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Resumen para el Segundo Parcial  |  Teoría General del Derecho (Cátedra: Puceiro Santanatoglia - 2019)  |  Derecho  |  UBA

TEORIA DE LA ELECCIÓN RACIONAL

-Supone que el individuo o agente tiende a maximizar su utilidad – beneficio y reducir los costos o riesgos.

El actor individual es el objeto de estudio de esta teoría.

Las unidades de análisis de la TER son las acciones humanas individuales. Los mecanismos causales en la acción social son las decisiones que toman los actores cuando interactúan entre sí.

 

-ACCIONES HUMANAS PARTICULARES: Se pueden describir como decisiones que comparten las propiedades de intencionalidad y racionalidad.

Shrick decía que las causas de una acción humana son razones, las cuales están compuestas por:

Las creencias con base en las cuales se actúa no son necesariamente racionales; pueden ser creencias irracionales y, por lo tanto, pueden hacer parte de razones que conducen al agente a actuar irracionalmente.

Los deseos, las creencias y las interpretaciones que mueven a los seres humanos no surgen de la nada, son fruto de la pertenencia y el desenvolvimiento de cada persona en su ambiente natural.

 

-DECISION: es el proceso mediante el cual se articulan causalmente las razones con las acciones. Es elegir una acción de un conjunto de acciones posibles. Un proceso de decisión puede ser descrito como el proceso mediante el cual un agente maximiza su utilidad esperada.

 

-ACCION RACIONAL: Una acción es racional cuando la acción que es llevada a cabo por el individuo es elegida porque él cree que así puede lograr lo que desea. Es actuar intentado lograr lo que uno quiere sujetándose a lo que uno cree que puede.

Una acción es racional cuando maximiza utilidades, es decir, cuando el individuo pondera la actividad de cada resultado posible por la por la probabilidad subjetiva estimando que ésta se dé de acuerdo a sus propias creencias sobre la estructura causal de la situación. Evaluo las opciones y veo cual me conviene más según el costo y el beneficio que me genere.

Para que la elección sea racional:

 

 

 

 

Una acción cumple con la condición de racionalidad cuando es comparable y transitivo. Si no cumple con esta condición, entonces es imposible asumir la racionalidad de la acción, y en consecuencia, no es posible rastrear en ella la intención del agente (la relación causal entre deseos, creencias e interpretaciones con su acción). 

 

-Como nuestras creencias nunca son certezas, nuestras acciones siempre son apuestas.

-INTERPRETACIONES: Reflejan la visión del agente sobre si tal o cual acción disponible es algo que él haría. Representan la identificación del agente con sus propias acciones. Se la entiende como un componente de las razones que llevan a una persona a actuar.

-ESTADO DEL MUNDO: es el contexto donde se encuentra el individuo que le brinda datos para tomar una decisión. Afecta las consecuencias de su elección, lo influye.

-RACIONALIDAD DE LAS CREENCIAS: Implica tener la totalidad de la información necesaria para poder decir que se sabe o se conoce algo, y es por medio de ella que los agentes deciden. Las creencias son las bases en las cuales el agente estima las probabilidades que asigna a los posibles resultados de su acción. Estas creencias no siempre son racionales.

 

CRITICAS

- El individuo no siempre elige racionalmente, a veces se guía por otras cosas como por los sentimientos y la elección no resulta ser la opción más óptima.

- El individuo no posee siempre todos los conocimientos necesarios para tomar la elección más conveniente.

- Asume que la capacidad mental para computar las utilidades de todos los resultados posibles de su acción es ilimitada y que la información para calcular las probabilidades de todos los estados posibles del mundo es completa.

 

TEXTO GALLO

Plantea dos preguntas:

¿Cuáles son los pasos y los mecanismos institucionales por medio de los cuales los hombres van abandonando la rústica sociedad anterior y se van integrando en la nueva sociedad?

¿Cómo se puede hacer para que ese tránsito no se frustre permanentemente y siga avanzando sobre bases sólidas?

