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Trabajo Práctico Nº 3  |  Derecho Bancario (2018)  |  UES 21

SITUACIÓN PROBLEMÁTICA

Ricardo tiene cincuenta años y es gerente de un hipermercado. Es muy previsor, viene ahorrando desde hace muchos años cada peso que le sobra, pensando en hacer alguna inversión que el día de mañana, cuando esté jubilado, que incremente un poco sus ingresos como para mantener el nivel de vida que viene llevando.

Actualmente ha juntado doscientos mil pesos ($ 200.000), lo cual, si bien es un importe interesante, no le alcanza aún como para comprar una casita o un departamento, que era su anhelo.

Paralelamente percibía que, con la inflación que existe, dicho capital, lejos de crecer, se iba desvalorizando, por lo que piensa en realizar alguna inversión transitoria que le neutralice los efectos demoledores de la inflación.

Con este cometido consulta a su operador de cuenta del banco donde tenía depositados sus ahorros, quién le recomienda invertir en un Fondo Común de Inversión.

Le comenta que el mismo banco está promocionando un fondo “cerrado”, que si bien no era organizado por ellos, era muy bueno puesto que era agresivo, y le iba permitir ganar mucho dinero, ya que realizaba inversiones en empresas nuevas, lo cual reporta buenas utilidades.

Un tanto dubitativo, puesto que no terminaba de entender cómo era la operatoria de estos fondos, pero confiando en la persona que lo asesoraba, (que lo venía atendiendo desde hacía ya muchos años) se decide a realizar la inversión y recibe los certificados de participación.

Pasado un año, sin lograr comprender del todo cuál era su situación y a la vez viendo que su patrimonio no había crecido nada, habla con el operador y le dice que se quiere ir del fondo; que le devuelvan el dinero.

En primer término le dicen que ellos no le pueden devolver el dinero que en realidad al fondo le está yendo muy mal, que ha tenido importantes pérdidas y que probablemente pierda todo lo que invirtió.

Con principio de infarto, Ricardo va a consultar a un abogado para que le explique cuál es su situación y las alternativas.

PREGUNTAS

Supongamos que eres el abogado de Ricardo. ¿Qué respuesta le daría a estas preguntas?:

1. ¿Quién autoriza el funcionamiento de los Fondos Comunes de Inversión?

2. El banco, ¿cumplía algún rol dentro del fondo?

3. ¿Qué quiere decir que sea un fondo cerrado?

4. ¿De qué forma se puede deshacer de los certificados de participación?, ¿Tiene posibilidad del rescate?

5. ¿Qué son los certificados de participación?

1.

Ricardo te pide que le expliques las funciones de la Comisión Nacional de Valores:

Promover el desarrollo del crédito a particulares.

Intermediación habitual entre la oferta y demanda de recursos financieros.

Delegar o trasladar el riesgo de créditos.

Realizar operaciones a corto plazo.

Autorizar la oferta pública de títulos.


2.

En lo que conocemos como “Rigor Cambiario” existen los que se denominan pautas de interpretación. En la doctrina y jurisprudencia argentina: indica la o las pautas de interpretación que se adoptan:

Basada en elementos extracartulares.

Fundamentada sólo en los usos y costumbres.

Que atiende a elementos caratulares.

Objetiva de los documentos con prescindencia de lo que pudo haber sido la voluntad del suscriptor del acto.

Que atiende a elementos que surgen del derecho de gentes.


3.

En caso de que Ricardo le pida asesoramiento y le diga que exprese alguna función de la Sociedad Gerente, tú le dices:

Es la que ejecuta la decisión de la inversión.

Es la que lleva el registro de las cuotapartes.

Es la que custodia los activos.

Es la que expide los certificados.

Es la que administra el fondo.


4.

Tú estás en el Banco, eres el operador de cuenta de Ricardo, y éste te consulta sobre cómo operan los agentes de bolsa. Tú le respondes que funcionan del siguiente modo:

Como cooperativas.

Como una sociedad de hecho con cualquier objeto social.

Como sociedad de responsabilidad limitada.

Suelen actuar en nombre propio pero por cuenta ajena.

Como asociaciones.


5.

¿Qué concepto expresaría si es consultado por Ricardo con respecto del Reglamento de Gestión?

Que establece quiénes quedan sujetos a sanciones por el B.C.R.A. por infracciones a la ley de entidades financieras.

Que es aquel en el que se gerencia las inversiones de los clientes y se realiza la administración del fondo.

Que es el autorizado por el poder ejecutivo, previo acuerdo del Senado.

Que es el Pacto de la Custodia de los activos de las entidades financieras en general.

Que es un contrato plurilateral recepticio de la voluntad concurrente de todas las partes, que entra en vigencia al ser aprobado por la C.N.V (Comisión Nacional de Valores).


6.

Ricardo te pregunta qué es una bolsa de valores. Tú le contestas que es:

Aquella que para su constitución adopta la modalidad de sociedad de responsabilidad limitada.

Una reunión de comerciantes o de sus agentes en un lugar determinado para realizar operaciones en masa de metales.

Reunión de comerciantes o de personas en un lugar determinado para rematar públicamente bienes muebles o inmuebles.

Aquella en que a las personas se les reconoce un derecho de copropiedad denominado cuota parte.

La que promueve y facilita a sus asociados la realización de negocios y transacciones sobre títulos.


7.

Indica cuál de las siguientes opciones excluiría por estar fuera de los caracteres de los títulos valores:

Abstracción.

Literalidad.

Dependencia.

Legitimación.

Formalidad.


8.

En el mercado de capitales los inversores pueden intervenir ¿a través de qué instrumento?:

Plazo fijo.

