTIVIDAD DEL DERECHO EN CONSECUENCIA O COMO CONSECUENCIA DE UNA CONDUCTA
REALIZADA.
SIMILITUDES Y DIFERENCIAS ENTRE MORAL Y DERECHO.
SIMILITUDES:
SON ORDENES NORMATIVOS QUE REGULAN LA CONDUCTA HUMANA, ENCAMINADOS EN LA
ELABORACIÓN DE UN ORDEN JUSTO, CREADOS A SU VEZ POR EL MISMO HOMBRE.
DIFERENCIAS
LA MORAL VALORA LA CONDUCTA EN SI MISMA.
- SU CAMPO ES LA CONCIENCIA, LA INTIMIDAD DEL SUJETO.
- PRODUCCIÓN DEL ORDEN DENTRODE LA CONCIENCIA
- GOBIERNA SU CONDUCTA MEDIANTE LA LA CARIDAD Y LA JUSTICIA
- EL AUTÓNOMA: YA QUE EL INDIVIDUO SE LA IMPONE A SI MISMO POR CONVICCIÓN PROPIA
- EL SUJETO TIENE LIBERTAD DE CUMPLIMIENTO.
- NORMA: IMPUESTA AL INDIVIDUO POR SI MISMO
- JUICIO: MORAL, DEPENDIENDO DEL QUERER DE LA PERSONA
EL DERECHOVALORA LA CONDUCTA DESDE EL PUNTO DE VISTA NORMATIVO
- CAMPO: CONVIVENCIA SOCIAL
- PRODUCCIÓN DEL ORDEN SOCIAL EN RELACIONES ENTRE LA GENTE
- PENETRA EN EL FONDO DE LA CONCIENCIA Y REGULA LAS INTENCIONES
- ES HETERÓNOMA, ESTA IMPUESTA AL INDIVIDUO POR EL ESTADO
- CARÁCTER OBLIGATORIO
- NORMA: IMPUESTA AL INDIVIDUO POR EL ESTADO.
- CUMPLIMIENTO MEDIANTE COACCIÓN (SANCIÓN)
DERECHO POSITIVO / DERECHO NATURAL
DERECHO POSITIVO (EL MÁS NORMATIVO)
SUS RAMAS: DERECHOPUBLICO (SUBORDINACIÓN) /PRIVADO (COORDINACIÓN)
ESTE PROCLAMA EL CUMPLIMIENTO DE NORMAS JURÍDICASPARA LOGRAR LA SEGURIDAD
COLECTIVA MEDIANTE EL ORDENAMIENTO JURÍDICO
LOS POSITIVISTAS NO CONSIDERAN LAS LEYES BUENAS O MALAS, SINO, VALIDAS E
INVALIDAS SEGÚN SAN DICTADAS POR AUTORIDAD COMPETENTE.
EL POSITIVISMO RECONOCE EL DERECHO HUMANO COMO CREACIONES DEL LEGISLADOR, NO
COMO FACULTAD NATURAL. NIEGAN EL DERECHO NATURAL
HANS KELSEN POSITIVISTA. SU IDEA, SU POSICIÓN, FRENTE A LA MORAL
“TODA NORMA EMANA DE OTRA QUE LA FUNDAMENTA”
EL DERECHO ES LA NORMA JURÍDICA DICTADA POR EL SOBERANO, EMANADA POR EL
SOBERANO, LA MORAL ES UN CONCEPTO METAJURÍDICO, QUE TIENE INFLUENCIA PERO EL
DERECHO ES TAL, SOLO POR SER EMANADO POR AUTORIDAD COMPETENTE.
EL DERECHO NATURAL
LOS DEFENSORES DEL DERECHO NATURAL NO NIEGAN EL DERECHO POSITIVO POR DEMÁS
EVIDENTE.
EL DERECHO POSITIVO, ESTA ESCRITO, ES PALPABLE PERO POR SOBRE TODO ESTA EL
DERECHO NATURAL, DERECHO INHERENTE AL HOMBRE, Y EXISTENTE ANTES QUE EL
LEGISLADOR O JURISTA.
SANTO TOMAS DE AQUINO (NATURALISTA) POSICIÓN TOMADA FRENTE A LA MORAL Y EL
DERECHO
LA JUSTICIA ES UN ELEMENTO INDISPENSABLE DEL DERECHO, LO QUE IMPLICA NEGAR TODA
CATEGORÍAJURÍDICA A TODA LEY INJUSTA. SI LA LEY CONFORME A EL LO ES, Y SI ES
INCOMPATIBLE A EL NO LO ES. LA MORAL ES UN INGREDIENTE NECESARIO DEL Y PARA EL
DERECHO.
DERECHO OBJETIVO/ SUBJETIVO
- OBJETIVO: REGULA LAS RELACIONES ENTRE LOS INDIVIDUOS EN LA SOCIEDAD (MEDIEANTE
ORDENAMIENTO )(ESTUDIA LA NORMA VIGENTE)
- SUBJETIVO: FACULTAD DE ACTUAR CON RELEVANCIA JURÍDICA EN VIRTUD DE LA NORMA
QUE OTORGA EL DERECHO OBJETIVO. ANALIZA LAS NORMAS, SE ENCARGA DE PLASMAR LOS
IDEALES DE JUSTICIA Y DEL BIEN COMÚN “ EL DERECHO COMO EFECTIVAMENTE REALIZADO”
DERECHO SUBJETIVO: CLASIFICACION DOCTRINARIA
SEGÚN SU CONSTITUCIÓNECONÓMICA:PATRIMONIALES / EXTRAPATRIMONIALES
PATRIMONIALES: (APRECIABLES EN DINERO)
- DERECHOS PERSONALES: FACULTAD DE EXIGIR ( DAÑOS Y PERJUICIOS )
- REALES (DOMINIO ) :FACULTAD DE UNA PERSONA SOBRE UNA COSA
- INTELECTUALES DERECHOS DE AUTOR
EXTRAPATRIMONIALES:
- FAMILIA: SURGEN DE LAS RELACIONES FAMILIARES
- PERSONALÍSIMOS: PRERROGATIVAS “ERGA OMNES” INHERENTES A LA PERSONALIDAD
QUE SON LOS DERECHOS PERSONALÍSIMOS??
SON PRERROGATIVAS DE CARÁCTER EXTRAPATRIMONIAL O PUNIBLES CONTRA TODO, LE
CORRESPONDE A LA PERSONA DESDE ANTES DE SU NACIMIENTO Y HASTA DESPUÉS DE SU
MUERTE
SEGÚN LA DETERMINACIÓN DEL SUJETO PASIVO
ABSOLUTOS: (INDETERMINADO) VARIAS PERSONAS VIOLANDO MI INTIMIDAD
RELATIVOS: (DETERMINADOS) ACREEDOR-DEUDOR
SEGÚN SU DISPONIBILIDAD
TRANSMISIBLES: PATRIMONIALES (VENDER, CEDER. RENUNCIAR)
INTRANSMISIBLES(SE RECONOCEN EN CABEZA DEL TITULAR)
RAMAS DEL DERECHO
DERECHO PUBLICO/ DERECHO PRIVADO
PUBLICO: APUNTA AL INTERÉS COLECTIVO. RAMA DEL DERECHO POSITIVO , DERECHO DE
SUBORDINACIÓN, POR DESIGUALDAD DE TÉRMINOS EN LAS RELACIONES JURÍDICAS (
INDIVIDUO ESTADO)
RAMAS:CONSTITUCIONAL / ADMINISTRATIVO /PENAL / INTERNACIONAL PUBLICO/
PREVISIONAL/ FINANCIERO/AMBIENTE
PRIVADO: APUNTA AL INTERÉS PARTICULAR DE CADA INDIVIDUO EN LA RELACIÓNJURÍDICA.
RAMA DEL DERECHO POSITIVO, DERECHO DE COORDINACIÓN EN EL CUAL LOS SUJETOS ESTA
UBICADOS EN UN PLANO DE IGUALDAD.( INDIVIDUO-INDIVIDUO)
RAMAS: CIVIL/ LABORAL/ COMERCIAL/ MINERO/RURAL/ MARÍTIMO/ INTERNACIONAL PRIVADO/
PROPIEDAD INTELECTUAL/ MARCAS Y PATENTES/ AERONÁUTICA
EL DERECHO PROCESAL:
PERTENECE A LA RAMA PUBLICA YA QUE EL ESTADO INTERVIENE ELN EL DESDE SU PARTE DE
ESTADO SOBERANO. SIRVE PARA LA APLICACIÓN DE LA NORMA (MECANISMOS DE
PROCEDIMIENTO) PARA LA APLICACIÓN DEL DERECHO OBJETIVO POR LOS ÓRGANOS
JURISDICCIONALES EN EL CASO CONCRETO.
CONCEPTOS BÁSICOS DEL DERECHO PROCESAL
JURISDICCIÓN: FUNCIÓN DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA DE SENTENCIAR Y EFECTUAR LO
SENTENCIADO EN LOS CONFLICTOS QUE SEAN SOMETIDOS A SU JURISDICCIÓN
ACCIÓN: DERECHO DEL CIUDADANO A PEDIR TUTELA JURÍDICA
PROCESO: MEDIO A TRAVÉS DEL CUAL SE EJERCE LA JURISDICCIÓN (MEDIO DE SENTENCIA)
DERECHO CIVIL:LEY 340
REGULA LAS RELACIONES ENTRE SI Y PARA ASÍ(TODOS LOS DÍAS REALIZAMOS RELACIONES
DE DERECHO CIVIL)
NÚCLEO:
FAMILIA: (MATRIMONIO, DIVORCIO, ADOPCIÓN)
PATRIMONIO: BIENES
SUCESIONES: PATRIMONIO DESPUÉS DE LA MUERTE
CUALIDAD DEL DERECHO CIVIL: RIGE LAS RELACIONES ENTRE LAS PERSONA (HASTA ANTES
DE NACER) MAS ALLÁ DE LO QUE LA PERSONA HAGA.
CONCEPTOS DE FUENTES DEL DERECHO
LAS FUENTES DEL DERECHO SON NORMAS O PRECEPTOS DEL DERECHO POSITIVO DEL CUAL
EMANAN DERECHOS Y OBLIGACIONES PARA LAS PERSONAS.
DERECHO ESCRITO----LEY CIVIL
JURISPRUDENCIA------ CONJUNTO DE SENTENCIA PROCEDENTES
LEY EN SU SENTIDO: FORMAL/ MATERIAL (NO FORMAL)
LEY EN SU SENTIDO FORMAL:
NORMA JURÍDICA GENERAL OBLIGATORIA ESCRITA EMANADA DEL PROCEDIMIENTO PREVISTO
POR LA CONSTITUCIÓN, EMANADAS ÚNICAMENTE POR EL PODER LEGISLATIVO (NACIONAL O
PROVINCIAL)
CLASIFICACIÓN:
LEY: NORMA JURÍDICA OBLIGATORIA EMANADA POR AUTORIDAD COMPETENTE.
COSTUMBRE: OBSERVANCIA CONSTANTE Y UNIFORME DE CIERTOS COMPORTAMIENTOS DE
INDIVIDUOS DENTRO DE UNA SOCIEDAD (COMUNIDAD)
JURISPRUDENCIA (SUPUESTO DE FALLOS PLENARIOS)
SENTENCIAS DICTADAS POR LAS CÁMARAS EN PLENO PARA LOGRAR UNIFORMIDAD DE
CRITERIO. (MEDIO QUE UNIFICA LA JURISPRUDENCIA).
LEY EN SU SENTIDO MATERIAL (O NO FORMAL)
NORMA JURÍDICA GENERAL OBLIGATORIA ESCRITA EMANADA POR AUTORIDAD COMPETENTE
(DECRETO DEL PODER EJECUTIVO)
- JURISPRUDENCIA:SENTENCIAS JUDICIALES PROCEDENTES
- PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: FUNDAMENTO DE ESTOS PRINCIPIOS, ES LA
NATURALEZA HUMANA RACIONAL, SOCIAL Y LIBRE
- PRINCIPIOS DE EQUIDAD
DOCTRINA.OPINIÓN DE LOS JURISTAS
EQUIDAD: DERECHO NATURAL INTERPRETADO OBJETIVAMENTE POR EL JUEZ
CUANDO LAS FUENTES FORMALES NO LOGRAN DARLE UNA SOLUCION AL JUEZ ESTE DEBE
RECURRIR A LAS NO FORMALES TENIENDO EN CUENTA:
- LAS LEYES ANÁLOGAS
- PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
- LOS PRINCIPIOS DE LA MORAL CRISTIANA
- PRINCIPIO EN LOS QUE SE BASA EL DERECHO PUBLICO
- LA ORGANIZACIÓN SOCIAL DEL PUEBLO
LA LEY
------ REGLA CONDUCTA EN LASOCIEDAD
LEY ---NORMA -------OBLIGATORIA – SE DEBE CUMPLIR
------ JUSTA - ORDEN JUSTO
-------GENERAL - SE APLICA A LA GENERALIDAD DE LAS PERSONAS
-------PÚBLICA – APUNTA AL SUJETO COMO AL OBJETO
LAS LEYES FORMALES SALEN DEL PODER LEGISLATIVO, SON SANCIONADAS, PROMULGADAS Y
PUBLICADAS. LA PUBLICACIÓN LAS HACE OBLIGATORIAS Y PARTE DEL DERECHO VIGENTE.
SON COERCITIVAS(IMPUESTAS AL INDIVIDUO POR EL ESTADO)
EN CAMBIO LAS LEYES EN SENTIDO MATERIAL O NO FORMAL) SON DE CARÁCTER GENERAL Y
NO TIENEN EL MISMO PROCESO QUE LAS FORMALES: POR EJEMPLO, TRATADOS, ORDENANZAS
MUNICIPALES ETC.