 

IDEA DE AUTOINTERÉS: El hombre actúa siempre buscando una satisfacción personal o, dicho de otro modo, por un interés propio. Esta actitud personal se aplica tanto a quien encuentra gratificación en aliviar situaciones de otros como a quien se ocupa estrictamente de su propia persona o las de su familia inmediata.

Los individuos actuamos de acuerdo a nuestro propio autointerés o “egoísmo”. El concepto de egoísmo no es en un sentido negativo, sino que significa que el individuo actúa por el cuidado de él propio.

Hay “prioridades”, como la familia o amigos, o también morales, que influyen en la manera que tenemos de actuar.

Adam Smith decía que “persiguiendo su propio interés, frecuentemente promueven el de la sociedad con más eficacia que si realmente intentaran promover el interés público”.

“por más que el hombre tenga rasgos egoístas, existen evidentemente en su naturaleza principios que lo interesan en la suerte de los otros y que hacen que la felicidad de ellos sea necesaria por más que no derive nada de esto, salvo el placer de poder contemplarlo”.

NATURALEZA HUMANA: A diferencia de los contractualistas, los escoses postulaban la “generosidad limitada” y la “empatía”. La empatía tiene que ver con poder ponerse en el lugar del otro. Es la capacidad de sentir que tienen los individuos con relación a los sentimientos de los demás.

Para ellos esta capacidad es el fundamento de toda su filosofía moral. Nos permite comprender la manera de actuar del otro, nos permite a partir de ellos poder realizar “juicios morales”. El otro también va  a poder juzgarme a mí, y eso empieza a condicionar mi comportamiento de acuerdo a como el otro me va a juzgar si hago algo o no. Es así como surgen las normas morales, la noción de lo correcto y lo incorrecto.

Sentido moral (moral sense): capacidad innata de determinar qué es lo que está bien y que es lo que está mal.

Consecuencias no buscadas de las acciones intencionales: sin voluntad de hacerlo, mediante mi acción, genero una consecuencia no buscada sobre otro aspecto. Mi acción tiene una consecuencia “social”. Estas consecuencias pueden ser positivas o negativas para ellos o para los demás.

En una época profundamente racionalista los autores escoceses fueron los primeros en advertir sobre las consecuencias que, se derivan de las visibles limitaciones cognoscitivas de la mente humana. Esta limitación, según Ferguson, no solo impide un conocimiento cabal y detallado de las circunstancias actuales, sino que dificulta nuestra comprensión sobre los orígenes de la sociedad y su evolución posterior.

 

EVOLUCION

El cambio no fue originado por un “plan maestro” generado en la cabeza de un hombre. Tampoco fue resultado de algún contrato original donde se acordaron de una vez las instituciones que habían de regir los destinos de la humanidad.

“Ninguna sociedad se formó por contrato, ellas crecen y maduran durante la estación apropiada” dice Ferguson. En primer lugar, el autor afirma que los hombres no inventan desde cero, sino que innovan a partir de circunstancias e instituciones que fueron el fruto de acciones humanas anteriores. En segundo, estas circunstancias surgieron como consecuencia de la yuxtaposición de una multitud de planes individuales que al entrecruzarse produjeron muchos resultados que no eran queridos por sus autores. Una parte muy significativa de nuestras instituciones emergieron espontáneamente de esas interacciones humanas.

Esta evolución adquirió un impulso progresivo cuando, a través de un proceso de ensayo y error, algunas comunidades comenzaron a adoptar las instituciones más aptas para ese propósito. Poco sabemos sobre el origen de este mecanismo, lo único cierto es que las instituciones de los países mas exitosos comenzaron a ser imitadas por otros que a partir de entonces entraron también en la senda del progreso.

Una de las funciones que cumplen las instituciones es la de poner obstáculos, a través de prohibiciones, al potencial invasor de derechos y libertades ajenas que puede generarse a partir de los rasgos menos estimables de la naturaleza humana.

 

REGLAS

En esta categoría los pensadores escoceses incluían todas aquellas actitudes que englobaban bajo los términos de “benevolencia” y “simpatía”. Estas predisposiciones tienden naturalmente al establecimiento de relaciones de asociación, cooperación y solidaridad con otros hombres.

