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1º Parcial A  |  Sociedad Civiles y Comerciales (Cátedra: Dubois - Rossi - 2021)  |  Derecho  |  UBA
Las prestaciones accesorias *
nunca integran el capital social salvo si son en dinero
Su incumplimiento no da lugar a sanciones a diferencia del incumplimiento de los aportes
Ninguna de las opciones otorgadas por esta pregunta es correcta
siempre integran el capital social

No es estipulación necesaria del instrumento constitutivo de sociedad: *
el domicilio.
el plazo de duración
los datos personales de los socios.
la fecha de cierre del ejercicio

Con respecto a la intervención judicial de la administración de una sociedad *
Aunque no exista peligro grave el juez puede ordenar la intervención para que el interventor proceda a la regularización de determinadas obligaciones sociales, o una determinada clase de ellas, indicándolo así en su resolución
Es una medida cautelar autosatisfactiva, no accesoria de ninguna acción legal de fondo, debido al peligro grave en que se encuentra la sociedad
Los socios o los acreedores quirografarios pueden solicitarla solo como cautelar accesoria de la acción de disolución de la sociedad
Ninguna de las opciones otorgadas por esta pregunta es correcta

La aprobación de los estados contables de una sociedad *
Se puede otorgar en una asamblea o reunión de socios virtual o a distancia siempre que el medio técnico empleado permita que los socios puedan comunicarse simultáneamente entre sí y con los administradores de la sociedad
No se puede otorgar en una asamblea o reunión de socios virtual o a distancia
Se puede tener por tácitamente otorgada si así lo prevé una cláusula contractual que indique los requisitos necesarios para esa aprobación tácita

La sobrevaluación de aportes en especie en la constitución de una SRL *
Ninguna de las opciones otorgadas por esta pregunta es correcta
Acarrea la responsabilidad de todos los socios, pero limitada para cada uno al monto de su aporte
Acarrea la responsabilidad ilimitada y solidaria de aquellos socios que se encuentren en mora en la integración de sus aportes en dinero
No acarrea ninguna responsabilidad de ningún socio debido a que la valuación de los aportes debe ser aprobada por la autoridad de control o a cargo del Registro Público, previamente a la inscripción del contrato de SRL en dicho Registro

Con respecto a la publicidad edictal societaria *
En las sociedades para las que es obligatoria la publicidad de edictos, es suficiente la transcripción exacta y completa del objeto social
La publicidad por edictos en el Boletín Oficial es obligatoria solo para las sociedades anónimas
Los edictos deben incluir también los datos de la inscripción de la sociedad en el Registro Público

Los administradores de sociedades *
Responden ilimitada y solidariamente por los daños que por acción u omisión causen a la sociedad, salvo que la organización de la administración permitida por la ley permita en determinados supuestos atribuirles responsabilidad individual
Son responsables en el alcance indicado anteriormente en caso de que la sociedad incurra en una causal de disolución, salvo la de vencimiento de plazo
deben contar necesariamente con un título profesional que haga presumir su idoneidad para poder cumplir con su deber de diligencia

La participación de los socios en las ganancias: *
Ninguna de las opciones otorgadas por esta pregunta es correcta
Es siempre en proporción a los aportes de capital
Es un elemento específico del contrato social, por lo que si se omite no hay sociedad sino una entidad civil sin fines de lucro (asociación civil)

Un fondo de comercio *
Puede ser aportado pero deben seguirse los procedimientos de transferencia establecidos en la ley especial (ley 11.867) a fin de inscribir la transferencia en el Registro Público, y previo a ello debe efectuarse inventario y valuación del fondo de comercio
Solo pueden ser aportados a la misma separadamente aquellos componentes del mismo que sean bienes determinados susceptibles de ejecución forzada
No puede ser aportado a la sociedad como universalidad de bienes

Si se omite incluir en el contrato social el porcentaje de participación de los socios en las ganancias: *
Los socios participan en proporción a sus aportes
La sociedad es nula
La sociedad es válida pero se rige por las disposiciones de la Sección IV