COSTUMBRE
HABITO CONDUCTA USO O PRACTICA CON RELEVANCIA JURÍDICA .PARA QUE EXISTA LA
COSTUMBRE EN ACEPCIÓNJURÍDICA DEBEN EXISTIR LOS SIGUIENTES ELEMENTO
MATERIAL / PSICOLOGICO
MATERIAL(USO O PRÁCTICA REITERADA EN EL TIEMPO)
SERIE DE ACTOS REPETIDOS EN MANERA CONSTANTE Y UNIFORME, NO ES INDISPENSABLE SU
LAGO USO YA QUE HAY COSTUMBRES DE FORMACIÓN MUY RECIENTE QUE TIENE YA FUERZA
OBLIGATORIA
PSICOLOGICAS(TENER LA CONVICCION DE QUE ES OBLIGATORIA)
CONVICCION DE QUE DE ELLA SURGEN DERECHOS Y OBLIGACIONES, LO QUE DIFERENCIA A
ESTA COSTUMBRE EN SENTIDO DE FUENTE DEL DERECHO EN RELACIÓN A OTRAS ES QUE ES DE
USO SOCIAL
EJEMPLO: CUMPLEAÑOS, ANIVERSARIOS,
REGIMEN LEGAL DE LA COSTUMBRE
ARTICULO 17 LEY 17711
EL ARTICULO 17 ESTABLECÍA QUE LAS LEYES EN TODO O EN PARTE NO PODÍAN SER
DEROGADAS POR OTRAS LEYES. EL USO DE LA COSTUMBRE NO PUEDE CREAR DERECHOS, SALVO
CUANDO LAS LEYES SE REFIERAN A ELLOS.
LA LEY 17711 DECÍA QUE LA COSTUMBRE NO ES FUENTE DE DERECHO A MENOS QUE LA LEY
LO CONVALIDE.
EL ARTICULO 17 NO SOLO PROSCRIBÍA LA COSTUMBRE CONTRA LEGEM PUESTO A QUE:
ART 22: EL PUEBLO NO GOBIERNA NI DELIBERA SI NO A TRAVÉS DE SUS REPRESENTANTESY
QUE:
ART 19: NINGÚN HABITANTE ESTA OBLIGADO A HACER LO QUE LA LEY NO MANDA NI PRIVADO
DE LO QUE LA LEY NO PROHÍBE
ESTO PRESENTA UN INCOMPATIBLE RIGOR LÓGICO CON LA REALIDAD EN LA VIDA JURÍDICA
LA LEY NO HABÍA PREVISTO SOLUCIONES EN LAS RELACIONES DE DERECHO LAS CUALES SE
ORDENAN ESPONTÁNEAMENTECREANDO LAGUNAS
EL ART 19 HABLA DE TODA LEY EMANADA O NO DEL PODER EJECUTIVO( O SEA EN SENTIDO
FORMAL) Y EN SENTIDO MATERIAL ( O NO FORMAL) A SU VEZ…LA COSTUMBRE ES LEY
EL ARTICULO 22 ESTABLECE EL PRINCIPIO REPRESENTATIVO DE GOBIERNO EL CUAL NO SE
OPONE A LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO
NOS OBSTANTE LOS DISPUESTO EL ART 17 CC LOS TRIBUNALES RECONOCEN ( EN CIERTOS
CASOS EXCEPCIONALES) FUERZA OBLIGATORIA EN LA COSTUMBRE SOBRE CASOS IMPERANTE
DONDE LA LEY CIVIL HABÍA GUARDADO SILENCIO
ENTONCES LA LEY 17711 ACOGIÓ EL PRINCIPIO DE QUE LA COSTUMBRE ES FUENTE ENTE EL
SILENCIO DE LA LEY
EL NUEVO ART. 17 DECÍA ENTONCES QUE LOS USOS Y COSTUMBRES NO PUEDEN CREAR
DERECHOS SI NO CUANDO LAS LEYES SE REFIERAN A ELLO ES DECIR QUE SE PUEDE ACUDIR
A LA COSTUMBRE CUANDO SE DÉ UN VACÍO LEGAL.
ESTO SIGNIFICA UN GRAN AVANCE DE LA COSTUMBRE COMO FUENTE DEL DERECHO, SE
LIBRARA A LOS JUECES DEL ANTIGUA ARTICULO 17 DÁNDOLESAMPLIA APLICACIÓN DE LA
COSTUMBRE ANTE EL SILENCIO GUARDADO POR LA LEY EN DETERMINADOS CASOS.
PERO HAY UN PUNTO QUE COINCIDE CON EL ANTERIOR LA COSTUMBRE “CONTRALEGEM “LO
CUAL LA HACE CARECER DE VALOR JURÍDICO. NO PUEDE DEROGAR NO CREAR NUEVAS LEYES.
AUNQUE EN ALGUNOS CASOS LOS TRIBUNALES SE HAN VISTO FORZADOS A DEROGAR UNA LEY
POR LA COSTUMBRE Y RECONOCER EL PREDOMINIO DE ESTA SOBRE AQUELLA
CLASIFICACIÓN DE COSTUMBRE
SECUNDUM LEGEM: (SEGÚN LA LEY). LA LEY ES LA QUE REMITE LA SOLUCIÓN A LA
COSTUMBRE
PRAETER LEGEM: (…) AQUELLA QUE SE APLICA CUANDO HAY INSUFICIENCIA DE LA LEY
CONTRA LEGEM: (CONTRARIO A LA LEY). AQUELLA COSTUMBRE QUE VA EN CONTRA DE A LEY
MEDIOS DE PRUEBA DE LA COSTUMBRE
COMO LA COSTUMBRE NO SIEMPRE ESTA ESCRITA HAY QUE DEMOSTRARLE AL JUEZ MEDIANTE
“MEDIO DE PRUEBA” (TESTIGOS, JURISPRUDENCIA)
“SI LA COSTUMBRE ES MUY CONOCIDA EL JUEZ DEBERÍA CONOCERLA” (???????)
NO, PORQUE LA LEY ES CONOCIDA POR LOS JUECES PERO EL JUEZ NO TIENE PORQUE
CONOCER LAS COSTUMBRES DE TODOS LOS LUGARES.
LA JURISPRUDENCIA
ES EL CONJUNTO DE FALLOS JUDICIALES EMANADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE
(SENTENCIAS JUDICIALES) EN EL CASO DE LOS FALLOS PLENARIOS ESTA ES VINCULANTE)EN
ELLOS SE UNIFICA LA JURISPRUDENCIA
CLASIFICACIÓN DE LA LEYES
POR SU ESTRUCTURA O TECNICA DE LA APLICACIÓN:
DONDE LAS LEYES EN ESTE CASO PUEDEN SER RÍGIDAS O FLEXIBLES
RÍGIDAS: APLICA PRECEPTOS NORMATIVOS PRECISOS SOBRE CASOS CONCRETOS IMPONE UNA
UNICACONSECUENCIA POSIBLE CLARAMENTE FIJADA POR LA LEY.
FLEXIBLES: ESTAS SON MAS ELÁSTICAS, ENUNCIAN CONCEPTOS MAS GENERALES DONDE EL
JUEZ TIENE UN CIERTO CAMPO DE ACCIÓN AL APLICARLA. DEPENDE NO SOLO DE LA
SOCIEDAD, LA RELOGION, SI NO QUE DE LA CONCIENCIA INDIVIDUAL DEL JUEZ.
ESTAS FORMAS ELÁSTICAS SON LA DE MAYOR USO EN LA TÉCNICALEGISLATIVA MODERNA QUE
PREFIERE NO APRISIONAR AL JUEZ CON NORMAS RÍGIDAS QUE UN CAMBIO DE
CIRCUNSTANCIAS PUEDE CONVERTIR EN INJUSTAS.
POR LA NATURALEZA DE LA SANCION:
ESTAS PUEDEN SER:
- LEYES PERFECTAE: NULIDAD DEL ACTO POR NATURALEZA DE LA SANCIÓN
- LEYES PLUS QUANPERFECTAE: APARTE DE LA NULIDAD DEL ACTO PUEDE DARSE UNA
SANCIÓN ADICIONAL
- LEYES MINUSQUAN PERFECTAE: EL ACTO SE NULIFICA SI SE APLICA UNA SANCIÓN
ADICIONAL
- LEYES IMPERFECTAE: NO TIENEN SANCIÓN
POR VALIDEZ EN RELACIÓN A LA VOLUNTAD DE LAS PERSONAS
LAS LEYES PUEDEN SER SUPLETORIAS O IMPERATIVAS
LEYES IMPERATIVAS:
SE IMPONEN A LA VOLUNTAD DE LAS PARTES. DEBEN CUMPLIRSE AUNQUE LAS PARTES
PREFIERAN OTRA REGULACIONES SUS RELACIONES JURÍDICAS, EN ALGUNOS CASOS ASUMEN LA
FORMA DE MANDATOS. LOS PARTICULARES NO PUEDEN DEJARLAS SIN EFECTO
(LEY DE ORDEN PÚBLICO)
LEYES SUPLETORIAS O INTERPRETATIVAS: PUEDEN SER DEJADAS DE LADO POR VOLUNTAD DE
LAS PARTES Y ASÍ DEJARLAS SIN EFECTO. SE LLAMAN SUPLETORIAS PORQUE SUPLEN LA
VOLUNTAD DE LAS PARTES EXPRESADA EN LOS CONTRATOS.
LAS LEYES DE ORDEN PUBLICO SON LAS LEYES IMPERATIVAS, PORQUE ESTAS SON
IRRENUNCIABLES E IMPERATIVAS. POR ESO DONDE SURGE TODO TIPO DE ESTAS LEYES ES EN
EL ORDEN PUBLICO. (SI UN LEGISLADOR IMPONE UNA NORMA CON CARÁCTER OBLIGATORIO ES
PORQUE CONSIDERA QUE HAY UN INTERÉS SOCIAL COMPROMETIDO EN JUEGO.) POR ESO…LAS
LEYES IMPERATIVAS SON SINÓNIMOS DE LAS LEYES DE ORDEN PUBLICO, Y POR ENDE ESTA
ABARCA LA GRAN MAYORÍA DE LAS LEYES
LA SENTENCIA
DECISIÓN DE UN MAGISTRADO QUE PONE FIN A UN PLEITO (LITIGIO) QUE DETERMINA LOS
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES DE UN CASO DETERMINADO (NORMAJURÍDICA
INDIVIDUAL)
YA QUE TODO CONFLICTO HUMANO DEBE SER SOMETIDO A LOS JUECES, DE LO CONTRARIO EL
ORDEN JURÍDICO SE VERA REEMPLAZADO POR LA FUERZA LO QUE SIGNIFICARÍA EL IMPERIO
DEL CAOS.
LAS SENTENCIAS TIENE CARÁCTER OBLIGATORIO Y EL VENCEDOR PUEDE PEDIR AUXILIO
PUBLICO PARA HACERLA CUMPLIR
CARACTERÍSTICAS DE LA SENTENCIA
-ES OBLIGATORIA PARA LAS PARTES
-HACE “COSA JUZGADA”
-LA SENTENCIA DEBE SER FUNDADA EN DERECHO
“EL COMMON LAW”
PRINCIPAL FUENTE DEL DERECHO: LA JURISPRUDENCIA
PAPEL DE LA COSTUMBRE, LA JURISPRUDENCIA Y LA LEY EN EL DERECHO ANGLOSAJÓN.
LA PROFUNDA ORIGINALIDAD DE ESTE CONSISTE ESPECIALMENTE EN QUE LA FUENTE
FUNDAMENTAL DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES NO ES LA LEY ESCRITA SI NO LAS
DECISIONES LA LOS TRIBUNALES, LOS PRECEDENTES JUDICIALES.
EN PRINCIPIO LOS JUECES SE FUNDABAN PARA DICTAMINAR SUS SENTENCIAS EN LAS
COSTUMBRES PERTINENTES EN SU PAÍS, PERO COMO ESTA EN EL PASO DEL TIEMPO
TENDRÍAEL VALOR DE PRECEDENTES OBLIGATORIOS PARA LOS FUTUROS PROCESOS POCO A
POCO LA COSTUMBRE FUE QUEDANDO ENTERRADA Y SOLO BUSCO EL PRECEDENTE JUDICIAL.
EL JUEZ INGLES POR ENDE DA POR SENTADO QUE TODO LITIGIO HA DE TENER SOLUCIÓN EN
LOS PRECEDENTES JUDICIALES, DONDE LA JURISPRUDENCIA (COLECCIONES
JURISPRUDENCIALES) TIENEN PARA EL JUEZ LA MISMA IMPORTANCIA Y RELEVANCIA QUE
PARA NOSOTROS EL CÓDIGO CIVIL.
EL DERECHO ESCRITO SE ESTABLECE ENTONCES PARA MODIFICAR LOS ANTECEDENTES
JURISPRUDENCIALES DEL COMMON LAW
EN INGLATERRA NO SE CONCIBE LA EXPRESIÓNANALÓGICA EXTENSIVA DE LA LEY PUESTO A
QUE ES SIEMPRE UN DERECHO DE EXCEPCIÓN Y NO PUEDE APLICARSE MAS QUE EN LOS CASO
PREVISTOS.
CONSECUENCIAS DEL SISTEMA COMMON LAW
LOS JUECES NO SOLO TIENEN EL PODER JURISDICCIONAL SI NO QUE AL SER LA SENTENCIA
UN ANTECEDENTE JURISPRUDENCIAL TIENENPRÁCTICAMENTE UN VERDADERO PODER
LEGISLATIVO QUE SE MANIFIESTA DE DOS MANERAS
DICTAN NORMAS DE PROCEDIMIENTO PARA ACTUAR EN EL PROPIO TRIBUNAL
SUS FALLOS TIENEN FUERZA OBLIGATORIA PARA LOS TRIBUNALES INFERIORES
DOCTRINA:
FUENTE MEDIATA DEL DERECHO. ES LA OPINIÓN DE LOS JURISTAS Y SU PRESTIGIO VA A
DEPENDER DE LA AUTORIDAD DEL JURISTA QUE LA HA EMITIDO.