Pero también están encuadradas aquellas acciones licitas que no se proponen explícitamente el bien de los otros y que son básicamente promovidas por el deseo de favorecer la situación propia y la de la familia inmediata. Para los autores es esta predisposición de los seres humanos la que produce esa inequidad del espíritu que lleva al hombre a crear, a innovar, en suma, a tomar riesgos.

 

TRADICION Y RAZON

Un aspecto sugestivo del pensamiento escoces es el lugar que le otorga a la tradición y a la razón. La tradición no era para estos autores un catálogo de rituales arcaicos. Su importancia residía en el hecho de que era la gran transmisora de las experiencias vividas y de los conocimientos acumulados por generaciones anteriores. Era la portadora de lo que habitualmente denominamos “la sabiduría de nuestros mayores”. Como tal debería ser tratada con respeto y cautela y escrutada con un ánimo más propenso a retener que a destruir.

ANALISIS ECONOMICO DEL DERECHO

El AED es una corriente considerada dentro de la teoría del Derecho que aplica métodos propios de la economía en el razonamiento jurídico. Incluye el uso de la metodología y los conceptos propios de la ciencia económica para predecir el efecto de las normas jurídicas, con el objeto de determinar qué leyes o disposiciones jurídicas son económicamente eficientes y predecir qué medidas deberían ser promulgadas o adoptadas. Es decir, propone la evaluación de las reales consecuencias de una norma existente y asimismo la predicción de los posibles efectos de una norma proyectada buscando diseñar mejores estructuras legales, más eficientes para arribar a los propósitos deseados, adoptando los medios que resulten más idóneos para ello.

Esta modalidad de estudio no surgió como un producto acabado, completo y permanente, sino que se fue gestando de modo dinámico y progresivo. Comienza a resaltar como disciplina a partir del 1960 en EEUU.

 

El AED es la incorporación de la teoría económica, puntualmente la teoría de precios, en el derecho con el objetivo de llevar a cabo 3 finalidades:

Piensa al derecho como un agente económico. Al aumentar una pena si los criminales fueran racionales, debería bajar la demanda de esa conducta (predicción). El precio es el incentivo, hay que tenerlo en cuenta, no solo a la justicia.

 

La ciencia económica, dado que viene empleando y refinando una teoría sobre el comportamiento humano desde hace muchas décadas, puede hacer una contribución relevante para el estudio, mediante métodos sistémicos, de qué consecuencias se derivarán de cada una de las opciones en disputa.

 

TEXTO KRAUSE

Para examinar las funciones y efectos del sistema legal es imprescindible contar con alguna teoría de la acción, alguna descripción básica del modo en el cual las personas responden a cambios en las reglas legales. Éste es, probablemente, el gran aporte de la economía a la teoría legal.

El analista económico del derecho examina centralmente los incentivos de las reglas legales y, eventualmente, los equilibrios o resultados sociales que se sigan de su aplicación. Las reglas legales no solo permiten resolver conflictos ex post: permiten ajustar expectativas favoreciendo la cooperación social, eliminando conflictos potenciales.

La idea central es que la economía tiene por objeto el estudio de las elecciones en contextos de escasez y, por lo tanto, un ámbito mucho mas extenso que el de los mercados de bienes y servicios. La hipótesis básica es que las personas toman decisiones con la finalidad de maximizar su utilidad o bienestar en los mas diversos contextos de la vida social, lo que incluye las decisiones relativas a cumplir contratos o adoptar una unidad adicional de cuidado frente a la perspectiva de pagar daños por accidentes. Las reglas legales contienen precios, a veces no monetarios o precios sombra, que incentivan de manera determinada a las decisiones humanas, de un modo algo análogo al modo en el cual lo hacen los precios monetarios. De ese modo el sistema legal puede examinarse, desde la teoría económica, como un sistema de organización social basado en incentivos.

El enfoque económico del derecho provee una teoría de la respuesta de los individuos a los precios explícitos o implícitos contenidos en las leyes, costumbres, jurisprudencia y demás reglas que conforman el sistema legal.

