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Parcial Integrador  |  Derecho Procesal III (2015)  |  UES 21
ENUNCIADO CHOICES

 

 
1 - ( 5.9.3 ) Podemos mencionar como una de las atribuciones del abogado defensor... La libre actuación como vocero y representante del imputado ante los Tribunales
  La comunicación con el imputado excepto cuando proceda la medida de incomunicación
  El asesoramiento exclusivamente en el momento de la declaración del imputado
  La posibilidad de declarar por el imputado ejerciendo la defensa material
  Todas las opciones son correctas

 

 
Justificacion: La opción que indica "La libre actuación como vocero y representante del imputado ante los Tribunales" es la opción de respuesta correcta dado que el abogado defensor tiene la atribución de actuar como vocero del imputado, presentándose a los Tribunales para asegurar que los derechos del mismo sean respetados durante todo el proceso, y en ese marco podrá acercar pruebas de descargo, alegar por el imputado, estar presente en los actos procesales y asesorar al imputado en todo momento debiendo asegurarse su comunicación y reserva como garantía constitucional. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: * "La comunicación con el imputado excepto cuando proceda la medida de incomunicación" no corresponde porque debe poder comunicarse con el imputado en todo el proceso incluso cuando se disponga la incomunicación del mismo. * "El asesoramiento exclusivamente en el momento de la declaración del imputado" no corresponde porque deberá asesorarlo en todo el proceso. * "La posibilidad de declarar por el imputado ejerciendo la defensa material" no corresponde porque la defensa material es ejercida por el imputado. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 272, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004

 

 

 

 
2 - ( 4.2.1 ) Es un fin del proceso penal: Averiguar la verdad real.
  El control del delito.
  Asegurar la doble instancia.
  Garantizar el orden público.
  Establecer una verdad formal.

 

 
Justificacion: El proceso penal es una seria gradual, progresiva y concatenada de actos disciplinados en abstracto por el derecho procesal y cumplidos por órganos públicos y por particulares obligados o autorizados a intervenir, mediante ls cuales se procura investigar la verdad sobre la acusación de un delito y actuar conretamente la ley penal sustantiva. Es decir, procura averiguar la verdad real del hecho y la aplicación de la ley penal sustantiva. Esto invalida las otras respuestas porque no corresponden con la definición brindada.Puede encontrar la referencia en la página 172 del Manual de Derecho Procesal.

 

 

 

 
3 - ( 12.3.2 ) En el juicio abreviado: El tribunal no puede imponer una pena más grave que la pedida por el Fiscal.
  Se juzgan sólo a aquellos imputados que no se les dictó prisión preventiva durante el proceso.
  Se juzgan sólo delitos conminados con pena de multa o inhabilitación.
  No se puede imponer una pena superior a tres años de prisión.
  La cámara del crimen funciona como sala unipersonal.

 

 
Justificacion: El juicio abreviado es un acuerdo entre el imputado (y su defensor) con el Fiscal y el Tribunal, donde el imputado confiesa lisa y llanamente sobre la existencia del hecho y su participación en el mismo y en virtud del cual el órgano jurisdiccional no puede imponer una pena más grave que la pedida por el Fiscal. En razón de esta confesión, la defensa del imputado acuerda una pena con el Fiscal del Juicio. Esto invalida las otras respuestas porque no corresponden con la definición brindada. Puede encontrar la referencia en la página 9 de la lectura 14 del Módulo 4.

 

 

 

 
4 - ( 5.9.2 ) Una de las siguientes afirmaciones no es propia de la función del abogado defensor: El imputado podrá ser defendido simultáneamente por tantos abogados como desee
  El imputado no podrá ser defendido simultáneamente por más de dos abogados
  Si el abogado defensor del imputado abandonare la defensa será inmediatamente sustituido por el asesor letrado
  El abogado defensor debe asistir y representar desde el punto de vista legal al imputado
  El ejercicio del cargo de defensor del imputado será obligatorio para el abogado de la matrícula que lo acepte

 

