Altillo.com
> Exámenes > UBA
- Derecho >
Teoría
del Derecho
2º Parcial A |
Teoría General del Derecho (Cátedra: Zuleta - Martínez - 2020) |
Derecho | UBA
1) Describa, siguiendo los lineamientos de Hans Kelsen, el fundamento de validez
de una sentencia judicial que dispone el embargo preventivo de bienes. Luego
explique, del mismo modo, cuál es para Hart el fundamento de validez de esa
misma norma (2,5 puntos).
2) Distinga con precisión los conceptos de validez y eficacia de las normas en
Kelsen. (2,5 puntos)
3) Teniendo en cuenta el siguiente texto adaptado, extraído de una nota
periodística (Clarín.com,13/04/1999), responda las consignas propuestas: (5
puntos)
UN FALLO INÉDITO: LA JUSTICIA EQUIPARA AL E-MAIL CON EL CORREO TRADICIONAL.
(título)
Un fallo (“Lanata, Jorge Ernesto s/desestimación, de la Sala VI de la Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal)
protege la privacidad de los correos electrónico y equiparó, por primera vez, la
privacidad del correo electrónico (e-mail) con las cartas tradicionales. Y
además aseguró que la violación de esos mails debe ser penalizada de la misma
forma que cuando alguien abre un sobre ajeno. Así lo dispuso la Sala VI de la
Cámara del Crimen, en una causa penal iniciada por uno de los directivos del ex
diario Perfil contra el periodista Jorge Lanata por haber publicado cinco
e-mails privados en la revista Veintiuno de la cual era director. El primer
fallo judicial fue desfavorable porque el juez Eduardo Etcharrán desestimó la
causa por considerar que no había delito. Pero luego la Cámara del Crimen le
pidió al juez que investigara cómo llegaron esos e-mail hasta la revista
Veintiuno. Según los camaristas, nada se opone para definir al correo
electrónico como un verdadero correo en versión actualizada y que goza de la
misma protección incluida en los artículos 153 y 155 del Código Penal, cuando
aún no existían este tipo de avances tecnológicos. Esos artículos están
incluidos dentro del capítulo del Código Penal que habla de la violación de
secretos. En el artículo 153, el Código establece que será reprimido con prisión
de 15 días a 6 meses el que abriere indebidamente una carta, un pliego cerrado,
un despacho telegráfico o telefónico, o de otra naturaleza, que no le estuviera
dirigido. También se determina que se le aplicará prisión de un mes a un año si
el culpable le comunica a otro o publica el contenido de esa carta. Esto es un
agravante. Además, el artículo 155 establece una multa para los que publica
indebidamente una correspondencia no destinada a hacerse pública. La discusión
no fue sencilla. El correo electrónico no está contemplado en ninguno de estos
artículos. Pero los camaristas de la Sala VI -Carlos González, Carlos Elbert y
Luis Ameghino Escobar- consideraron que los e-mails pueden encuadrarse en las
comunicaciones de otra naturaleza a que hace referencia el Código Penal. Para
los camaristas, recibir un e-mail es como si llegara un sobre a un particular
con su nombre. Aunque el correo electrónico está más protegido. Porque un sobre
se puede perder o lo pueden robar, pero para abrir un e-mail hay que acceder al
código personal. Los camaristas debieron fijar postura sobre un tema novedoso y
para discutir a nivel doctrinario. En la sentencia de la Cámara del Crimen
también se dijo que el tan difundido e-mail de nuestros días es un medio idóneo,
certero y veloz para enviar y recibir todo tipo de mensajes, misivas,
fotografías, archivos completos. Es decir, amplió la gama de posibilidades que
brinda el correo tradicional al usuario que tenga acceso al nuevo sistema.
Consignas:
a) Identifique y caracterice el problema de interpretación (semántico/
sintáctico/ lógico) que tuvieron los jueces para resolver el caso y cómo lo
solucionaron. Problema Vaguedad semántica, lo solucionaron aportando precisión y
dando significado a correo electrónico.
b) Indique, a su criterio, si sería correcto afirmar que en el año 1999 había
una laguna en relación a la protección de la privacidad de los e-mails.
Fundamente teniendo en cuenta los distintos significados de la palabra” laguna”.
c) Teniendo en cuenta el cap. VIII “La interpretación” de la Teoría Pura del
Derecho, indique qué tipo de indeterminación (intencional o no intencional)
existía al momento del fallo en los artículos 153 y 155 del Código Penal en
relación a los e-mails y luego indique qué tipo de interpretación (auténtica o
no auténtica) realizaron los jueces de la Sala VI. Fundamente.
d) Teniendo en cuenta los aspectos pragmáticos del lenguaje, determine a qué uso
del lenguaje corresponde el texto analizado y caracterice dicho uso.