El AED enfatiza las consecuencias futuras de la norma en razón de los diversos incentivos que contiene, los que podrían afectar las decisiones de las personas a futuro, de forma ciertamente susceptible de análisis sistémico. La base del análisis económico del derecho es que toda norma o institución jurídica dispone incentivos concentrados en precios y costos implícitos (precios sombra) que pueden orientar la conducta hacia comportamientos eficientes o ineficientes.

La economía, básicamente, presta al derecho una teoría de la acción, una teoría de la respuesta de las personas al cambio jurídico institucional, bajo la suposición básica de que los hombres actúan a fin de maximizar su utilidad o bienestar. Una vez que pensamos el sistema legal como un sistema de precios capaz de establecer resultados o equilibrios predecibles como tendencia, contamos con un modo de establecer las consecuencias de las leyes.

 

ELEMENTOS CENTRALES QUE HACEN POSIBLE LA EXTENSION DE TEORIA DE PRECIOS APLICADA EN EL DERECHO:

1) MAXIMIZACION DE LA UTILIDAD

La hipótesis de la maximización de la utilidad asume que las personas persiguen fines e intentan alcanzarlos sacrificando la menor cantidad de otros bienes disponibles  y que ello ocurre tanto en los mercados de bienes y servicios como en cualquier otro ámbito de decisión. El concepto central es que las personas incrementan su utilidad cuando pueden satisfacer mayor cantidad de preferencias y que, por este motivo, escogen aquellas alternativas disponibles que le permiten alcanzar sus objetivos a menores costos, es decir, sacrificando la menor cantidad de alternativas disponibles.

Otro modo de exponer el asunto es apelando a la idea de que los individuos son o actúan como si fuesen instrumentalmente racionales y que, por lo tanto, toman decisiones consistentes con la meta de maximizar su utilidad, eligiendo aquellas alternativas que les permite satisfacer sus preferencias a menor costo de oportunidad.

 

2) PRECIOS

En el caso de la economía aplicada al derecho, se asume que las personas cuando toman decisiones responden a cambios en los precios implícitos en las reglas legales del mismo modo que lo hacen respecto precios monetarios en los mercados de bienes y servicios.

El precio consiste en una relación de valor entre diversas alternativas disponibles, razón por la cual toda elección tiene necesariamente un precio. El precio relevante de una decisión cualquiera se expresa por las alternativas que se sacrifican a consecuencia de la elección. El precio no requiere alteridad, sino simplemente la existencia de dos o más alternativas rivales. Siempre que hay escasez y dos o más alternativas, hay precios. 

El empleo de la hipótesis del hombre como buscador de su propia utilidad combinada con la idea de precios permite establecer buenas explicaciones y predicciones respecto de la conducta humana. Cuando alguna alternativa disminuye su precio, en términos de las demás cosas que hay que sacrificar para alcanzarla, su demanda o empleo se hace más atractiva, del mismo modo que cuando el precio sube, su empleo o demanda se hace menos atractiva.

Se asume que las personas quieren maximizar su bienestar o utilidad y para hacerlo eligen las alternativas  de modo tal que esa finalidad sea satisfecha, en principio, eligiendo aquellas alternativas  por las cuales deben sacrificar menor cantidad de otro bienes, es decir, aquellas alternativas que son menos costosas en términos de otras.

La idea es que los cambios en los precios inducen a que las personas tomen decisiones arribando a estados donde las elecciones son estables, es decir, equilibrios.

 

3) EQUILIBRIO

Sugiere un estado de reposo o uno hacia el cual tienden las cosas, una vez que suponemos estáticas las variables relevantes de una interacción.

Un equilibrio consiste en un estado distributivo estable, puesto que las personas han obtenido todas las ganancias o ventajas posibles. Es decir, en equilibrio, ninguna persona tiene incentivos para cambiar sus decisiones.

El concepto central es que cambios en los precios llevan a nuevos equilibrios.