 
Justificacion: "La opción que indica ""El imputado podrá ser defendido simultáneamente por tantos abogados como desee"", es la opción de respuesta correcta dado que en todas las otras opciones se describen afirmaciones propias de la función del abogado defensor, entre las que podemos afirmar que un imputado podrá ser defendido simultáneamente por dos abogados como máximo, deberá ejercer el cargo cuando lo acepte, de manera obligatoria, si abandona la defensa será inmediatamente sustituido por el defensor oficial y tendrá como función principal asistir y representar al imputado para que exista una equivalencia de conocimientos jurídicos entre el acusado y el acusador. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: ¿El imputado no podrá ser defendido simultáneamente por más de dos abogados, no corresponde porque esta si es una afirmación propia de la función del abogado defensor. ¿Si el abogado defensor del imputado abandonare la defensa será inmediatamente sustituido por el asesor letrado, no corresponde porque esta si es una afirmación propia de la función del abogado defensor. ¿El abogado defensor debe asistir y representar desde el punto de vista legal al imputado, no corresponde porque esta si es una afirmación propia de la función del abogado defensor. ¿El ejercicio del cargo de defensor del imputado será obligatorio para el abogado de la matrícula que lo acepte, no corresponde porque esta si es una afirmación propia de la función del abogado defensor. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 270 y 271, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004"

 

 

 

 
5 - ( 13.1.9 ) Las cámaras de acusación entienden en las: Apelaciones contra las resoluciones de los jueces de control.
  Casaciones contra las resoluciones de los jueces de control.
  Ninguna de todas las otras respuestas configura la opción correcta.
  Apelaciones contra las resoluciones de los jueces correccionales.
  Oposiciones contra la acusación.

 

 
Justificacion: El recurso de Apelación es un recurso ordinario que se presenta ante el Juez de Control que dictó la resolución y quien resuelve es la Cámara de Acusación. Las demás opciones no son correctas debido a que el Recurso de Casación se interpone ante sentencias definitivas (absolutorias o condenatorias) de la Cámara del Crimen o Juez Correccional, y contra las decisiones definitivas o que causen un perjuicio irreparable dictadas por la Cámara de Acusación; mientras que las oposiciones contra la acusación efectuada por el Fiscal, son resueltas por el Juez de Control. Puede encontrar la referencia en la página 10 de la lectura 13 del Módulo 4.

 

 

 

 
6 - ( 8.4.5 ) El arresto de un testigo procede: Si se niega a prestar declaración
  Sólo en los primeros momentos de la investigación
  Sólo en el juicio
  Si no tiene precisión
  Si incurre en falso testimonio

 

 
Justificacion: El arresto es una restricción de la libertad ambulatoria que se da al inicio de la investigación y es de duración muy breve. El arresto de testigo se da para casos excepcionales: 1) cuando el testigo no tiene domicilio fijo, y es imprescindible que declare, se lo puede arrestar el día anterior a su declaración para asegurar su comparendo; no pudiendo durar más de 24 hs.; 2) cuando el testigo se abstiene de declarar sin tener derecho a hacerlo, es decir, fuera de los casos previstos en la ley, o cuando estando obligado a declarar, no comparece, o compareciendo no declara, puede ser arretado por 48 hs. Si persiste en su negativa, se iniciará contra él causa criminal. Esto invalida las otras respuestas porque no corresponden con la definición brindada. Puede encontrar la referencia en la página 6 de la lectura 8 del Módulo 2.

 

 

 

 
7 - ( 13.2.2 ) El recurso de apelación procede contra las resoluciones dictadas por: El juez de instrucción
  La cámara en lo criminal cuando funciona como sala unipersonal.
  El Ministerio Público fiscal
  El juez correccional
  El juez de ejecución penal

 

 
Justificacion: El recurso de Apelación es un recurso ordinario que se presenta ante el Juez de Control (o Instrucción) que dictó la resolución y quien resuelve es la Cámara de Acusación. Es un recurso devolutivo, sin limitación de los motivos, dirigido contra las resoluciones de los jueces de Instrucción (de Control), siempre que expresamente sean declaradas apelables o causen gravamen irreparable, por lo cual se reclama al tribunal de alzada su revocación, modificación o anulación. Las demás opciones son incorrectas debido a que las resoluciones de los fiscales son objeto de oposición, mientras que las resoluciones de las Cámaras en lo Criminal y del Juez Correccional son objeto del recurso de Casación. Puede encontrar la referencia en la página 604 del Manual de Derecho Procesal, y en la página 10 de la lectura 13 del Módulo 4.

