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Internacional Privado
Trabajo Práctico Nº 1 | Derecho Internacional
Privado (Cátedra: Uzal - Rabbino - 2019) |
Derecho | UBA
Principios generales del Derecho Internacional Privado
El principio de integralidad de la solución del caso, aparece ante la frecuente
fragmentación de las soluciones nacionales, en casos totalmente multinacionales,
que se da como consecuencia de la coexistencia de Estados soberanos con normas
de derecho internacional privado de fuente interna completamente diversas.
Obliga a que una jurisdicción brinde la solución a todo el caso, para lo cual
será necesaria la cooperación y coordinación de las autoridades nacionales. La
integralidad del caso es importante para garantizar que la solución del caso sea
justa, que es el fin del DIPr. Si un mismo caso se plantea en dos jurisdicciones
diferentes, y se llegan a soluciones contrapuestas entre sí, eso no se
garantiza.
A falta de la efectividad del principio de integralidad, nos encontramos con el
principio de uniformidad, se puede permitir que el caso se desarrolle en
tribunales de distintos Estados, con la condición de que la solución a la que se
arribe sea la misma, sin importar en qué Estado se plantee, se entiende también
como principio de la armonía internacional de las soluciones o de mínimo
conflicto. También para lograrlo, es necesaria la coordinación de soluciones
uniformes a nivel internacional, que se verá facilitada cuando hayan tratados,
convenios, y demás documentos internacionales, suscriptos por dos o más Estados,
que darán pie a las soluciones generales, que se lograrán mediante el acuerdo
respecto de elecciones comunes dentro de normas de conflicto -que sean fuente
internacional-.
En caso de no ser posible la uniformidad, cuando los Estados denotan intereses
muy contrapuestos frente algún tema en particular, generalmente referente a la
cultura, historia o política, la integralidad y uniformidad serán difíciles de
lograr. Un claro ejemplo son los institutos referentes a la familia,
matrimonios, algunos casos sobre libertades respecto del género femenino.
Mientras en algunos países la poligamia es legal, en nuestro país, celebrar un
matrimonio sin haber finalizado uno anterior -ante la ley- implica la nulidad de
dicho acto. Es por ello que surge el principio de la efectividad o eficacia,
para que la búsqueda de la solución justa de los casos iusprivatistas
multinacionales no sea meramente abstracta, sino que se puedan ver sus
resultados en la realidad. Es considerado complemento necesario del principio de
uniformidad, ya que si no hay efectividad, la uniformidad no se realizará, no
veremos sus consecuencias, más bien sólo tendremos una sentencia inútil. La
efectividad se logrará principalmente con la efectivo coordinación
internacional, y su óbice es el reconocimiento y ejecución de las sentencias que
fueron dictadas en un país y han de ser ejecutadas por otros. Se dice que el
DIPr es el derecho de la hospitalidad, por cuanto debe reconocer y aceptar, más
allá de las diferencias, el multiculturalismo, y aceptar también que la
uniformidad no siempre puede proliferar, pero es necesario aún así dar
soluciones que sean de efectivo cumplimiento posterior.
Existen a su vez otros principios que si bien son característicos del DIPr, son
específicos de la norma de conflicto:
El principio de razonabilidad, en virtud de responder a la pregunta de cómo se
realiza la elección del derecho aplicable, debe atenderse a la respuesta de
calidad más razonable, la cual usualmente se da cuando el derecho elegido guarda
una estrecha relación de proximidad, de pertenencia, con el caso y con su
naturaleza, una relación de proximidad tal, que se justifica la elección de ese
derecho para resolverlo. Boggiano sostiene que la razonabilidad de la
determinación se mide por la adecuación de lo positivamente decidido al fin que
persigue el principio, la elección de una conexión irrelevante del caso con un
sistema jurídico destruiría el fin que persigue el principio: la elección de un
derecho próximo.
El principio de proximidad que se utilizará en el método de elección de dicha
norma, para elegir el derecho aplicable acorde a la cercanía del caso con el
derecho señalado. Se busca un derecho que tenga vinculación y esa vinculación se
da por la cercanía, entre la sede del caso y el derecho.