La hipótesis de la maximización nos permite interpretar los precios como datos que incentivan las decisiones en direcciones predecibles hacia equilibrios determinados, y esos equilibrios pueden ser evaluados según diversos criterios, siendo el más frecuente el criterio de la eficiencia.

4) EFICIENCIA

Eficiencia en sentido productivo: una economía opera de manera eficiente en este sentido cuando todos sus factores de la producción están empleados de tal manera que no es posible producir ninguna unidad adicional sin al mismo tiempo dejar de producir alguna unidad de otro bien.

 

Eficiencia en sentido distributivo: Esta es la conocida como eficiencia en el sentido de Pareto.

Para comprender bien el significado de la eficiencia de Pareto, es conveniente distinguir entre una “mejora en el sentido de Pareto” o “superioridad o dominancia en sentido de Pareto” del “optimo en el sentido de Pareto”. Se dice que un estado de cosas X es superior o domina a otro Z si nadie prefiere Z a X y al menos alguien prefiere X antes que Z. Supone que un estado de cosas es superior a otro si consecuencia de cambio distributivo al menos una persona está mejor y ninguna está peor, desde la perspectiva de sus propias preferencias.

El óptimo de Pareto supone que, dadas las restricciones operantes, los bienes están asignados a su mejor empleo, de modo que no es posible ya mejorar a nadie sin empeorar a otro individuo. No es posible ningún cambio sin afectar al menos una persona. Una asignación se define como "pareto-eficiente" o "pareto-óptima" cuando no pueden lograrse nuevas mejoras de Pareto.

 

Un problema importante es que la eficacia de Pareto constituye una regla muy limitada. Ésta supone cierta forma de consenso o unanimidad cuando la mayor parte de las decisiones sociales y legales implican tanto ganadores como perdedores.

Por otra parte, algunos cambios que podrían ser deseables serian en algunas ocasiones vetados por la estricta regla de Pareto que en general tiende a favorecer el status quo sobre el cambio.

Otro limite de Pareto es que solo dice cuándo las personas mejoran su bienestar “dada” determinada distribución de los derechos de propiedad sobre los recursos, pero no puede establecer, al menos con facilidad, cuál distribución inicial de derechos es aquella que mejora el bienestar.

El problema mas grande es la incapacidad de evaluar la mejora cuando hay perdedores. El criterio de eficiencia empleado por los economistas para permitir perdedores y seguir evaluando cuáles cambios son distributivamente eficientes es el denominado de la compensación potencial o potencial de Pareto, o bien, de Kaldor-Hicks. Se denomina criterio de la compensación potencial en tanto dicha compensación es hipotética y no necesariamente debe proceder en la realidad de los hechos y constituye una mejora potencial en el sentido de Pareto en tanto hipotéticamente quienes ganan en X habrían estado en condiciones de compensar antes del cambio a quienes pierden, de modo tal que estos habrían hipotéticamente aceptado X; puesto en otros términos que los perdedores de X quedan indiferentes entre la elección entre X e Y.

Usando el criterio de eficiencia de Kaldor-Hicks, un resultado es más eficaz si los que se benefician de un cambio pueden, en teoría, compensar a aquellos que sufren las consecuencias, lo que da un resultado mejor de acuerdo con Pareto. Por ejemplo, un intercambio voluntario que crea contaminación sería una mejora de Kaldor-Hicks, si los compradores y los vendedores todavía están dispuestos a llevar a cabo la transacción, incluso si tienen que compensar plenamente a las víctimas de la contaminación. Los ganadores en una distribución están en condiciones de compensar a los perdedores y aun así seguir siendo ganadores.

La diferencia clave es la cuestión de la indemnización. El criterio de Kaldor-Hicks no requiere que realmente se pague compensación, sino simplemente que exista la posibilidad de compensación, lo que no significa necesariamente que cada parte resulte mejor (o por lo menos, no peor). Así, en la eficiencia de Kaldor-Hicks, un resultado más eficiente puede, de hecho, dejar a algunas personas en peor situación.

 

TEXTO HAYEK

El principal interés de Hayek estribó siempre en describir aquellos procesos no conscientes que estructuran tanto la elección individual como las respuestas automáticas del sistema social y económico a los cambios en el medio.