Cajas de seguridad.

Acciones y dividendos.

Certificados de participación.

Caja de Ahorro.


9.

¿Qué respuesta le expondrías a Ricardo en relación a qué es un fondo cerrado?:

Es aquel en el que se admiten nuevas suscripciones.

Es aquel en el que existe obligación de rescatar los certificados.

Es aquel en el que existe una cantidad máxima de cuotapartes.

Es aquel en el que existe una cantidad ilimitada de cuotapartes.

Es aquel en el que la liquidez del inversor resulta de la cotización y venta de las acciones.


10.

Si Ricardo le pregunta qué es fondo común de inversión, tú le explicarías:

Que son las negociaciones autorizadas por la Superintendencia de entidades financieras.

Que es un patrimonio integrado por valores mobiliarios, derechos y obligaciones derivados de operaciones de futuro, que pertenece a distintas personas a las cuales se les reconoce un derecho de copropiedad.

Que en él los inversores tienen acciones.

Que tiene por objeto promover y facilitar a sus asociados negociaciones sobre títulos.

Que en él intervienen un fiduciario y beneficiario.


11.

¿Qué le informarías a Ricardo, para su tranquilidad, acerca de cuáles son las partes que intervienen en los Fondos Comunes de Inversión?

Fiduciario, heredero y beneficiario.

Emisor, usuario y proveedor.

Dador, tomador y beneficiario.

Organizador de los activos, ahorrista e inversor.

Sociedad gerente, sociedad depositaria y cuotapartista.


12.

Ricardo le solicita que le expliques el mercado de capitales y qué características tiene. Tú le respondes:

Que es un sector del mercado dedicado al corto plazo.

Que opera por instrumentos financieros llamados certificados de participación.

Que son los que operan con instrumentos financieros como los títulos públicos, las acciones y las obligaciones negociables

Que es el que opera a través de lo que se denomina cuota-partes.

Que es el mercado en el que intermedian una sociedad gerente y un fiduciario.


13.

Al estudiar los títulos encontramos varios caracteres en la legislación vigente que los identifican. Identifica cuál de las siguientes opciones comprenden:

Autonomía, legitimación, literalidad, abstracción, completividad, independencia, formalidad, solidaridad.

Incompletividad, informalidad, completitividad, dependencia, independencia, abstracción, autonomía y literalidad.

Unilateralidad, informalidad, completividad, abstracción, dependencia, informalidad, causalidad e incompletividad.

Literalidad, incorporación, unilateralidad, solidaridad, gratuidad, adhesión, legitimación y autonomía.

Gratuidad, informalidad, unilateralidad, adhesión, solidaridad, dependencia, causalidad e incompletividad.

14.

En el proceso llamado de “Securitización” intervienen distintas partes, según la modalidad que se le otorgue a dicho proceso. Señala de las siguientes opciones cuáles son esas partes:

Sociedad gerente, sociedad depositaria, socio y cuotapartista.

Originador de los activos, ahorrista o inversor y emisor.

Emisor, titular, avalista y usuario.

Banco, accionista, avalista y ahorrista.

Dador, accionista o socio y beneficiario.


15.

Si tú hubieses sido el operador que trabajaba en el banco que atendió a Ricardo, al hablar de fondos comunes de inversión le hubiera informado que las cuotapartes son:

Dividendos.

Certificados de participación.

Derecho de copropiedad.

Participación en el capital de una S.A.

Títulos de crédito.


16.

Ricardo te consulta acerca de los riesgos y las ganancias que puede tener como inversor del fondo, tú le responderías que:

Cada inversor participa de los beneficios y responde hasta el agotamiento de su porción.

La sociedad gerente custodia los bienes que integran el fondo.

Cada inversor participa sólo de las ganancias.

Es una operación que no corre riesgo alguno.

Cada inversor posee un certificado de participación emitido por un fiduciario.


17.

Los mercados de capitales ofrecen a los individuos:

Obtener créditos a menor interés de lo que existe en plaza.

Operar en el mercado financiero argentino con cheques de algún banco privado.

Operar en el mercado financiero argentino al corto plazo.

Transformar ahorros de los individuos en inversión productiva.

Invertir el dinero en cajas de seguridad.


18.

Si tú eres el operador de cuenta y Ricardo te solicita que le resumas simplificadamente qué es un fondo común de inversión, usted le respondería:

Que estos fondos constituyen una sociedad de responsabilidad limitada.

Que son instituciones que efectúan inversiones por cuenta de múltiples ahorristas con objetivos comunes.

Que estos fondos constituyen asociaciones.

Que estos fondos constituyen sociedades anónimas.

Que estos fondos tienen personalidad jurídica.


19.

Si Ricardo en virtud de lo que le pasa, te solicita asesoramiento al respecto de cuál es el organismo encargado de autorizar los fondos comunes de inversión: ¿cuál sería tu respuesta?

El B.C.R.A.

El E.R.S.E.P.(Ente regulador de servicios públicos).

El Poder Ejecutivo.

La Comisión Nacional de Valores.

Una entidad constituida por los inversores a tal efecto.


20.

La securitización es el:

Proceso a través del cual el sistema financiero negocia las acciones societarias.

Proceso a través del cual se trasforman títulos de créditos en activos ilíquidos .

Patrimonio integrado por valores mobiliarios con oferta pública, metales preciosos, derechos y obligaciones derivados de operaciones de futuro e instrumentos emitidos por entidades financieras autorizadas por el BCRA.

Proceso a través del cual se trasforman activos líquidos en ilíquidos.

Proceso a través del cual se transforman activos ilíquidos, generalmente financieros, en títulos valores negociables.

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