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Privado
1º Parcial A | Derecho Privado (Cátedra:
Cura - 2020) | Cs. Económicas | UBA
CONSIGNAS:
El alumno deberá calificar si los enunciados expuestos seguidamente contienen
una afirmación verdadera (V) o una falsa (F), y en cada supuesto, justificar su
respuesta.
PAUTA DE VALORACIÓN:
Sólo en caso de que la calificación y la justificación de cada enunciado fuesen
totalmente correctas, el alumno se hará acreedor de tres puntos c/33 centésimos
(3,33). Si una o ambas soluciones (esto es, la calificación y/o la
justificación) fuesen incorrectas (o incompletas), el enunciado carecerá de
valor alguno.
1. El órgano de administración y representación de la sociedad civil constituida
en el año 2020 no es mandatario del ente, sino que es la persona jurídica la que
actúa a través de la gestión que cumplen las personas humanas que encarnan el
órgano.
2. El boleto de compraventa es un contrato que permite perfeccionar la
compraventa de un inmueble, restando a los celebrantes únicamente la inscripción
registral a los fines de perfeccionar la transmisión dominial.
3. Todos los contratos celebrados por e-commerce deben considerarse contratos
celebrados a distancia y están alcanzados por la normativa de derecho del
consumidor.
RESPUESTAS:
1) FALSO. Las sociedades civiles dejaron de existir en 2015.
2) FALSO. Con el boleto de compra-venta se puede CELEBRAR el contrato, pero para
terminar de PERFECCIONAR dicho contrato, se deberá presentar la Escritura
Pública correspondiente a la compra. Esto se debe a que es un contrato formal no
solemne.
3) FALSO. No TODOS los contratos celebrados por e-commerce son contratos de
consumo.