- CONCEPTO DE LIBERTAD: entiende la libertad desde la noción de “libertad individual”. Ésta es la libertad entendida como ausencia de coerción por parte de la voluntad arbitraria de un tercero. Para el autor, la libertad no concierne a la posibilidad de materializar la propia voluntad, sino a la delimitación de una esfera dentro de la cual aquélla puede ser ejercida.

 

- Hayek trata la cuestión de las limitaciones del conocimiento humano y de los distintos tipos de conocimiento que los individuos consideran al momento de elegir una dirección para sus acciones. Hace hincapié la cuestión de la dispersión del conocimiento y propone que ningún individuo puede reunir y sistematizar todo el conocimiento que se produce en un orden social.

DISPERSION DEL CONOCIMIENTO: Está relacionada con la existencia de un tipo de conocimiento que Hayek denomina “conocimiento de las especiales circunstancias del tiempo y lugar” que cada individuo produce y posee. Al tratarse este conocimiento del fruto de la experiencia individual, es intrasmisible a otros individuos. Este consiste en una gran cantidad de información particular y especifica que solo puede ser adquirida por cada individuo en su particular circunstancia.

A su vez, este conocimiento individual se traduce en una serie de reglas, habilidades y heurísticas que se combinan con las necesidades, deseos y principios de los individuos y que definen sus prácticas, acciones y la forma en que los mismos asignan sus recursos. Así informan las decisiones que cada individuo toma en su vida cotidiana y ninguna otra persona, maquina u organismo podría recopilar y sistematizar este conocimiento individual y cambiante de cada uno de los individuos que actúan en un orden social.

 

-Hayek hace alusión a aquella capacidad humana de reconocer determinados patrones u órdenes recurrentes de eventos, esto es, el reconocimiento de ciertas REGULARIDADES.

Propone la idea de que estos patrones pueden mostrar distintos grados de complejidad, los que serían determinados por el numero mínimo de elementos o variables en que una instancia del patrón debe consistir para exhibir todos los atributos característicos del patrón en cuestión. Es asi que entiende que la mayor parte de los fenómenos estudiados por las ciencias sociales pueden clasificarse como FENOMENOS COMPLEJOS, dado que la cantidad de variables interdependientes que deberían ser representadas en sus modelos es tan grande, que solo algunas de ellas pueden ser observadas. Asi mismo, estas variables son interdependientes, impidiendo un buen “recorte” del fenómeno de dos o tres variables, para armar modelos simples que nos brinden una buena imagen de parcialidad del orden.

Esto nos lleva a la imposibilidad de la predicción con información completa para los fenómenos complejos, siendo imposible analizar todas las combinaciones posibles de factores. Hayek propone que será imposible predecir eventos individuales pero sí se podrá prever las condiciones bajo las cuales un cierto tipo de patrón o regularidad pueda aparecer.

 

 

La función de estos FENOMENOS COMPLEJOS es entonces que, a partir de un conocimiento necesariamente parcial del fenómeno, el científico social podrá producir predicciones de principios o de patrones que implican el delimitar el rango de los hechos que podemos esperar, es decir, de los hechos que están “permitidos” o “prohibidos” si nuestra hipótesis es correcta. De esta manera podemos crear expectativas razonables respecto del futuro.

 

-Hayek advierte la capacidad de los individuos de planificar su acción, tomar decisiones y actuar sobre la base del conocimiento limitado y especifico que poseen.

Asi se inscribe en una tradición de pensamiento heredada de la Escuela Escocesa del siglo XVIII, que entienden a los ordenes sociales, no como el resultado de la construcción consciente de un individuo o conjunto de individuos sino como el resultado no buscado dela interacción entre ellos. De esta manera, los individuos – que esta tradición describe como imperfectos – que actúan motivados por su interés, se relacionan entre sí creando inconscientemente ciertas regularidades en su actuar que pueden ser descriptas luego como reglas de comportamiento e instituciones. Las mismas no son creadas con una finalidad concreta, pero sirven como marco regulatorio de esas interacciones. Así vemos como, evolutivamente, las sociedades han dado lugar al surgimiento de varios “ORDENES ESPONTANEOS”, tales como el mercado, la moral y el derecho. Las expectativas de los individuos están basadas, en definitiva, en aquellas señales que emergen de los diversos órdenes espontáneos.