 

 

 

 
8 - ( 3.3.1 ) Respecto a las comunicaciones telefónicas: Todas las opciones son correctas
  Su intervención debe restringirse a los casos en que sea imprescindible para la investigación
  Constituyen una proyección a la reserva de la intimidad
  Su intervención requiere de previa orden judicial
  Sólo pueden intervenirse las comunicaciones del sospechoso excepto las que mantenga con su defensor, médico o sacerdote, amparadas por el secreto profesional

 

 
Justificacion: La opción que indica ""Todas las opciones son correctas"", es la opción de respuesta correcta dado que la reserva de la intimidad como garantía constitucional implica la protección de la vida privada de un individuo que se quiera preservar de la intrusión de los demás, generando a su vez diferentes proyecciones de la misma, una de las cuales es la inviolabilidad de las comunicaciones, que podrán intervenirse de manera excepcional, dispuestas por orden judicial previa y excluyendo la posibilidad de intervenir cualquier comunicación amparada por el secreto profesional. Todas las opciones de respuesta contienen sus características. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: ¿Su intervención debe restringirse a los casos en que sea imprescindible para la investigación, no corresponde elegir sólo esta opción porque todas son correctas. ¿Constituyen una proyección a la reserva de la intimidad, no corresponde elegir sólo esta opción porque todas son correctas. ¿Su intervención requiere de previa orden judicial, no corresponde elegir sólo esta opción porque todas son correctas. ¿Sólo pueden intervenirse las comunicaciones del sospechoso excepto las que mantenga con su defensor, médico o sacerdote, amparadas por el secreto profesional, no corresponde elegir sólo esta opción porque todas son correctas. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 128, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004"

 

 

 

 
9 - ( 11.2.2 ) El control formal de la acusación se impone específica y expresamente en: Los actos preliminares.
  La investigación.
  El debate.
  La investigación policial.
  La prisión preventiva.

 

 
Justificacion: El primer acto de la fase preliminar que el art.361 impone al tribunal de juicio en pleno, es el control de la observancia de sobre la validez formal de la acusación, tanto de los requisitos internos, como la correcta realización de actos procesales que son sus antecedentes necesarios. La validez formal de la acusación podría verse comprometida por vicios de su estructura conminados con sanción de nulidad (ej, falta de descripcioón cicunstanciada del hecho atribuido), como por la inexistencia o la invalidez de los actos que se regulan como sus presupuestos necesaios (ej, nulidad en la declaración del imputado), o por la violación a normas constitucionales o legales relacionadas con la situación procesal, derechos y garantías del imputado. Las demás opciones son incorrectas porque no corresponden a esta etapa o no proceden de oficio (reconocimiento). Esto invalida las otras respuestas porque no corresponden con la definición brindada. Puede encontrar la referencia en la página 494 del Manual de Derecho Procesal.

 

 

 

 
10 - ( 5.10.1 ) La acción civil podrá ejercerse en el proceso penal cuando... Todas las opciones son correctas
  Se tratare de delitos dolosos
  Se tratare de homicidio culposo
  Se tratare de lesiones gravísimas culposas
  No se tratare de delitos cometidos por menores

 

 
Justificacion: La opción que indica "Todas las opciones son correctas" es la opción de respuesta correcta dado que la acción civil sólo podrá ejercerse en procesos que no sean contra menores, cuando se trata de delitos dolosos y algunos culposos, precisamente el homicidio y las lesiones gravísimas, por ello, todas las opciones contienen respuestas correctas. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 275, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004

 

 

 