SU IMPORTANCIA EN EL DERECHO MODERNO ES LA DE INFLUIR EN LOS PRINCIPIOS DEL
ANTERIOR COMO “EL NUEVO DERECHO “PARA DESVIARLO DE LAS ANTIGUAS EXAGERACIONES
QUE PUEDEN TORNARLO ASÍ PELIGROSO.
LA DOCTRINA NO OBLIGA AL JUEZ, PERO PUEDE INFLUIR EN SU ANIMO.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO.
SE RECEPTA EN EL ART. 15 DEL CÓDIGO CIVIL DONDE EXPRESA QUE EL JUEZ NO PUEDE
DEJAR DE JUZGAR BAJO PRETEXTO DE SILENCIO, OSCURIDAD O INSUFICIENCIA DE LAS
LEYES
ARTICULO 16
ESTE DICE QUE SI UNA CUESTIÓN CIVIL NO PUEDE RESOLVERSE NI POR LA PALABRA NI POR
EL ESPÍRITU DE LA LEY, SE RECURRIRÁ A LOS PRINCIPIOS DE LAS LEYES ANÁLOGAS Y SI
AUN LA CUESTIÓN FUESE DUDOSA SE RECURRIRÁ A LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
ENCONSIDERACIÓN DE LAS CIRCUNSTANCIAS DEL CASO. CONSIDERADO ASÍ PORQUE SIEMPRE
EL JUEZ DEBE ENCONTRAR UNA NORMA CONCRETA O EN SU DEFECTO EL PRINCIPIO GENERAL
QUE LE PERMITA RESOLVER EL CASO.
SE ENTIENDE POR PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO A LOS PRINCIPIOS SUPERIORES DE
JUSTICIA VINCULADOS CON EL DERECHO NATURAL , PRINCIPIOS NATURALES CONTEMPLADOS
POR LA LEY SUPREMA.
PRINCIPIO DE EQUIDAD:
LOS JUECES SUELEN APLICARLA PARA ATENUAR EL RIGOR DE UNA DECISIÓN LEGAL. PARA
LOGRAR UN EQUILIBRIO EN UNA RELACIÓNJURÍDICA.
LA APLICACIÓN DE LA IDEA DE JUSTICIA YA QUE ESTA ES UN ELEMENTO INTEGRADOR DEL
ORDEN JURÍDICO Y POSITIVO Y LA EQUIDAD FORMA PARTE DE EL.
LA EQUIDAD ES UNA FUENTE EXTRAÑA A LA LEY E INDEPENDIENTE DE ELLA Y HASTA EN
ALGUNOS CASOS ADQUIERE VALORAUTÓNOMO A ELLA.
LA EQUIDAD ES UN INSTRUMENTO DE COHERCIÓN DE LA LEY EN LO QUE ESTA FALLE POR SU
EXCESIVA GENERALIDAD ADOPTANDO MANDATO NORMATIVO A LA CIRCUNSTANCIAS CONCRETAS
DEL CASO ESPECIFICO.
LA EQUIDAD NO IMPLICA SUAVIDAD, SINO, JUSTEZA. ES LA JUSTICIA DEL CASO CONCRETO.
CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO
ACUERDOS QUE CELEBRAN LOS SINDICATOS CON LAS CÁMARAS DE COMERCIO (EMPRESARIAL),
ES UTILIZADO COMO MEDIO PARA RESOLVER LOS COMPLEJOS PROBLEMAS OBREROS (LO QUE LA
CONVIERTE EN UNA VERDADERA FUENTE DEL DERECHO)
LOS CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO SON U INSTRUMENTO DE REGULACIÓN ENTRE EL
CAPITAL Y EL TRABAJO. DE AHÍ EL DESARROLLO
LEY 14.250
TENDRÁN LOS MISMO BENEFICIOS EMPLEADORES Y TRABAJADORES DE DICHA ACTIVIDADES
ESTÉN O NO AFILIADAS AL SINDICATO.
LA VIGENCIA DE LA LEY (ARTICULO 2 DEL CÓDIGO CIVIL)
LAS LEYES NO SON OBLIGATORIAS SI NO DESPUÉS DE SU PUBLICACIÓN Y DESDE EL DÍA QUE
DETERMINEN.
SI NO DISTINGUEN TIEMPO ESTAS SERÁN OBLIGATORIAS DESPUÉS DE 8 DÍAS PASADOS DESDE
DU PUBLICACIÓN OFICIAL.
LA LEY ES :
SANCIONADA------------------------------------PROMULGADA-----------------------------------PUBLICADA
POR EL PODERLEGISLATIVO PODER EJECUTIVO CARÁCTER OBLIGATORIO
LUEGO DE PUBLICADA NO SE PUEDE ALEGAR IGNORANCIA (DESCONOCER LA LEY) SEGÚN ART
20 CC
DEROGACIÓN DE UNA LEY
UNA LEY MANTIENE SU VIGENCIA HASTA SER DEROGADA POR OTRA, PUEDE SER:
EXPRESA: LA NUEVA LEY DISPONE EXPRESAMENTE LADEROGACIÓN DE LA ANTERIOR
TACITA: LA NUEVA LEY RESULTA CONTRADICTORIA O INCOMPATIBLE A LA ANTERIOR
INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LA LEY(EXPLIACIONMATIASALVAREZ)
PARA APLICAR UNA LEY EN UNA RELACIÓNJURÍDICA HAY QUE INTERPRETARLA DANDO FORMA Y
CONTENIDO DE INTERPRETACIÓN PARA CADA CASO EN CONCRETO. DELIMITAR QUE MÉTODO
NORMATIVO SE UTILIZA.
SEMÁNTICO O LITERAL:
INTERPRETACIÓN DE LA NORMA A TRAVÉS DEL TEXTO (PALABRAS DE LA LEY) Y TÉRMINOS
UTILIZADOS PARA LA SITUACIÓN DETERMINADA.
LÓGICO:
INTENTA DESENTRAÑAR CUAL ERA LA VOLUNTAD DEL LEGISLADOR Y QUE SITUACIÓNQUIZO
ELABORAR (EJ.: OSO YOGUI)
HISTÓRICO:
INTERPRETACIÓN A PARTIR DE LOS ANTECEDENTES MAS REMOTOS ( ANÁLISISHISTÓRICO)
AJ: MATRIMONIO
SISTEMÁTICO:
INTERPRETAR LAS LEYES, NO POR SEPARADO, SI NO. COMO UN TODO EL GRAL. (ARMÓNICO)
SOCIOLÓGICO:
INTERPRETAR LA LEY EVALUANDO O PENSANDO LA NORMA COMO PRODUCTO SOCIAL EN UN
DETERMINADO: TIEMPO, LUGAR. ESPACIO……
ARTÍCULO 3 DEL CÓDIGO CIVIL:
- EFECTO INMEDIATO
- IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY
- EFECTO DIFERIDO ( LEYES SUPLETORIAS)
A PARTIR DE SU ENTRADA EN VIGENCIA LA LEYES SE APLICARAN AUN EN LAS
CONSECUENCIAS DE LAS RELACIONES O SITUACIONES JURÍDICAS YA EXISTENTES
ALEJANDRODDHH: EN PRINCIPIO NINGUNA LEY ES IRRETROACTIVA, TODA LEY ES A FUTURO
(AL MENOS QUE LA LEY MISMA DISPONGA DE LO CONTRARIO)
PERO, HAY CASOS, MÁS QUE NADA CON LEYES DEL ORDEN PÚBLICO (O TODA LEY) QUE SI
DEBEN TENER EFECTOS RETROACTIVOS
EL ORDEN PÚBLICO Y EL PROBLEMA DE LA RETROACTIVIDAD DE LA LEY: SOLUCIÓN DEL
CÓDIGO (ART. 5) Y SU REFORMA POR LA LEY 17.711 (ART. 3).
ART. 3: A PARTIR DE SU ENTRADA EN VIGENCIA, LAS LEYES SE APLICARÁN AUN A LAS
CONSECUENCIAS DE LAS RELACIONES Y SITUACIONES JURÍDICAS EXISTENTES. NO
TIENENEFECTO RETROACTIVO, SEAN O NO DE ORDEN PÚBLICO, SALVO DISPOSICIÓN EN
CONTRARIO. LA RETROACTIVIDAD ESTABLECIDA POR LA LEY EN NINGÚN CASO PODRÁ AFECTAR
DERECHOS AMPARADOS POR GARANTÍAS CONSTITUCIONALES.
A LOS CONTRATOS EN CURSO DE EJECUCIÓN NO SON APLICABLESLAS NUEVAS LEYES
SUPLETORIAS.
EN PRINCIPIO Y POR UNA RAZÓN DE SEGURIDAD JURÍDICA LAS LEYES NO TIENEN EFECTO
RETROACTIVO.
A PARTIR DE LA REFORMA DE LAS LEYES, EN PRINCIPIO, NO TIENEN EFECTO RETROACTIVO,
SIN TENERSE EN CUENTA, NI INTERESAR, QUESEAN O NO DE ORDEN PÚBLICO, Y SOLO LO
TENDRÁN CUANDO LA LEY EXPRESAMENTE LO ESTABLEZCA CON LA SALVEDAD DE QUE EN
NINGÚN MOMENTO PUDE AFECTAR DERECHOS QUE ESTA AMPARADOS POR GARANTÍAS
CONSTITUCIONALES.
RELACIONJURIDICA
ES AQUELLA RELACIÓN JURÍDICA QUE SE DA ENTRE DOS O MÁS PERSONAS, QUE AL ESTAR
REGULADA POR EL DERECHO PRODUCE CONSECUENCIAS JURÍDICAS.
CONTENIDOS DE LA RELACIÓNJURÍDICA:DERECHO SUBJETIVO Y DEBER JURIDICO
QUE ES UNA SITUACIÓNJURÍDICA?
ES EL MODO DE ACTUAR EN EL MUNDO DEL DERECHO. ESTA PUEDE SER
UNISUBJETIVA: SE REFIERE AL SUJETO EN SI MISMO (MAYOR O MENOR DE EDAD) EN
RELACIÓN A LAS COSAS
PLURISUBJETIVA: AQUELLAS EN DONDE INTERVIENEN MAS DE UN SUJETO. ES UN VINCULO
RECONOCIDO POR EL DERECHO Y DA LUGAR A LO QUE SE LLAMA RELACIÓNJURÍDICA.
RELACIÓNJURÍDICA (RELACIÓNPLURISUBJETIVA)
ELEMENTOS DE LA RELACIÓNJURÍDICA:
- SUJETO : ACTIVO / PASIVO
- OBJETO
- CAUSA
SUJETO: PERSONAS ENTRE LAS CUALES SE ESTABLECE LA RELACIÓNJURÍDICA
- ACTIVO: AQUEL QUE EN LA RELACIÓNJURÍDICA EJERCE UN DERECHO O UNA FACULTAD (
TITULAR DEL DERECHO SUBJETIVO)
- PASIVO: EL QUE EN LA RELACIÓNJURÍDICA SE OBLIGA ( A PAGAR) TITULAR DEL DEBER
JURÍDICO
OBJETO: CONTENIDO DEL DERECHO QUE TIENE EL SUJETO ACTIVO(ACREEDOR EXIGE AL
DEUDOR), BIENES O INTERESES, O BIEN UNA CONDUCTA HUMANA SI ES UNA PRESTACIÓN DE
SERVICIOS.
CAUSA: HECHO O ACTO QUE HACE NACER LA RELACIÓNJURÍDICA O QUE POR EL CONTRARIO LA
MODIFICA O LA EXTIENDE.( CONTRATO)
CAUSA FUENTE: HECHO POR EL CUAL SURGEN DERECHO Y OBLIGACIONES
________ RELACIONES JURÍDICAS QUE NACES Y SE EXTINGUEN (TRANSACCIÓN COMERCIAL)
TIEMPO_______ RELACIÓN PROLONGADA EN EL TIEMPO (COMPRA – VENTA)
________ RELACIÓN QUE PERMANECE EN EL TIEMPO (MATRIMONIO)
EN LA RELACIÓNJURÍDICA: TITULAR DEL DEBER JURÍDICO
- EL TITULAR DEL DEBER JURÍDICO APARECE DETERMINADO EN EL INICIO DE LA RELACIÓN
( LOCACIÓN)
- APARECE RECIÉN CUANDO SE VIOLA EL DERECHO SUBJETIVO.DERECHOS PERSONALÍSIMOS.
(DERECHOS SUBJETIVOS PATRIMONIALES: REALES, PERSONALES, INTELECTUALES)
CARGAS: EXIGE EL SACRIFICIO DE UN INTERÉS PROPIO PARA UN BENEFICIO PROPIO.
(INSCRIPCIÓN DE UN COMPRADOR QUE TIENE UN BOLETO DE COMPRA-VENTA) ESCRITURA
INTERESES DIFUSOS:O DERECHOS DE INCIDENCIA COLECTIVA.
IDENTIFICAN EL INTERÉS DE LA COMUNIDAD EN GENERAL DE. PEDIDO DE QUE SE RESPETEN
CIERTOS DERECHOS QUE CORRESPONDEN A SUS INTEGRANTES.