 

ORDENES ESPONTANEOS: decimos que el orden social es espontaneo, no porque no haya sido creado por nadie, sino porque carece de un contenido teleológico. La pertenencia a un grupo esta dada por el acatamiento de sus normas. Es un macro-grupo social articulado cuyas normas permiten la coordinación de planes por parte de los individuos y organizaciones distintas. Dicha coordinación de planes permite el aprovechamiento de la información dispersa entre los diversos sujetos y organizaciones.

Su grado de complejidad no está limitado a lo que la mente humana pueda dominar. Su existencia no necesita manifestarse a nuestros sentidos, sino que puede basarse simplemente en relaciones abstractas que nosotros solo podemos reconstruir mentalmente. Y al no haber sido construidos deliberadamente, no se puede legítimamente decir que tengan un objetivo particular. Los órdenes espontáneos no tienen porqué ser complejos, pero pueden alcanzar cualquier grado de complejidad. Lo único que se necesita para preservar tales ordenes abstractos es que se mantenga cierta estructura de relaciones, o que elementos de un cierto tipo sigan relacionados de determinada manera.

CONSTRUCTIVISMO

EVOLUCIONISMO

La moral, la religión y el derecho, el lenguaje y la escritura, el dinero y el mercado se concibieron como si hubieran sido construidos deliberadamente por alguien. Esta explicación intencionalista de la historia tuvo su máxima expresión en la formación de la sociedad mediante un contrato social.

 

Se entendía que la sociedad era construida deliberadamente, y si se la quería cambiar también debía ser mediante un cambio deliberado. Se pasa de un momento a otro del caos a la organización del Estado.

 

Confían demasiado en la razón, ésta le permite a los individuos comprender el mundo y poder cambiarlo.

 

Hayek los critica por su extrema confianza en la razón. Además, plantea que la idea de que podemos cambiar el mundo desde cero lleva a cambios radicales y violentos.

La evolución se da a través de interacciones entre los individuos que hacen que surgan regularidades. De ellas podemos tener expectativas para armar nuestro plan de vida.

 

No niega el cambio, sino que propone uno gradual.

 

El individuo y el mundo no están separados.

 

La mente y la razón no están separadas del mundo, sino que interactúan entre si. La mente va cambiando con el mundo. A su vez, las instituciones se van modificando porque los individuos y los contextos cambian.

 

Los individuos y el medio ambiente evolucionan juntos. El individuo no es un observador externo, hay interacción constante. El mundo puede cambiar por individuos o por fenómenos externos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

HAYEK SOBRE EL DERECHO: Plantea que el derecho no sirve a alguna finalidad concreta sino que, por el contrario facilita el cumplimiento de fines individuales. El derecho como tal no tiene ningún objetivo o fin, sino que está al servicio de innumerables fines distintos de individuos diferentes. Solo proporciona el medio para que puedan prosperar muchos fines diferentes que nadie conoce en su conjunto. Por tanto, la finalidad del derecho no es ser un medio para todo fin, sino solo una condición para que la mayor parte de los fines individuales puedan ser perseguidos con eficacia.

 

 

TEORIA DE LOS JUEGOS

La teoría de los juegos intenta estudiar las acciones humanas en sociedad, esto es, cuando existe interdependencia y tanto las acciones que se realicen como los resultados que se obtengan dependen de las acciones de otros. Por esa razón se la asocia normalmente con la estrategia, tratando de determinar cuáles son las acciones que los “jugadores” seguirían para asegurarse los mejores resultados posibles.

Existen numerosos tipos diferentes de juegos, como juegos de puro conflicto, juegos cooperativos, juegos no cooperativos o juegos evolutivos.

ELEMENTOS DE LA TEORIA DE LOS JUEGOS

 

 

 

 

 

 

 


 

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