 
11 - ( 8.4.5 ) La incomunicación puede... Durar 2 días como máximo
  Durar 10 días como máximo
  Durar todo el proceso
  Durar por el tiempo que dure la investigación penal preparatoria
  Ninguna de las opciones es correcta

 

 
Justificacion: La opción que indica "Durar 2 días como máximo" es la opción de respuesta correcta dado que se prevé constitucionalmente la duración máxima de la incomunicación, estableciéndose 2 días de duración de esta medida, que deberá disponerse por decreto fundado del juez. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: * "Durar 10 días como máximo" no corresponde porque su duración máxima es de 2 días. * "Durar todo el proceso" no corresponde porque su duración máxima es de 2 días. * "Durar por el tiempo que dure la investigación penal preparatoria" no corresponde porque su duración máxima es 2 días. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 381 y 382, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004.

 

 

 

 
12 - ( 1.6.2 ) Luis, mayor de edad, por causar un accidente de tránsito al cruzar con semáforo en rojo, es imputado por lesiones graves culposas a Marta quien se conducía en su motocicleta. A Luis lo juzgará... Un juez correccional
  Una Cámara en lo Criminal
  Un Juez de control
  Un juez de instrucción
  Una Cámara de Acusación

 

 
Justificacion: La opción que indica "Un juez correccional" es la opción de respuesta correcta dado que la competencia material en los delitos culposos le corresponde al Juzgado correccional. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: * "Una Cámara en lo Criminal" no corresponde porque es un delito culposo. * "Un Juez de control" no corresponde porque no tienen competencia para juzgar, controlan el proceso. * "Un juez de instrucción" no corresponde porque al ser un delito culposo lo juzga el juezcorreccional. * "Una Cámara de Acusación" no corresponde porque es el juez correccional. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 70 a 72, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004.

 

 

 

 
13 - ( 12.3.1 ) José provocó un accidente de tránsito causando lesiones graves culposas a Irene, José será sometido a... Un juicio correccional
  Un juicio común porque la pena es mayor a tres años
  Un juicio abreviado
  Un juicio sumarísimo
  Un juicio ejecutivo

 

 
Justificacion: La opción que indica "Un juicio correccional" es la opción de respuesta correcta dado que el procedimiento de juicio correccional corresponde para juzgar a los delitos culposos cualquiera sea la pena. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: * "Un Juicio común porque la pena es mayor a tres años" no corresponde porque por ser culposo siempre será sometido a un juicio correccional. * "Un juicio abreviado" no corresponde porque por ser culposo siempre será sometido a un juicio correccional. * "Un juicio sumarísimo" no corresponde porque por ser culposo siempre será sometido a un juicio correccional. * "Un juicio ejecutivo" no corresponde porque por ser culposo siempre será sometido a un juicio correccional. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 576, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004.

 

 

 

 
14 - ( 3.3.1 ) El secreto profesional implica que: Ninguna de las opciones es correcta
  Los abogados deberán declarar como testigos sobre los hechos de los que se hubieren enterado en razón de su profesión
  El domicilio es inviolable
  La correspondencia y papeles privados son inviolables
  Los médicos deben denunciar los hechos que conozcan en virtud de su profesión

 

 
Justificacion: La opción que indica ""Ninguna de las opciones es correcta"", es la opción de respuesta correcta dado que la reserva de la intimidad como garantía constitucional implica la protección de la vida privada de un individuo que se quiera preservar de la intrusión de los demás, generando a su vez diferentes proyecciones de la misma, una de las cuales es el secreto profesional, que implica que los sujetos que por su oficio, profesión conozcan sobre los hechos en caso de un delito, deberán abstenerse a declarar y denunciar. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: ¿Los abogados deberán declarar como testigos sobre los hechos de los que se hubieren enterado en razón de su profesión, no corresponde deben abstenerse a declarar. ¿El domicilio es inviolable, no corresponde porque esta es otra proyección de la reserva de la intimidad. ¿La correspondencia y papeles privados son inviolables, no corresponde porque esta es otra proyección de la reserva de la intimidad. ¿Los médicos deben denunciar los hechos que conozcan en virtud de su profesión, no corresponde porque en caso de conocer hechos acerca de un delito, no deben denunciar. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 129, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004"