EJ.: MEDIO AMBIENTE, FLORA Y FAUNA, CULTURA, RELIGIÓN, ETC…
LAS CUESTIONES QUE TRATA NO SON ATENUANTES EN CUESTIONES EN PARTICULAR SI NO,
QUE ES UNA COLECTIVIDAD LA QUE PUEDE VERSEAFECTADA, CASOS DE ESTOS QUE SE
PRESENTARON ANTES DE LA REFORMA DE LA CN FUERON RESUELTOS NEGATIVAMENTE. (CASOS
COMO EL PEDIDO DE NO CORTAR ARBOLES AÑEJOS CON ALTO CONTENIDO HISTÓRICO DE UNA
PLAZA PUBLICA)ADMITIDA EN PRIMERA INSTANCIA Y LUEGO REVOCADAS LLEGANDO A LA
CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL COMERCIAL Y FEDERAL.
ESTE JUNTO A OTROS LITIGIOS PRESENTARON UNA ARDUA POLÉMICA A NIVEL DOCTRINARIO,
VIENDO UNA TENDENCIA UNIVERSAL HACIA LA PROTECCIÓN DE ESTOS INTERESES , MEDIANTE
EL RECONOCIMIENTO DE ACCIONES , MISMAS AMPARADAS POR LA LEY COMO LO ES EL
RECURSO DE AMPARO ( ACCIÓN DE AMPARO) ARTICULO 43 DE LA CN. PARA REFUGIAR
DERECHOS QUE PUEDAN EJERCER ÓRGANOS COLECTIVOS Y PARTICULARES S COMO LOS QUE SE
REQUIEREN EN LA PROTECCIÓN DE LOS INTERESES DIFUSOS.
ART 43
(…)PODRÁN INTERPONER ESTA ACCIÓN A CUALQUIER FORMA DE DISCRIMINACIÓN EN LO
RELATIVA A LOS DERECHOS QUE PROTEGEN AL AMBIENTE, COMPETENCIA Y AL CONSUMIDOR
ASÍ COMO LOS DERECHOS DE INSUFICIENCIA COLECTIVA GENERAL EL AFECTADO, EL
DEFENSOR DEL PUEBLO Y LAS ASOCIACIONES QUE PROPENDAN ESOS FINES REGISTRADOS
CONFORME LA LEY, LA QUE DETERMINARA LOS REQUISITOS Y FORMAS DE SU ORGANIZACIÓN
(…)
LEY 24240 (PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR) LUEGO DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL LOS
INTERESES DIFUSOS(O DE INCIDENCIA COLECTIVA) NO ES DE SENCILLA DELIMITACIÓN Y A
SU VEZ INDISCUTIBLE LA EXISTENCIA DE UN DERECHO COLECTIVO (CUESTIÓN AUN DEBATIDA
POR LA DOCTRINA) DONDE LA CUESTIÓN ES DETERMINAR EN QUE CASOS LA
AFECTACIÓNCONSTITUYEUNA LESIÓN O UN DERECHO DE INCIDENCIA COLECTIVA.
ABUSO DEL DERECHOARTICULO 1071 CC
EJERCICIO IRREGULAR DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS
EL EJERCICIO DE UN DERECHO PROPIO O EL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN NO PUEDE
CONSTRUIR COMO ILÍCITONINGÚN ACTO
PESE A LO CITADO LA JURISPRUDENCIA RECONOCE EN CIERTOS CASO EJERCICIO ABUSIVO
DEL DERECHO
PARA JUSTIFICAR LAS LIMITACIONES DE LOS DERECHOS SUBJETIVOS SE FUNDO EL ART. 953
QUE EXIGE QUE EL OBJETO DE LOS ACTOS JURÍDICO DEBE SER CONFORME A LA BUENA FE Y
A LAS COSTUMBRES.
ADOPCIÓN DEL CRITERIO OBJETIVO
ART 1071
EXISTE EJERCICIO ABUSIVO DEL DERECHO O SE DESVÍA LA FINALIDAD CUANDO LOS ACTOS
EXCEDAN LOS LIMITES IMPUESTOS POR LA BUENA FE LA MORAL Y LAS COSTUMBRES
SUBJETIVO: HAY ABUSO DE DERECHO CUANDO LA PERSONA EJERCE UN DERECHO CON LA
FINALIDAD DE DAÑAR A OTRO.
OBJETIVO: SOSTIENE QUE EXISTE ABUSO DEL DERECHO CUANDO ESTE SE EJERCE
MIXTO: CONTEMPLA OBJETIVO COMO SUBJETIVO.
PRINCIPIO DE BUENA FE OBRAR COMO LO HACE LA GENTE HONESTACON LEALTAD Y RECTITUD.
EL PRINCIPIO DE BUENA FE ESTA VINCULADA CON LA IDEA DE LA MORAL DEL DERECHO
CONTIENE MUCHAS VINCULACIONES CON EL DERECHO POSITIVO LO QUE LA CONVIERTE EN UN
PRINCIPIO GENERAL DEL DERECHO. ESTA IDEA CONSTITUYE EL PRINCIPIO GENERAL DEL
DERECHO:
BUENA FE LEALTAD (OBJETIVA):
EN EL CAMPO DE LOS DERECHOS PERSONALES DE CRITERIO U OBLIGACIONES IMPONE EL
OBRAR CON LEALTAD Y RECTITUD.
ESTE PRINCIPIO IMPONE QUE LA PERSONA DEBE ACTUAR CORRECTAMENTE COMO LO HARÍA UNA
PERSONA HONORABLE Y DILIGENTE
-CONTRATOS (ART. 1198)
ESTOS DEBEN CELEBRARSE, INTERPRETARSE Y EJECUTARSE DE BUENA FE. TENIENDO EN
CUENTA QUE LAS PARTES ENTIENDEN LOS TÉRMINOSDISPUESTOS EN EL MISMO OBRANDOASÍ
CON CUIDADO Y PREVISIÓN.
-TEORÍA DE LA IMPREVISIÓN (ART. 1198)
(CONTRATOS CONMUTATIVOS, BILATERALES Y UNILATERALES)
SI LA PRESTACIÓN A CARGO DE LAS PARTES SE TORNASEEXCESIVAMENTE ONEROSA POR
ACONTECIMIENTOS EXTRAORDINARIOS, LA PARTE PERJUDICADA PODRÁ DEMANDAR LA
EJECUCIÓN DEL CONTRATO LA BUENA FE SE OPONE CUANDO LAS CIRCUNSTANCIAS EN LAS
CUALES SE HA CELEBRADO CAMBIAN SUSTANCIALMENTETORNÁNDOLO INJUSTO.
-TEORÍA DE ACTOS PROPIOS
LA BUENA FE EXIGE CONGRUENCIA CONSIGO MISMA, OBRAR DE BUENA FE Y CREAR EN ESA
CONDUCTA YA ANTERIOR UNA EXPECTATIVA SANA A FUTURO
A NADIE LE ES LICITO VOLVER SOBRE SUS ACTOS ESTA TEORÍA ES UNA DERIVACIÓN DE LA
BUENA FE LEALTAD DEFRAUDAR LA CONFIANZA ANTERIOR ES JURÍDICAMENTEIRRELEVANTE
PARA QUE SE PUEDA APLICAR HAY REQUISITOS
- LA EXISTENCIA DE UNA RELACIÓNJURÍDICA PREEXISTENTES
- CONDUCTA DE UN SUJETO QUE GENERE EXPECTATIVA SERIA Y CIERTA DE COMPORTAMIENTO
A FUTURO
- ACTITUD CONTRADICTORIA ATRIBUIBLE AL MISMO SUJETO
BUENA FE SUBJETIVA (O CREENCIA):
IMPERA EN EL CAMPO DE LOS DERECHOS REALES, ES CUANDO EL SUJETO ESTA CONVENCIDO
QUE ESTA ACTUANDO DE BUENA FE, SIEMPRE QUE ESTE CONVENCIMIENTO NO VENGA DE SU
PROPIA NEGLIGENCIA
EL DERECHO PROTEGE LA LEGITIMA DEFENSA DE HABER OBRADO CONFORME AL DERECHO Y EN
RAZONABLE CREENCIA DE QUE NO SE DAÑA DERECHOS A TERCEROS
ALGUNAS DE LAS APLICACIONES SON LAS SIGUIENTES:
-TEORÍA DE LA APARIENCIA
NADIE PUEDE TRASMITIR UN DERECHO MEJOR NI MAS EXTENSO DEL QUE POSEE.
-MATRIMONIO NULO O ANULADO
SI DICHO MATRIMONIO SE CONTRAJO DE BUENA FE POR AMBOS CÓNYUGES PRODUCEN TODOS
LOS EFECTOS DEL MATRIMONIO HASTA QUE EN ESTE SE DECLARE NULIDAD.
PERO SI SOLO HAY BUENA FE DE UNO DE LOS CÓNYUGES LOS EFECTOS DEL MATRIMONIO
SERÁN VALIDOS PERO SOLO PARA LA PARTE QUE HABRÍA OBRADO DE BUENA FE
DOCTRINA DE LA APARIENCIA ART 1051 CC
PREVALECE LA APARIENCIA SOBRE LA REALIDAD JURÍDICA
TODOS LOS DERECHOS REALES Y PERSONALES TRANSMITIDOS A UN TERCERO SOBRE UN
INMUEBLE QUE HA LLEGADO A SER PROPIETARIA EN VIRTUD DE AUN ACTO ANULADO ,
QUEDANDO SIN NINGÚN VALOR Y PUEDEN SER RECLAMADOS POR EL POSEEDOR ACTUAL SALVO
LOS DERECHOS ADQUIRIENTES DE BUENA FE A TITULO ONEROSO SEA ACTO NULO O ANULABLE
DERECHOS SUBJETIVOS
INTERESES DIFUSOS:
GRUPO HOMOGÉNEO DE PERSONAS CON UN INTERÉS EN COMÚN,CUESTIÓN DETERMINADA DE
VULNERABILIDAD, QUE AFECTA A TODOS Y A CADA UNO POR IGUAL
INTERÉSLEGÍTIMO:
QUE ES LA LEGITIMACIÓN
ES LA FACULTAD QUE TENGO PARA ACTUAR / ACCIONAR EN NOMBRE DE UN GRUPO HOMOGÉNEO
PARA LOGRAR UNACUESTIÓN DETERMINADA
SE ENCUENTRA PRESENTE CUANDO HAY UNA AFECTACIÓN QUE EL DERECHO ENCUENTRA COMO
VALIDO, PERO SOLO AFECTA A ALUNAS PERSONAS, SI ME AFECTA ESPECIALMENTE , HAY UN
DERECHO LEGITIMO QUE LO RECONOCE, Y ESTE AL SER TAN PUNTUAL ME PERMITE EXIGIRLE
A LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA QUE ACTUÉ PARA EVITAR QUE ESTO SUCEDA ( LA VIOLACIÓN
DE TAL DERECHO) EJ.: LA BASURA DE CHILAVERT.
INTERESES SIMPLES:
INTERÉS DE TODO CIUDADANO DE QUE SE CUMPLA LA LEY. (QUE HAGA LA DENUNCIA TRAS
UNA IRREGULARIDAD) EL. OBREROS EN UNA OBRA SIN CASCO.
SON LOS INTERESES DIFUSOS Y LEGÍTIMOS LO QUE AMPLÍAN LA LEGITIMACIÓN PARA
ACTUAR.
PERSONA: ART 30 CC
SON PERSONAS TODO ENTE SUSCEPTIBLE A ADQUIRIR DERECHOS Y CONTRAER OBLIGACIONES.
CLASIFICACIÓN DE PERSONA: ART 31 CC
PERSONAS DE EXISTENCIA FÍSICA O EXISTENCIA IDEAL CAPACES DE ADQUIRIR DERECHOS Y
CONTRAER OBLIGACIONES QUE EL CC REGLE. SEGÚN EL CASO MODO Y FORMA QUE LO
DETERMINE.
EN SU CAPACIDAD O INCAPACIDAD NACE ESA FACULTAD, Y EN LOS CASOS DADOS (SEGÚN
CUAL SEA) LES CONCEDEN O NIEGAN LAS LEYES.
PERSONA FÍSICA(O DE EXISTENCIA VISIBLE) ART 51 CC
TODO ENTE SUSCEPTIBLE QUE PRESENTE SIGNOS CARACTERÍSTICOS DE HUMANIDAD SIN
DISTINCIÓN DE CUALIDADES O ACCIDENTES SON PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE.
ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS
- CAPACIDAD
- NOMBRE
- DOMICILIO
- PATRIMONIO
- ESTADO CIVIL
- NACIONALIDAD
PERSONAS DE EXISTENCIA IDEAL (OJURÍDICAS) ART 33 CC
SE CONSIDERA PERSONA DE EXISTENCIA IDEAL (EN SENTIDO MODERNO) A AQUELLA CAPAZ DE
CONTRAER DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NO SEAN PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE.
EN LA SOCIEDAD SE EMPIEZA A VISLUMBRAR LA EXISTENCIA DE OTROS ENTES, FORMADOS
POR ESTOS PERO EN MODO CONJUNTO, YA QUE POSEÍAN LA CAPACIDAD JURÍDICA PROPIA.
(PERSONA DE EXISTENCIA IDEAL)
DESARROLLE LAS CLASES, Y CARACTERES DE PERSONAS IDEAL DE CARÁCTER
PÚBLICO/PRIVADO.
EL SUJETO DE DERECHO PODÍA SER DE EXISTENCIA VISIBLE O DE EXISTENCIA IDEAL
EXISTENCIA IDEAL: DERECHO PUBLICO / DERECHO PRIVADO
DERECHO PUBLICO:
- ESTADO NACIONAL / PROVINCIAL Y LOS MUNICIPIOS.
- ENTIDADES AUTARTICAS
- LA IGLESIA CATÓLICA
DERECHO PRIVADO:
ASOCIACIONES Y FUNDACIONES QUE TENGAN COMO OBJETO PRINCIPAL EL BIEN COMÚN,
POSEAN PATRIMONIO PROPIO Y SAN CAPACES POR SUS ESTATUTOS DE CONTRAER BIENES, NO
SUBSISTAN EXCLUSIVAMENTE DEL ESTADO Y OBTENGAN AUTORIZACIÓN PARA FUNCIONAR.