En las sociedades de la Sección IV: *
los socios responden por las obligaciones sociales solidaria e ilimitadamente.
los socios responden por las obligaciones sociales por partes iguales, salvo que en el contrato social o en el contrato del cual surja la deuda se hayan pactado partes desiguales o la solidaridad
los socios limitan su responsabilidad a la integración de sus aportes

Con respecto a la sede social *
Las notificaciones a la sede social inscripta tienen efecto vinculante también en los casos en que consistan en intimaciones extrajudiciales o de los organismos de control societario
En las SA no es obligatorio incluirla dentro del estatuto pues las notificaciones efectuadas a los directores en los domicilios especiales constituidos por estos tienen efecto vinculante también para la sociedad
Solo es obligatoria si la sociedad celebrará contratos entre presentes, no así si serán entre ausentes o por medios electrónicos

En las sociedades de objeto ilícito: *
puede haber algún socio de buena fe, y se le devuelve su parte si hay remanente.
la sociedad puede reconducirse modificando el objeto prohibido y adoptando uno permitido
el remanente, si lo hubiera, va al fondo de educación común de la jurisdicción

Ante un contrato extraño al objeto social celebrado con un tercero por el administrador que en base a la ley o el contrato tenga la representación de la sociedad *
La sociedad responde en cualquier caso salvo que el acto sea notoriamente extraño al objeto social
La sociedad solo responde si el contrato celebrado en exceso de facultades por el representante es ratificado por unanimidad de los socios
el tercero no puede reclamar su cumplimiento a la sociedad pues no puede invocar su propia torpeza

En la transformación de una sociedad *
Es necesario aprobar la disolución de la sociedad y con el producido de la liquidación cada socio debe cumplir con un aporte en dinero para la constitución de una nueva sociedad de tipo diferente del de la anterior
En las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada se aplica un régimen de mayorías especial, salvo que en el contrato o estatuto se haya estipulado la exigencia de unanimidad
Siempre es necesario el voto favorable de todos los socios
Solo puede ejercer derecho de receso el socio que notifique a la administración social el ejercicio de dicho derecho antes de que se realice la reunión en la que se decidirá la transformación

Respecto de la distribución de ganancias *
Solo pueden distribuirse ganancias líquidas y realizadas si además de resolver la aprobación de los estados contables, de los que resulten, los socios aprueban expresamente a continuación la distribución de las mismas
Para llevarla a cabo es obligatoria y suficiente la previa aprobación de estados contables de los que resulte la existencia de ganancias líquidas y realizadas
Los administradores están automáticamente obligados a distribuir ganancias una vez constatada su existencia por cualquier medio

La sociedad, en cuanto a su personalidad jurídica *
Ninguna de las opciones otorgadas por esta pregunta es correcta
Adquiere la personalidad jurídica en el momento en que es autorizada a funcionar por razón de su objeto.
Adquiere la personalidad jurídica en el momento en que se celebra entre los socios el acuerdo de voluntades para constituirla a condición de que después su instrumento de constitución sea inscripto en el Registro Público
Si es unipersonal no adquiere personalidad jurídica mientras su instrumento de constitución no esté inscripto en el Registro Público

En las sociedades de objeto prohibido en razón del tipo: *
el remanente, si lo hubiera, va al fondo de educación común de la jurisdicción.
realizado el activo y cancelado el pasivo, el remanente se distribuye a los socios.
puede haber algún socio de buena fe, y se le devuelve su parte si hay remanente.

Con respecto al control de legalidad *
Si la sociedad, luego de controlada su legalidad, fue inscripta en el Registro Público, ya no podrá discutirse judicialmente su validez sustancial
Está limitado a aspectos formales y no del contenido del instrumento constitutivo de la sociedad
Si el contrato constitutivo de la sociedad es inscripto en el Registro Público, tal inscripción constituye presunción de que el instrumento de constitución es válido

Respecto al derecho de información del socio *
En los restantes tipos de sociedades solo se brinda información al socio a través de los estados contables
En las S.A. los socios ejercen este derecho canalizando sus pedidos de información a través de la sindicatura, pero si la sociedad prescindió de este órgano de control podrán ejercerlo en forma directa ante el directorio
Solo puede ejercerse en las S.A. y en las S.R.L. cuyo capital sea superior a $

 

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