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Principios Generales de Derecho Privado
Resumen del Fallo "Sojo" |
Principios Generales de Derecho Privado (2021) |
UBA XXI
Fallo Sojo, Eduardo c. Cámara de Diputados de la Nación
Este fallo constituye el primer precedente relativo al control de
constitucionalidad en Argentina. En el mismo se analiza si la Corte Suprema está
facultada para conocer originaria y exclusivamente en sí misma o si dicho
conocimiento corresponde a un tribunal inferior.
El 4 de septiembre de 1887 Eduardo Sojo, ya en ese entonces redactor del
periódico Don Quijote, es puesto en prisión por orden de la Cámara de Diputados
de la Nación hasta el término del periodo de sesiones por la publicación sus
caricaturas satíricas.
Sojo interpuso una acción de habeas corpus ante la Suprema Corte, fundando la
competencia de la misma para entender en esta cuestión en el art. 20 de la ley
48 (actualmente derogado) sobre jurisdicción y competencia de los tribunales
nacionales. La Corte se pronuncia indicando que no tiene jurisdicción originaria
para conocer en recursos de habeas corpus interpuestos por particulares salvo
que el individuo arrestado fuera embajador, ministro o cónsul extranjero; o el
arresto hubiese sido decretado por tribunal o juez de cuyos autos le
correspondiese entender por apelación. Por lo tanto, no corresponde reconocer al
mandamiento de prisión dictado por la Cámara de Diputados el carácter de
tribunal a los fines que la Suprema Corte entienda en el recurso de habeas
corpus interpuesto contra el mismo, pues ello sería repugnante a la
independencia de los poderes legislativo y judicial, y otros principios del
orden constitucional. Se declara finalmente que la Corte "no tiene jurisdicción
originaria en la presente causa, debiendo el recurrente ocurrir donde
corresponda”.