SOCIEDADES CIVILES Y COMERCIALES O ENTIDADES QUE CONFORME A LA LEY , CON
CAPACIDAD DE ADQUIRIR DERECHOS Y CONTRAER OBLIGACIONES AUNQUE NO REQUIERAN
AUTORIZACIÓN DE ESTADO PARA FUNCIONAR.
ARTICULO 34: SON TAMBIÉN PERSONAS JURÍDICAS LOS ESTADOS EXTRANJEROS, CADA UNA DE
SUS PROVINCIAS Y SUS MUNICIPIOS. SUS ESTABLECIMIENTOS, ASOCIACIONES Y
CORPORACIONES EXISTENTES EN ELLA CON IGUALES CONDICIONES DE ARTÍCULO ANTERIOR.
COMIENZO DE LA EXISTENCIA DE LA PERSONA FÍSICA:ART 70 CC
LA CONCEPCIÓN COMIENZA DESDE EL SENO MATERNO COMIENZA LA EXISTENCIA DE LA
PERSONA.
ANTES DE NACER LA PERSONA PUEDE YA ADQUIRIR ALGUNOS DERECHOS YCUANDO HAYA NACIDO
QUEDAN YA IRREVOCABLEMENTE ESTABLECIDOS HAYA NACIDO CON VIDA ESTANDO AUNQUE SEA
UN SEGUNDO CON VIDA SEPARADO DE SU MADRE.
ARTICULO 71:
NACIENDO CON VIDA NO ABRADISTINCIÓN DEL NACIMIENTO ESPONTANEO O POR
VÍAQUIRÚRGICA.
PERSONAS POR NACER: ART 60 CC
ESTE ES EL NOMBRE QUE SE LES DA A LAS PERSONAS CONCEBIDAS.
ART 63:SON PERSONAS POR NACER LAS CONCEBIDAS QUE ESTÉN EN EL SENO MATERNO.
ART 64:TIENEN LUGAR LAS PERSONAS POR NACER SIEMPRE Y CUANDO ESTA HUBIEREN DE
ADQUIRIR BIENES POR DONACIÓN O HERENCIA.
ART 65: SE TENDRÁ RECONOCIMIENTO DEL EMBARAZO POR SIMPLE DECLARACIÓN DE LA
MADRE, MARIDO O PERSONAS INTERESADAS.
ART66: PERSONAS INTERESADAS EN ESTE FIN.
- PARIENTES EN GENERAL DEL NO NACIDO, A QUIENES PERTENECIEREN LOS BIENES SI NO
SUCEDIERA EL PARTO, SI EL HIJO NO NACIERA VIVO, SI NO HUBIESE SIDO ESTE
CONCEBIDO EN TIEMPO PROPIO.
- ACREEDORES DE LA HERENCIA
- MINISTERIO DE MENORES.
DERECHO A LA INTIMIDAD (UNO DE LOS DERECHOS PERSONALÍSIMOS) ART 19 CN
AQUEL QUE TIENE UNA PERSONA DE DISPONER DE UNA ESPERA O ESPACIO PRIVADO SIN QUE
ES ESTADO O LOS PARTICULARES SE ENTROMETAN. SE PROTEGE UN ESPACIO DE AUTONOMÍA
INDIVIDUAL (SENTIMIENTOS, RELIGIÓN, FAMILIA, HÁBITOS, COSTUMBRES) NO ES PARA
TODOS POR IGUAL, PARA LA PERSONA PUBLICA ES MUCHO MAS REDUCIDA.
LA TUTELA A ESTE DERECHO BRINDADA POR EL ARTICULO 19,PODRÁ SER OTORGADA DE DOS
MANERAS , PREVENTIVA , O A TRAVÉS DE RECURSO DE AMPARO.
ART 1071 BIS CC
TUTELA DEL DERECHO A LA INTIMIDAD DE AQUELLA PERSONA QUE SE ENTROMETA EN LA VIDA
AJENA, MORTIFICANDO SU DIGNIDAD O PERTURBANDO DE CUALQUIER MODO SU INTIMIDAD.,
SEA O NO DELITO PENAL, EL JUEZ PONDRÁ PENA A TAL ACTO SIENDO ESTE E DETERMINADOS
CASO RESARCIDO ECONÓMICAMENTE Y A PEDIDO DEL DAÑADO SI ASÍ LO DISPUSIESE LA
PUBLICACIÓN DE LA SENTENCIA EN UN PERIÓDICO DEL LUGAR, SI ESTO FUESE PROCEDENTE
PARA SU REPARACIÓN.
DERECHO A LA IMAGEN LEY 17723 ART. 31
EL RETRATO FOTOGRÁFICO NO PODRÁ SER PUBLICADO SALVO AUTORIZACIÓN DE LA MISMA (
DELA PERSONA RETRATADA)
FALLECIDA ESTA LA AUTORIZACIÓN DEBE VENIR DE LA FAMILIA (CÓNYUGE, HIJOS) Y DE NO
TENER FAMILIA DIRECTA, PADRE O MADRE.
LEY DE ÓRGANOS(LEY24193, AHORA 26066)
SE APLICA EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA TRATÁNDOSE DE UN VALOR
TAN ALTO COMO LA VIDA.
LA DONACIÓN E IMPLANTE DE ÓRGANOS ENTRE SERES HUMANOS VIVOS ES LA ULTIMA
INSTANCIA TERAPÉUTICA, LLEGADA ESA INSTAN CIA EL MEDICO DEBE INFORMAR AL
PACIENTE DE ELLA Y DEJAR QUE LA PERSONA DECIDA QUE ES LO QUE QUIERE HACER SIN
QUE LA OPINIÓN DEL MEDICO INTERVENGA.
SE PUEDE DONAR:
- EN VIDA
- DESPUÉS DE LA MUERTE
TRASPLANTE CON DONANTE VIVO RELACIONADO. ART 15
- EL TRASPLANTE SE HARÁ SI LA PERSONA ES PLENAMENTE CAPAZ (USO DE SUS FACULTADES
) Y ES MAYOR DE LOS 18 AÑOS DE EDAD.
- PODRÁ SER DONANTE: PARIENTE CONSANGUÍNEO, O POR ADOPCIÓN HASTA EL 4TO GRADO O
SU CÓNYUGE.
- SIN SER SU CÓNYUGEDEBERÁ PERSONA QUE ESTE EN COHABITACIÓN DURANTE 3 AÑOS
ININTERRUMPIDOS COMPROBADO , EN CASO DE QUE EXISTIESEN HIJOS DE DICHA RELACIÓN
EL TIEMPO SE REDUCIRÁ A 2 AÑOS
DONACIÓN DE ÓRGANOS Y TEJIDO PARA DESPUÉS DE LA MUERTE ARTICULO 19
LO PODRÁ HACER TODA PERSONA CAPAZ /MAYOR DE 18 AÑOS.
LOS FINES PARA LOS CUALES HACE LA DONACIÓN PUEDEN SER:
IMPLANTE / ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN
SE TRATA DE UN ACTO PERSONALÍSIMO, POR ENDE NO ADMITE SUSTITUCIÓN NI
REPRESENTACIÓN. AUNQUE EN EL NUEVO TEXTO DE LA LEY (19 BIS) EXPRESA QUE
PODRÁPROCEDER LA ABLACIÓN A TODA PERSONA CAPAZ QUE NO HAYA DEJADO EXPRESA SU
OPOSICIÓN ANTES DE SU MUERTE, EXCEPTO QUE HAYA EXPRESADO EL NO CONSENTIMIENTO
ANTES DE SU MUERTE. (DEROGANDOASÍ EL ANTIGUO ART 62)
EN EL CASO DE LOS MENORES INCAPACES AL TOCAR IGUALMENTE UN
DERECHOPERSONALÍSIMOTAMPOCO PODÍA ESTE SER REPRESENTADO,PERO SEGÚN EL NUEVO
ARTICULO ( ART 19 TER DE LA LEY)A LOS MENORES INCAPACES Y NO EMANCIPADOS SUS
PADRES O SU REPRESENTANTE LEGALPODRÁN AUTORIZAR SU ABLACIÓN ESPECIFICANDO LOS
ALCANCES DE LA MISMO, EXCEPTO LA NO MANIFESTACIÓN DE UNO DE LOS PADRES , DE
PERCIBIRSE ESTA, SE DEJARA SIN EFECTO LA AUTORIZACIÓN.
SI NINGUNA DE LAS PERSONAS MENCIONADAS ANTERIORMENTE ESTA PRESENTE, SE DARA
INTERVENCIÓN AL MINISTERIO PUPILAR.
DE TODO LO ACTUADO SE LABRARA ACTAS, DONDEAPARECERÁ EL DOC. NACIONAL DE ID DEL
FALLECIDO CON COPIAS AL CONTRALOR, LAS COPIAS SERÁN EFECTUADAS POR EL DIRECTOR
DEL ESTABLECIMIENTO O QUIEN LO REEMPLACE, SI EL INCUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO
HARÁ PASIBLE A LOS PROFESIONALES INTERVINIENTES DE LA SANCIÓNESTABLECIDA EN EL
ART. 29 DE ESTA LEY.
ART 29
PRISIÓN DE 2 A 6 AÑOS E INHABILITACIÓN DE 2 A 10 AÑOS SI ESTOS FUESEN
PROFESIONALES DEL ARTE DE CURAR
<<<LA DONACIÓN DE ÓRGANOS ES UN ACTO REVOCABLE, QUIEN LO OTORGA PUEDE MODIFICAR
SU DECISIÓN CUANTAS VECES QUIERA HASTA EL MOMENTO PREVIO A SU MUERTE. >>>
LA AUTORIZACION
PUEDE ESPECIFICAR PARA QUE FINES, DE NO HACERLO SE TOMARA LOS ÓRGANOS Y
MATERIALES ANATÓMICOS APROVECHABLES DE ESTE, ASÍ MISMO PODRÁ EXPRESAR CON QUE
FINALIDAD (SE AUTORIZA ABLACIÓN)
PROCEDIMIENTOS SEGÚN ART 21 Y 22 DE LA LEY
ART 21: EN CASO DE MUERTE NATURAL
EN ESTOS CASOS PREVALECE EL SISTEMA DEL CONSENTIMIENTO EXPRESO SUPLIBLE.
CORRESPONDE EN PRIMER LUGAR AL PROPIO SUJETO DETERMINAR EL DESTINO FINAL DE SUS
RESTOS Y SU VOLUNTAD DEBE SER RESPETADA. AHORA BIEN, EN AUSENCIA DE
MANIFESTACIÓN EXPRESA DEL POTENCIAL DONANTE, LA CONFORMIDAD PARA LA ABLACIÓN DE
SUS ÓRGANOS DEBE SER OTORGADA POR LOS FAMILIARES PRESENTES EN EL LUGAR DEL
DECESO, DE ACUERDO CON UN ORDEN PRIORITARIO Y EXCLUYENTE QUE LA NORMA EN
COMENTARIO ESTABLECE.
EN AUSENCIA DE LAS PERSONAS FACULTADAS POR LA LEY PARA OTORGAR EL CONSENTIMIENTO
DE QUE SE TRATA, DEBERÁ SOLICITARSE CIVILIZACIÓN AL JUEZ ORDINARIO EN LO CIVIL
CON COMPETENCIA TERRITORIAL EN EL LUGAR DE LA ABLACIÓN.
ART 22: EN CASO DE MUERTE VIOLENTA
DESDE LA SANCIÓN DE LA PRIMERA LEY DE TRASPLANTES SIEMPRE Y EN TODOS LOS CASOS
DE MUERTE VIOLENTA SE SOLICITA AL JUEZ DE LA CAUSA LA AUTORIZACIÓN PARA PROCEDER
A LA ABLACIÓN DE LOS ÓRGANOS Y TEJIDOS, MÁS ALLÁ DE QUE EL FALLECIDO HUBIERA O
NO MANIFESTADO EN VIDA SU DECISIÓN AFIRMATIVA EN CUANTO A LA DONACIÓN, O QUE SUS
FAMILIARES PRESTARAN CONSENTIMIENTO PARA EFECTUARLA.
CAPACIDAD CAPACIDADES JURÍDICAS
ES LA APTITUD DE LAS PERSONAS PARA ADQUIRIR DERECHOS Y CONTRAER OBLIGACIONES.
EXISTEN DOS TIPOS DE CAPACIDADES:
- DE DERECHO: (NUNCA PUEDEN SER ABSOLUTOS) APTITUD QUE TIENE TODA PERSONA DE
ADQUIRIR DERECHOS Y CONTRAER OBLIGACIONES
- DE HECHO: (EJERCICIO DEL DERECHO) ACTITUD DE EJERCER DERECHOS Y CONTRAER
OBLIGACIONES POR SI MISMO
INCAPACIDAD DE DERECHO: ART 1160 DEL CC
- NO PUEDEN CONTRAER LOS INCAPACES
POR INCAPACIDAD ABSOLUTA: PERSONAS POR NACER
MENORES IMPÚBERES DE 0 A 14
DEMENTES DECLARADOS EN JUICIO
SORDOMUDOS QUE NO PUEDAN DARSE A ENTENDER POR ESCRITO
POR INCAPACIDAD RELATIVA:
- SI LES ESTA EXPRESAMENTE PROHIBIDO
- EXCLUIDOS DE PODER LO HACEN CON PERSONAS DETERMINADASRESPECTO DE COSAS
ESPECIALES
- A LOS QUE LES FUESE PROHIBIDO EN LAS DISPOSICIONES RELATIVAS A CADA UNO DE LOS
CONTRATOS (ENAJENAR UN BIEN POR DETERMINADO TIEMPO)
- RELIGIOSOS O PROFESOS DE CUALQUIER SEXO
- COMERCIANTES FALLIDOS
EN LAS INCAPACIDADES DE DERECHO LAS PROHIBICIONES LEGALES SON ABSOLUTAS Y NADIE
PODRÁ CONTRATARLOS POR INCAPACES.
