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Salud Pública y Salud Mental |
Resumen sobre la Ley 153 |
Cátedra: Stolkiner |
2° Cuat. de 2010 |
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LEY 153
Art 1 La ley tiene por objeto garantizar el derecho de la salud integral.
Art 3 La garantia del derecho a la salud integral se sustenta en los siguentes principios:
- La concepcio integral de salud vinculada con la satisfacción de aimentacion, vvienda, trabajo, educación, vestido, cultura, ambiente.
- Aprendisaje social para mejorar la calidad de vida de la comunidad.
- La participación de la población en los niveles de decision, accion y control.
- La cobertura universal de la población
- Organización y desarrollo del area estatal bajo la estrategia de la atenion primaria
Art 4 Son derechos de todas las personas
- El respeto a la personalidad, dignidad individual y cultural
- La inexistencia de discriminación de orden economico, cultural, enfermedad, genero etc.
- El acceso a su historia clinica y recibir información completa sobre su proceso de salud
- Simplicidad y rapidez en turnos, ramites
- Internacion conjunta madre hijo
Art 6 Obligaciones de las personas en relacion con el sistema de salud
- Ser cuidadoso en el uso de las instalaciones y equipos medicos
- Firmar historia clinica
- Dar información verdadera sobre sus datos
Art 9 El Consejo General de salud es el organismo de debate de las cuestiones en salud. Arbitra los mecanismo para la interaccion de los tres subsectores.
Art 10 El sistema de salud esta integrado por el conjunto de recursos de salud de dependencia: estatal, de la seguridad social y privada.
Art 11 Recurso de salud es toda persona, fisica, juridica que desarrolle actividades de promocion, prevencion, cobertura de salud y cualquier otra actividad vinculada con la salud humana.
Art 12 La autoridad de aplicación conduce, controla y regula el sistema de saud, son sus funciones:
- La formulacion, planificacio de la spoliticas de salud de conformidad con esta ley
- El impulso de jerarquización de los programas en los tres subsectores
- La promosion de la capacitacion permanente de todo el personal en los tres subsectores
- La salud laboral del personal en los tres subsectores
- La implementacion de vigilancia epidemiologica y sanitaria
- La promosion de medidas destinadas a la conservación y mejoramiento del medio ambiente
Art 13 EL subsector estatal esta integrado por todos los recursos de salud dependientes del Gobierno de la Ciuedad de Bs as por medio de los cuales se planifican, ejecutan, coordinan, fiscalizan y controlan planes, programas y acicones destinados a la spromosion y prevencion de la salud de la población.
Art 14 Objetivos del subsector estatal
- Contribuir a a disminución de los desequilibrios sociales, mediante el acceso universal y la equidad en la atención de la salud.
- Desarrollar politicas sanitarias cetradas en la familiapara la promosion comunitaria de herramientas que contribuyan a disminuir la mortalidad infantil y promover la lactancia en el primer año de vida.
- Desarrollar politicas de prevencion y asistencia frente al SIDA, adicciones y violencia.
- Desarrollar la interdisciplinar en salud.
- Organizar los servicios por redes y niveles de atención
- Garantizar la educación y capacitacion permanente en servicio, docencia.
- Desarrollar un apolitica de medicamentos basada en la utilización de genericos.
- Desarrollar un sistema de información que permita un inmediato acceso a la historia clinica unica.
- Mejorar y preservar las condiciones sanitarias del medio ambiente.
Art 15 Subsector Estatal se organiza conforme a la estrategia de atención primeria, con la constitución de redes y niveles de atención, jerarquizando el primer nivel.
Art 18 El primer nivel de atención comprende todas las aciones y servicios destinados a la promosion, prevencion, tratamiento en especialidades basicas y ambulatorias.
Art 19 Criterios de organización del primer nivel de atención:
- constituir la puerta de entrada principal de las personas en las redes de atención
- Coordinar en su ambito el sistema de información y vigilancia epidemiologica y sanitaria.
- Garantizar la formación de equipos interdisciplinarios e intersectoriales.
- Promover la participación comunitaria.
Art 20 El segundo nivel de atención comprende todas las acciones y servicios de atención ambulatoria especializada y aquellas que requieran internacion
Art 21 Los criterios de organización del segundo nivel de atención:
- Constituir el escalon de referencia inmediata del primer nivel de atención
- Garantizar la atención a tarves de equipos multidisciplinarios
- Realizae las acciones de atención de especialidades, de internacion de baja y mediana complejidad.
Art 22 El tercer nivel de atención comprende todas las acciones y servicios que por su alta complejidad medica y tecnologica son el ultimo nivel de referencia a la red asistencial
Art 23 Los criterios de organización del Teruel nivel son
- Garantizar la optima capacidad de resolucion de las necesidades de alta complejidad a traves de equipos profesionales altamente especializados.
- Establecer relaciones con los otros niveles
Art 24 Los efectores son los hospitales generales de agudos, hospitales generales de niños, hospitales especializados, centros e salud polivalentes y monovalentes, medicos de cabecera, y toda otra sede del subsector estatal en la que se realizan acciones de salud
Art 27 El subsector estatal de slaud se organiza territorialmente en unidades de organización sanitaria denominaas regiones sanitarias
Art 33 Los recursos del presupuesto en salud son
- Los creditos presupuestarios asignados para cada ejercicio, que deben garantizar el mantenimiento y desarrollo de los servicios y programas.
- Los ingresos por recaudación de prestación de servicios
- Aportes del Gobierno
- Aporte nacionales o internacionales
- Donaciones
Art 35 Los lineamientos del presupuesto
- La jerarquización del primer nivel de atención
- La identificación y priorización de acciones de impacto epidemiologico
- Definicion de politicas de incorporación tecnologica
Art 36 El personal del subsector estatal se encuentra baja el estatuto sanitario que garantiza las igualdades de ingreso, promosion y acceso a los cargos de conducción y asegura un nivel salarial adecuado.
Art 38 El poder Ejecutivo debe remitir a la legislatura un proyecto de creación de un consejo de investigación de salud