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Derechos Humanos | Ficha de Análisis del Caso Siri, Angel S. | Cátedra: Gordillo - Gordo | Año 2010 | Altillo.com |
FICHA DE ANÁLISIS DE CASOS
NOMBRE DE FALLO: Siri, Angel S.
FECHA: 27/12/1957.
HECHOS DEL CASO: la autoridad policial de la Prov. de Buenos Aires mantiene
clausurado el diario "Mercedes", que se publicaba en la ciudad del mismo nombre
de dicha provincia; y que Ángel Siri, invocando la calidad de director y
administrador del periódico y la libertad de imprenta y de trabajo consagrada
por la Constitución nacional, se presentó ante el juez del crimen local
solicitando se requiriera informe a la policía sobre los motivos de la clausura
y con su resultado se proveyera de acuerdo con - las cláusulas constitucionales
que citó.
PRIMERA INSTANCIA: el juez resolvió desestimar la presentación del recurrente
JUZGADO INTERVINIENTE: Juzgado en lo Penal Nro 3 de la ciudad de Mercedes (Prov.
de Buenos Aires)
SÍNTESIS DEL FALLO: Que requerido dicho informe por el juez actuante, el
comisario de policía informó que "con motivo de una orden recibida de la DIR. De
Seguridad de esta policía, con fecha 21 de enero, al mismo tiempo que se
procedió a la detención de Ángel Siri, director-propietario del diario
«Mercedes», se cumplió con la clausura del local donde se imprimía el mismo, el
que desde aquella fecha viene siendo custodiado por una consigna policial
colocada al efecto". El juez requirió sucesivamente informe del Jefe de policía
de la Prov. de Buenos Aires y del Ministerio de Gobierno de dicha provincia,
todos los cuales manifiestan ignorar las causas de la clausura y la autoridad
que la dispuso. Reiterada por el solicitante la declaración pedida al comienzo
de estas actuaciones, el juez resolvió no hacer lugar a ella en razón de no
tratarse en el caso de un recurso de hábeas corpus, el cual sólo protege la
libertad física o corporal de las persona
SEGUNDA INSTANCIA: Que el solicitante interpuso recurso de revocatoria, y en
subsidio el de apelación,
TRIBUNAL INTERVINIENTE: La Cám. De Apel. En lo Penal de Mercedes
SÍNTESIS DEL FALLO: CONFIRMO, por sus propios fundamentos, la decisión apelada.
FALLO DE LA CORTE: se revoca la sentencia apelada. Vuelvan los autos al tribunal
de origen a fin de que haga saber a la autoridad policial que debe hacer cesar
la restricción impuesta al solicitante en su calidad de director-propietario del
diario clausurado.
NÚMERO Y NOMBRE DE LOS JUECES QUE INTEGRAN LA MAYORÍA: (4) -- Alfredo Orgaz. --
Manuel J. Argañarás. -- Enrique V. Galli. -- Benjamín Villegas Basavilbaso. --
SÍNTESIS DEL VOTO: : radicada la causa ante esta Corte Suprema y con el objeto
de actualizar los elementos de hecho, el tribunal requirió del juez en lo penal
de Mercedes informe sobre si subsistía en la actualidad la clausura del diario,
respondiendo el comisario de la localidad, en oficio dirigido al juez
comisionado, que sí subsistía esa clausura. En estas condiciones, es manifiesto
que el derecho que invoca el solicitante de publicar y administrar el diario
debe ser mantenido. . Porque son la defensa personal, el patrimonio inalterable
que hace de cada hombre, ciudadano o no, un ser libre e independiente dentro de
la Nación Argentina" ("Manual de la Constitución argentina", en "Obras
completas", Vol. 3 Los preceptos constitucionales tanto como la experiencia
institucional del país reclaman de consuno el goce y ejercicio pleno de las
garantías individuales para la efectiva vigencia del Estado de derecho e imponen
a los jueces el deber de asegurarlas.
DISIDENCIA:(1) Carlos Herrera
DISCREPANCIAS CON EL VOTO MAYORITARIO Y CON LOS CONCURRENTES: Que el juez
resolvió a fs. 33 desestimar la presentación del recurrente en razón de que el
recurso de hábeas corpus ha sido instituido solamente para la protección de la
libertad personal; decisión de la que Siri pidió revocatoria a fs. Que después
de un nuevo informe policial confirmatorio de lo aseverado por Siri, el a quo
desestimó a fs. Contra esa resolución se interpuso por el afectado el presente
recurso extraordinario, manifestando que se mantenía la clausura, hecho que
resulta confirmado por el informe policial de fs. 14 de la Constitución
nacional. 51, aclarando que no ha interpuesto un recurso de hábeas corpus sino
el remedio legal de peticionar a las autoridades
BREVE CONCLUSIONES PERSONALES SOBRE EL FALLO:
LA POLICÍA, mantiene clausurado el diario "Mercedes", que se publicaba en la
ciudad del mismo nombre de dicha provincia; y que Ángel Siri, invocando la
calidad de director y administrador del periódico y la libertad de imprenta y de
trabajo consagrada por la Constitución nacional, se presentó ante el juez del
crimen local solicitando se requiriera informe a la policía sobre los motivos de
la clausura y con su resultado se proveyera de acuerdo con - las cláusulas
constitucionales que citó; solicitud reiterada, Que el juez resolvió desestimar
la presentación del recurrente en razón de que el recurso de hábeas corpus ha
sido instituido solamente para la protección de la libertad personal; decisión
de la que Siri pidió revocatoria, manifestando que se mantenía la clausura,
hecho que resulta confirmado por el informe policial de fs. 14 de la
Constitución nacional. 51, aclarando que no ha interpuesto un recurso de hábeas
corpus sino el remedio legal de peticionar a las autoridades.