INCAPACIDAD DE DERECHO ART 1360 / 1361 DEL CC (DE LA COMPRA Y LA VENTA)
MENORES EMANCIPADOS
ART 1360 DE LA VENTA
LOS MENORES EMANCIPADOS NO PODRÁN VENDER SIN LICENCIA JURÍDICA(SIN PREVIA
AUTORIZACIÓN DEL JUEZ) LOS BIENES RAÍCES SUYOS, DE SU MUJER O DE SUS HIJOS.
ART 1361 DE LA COMPRA
ESTA PROHIBIDA LA COMPRA AUNQUE SEA DE REMATE PUBLICO DE
- LOS PADRES: DE LOS VIENES DE LOS HIJOS BAJO SU TUTELA
- TUTORES O CURADORES: DE COMPRAR O VENDER BIENES DE SUS DE SUS PERSONAS A CARGO
- ALBACEAS: DE LOS BIENES TESTAMENTARIOS A SU CARGO
- MANDATARIOS: DE LOS BIENES ENCARGADOS A VENDER
- JUECES ABOGADOS FISCALES DEFENSORES DE MENORES PROCURADORES ESCRIBANOS Y
TASADORES: DE LOS BIENES EN LITIGIO DEL JUZGADO O TRIBUNAL DONDE EJERZAN O
HUBIESEN EJERCIDO.
- MINISTROS DE GOBIERNO: DE LOS BIENES DE CUALQUIER ESTABLECIMIENTO PUBLICO
CAPACIDAD DE HECHO
APTITUD PARA EJERCER DERECHOS Y CONTRAER OBLIGACIONES, ESTA VINCULADA CON EL
EJERCICIO DE DERECHOS
SE HACE PARA QUE NO SE REALICEN ACTOS PERJUDICIALES, PERO PUEDEN SER SUPLIDOS A
TRAVÉS DE REPRESENTANTES.
INCAPACES DE HECHO.
INCAPACIDAD ABSOLUTA: SEGÚN ART 54 DEL CC
- PERSONAS POR NACER
- MENORES IMPÚBERES ( 0 A 14)
- DEMENTES DECLARADOS EN JUICIO
- SORDOMUDOS
INCAPACIDAD RELATIVA: SEGÚN ART 55 DEL CC
- MENORES ADULTOS (14 A 18)
LEY 26579 MAYORÍA DE EDAD
ART 126: SON MENORES LAS PERSONAS QUE NO CUMPLIERON LOS 18 AÑOS DE EDAD
ART 127: SON MENORES IMPÚBERES LO QUE NO TENGAN 14 AÑOS DE EDAD CUMPLIDOS. Y
MENORES ADULTOS QUE FUERES DE ESTA EDAD HASTA LOS 18 AÑOS CUMPLIDOS
ART. 128: CESA LA INCAPACIDAD DE LOS MENORES ADULTOS AL MOMENTO DE CUMPLIDOS LOS
18 AÑOS.
<<<NO HAY OTRAS INCAPACIDADES FUERA DE LAS NOMBRADAS EN EL CÓDIGO CIVIL EN SUS
ART. 54 Y 55 DEL CC>>>
LA REPRESENTACIÓN(LA PROTECCIÓN DE LOS INCAPACES) ART 56
- ACTÚA EN NOMBRE Y CUENTA DE LOS INCAPACES.
- ASISTENCIA(A DIFERENCIA SE COMPLEMENTA CON LAS VOLUNTADES.)
REPRESENTANTES LEGALES DE LOS INCAPACES SEGÚN ART 57 DEL CC
- DE LAS PERSONAS POR NACER :
SUS PADRES, Y ANTE INCAPACIDAD DE ESTOS, CURADORES DESIGNADOS POR LA LEY.
- DE LOS MENORES NO EMANCIPADOS :
PADRES O CURADORES DESIGNADOS POR LA LEY
- DEMENTES O SORDOMUDOS :
CURADORES ASIGNADOS POR LA LEY
ARTICULO 59 :A PARTE DE LOS REPRESENTANTES LOS INCAPACES ESTÁN REPRESENTADOS POR
EL MINISTERIO DE MENORESPARTE LEGITIMA Y ESENCIAL EN TODO ASUNTO JUDICIAL O
EXTRAJUDICIAL)
CAPACIDAD -------OTORGAMIENTO DE ACTOS JURÍDICOS
DISCERNIMIENTO-------IMPUTABILIDAD
ACTOS REPUTADOS HECHOS SIN DISCERNIMIENTO (ART 921 DEL CC)
ACTOS LÍCITOS PRACTICADOS POR MENORES IMPÚBERES
ACTOS DE DEMENTES QUE NO FUESEN PRACTICADOS EN INTERVALOS LUCIDOS
PRACTICADOS POR LO QUE POR CUALQUIER ACCIDENTE CARECEN DE USO DE RAZÓN.
________ LIBERTAD
VOLUNTAD _______ DISCERNIMIENTO
_______ INTENCION
CAPACIDAD CON LIMITACIONES (ART 152 BIS DEL CC )
- QUIENES POR EMBRIAGUEZ HABITUAL O USO DE ESTUPEFACIENTESESTÉS EXPUESTOS A
OTORGAR ACTOS JURÍDICOS QUE PERJUDIQUEN SU PATRIMONIO
- A LOS DISMINUIDOS EN SUS FACULTADES SIN LLEGAR AL SUPUESTO DEL ART 141 (
INCAPACES POR DEMENCIA ) EL JUEZ ESTIME QUE ESTA DAÑANDO CON CIERTOS ACTOS SU
PERSONA Y PATRIMONIO
- A QUIENES POR PRODIGALIDAD DILAPIDEN SU PATRIMONIO EXPONIENDO A SU FAMILIA
PROCEDIENDO A LA INHABILITACIÓN SI ESTA PERSONA TUVIESE.
(CÓNYUGE, ASCENDIENTES, DESCENDIENTES) Y HUBIERE YA DILAPIDADO GRAN PARTE DE SU
PATRIMONIO, CORRESPONDIENDO LA ACCIÓN DE INHABILITACIÓN A LOS NOMBRADOS
ANTERIORMENTE.
O SE LE NOMBRARA UN CURADOR AL INHABILITADO APLICANDO LAS NORMAS PERTINENTES
DECLARANDO DU INCAPACIDAD POR DEMENCIA Y REHABILITACIÓN , DONDE ESTE SIN
CONFORMIDAD DE SU CURADOR NO PODRÁ DISPONER DE SUS BIENES POR ACTOS ENTRE VIVOS.
ESTOS PODRÁN OTORGAR ACTOS DE ADMINISTRACIÓN SI ASÍ SE DISPUSIESE SEGÚN LAS
CIRCUNSTANCIAS DEL CASO PARTICULAR.
- LOS EMANCIPADOS
- LOS CONDENADOS A PRISIÓN O RECLUSIÓN POR MAS DE TRES AÑOS(SE SUSPENDE LA
CAPACIDAD EN RELACIÓN A SUS BIENES Y EL EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD.
ESTOS INCAPACES ESTÁN INHABILITADOS JUDICIALMENTE Y SE LES DEBE NOMBRAR UN
CURADOR POR ENCONTRARSE EN SITUACIÓN DE INFERIORIDAD CON EL RESTO.
EMANCIPADOS ART 152 DEL CC
SITUACIÓNJURÍDICA, CAPACIDAD CON LIMITACIONES.
EMANCIPADOS POR MATRIMONIO (ÚNICAVÍA LEY 26579)
ART. 131 DEL CC
LOS MENORES QUE CONTRAJERAN MATRIMONIO QUEDAN EMANCIPADOS Y ADQUIEREN CAPACIDAD
CIVIL CON LIMITACIONES SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ART 134 DEL CC
SI SE HUBIESEN CASADO SIN AUTORIZACIÓN NO TENDRÁNDISPOSICIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES RECIBIDOS O A TITULO GRATUITO RESPETANDO EL RÉGIMEN
LEGAL DE LOS MENORES.
SE ADQUIERE CAPACIDAD CIVIL A LOS MENORESSEGÚN ART 134 / 135 DE CC
LOS EMANCIPADOS NO PUEDEN NI CON AUTORIZACIÓNJUDICIAL:
- APROBAR CUANTAS DE SUS TUTORES Y DARLES FINIQUITO
- DONAR BIENES RECIBIDOS A TITULO GRATUITO
- AFIANZAR OBLIGACIONES.
ART 135
LOS EMANCIPADOS ADQUIERES CAPACIDAD DE ADMINISTRACIÓN SOBRE SUS BIENES PERO EN
EL CASO DE LOS BIENES RECIBIDOS A TITULO GRATUITO SOLO TENDRÁN LA ADMINISTRACIÓN
PARA DISPONERLO NECESITARAN
- AUTORIZACIÓN JUDICIAL
- - ACUERDO ENTRE LOS CÓNYUGES SI UNO DE ESTOS FUESE MAYOR DE 18 AÑOS
LA EMANCIPACIÓN ES IRREVOCABLE AUN CUANDO SE SOLICITASE EL DIVORCIO, PERO EN
CASO DE QUERERVOLVERSE A CASAR ESTE DEBERÁ ESPERAR A CUMPLIR LA MAYORÍA DE EDAD.
CAPACIDAD CON LIMITACIONES
DEMENTES DECLARADOS EN JUICIO / INCAPACES DE HECHO ABSOLUTO.
ART 140: LA DEMENCIA ES VERIFICADA Y DECLARADA POR EL JUEZ
ART 141: SON DEMENTES LAS PERSONAS QUE TRAS UNA ENFERMEDAD MENTAL IMPIDA DIRIGIR
SU PERSONA Y ADMINISTRAR SUS BIENES
ART 142: LA SOLICITUD DE DEMENCIA SE HACE A PEDIDO DE PARTE INTERESADA Y DESPUÉS
DE EXÁMENES FACULTATIVOS
ART 144: PERSONAS QUE PUEDEN PEDIR LA DECLARACIÓNDE DEMENCIA
- CÓNYUGE NO SEPARADO NI DIVORCIADO
- PARIENTES
- MINISTERIO DE MENORES
- CÓNSUL
- CUALQUIER PERSONA DEL PUEBLO EN CUANTO ESTE SEA FURIOSO E INCOMODE A SUS
VECINOS.
SI NO ENCUADRA EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS SE DEBERÁ EFECTUAR LA DENUNCIA EN EL
MINISTERIO DE MENORES POBRES E INCAPACES, EL JUEZ MANDA A QUE SE EFECTÚE LA
PERICIA PSIQUIÁTRICA Y MIENTRAS SE AGUARDAN LOS RESULTADOS SE LE NOMBRA AL
PRESUNTOINSANO UN CURADOR “ AD LITEM” PROVISORIO ( TIENE QUE SER UN ABOGADO)
CURADORES
CURADOR “AD LITEM”ART 147 DEL CC
CURADOR PROVISORIO PUESTO LUEGO PEDIDA LA DECLARACIÓN DE DEMENCIA POR UNA PARTE
AFECTADA, SERA SU CURADOR MIENTRAS SE AGUARDAN LOS RESULTADOS DE LA PERICIA
PSIQUIÁTRICA
CURADOR DE LOS BIENES ART 148 DEL CC
ESTA DESIGNACIÓN NO VA A EXISTIR SIEMPRE, SE LO PODRÍA ASIGNAR SI LA DEMENCIA ES
NOTORIA PARA LA ADMINISTRACIÓN DE SUS BIENES.( PATRIMONIO) SE ENTREGA
ADMINISTRACIÓN AL CURADOR.
CUANDO FINALIZA EL JUICIO HABIENDO PASADO EL CURADOR “ ADLITEM, Y EL CURADOR DE
LOS BIENES, SI LA PERICIA MUESTRA DEMENCIA EN LA PERSONA SE DECLARA EL CURADOR
DEFINITIVO.
CURADOR DEFINITIVO:CUIDADO DE LA PERSONA Y DE LOS BIENES (UN FAMILIAR)
ACTOS ANTERIORES Y POSTERIORES A LA DECLARACIÓN DE DEMENCIA
SI LA DECLARACIÓN DE EL DEMANDADO ES DE DEMENCIA NINGÚN ACTO CELEBRADO CON
POSTERIORIDAD SERA VALIDO -- ART 472 DEL CC
RÉGIMENJURÍDICO: ANTERIORES / POSTERIORES.
ANTERIORES: ART 473
PRINCIPIO GENERAL ---VALIDO
SIN EMBARGO PODRÁN SER ANULADOS SI LA DEMENCIA EXISTÍAPÚBLICAMENTE EN EL MOMENTO
CELEBRADO EL ACTO. EL CURADOR DEBERÁ DEMOSTRARLO.
POSTERIORES: ART 473 SEGUNDA PARTE
PRINCIPIO GENERAS----INVÁLIDOS(NULOS) EXISTE UNA DECLARACIÓN JUDICIAL DE
DEMENCIA.
SI LA DEMENCIA NO FUESE NOTORIA, LA NULIDAD NO PODRÁHACERSE VALER. HAYA HABIDO
SENTENCIA PARA CONTRATANTES DE BUENA FE Y A TITULO ONEROSO.
ARTICULO 474NO PODRÁN SER IMPUGNADOS LOS ACTOS ENTRE VIVOS (NOPODRÁN SER DEJADO
DE LADO)
SALVO QUE:
- DE LA MISMA INCAPACIDAD RESULTE TAL ACTO
- SI EL ACTO SE REALIZA LUEGO DE DECLARADA LA INCAPACIDAD
- SI SE DEMOSTRASE MALA FE EN EL ACTO.
