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Recursos Naturales
Final B | Recursos Naturales (2022) | UCASAL
• El examen escrito contiene 4 preguntas y dos de múltiple opción. Es importante
que el alumno se limite a responder específicamente el punto que se le indica,
toda otra exposición que exceda lo pedido será tenida por no escrita.
• Se analizará si el alumno copia textualmente de algún sitio las respuestas o
de algún compañero; y la comprensión que ha tenido del tema.
• Tendrán una (1.15) hora y quince minutos para desarrollar (sobre el mismo
archivo Word, el que deberán guardar con su apellido nombre y sede) y subirlo a
la misma plataforma.
• La evaluación es integral y se aprueba con 4 (cuatro).-
• Sin uso de bibliografía.
EXAMEN
1) Explique brevemente la evolución del derecho ambiental en Argentina. Explique
los derechos y obligaciones en materia ambiental que surgen de la Constitución
Nacional; y los principios del derecho ambiental que se encuentran en la
Constitución.
2) Desarrolle las acciones de prevención y protección ambiental.
Defina y desarrolle acción de amparo ambiental.
Explique además las características especiales sobre las facultades judiciales
ordenatorias y dispositivas del proceso ambiental.
3) Explique y desarrolle los conceptos de Dominio y Jurisdicción de los Recursos
Naturales.
Explique el concepto de "Federalismo de Concertación".
Exprese su opinión sobre si el federalismo de concertación puede o no afectar el
dominio o jurisdicción de los recursos naturales.
4) Desarrolle el concepto legal de Responsabilidad Ambiental y Daño Ambiental, y
los principios ambientales vinculados a la temática.
5) El régimen de Marcas y Señales previsto en la Ley Nacional 22.939:
a. Regula dicha materia en forma exclusiva y excluyente.
b. Remite a las Jurisdicciones locales a legislar en lo referente a la obtención
del registro de diseños.
c. Delega en los municipios el control de los certificados de transferencia de
diseño.
d. Faculta a provincias y municipios a regular conjuntamente el registro de
diseños.
6) La utilidad pública en el derecho minero implica, entre otras cosas:
a. El Derecho del minero de exportar minerales.
b. El Derecho a constituir servidumbres.
c. El Derecho a no indemnizar los daños causados.