TESTAMENTO DEL DEMENTE(ART 3615 / 3616)
ACTO DE ULTIMA VOLUNTAD DE EL INCAPAZ DE HECHO ABSOLUTO / ACTO PERSONALÍSIMO
NO ADMITE ENTRE DEMENTES DECLARADOS O NO.
ART 3615: PARA TESTAR ES PRECISO QUE LA PERSONA ESTA EN USO DE SU PERFECTA
RAZÓN. EL DEMENTE PARA PODER TESTAR DEBE TENER INTERVALOS LUCIDOS, Y QUE ESTOS
SEAN CIERTO Y DURADEROS PARA DEMOSTRAR QUE LA ENFERMEDAD HA CESADO.
ART 3616: TODO PERSONA ESTA EN SU SANO JUICIO HASTA QUE SE DEMUESTRE LO
CONTRARIO, SI SE PRESUME DEMENCIA EL INTERESADO DEBE DEMOSTRAR QUE LO TESTADO
POR ESTE FUE HECHO EN INTERVALO LUCIDO.
EN QUE CASOS EL CÓDIGO CIVIL PREVÉ QUE UNA PERSONA DEBE SER INTERNADA.
LA LEY 26657 HABLA DE ENFERMEDADES MENTALES Y ADICIONALES QUE PRODUZCAN UN
RIESGO CIERTO E INMINENTE
LAS AUTORIDADES PÚBLICASDEBERÁN DISPONER DEL TRASLADO PARA SU EVALUACIÓN
A PEDIDO DEL JUEZ PREVIA INFORMACIÓN PARA PEDIR LA INTERVENCIÓN
- DERIVACIÓN PREVENTIVA ( POR AUTORIDAD PUBLICA)
- PEDIDO DEL JUEZ --------EVALUACIÓN
- CENTRO DE SALUD
- INTERNACIÓN VOLUNTARIA / INVOLUNTARIA
REQUISITOS DE INTERNACIÓN ART 16 A 20
EQUIPOS INTERDISCIPLINARIOS ART 14
INTERNACIÓN INVOLUNTARIA SOLICITADA ART 24
ART 23 QUIEN DECIDE CUANDO CESA LA INTERNACIÓN
ART 21 INTERVENCIÓN DEL JUEZ – APRUEBA
ART 152 DEL CC TER INHABILITADOS JUDICIALES
REHABILITACIÓN DE LOS DEMENTES
SE PUEDE LEVANTAR LA INCAPACIDAD?
ART 150 DEL CC: PUEDE LEVANTARSE LA INCAPACIDAD N SI LA PERSONA SE ENCONTRASE
TOTALMENTE RESTABLECIDO, HACIENDO EL EXAMEN CORRESPONDIENTE QUE LO CERTIFIQUE.
PUEDEN SOLICITARLO LAS PERSONAS ENUNCIADAS EN EL ART 154, Y RAZONES DE HUMANIDAD
PERMITEN QUE EL MISMO INTERESADO LO DEMANDE.
SORDOMUDOS (ART 153 A 158 DEL CC)
ART 153: ES SORDOMUDO QUIEN NO PUEDE DARSE A ENTENDER POR ESCRITO
ART 154: PARA QUE TENGA LUGAR LA REPRESENTACIÓN DEBE PROCEDERSE COMO CON
RESPECTO A LOS DEMENTES Y LUEGO DE LA DECLARACIÓN OFICIAL DEBE OBSERVARSE LO QUE
QUEDA ALLÁ DISPUESTO SEGÚN CASO EN PARTICULAR.
AT 155: EN EL EXAMEN FACULTATIVO SE OBSERVARA SI PUEDEN DARSE A ENTENDER POR
ESCRITO, Y DE NO SER ASÍ LOS MÉDICOSPROCEDERÁN A VERIFICAR QUE NO PROCEDEN DE
ENFERMEDAD MENTAL QUE LES IMPIDA DIRIGIR SU PERSONA O ADMINISTRAR SUS BIENES, DE
SER ASÍ SE SEGUIRÁ EL TRAMITE DE INCAPACIDAD POR DEMENCIA
ART 156: LAS PERSONAS QUE PUEDEN SOLICITAR LA DECLARACIÓN DE INCAPACIDAD DE LOS
SORDOMUDOS SON LAS MISMAS QUE PARA LOS DEMENTES
ART 157: LA DECLARACIÓN NO TENDRÁ LUGAR SI NO SE TRATASE DE SORDOMUDOS MAYORES A
LOS 14 AÑOS, DE SER ASÍ EL MISMO YA ES INCAPAZ.
ART 158: CESARA LA INCAPACIDAD DE LOS SORDOMUDOS DE LA MISMA MANERA QUE CESA LA
DE LOS DEMENTES.
DOMICILIO:
SIENTO SEDE DE UNA PERSONA PARA LA REALIZACIÓN DE SUS ACTOS JURÍDICOS.
DOMICILIO DE ORIGEN: DONDE RESIDEN LOS PADRES DE LA PERSONA, EL QUE HABITO EN EL
MOMENTO DEL NACIMIENTO
DOMICILIO GENERAL: APLICADO A LA GENERALIDAD DE LAS RELACIONES JURÍDICAS.
DOMICILIO REAL: DONDE LA PERSONA REALMENTE RESIDE ART 89 DEL CC
DOMICILIO LEGAL: LA LEY PRESUME SIN ADMITIR PRUEBA EN CONTRA, PARA EL EJERCICIO
DE SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES.
ES FORZOSO (IMPUESTO POR LA LEY ART 90 DE CC)
CARACTERÍSTICA PRINCIPAL
QUE LA PERSONA RESIDE AHÍ, PARA EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS Y EL CUMPLIMIENTO
DE SUS OBLIGACIONES AUNQUE DE HECHO NO ESTE ALLÍ PRESENTE
- FUNCIONARIOS PÚBLICOS / ECLESIÁSTICOS O SECULARES: TIENE SU DOMICILIO DONDE
DEBEN LLENAR SUS FUNCIONES
- MILITARES EN SERVICIO ACTIVO: TIENEN SU DOMICILIO DONDE ESTÉN REALIZANDO
AQUEL.
- CORPORACIONES, ESTABLECIMIENTOS Y ASOCIACIONES: LUGAR DONDE ESTA SITUADA SU
DIRECCIÓN O ADMINISTRACIÓN, SIEMPRE QUE ELLA NO ESTE PRESENTE EN SU ESTATUTO.
- COMPAÑÍAS CON MUCHOS ESTABLECIMIENTOS Y / O SUCURSALES: AQUEL EN DONDE SE
EJECUTEN LAS OBLIGACIONES ALLICONTRAÍDAS. (SUPUESTO DE DOMICILIO ESPECIAL.
- PERSONAS DE EJERCICIO AMBULANTE: TIENEN LUGAR EN SU RESIDENCIA ACTUAL.
- LOS INCAPACES: EL DE SUS REPRESENTANTES.
- EL DOMICILIO QUE TENIA EL DIFUNTO ES DONDE SE HABRÉ LA SUCESIÓN
- LOS MAYORES DE EDAD QUE SIRVEN O TRABAJAN FUERA YESTÁN AGREGADOS EN LA CASA DE
OTRO: DOMICILIO DE LA PERSONA A LA QUE SIRVEN. SIEMPRE QUE RESIDAN EN LA MISMA
CASA O EN HABITACIONES ACCESORIAS., CON EXCEPCIÓN DE LA MUJER CASADA, ESTE SERA
DONDE RESIDA SU MARIDO.
DOMICILIO ESPECIAL:
SE APLICA A DETERMINADAS RELACIONES JURÍDICAS, SE PUEDEN TENER VARIOS DOMICILIOS
ESPECIALES, ES VOLUNTARIO, ELEGIDOS POR LAS PARTES EN UN CONTRATO.
DOMICILIOS ESPECIALES:
- DOMICILIO PROCESAL O AD LITEM:
ES EL QUE CONSTITUYE UNA PERSONA DURANTE UN PROCESO JUDICIAL PARA RECIBIR
NOTIFICACIONES / SUELE SER EL DOMICILIO DEL ABOGADO.
- DOMICILIO CONTRACTUAL:
ESTE DETERMINA LA COMPETENCIA PARA RECIBIR NOTIFICACIONES, ES VOLUNTARIO,
MUTABLE Y MÚLTIPLE, SE TENDRÁN TANTOS DOMICILIOS COMO CONTRATOS TENGA, POR
EL:LOCACIÓN.
- DOMICILIO COMERCIAL:
ES ELEGIDO POR EL COMERCIANTE EN VIRTUD DE LO VINCULADO CON EL COMERCIO. SOLO
RECIBIRÁ NOTIFICACIONES CON REFERENCIA AL EJERCICIO DE EL.
- DOMICILIO DE LAS SUCURSALES:
VALE PARA TODAS LAS OBLIGACIONES CONTRATADAS POR LAS DIFERENTES SUCURSALES.
NOTIFICACIONES Y COMPETENCIAS.
SE DA EN EL CASO DE LAS PERSONAS JURÍDICASEJ.: GARBARINO
- DOMICILIO MATRIMONIAL
ES EL ULTIMO DOMICILIO DONDE VIVIERON LOS CÓNYUGES
DIVORCIO
NULIDAD DEL MATRIMONIO
FIN DE LA EXISTENCIA DE LAS PERSONAS FÍSICAS ART 103 DEL CC
TERMINA LA VIDA DE LAS PERSONAS CON SU MUERTE NATURAL. (MUERTE CIVIL)
LA MUERTE DE LAS PERSONAS SE MUESTRA CON EL ACTA DE DEFUNCIÓN OTORGADA POR EL
REGISTRO CIVIL DE LA PERSONAS. ART 104
ARTICULOS APLICADOS EN TIEMPOS DE GUERRA: ATR 105 : SUPUESTO DE GUERRA . LOS
FALLECIDOS EN COMBATE, SI NO HUBIESE SIDO POSIBLE REALIZAR ASIENTOS CONSTE EN EL
MINISTERIO DE GUERRAS
ART 107: MUERTE COMO CONSECUENCIA DE COMBATE:
SI EL CADÁVER DE UNA PERSONA NO SE PUEDE ENCONTRAR
SI HAY SEGURIDAD DE MUERTE SE APLICA (ART 108 DEL CC)
SI NO LAS PARTES INTERESADAS PEDIRÁN ACTA DE MUERTE PRESUNTA ( DECLARACIÓN DE
FALLECIMIENTO PRESUNTO O AUSENCIA CON PRESUNCIÓN DE FALLECIMIENTO)
LEY 14394 FALLECIMIENTO PRESUNTO
EN QUE CASOS SE PUEDE PEDIR
ORDINARIO: ART 22
PLAZO DE 3 AÑOS DESDE LA ÚLTIMA NOTICIA.
EXTRAORDINARIO GENÉRICO: ART 23
PERSONA QUE ESTUVO EN TERREMOTO INCENDIO GUERRA PRESUME MUERTE EN 2 AÑOS
COMPUTÁNDOSE EL DÍA OCURRIDO EL SUCESO O QUE QUE PUEDE HABEROCURRIDO.
EXTRAORDINARIO ESPECIFICO: ART 23
DEBE ENCONTRARSE EN NAVE O AERONAVE NAUFRAGADA O PERDIDA 6 MESES
QUIENES PUEDEN PEDIR ESTAS DECLARACIONES:
TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHOS SUBORDINADOS CON SU MUERTE, ESTE DERECHO
DEBERÁ SER ACREDITADO SIENDO QUE TOMARON TODOS LOS RECAUDOS NECESARIOS PARA
PROBAR LO QUE SUCEDE (NO APARECE) CON CONSECUENCIAS NEGATIVAS Y EN VANO
(NOAPARECIÓ)
PEDIDA LA DECLARACIÓN EL JUEZ (ART 25) NOMBRA UN DEFENSOR PARA EL AUSENTE Y
PUBLICA EDICTOS DURANTE 6 MESES. PASADOS ESTOS (ART 26) EL JUEZ DECLARA
FALLECIMIENTOPRESUNTO, DONDE DEBE FIJAR EL DÍA PRESUNTIVO DEL FALLECIMIENTO CON
SENTENCIA ESCRITA EN EL REGISTRO CIVIL.
COMO SE FIJA EL DÍA DEL FALLECIMIENTO PRESUNTIVO ART 27
EN CASO ORDINARIO: (ART 22) ULTIMO DÍA DEL PRIMER AÑO Y MEDIO DE LOS TRES AÑOS
ESTABLECIDOS DE LA ULTIMA NOTICIA RECIBIDA
ES CASO GENÉRICO(ART 23): DÍA DEL SUCESO EN DONDE SE ENCONTRABA EL AHORA
AUSENTE,DÍA TERMINO MEDIO DEL LAPSO DONDE OCURRIÓ.
EN CASO ESPECIFICO: ULTIMO DÍAS EN QUE SE TUVO NOTICIAS DEL BUQUE ESPECIFICANDO
DÍA Y HORA. SI NO SE SABE LA HORA CON CERTEZA SERA LA ULTIMA HORA DEL DÍA
PRESUNTIVO.
EFECTOS DE LA DECLARACIÓN DE FALLECIMIENTO PRESUNTO:
PATRIMONIALES / EXTRAPATRIMONIALES
PATRIMONIALES: DOMINIOPRECARIO – ART 28 CON LA DECLARACIÓN SE ABRE LA SUCESIÓN
SABIENDO QUIENES SON LO HEREDEROS, ESAS PERSONAS INSCRIBIRÁN ESOS BIENES A SU
NOMBRE PERO NO PODRÁN DISPONER DE ELLOS SIN AUTORIZACIÓN LEGAL., NO PUEDEN NI
DISPONER NI GRABAR.
PATRIMONIALES: - DOMINIO PLENO- TRANSCURRIDO 5 AÑOS DESDE SU FALLECIMIENTO
PRESUNTO DEL DÍA PRESUNTIVO..) O A LOS 80 AÑOS DE EDAD DEL SUPUESTO FALLECIDO
(EL QUE SE DA PRIMERO ES EL QUE VALE)
SI APARECIERE EL SUPUESTO FALLECIDO…
DOMINIO PRECARIO:
LOS BIENES QUE ESTUVIESEN BAJO INVENTARIO DADO DE ESTE DEBEN DEVOLVERSE.
QUE PASA CON LOS FRUTO DE ESOS BIENES:
- POSEEDORES DE BUENA FE: SI ESTA COMPROBADO QUE ESTOS ACTUARON DE BUENA FE, SE
HARÁN SUYO LOS FRUTOS PERCIBIDOS
- POSEEDORES DE MALA FE: ESTOS DEBEN RESTITUIR NO SOLO LO PERCIBIDO SI NO LOS
QUE POR SU CULPA HUBIESEN DEJADO DE PERCIBIRSE
DOMINIO PLENO:
EN ESTE CASO SE RESTITUYEN AL SUPUESTO FALLECIDO LOS BIENES EXISTENTES EN ESE
MOMENTO
- SIHAY BIENES EXISTENTES SE LE DEVUELVEN
- SI NO LOS HUBIESE NO SE LE DEVUELVE NADA.
EFECTOS EXTRAPATRIMONIALES: MATRIMONIO:
SI SE DECLARASE LA PRESUNCIÓN DE FALLECIMIENTO EN EL MOMENTO QUE ENTRASE EN
DOMINIO PLENO , TAMBIÉN SE ROMPE LA SOCIEDAD CONYUGAL, PUDIENDO EL CÓNYUGE VIVO
CONTRAER NUEVAS NUPCIAS LUEGO DE LA SUPUESTA MUERTE , SI REAPARECE EL SUPUESTO
FALLECIDO, SERA VALEDERO EL 2DO MATRIMONIO.
SIMPLE AUSENCIA LEY 14394
ESTA PRESUME AUSENCIA NO FALLECIMIENTO.
SI LA PERSONA HA DESAPARECIDO DE SU DOMICILIO O RESIDENCIA Y EXISTIESEN BIENES
EN PELIGRO NO DEJANDO APODERADO, SE PIDE SIMPLE AUSENCIA AL JUEZ, Y ESTE, NOMBRA
UN CURADOR PARA LOS BIENES, SIEMPRE Y CUANDO EL CUIDADO DE ESTOS ESTE EN
PELIGRO.
SI HUBIESE UN APODERADO PERO EL PODER DE ESTE FUERA INSUFICIENTE, O DESEMPEÑARA
MAL EL MANDATO SE PROSIGUE A CURADOR DESIGNADO POR EL JUEZ
QUIENES PUEDEN SOLICITAR SIMPLE AUSENCIA?(ART 18 LEY)
LOS QUE TENGAN UN INTERÉS LEGITIMO PARA CON EL SUPUESTO AUSENTE.
ART 18 EL PRESUNTO AUSENTE SERÁ CITADO POR EDICTOS DURANTE CINCO DÍAS Y EN EL
CASO DE URGENCIA EL JUEZ PODRÁ DICTAR UN ADMINISTRADOR O TOMARLAS MEDIDAS
ACONSEJABLES.
SI SE DECLARA LA SIMPLE AUSENCIA QUIEN ES EL POSIBLE CURADOR (ART 19 LEY)
- EL CÓNYUGE
- HIJOS
- PADRE O MADRE
- HERMANOS O TÍOS
- DEMÁS PARIENTES EN GRADOS SUCESIVOS
COMO SE TERMINA LA CURATELA DE ESTOS BIENES (ART 21 LEY)
- PORQUE SE PRESENTE EL AUSENTE ( EN PERSONA O A TRAVÉS DE APODERADO)
- MUERTE DEL MISMO
- DECLARACIÓN DE FALLECIMIENTO PRESUNTO.( DECLARADO JUDICIALMENTE)
LA SIMPLE AUSENCIA NO ES EL PASO PREVIO PARA LA DECLARACIÓN DEL FALLECIMIENTO
PRESUNTO.
NOMBRE LEY 18248
MEDIO DE IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS EN SOCIEDAD. E UN ATRIBUTO DE LA PERSONA
ES UN DERECHO Y UN DEBER
PRE NOMBRE: NOMBRE DE PILA
SOBRENOMBRE: IMPUESTO A LAS PERSONAS POR TERCEROS, CARECE DE RELEVANCIA
JURÍDICA, EXCEPTO EN EL SUPUESTO DE HEREDERO LEGITIMO SIEMPRE Y CUANDO PUEDA
INDIVIDUALIZARSE Y DISTINGUIRSE A LA PERSONA.
SEUDÓNIMO: RESGUARDA SU VIDA, UTILIZADA PARA ACTIVIDADES ARTÍSTICAS Y
CIENTÍFICAS.
APELLIDO: IDENTIFICA LA FAMILIA
EL DERECHO DE ELEGIR EL NOMBRE DE PILA SE EJERCERÁ LIBREMENTE, CON LA SALVEDAD
DE QUE NO PODRÁN INSCRIBIRSE:
- LOS NOMBRES QUE SEAN EXTRAVAGANTES, RIDÍCULOS, CONTRARIOS A NUESTRAS
COSTUMBRES
- LOS NOMBRES EXTRANJEROS, SALVO LOS CASTELLANIZADOS POR EL USO O CUANDO SE
TRATARE DE LOS NOMBRES DE LOS PADRES DEL INSCRIPTO
- LOS APELLIDOS COMO NOMBRE.
- PRIMEROS NOMBRES IDÉNTICOS A LOS DE HERMANOS VIVOS.
- MÁS DE TRES NOMBRES.
ART 15: CAMBIO DE NOMBRE :
DESPUÉS DE ASENTADOS EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO EL NOMBRE Y APELLIDO, NO PODRÁN
SER CAMBIADOS NI MODIFICADOS SINO POR RESOLUCIÓN JUDICIAL, CUANDO MEDIAREN
JUSTOS MOTIVOS.
LA MODIFICACIÓN, CAMBIO O ADICIÓN DE NOMBRE O APELLIDO, TRAMITARÁ POR EL PROCESO
SUMARÍSIMO, CON INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO.
EL PEDIDO SE PUBLICARÁ EN UN DIARIO OFICIAL UNA VEZ POR MES, EN EL LAPSO DE DOS
MESES. PODRÁ FORMULARSE OPOSICIÓN DENTRO DE LOS QUINCE DÍAS HÁBILES COMPUTADOS
DESDE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN.
MAL USO DEL NOMBRE
SI EL NOMBRE QUE PERTENECE A UNA PERSONA FUESE USADO POR OTRA PARA SU PROPIA
DESIGNACIÓN, ÉSTA PODRÁ SER DEMANDADA PARA QUE CESE EN EL USO INDEBIDO, SIN
PERJUICIO DE LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS, SI LOS HUBIESE.
CUANDO FUERE UTILIZADO MALICIOSAMENTE PARA LA DESIGNACIÓN DE COSAS O PERSONAJES
DE FANTASÍA Y CAUSARE PERJUICIO MORAL O MATERIAL, PODRÁ DEMANDARSE EL CESE DEL
USO Y LA IDENTIFICACIÓN DE LOS DAÑOS. EN AMBOS CASOS, EL JUEZ PODRÁ IMPONER LAS
SANCIONES QUE AUTORIZA EL ARTÍCULO 666 BIS DEL CÓDIGO CIVIL.
LAS DEMANDAS TENDIENTES A LA PROTECCIÓN DEL NOMBRE PODRÁN SER PROMOVIDAS POR EL
INTERESADO, SU CÓNYUGE, ASCENDIENTES, DESCENDIENTES Y HERMANOS.
CUANDO EL SEUDÓNIMO HUBIERE ADQUIRIDO NOTORIEDAD, GOZA DE LA TUTELA DEL NOMBRE.
ACCIONES
RECONOCIMIENTO: DERECHO A USAR SU NOMBRE
USURPACIÓN:UTILIZACIÓN DE EL NOMBRE DE OTRA PERSONA DE MANERA INDEBIDA SIN
DERECHO/ ILEGÍTIMAMENTE. SE PIDEN DAÑOS Y PERJUICIOS
BUEN NOMBRE:ACCIÓN QUE TIENDE A LA PROTECCIÓN, SE UTILIZA PARA EL USO DEL NOMBRE
DE UN PERSONAJE DE FANTASÍA
ADQUISICIÓN DEL APELLIDO
LOS HIJOS MATRIMONIALES LLEVARÁN EL PRIMER APELLIDO DEL PADRE. A PEDIDO DE LOS
PROGENITORES PODRÁ INSCRIBIRSE EL APELLIDO COMPUESTO DEL PADRE O AGREGARSE EL DE
LA MADRE
EL HIJO EXTRAMATRIMONIAL RECONOCIDO POR UNO SOLO DE SUS PROGENITORES ADQUIERE SU
APELLIDO.SI ES RECONOCIDO POR AMBOS, SEA SIMULTÁNEA O SUCESIVAMENTE, ADQUIERE EL
APELLIDO DEL PADRE. PODRÁ AGREGARSE EL DE LA MADRE, EN LA FORMA DISPUESTA EN EL
ARTÍCULO ANTERIOR. SIN EMBARGO, SI EL RECONOCIMIENTO DEL PADRE FUESE POSTERIOR
AL DE LA MADRE, PODRÁ, CON AUTORIZACIÓN JUDICIAL, MANTENERSE EL APELLIDO MATERNO
CUANDO EL HIJO FUESE PÚBLICAMENTE CONOCIDO POR ÉSTE. EL HIJO ESTARÁ FACULTADO
TAMBIÉN, CON AUTORIZACIÓN JUDICIAL, PARA HACER LA OPCIÓN DENTRO DE LOS DOS AÑOS
DE HABER CUMPLIDO LOS DIECIOCHO AÑOS, DE SU EMANCIPACIÓN O DEL RECONOCIMIENTO
PATERNO, SI FUESE POSTERIOR.
ADOPCIÓN PLENA: LA FILIACIÓN ROMPE EL VINCULO DE ORIGEN
LOS HIJOS ADOPTIVOS LLEVARÁN EL APELLIDO DEL ADOPTANTE, PUDIENDO, A PEDIDO DE
ÉSTE, AGREGARSE EL DE ORIGEN EL ADOPTADO PODRÁ SOLICITAR SU ADICIÓN ANTE EL
REGISTRO DEL ESTADO CIVIL DESDE LOS DIECIOCHO AÑOS. SI MEDIARE RECONOCIMIENTO
POSTERIOR DE LOS PADRES DE SANGRE, SE APLICARÁ LA MISMA REGLA.
CUANDO LOS ADOPTANTES FUEREN CÓNYUGES, REGIRÁ LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 4º.
PRIMER APELLIDO DEL PADRE
SI SE TRATARE DE UNA MUJER CUYO MARIDO NO ADOPTARE AL MENOR, LLEVARÁ EL APELLIDO
DE SOLTERA DE LA ADOPTANTE, A MENOS QUE EL CÓNYUGE AUTORIZARE EXPRESAMENTE A
IMPONERLE SU APELLIDO.
ADOPCIÓN SIMPLE: NO SE ROMPE EL VINCULO DE ORIGEN
MISMO REGIMEN QUE LA ADOPCIÓN PLENA
- ADOPTANTES CÓNYUGES
- ADOPTANTE INDIVIDUAL.
- EL ADOPTADO PODRÁ AGREGAR SU APELLIDO DE ORIGEN A LOS 18 AÑOS
HIJOS NO RECONOCIDOS
<<<EL OFICIAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL ANOTARÁ CON UN APELLIDO COMÚN, AL
MENOR NO RECONOCIDO, SALVO QUE HUBIESE USADO APELLIDO, EN CUYO CASO SE LE
IMPONDRÁ ÉSTE.>>>>
MATRIMONIO
PARA LA MUJER CASADA:SERÁ OPTATIVO AÑADIR A SU APELLIDO EL DEL MARIDO, PRECEDIDO
POR LA PREPOSICIÓN DE.
DECRETADA LA SEPARACIÓN PERSONAL: SERÁ OPTATIVO PARA LA MUJER LLEVAR EL APELLIDO
DEL MARIDO.
CUANDO EXISTIEREN MOTIVOS GRAVES, LOS JUECES, A PEDIDO DEL MARIDO PODRÁN
PROHIBIR A LA MUJER SEPARADA EL USO DEL APELLIDO MARITAL.
DECRETADO EL DIVORCIO VINCULAR SI LA MUJER HUBIERE OPTADO POR USARLO, PERDERÁ
TAL DERECHO. SALVO ACUERDO EN CONTRARIO, O QUE POR EL EJERCICIO DE SU INDUSTRIA,
COMERCIO O PROFESIÓN FUESE CONOCIDA POR AQUÉL Y SOLICITARE CONSERVARLO PARA SUS
ACTIVIDADES.
LA VIUDA: ESTÁ AUTORIZADA PARA REQUERIR ANTE EL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL LA
SUPRESIÓN DEL APELLIDO MARITAL.SI CONTRAJERE NUEVAS NUPCIAS PERDERÁ EL APELLIDO
DE SU ANTERIOR CÓNYUGE.
DECRETADA LA NULIDAD DEL MATRIMONIO, LA MUJER PERDERÁ EL APELLIDO MARITAL. SIN
EMBARGO, SI LO PIDIERE, SERÁ AUTORIZADO A USARLO, CUANDO TUVIERA HIJOS Y FUESE
CÓNYUGE DE BUENA FE