 

 

 

 
15 - ( 5.8.5 ) Respecto a las formas del acto de declaración del imputado, se prohíbe: Todas las opciones son correctas
  Requerir juramento o promesa de decir verdad
  Ejercer violencia contra él
  Hacerle cargos o reconvenciones
  Ejercer coacción, amenaza o fraude contra él

 

 
Justificacion: "La opción que indica ""Todas las opciones son correctas"", es la opción de respuesta correcta dado que en el acto jurídico procesal de declaración, el imputado debe gozar de libertad al declarar, como medio de defensa material y nunca podrá obligársele al respecto como forma de producir prueba. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: ¿Requerir juramento o promesa de decir verdad, no corresponde elegir sólo esta opción resulta una respuesta incompleta. ¿Ejercer violencia contra él, no corresponde porque elegir sólo esta opción resulta una respuesta incompleta. ¿Hacerle cargos o reconvenciones, no corresponde porque elegir sólo esta opción resulta una respuesta incompleta. ¿Ejercer coacción, amenaza o fraude contra él, no corresponde porque elegir sólo esta opción resulta una respuesta incompleta. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 267, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004"

 

 

 

 
16 - ( 4.2.2 ) El proceso penal debe permitir que: La acusación sea eficaz.
  Se constituya la imputación.
  El actor civil tenga participación desde el primer momento.
  La víctima intervenga en todo tipo de acto procesal.
  El actor civil intervenga en toda clase de delitos.

 

 
Justificacion: Así como el proceso penal debe ser capaz de evitar que la ley penal se aplique de un modo que no corresponda a quien no se lo merece (porque se pudo probar que es inocente, o porque no se logró la convicción e su culpabilidad fundada en pruebas legítimas), también debe permitir que la acusación sea eficaz y demuestre, si puede, la existencia del delito, y que la ley penal sea correctamente actuada repecto del culpable, aunque no siempre se traduzca en la imposición de una pena (ej, suspensión del juicio a prueba). Esto invalida las otras respuestas porque no corresponden con la definición brindada.Puede encontrar la referencia en la página 177 del Manual de Derecho Procesal.

 

 

 

 
17 - ( 5.10.1 ) La oportunidad para presentar el escrito de constitución de actor civil es... Antes de la clausura de la investigación penal preparatoria, bajo pena de caducidad
  Antes de la clausura de la investigación penal preparatoria, bajo pena de nulidad
  Antes de los actos preliminares del debate, bajo pena de inadmisibilidad
  Antes de la declaración del imputado
  Antes de la constitución como querellante particular

 

 
Justificacion: La opción que indica "Antes de la clausura de la investigación penal preparatoria, bajo pena de caducidad" es la opción de respuesta correcta dado que el escrito de constitución deberá presentarse antes de la clausura de la investigación penal preparatoria, bajo pena de caducidad y la solicitud será considerada o no por el tribunal del juicio, en el decreto de citación a juicio. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: * "Antes de la clausura de la investigación penal preparatoria, bajo pena de nulidad" no corresponde porque es bajo pena de caducidad. * "Antes de los actos preliminares del debate, bajo pena de inadmisibilidad" no corresponde porque podrá presentarse el escrito hasta la clausura de la investigación penal preparatoria. * "Antes de la declaración del imputado" no corresponde porque podrá presentarse el escrito hasta la clausura de la investigación penal preparatoria. * "Antes de la constitución como querellante particular" no corresponde porque es independiente a la constitución de querella particular. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 276, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004.

 

 

 

 
18 - ( 10.2.5 ) Puede oponerse a la requisitoria de citación a juicio el: Defensor del imputado.
  Querellante particular.
  Imputado.
  Tribunal.
  Actor civil.

 

 
Justificacion: El requerimiento de citación a juicio debe ser notificado a la defensa del imputado (no necesita ser notificado el imputado como en la prisión preventiva), para que éste pueda oponerse en el plazo de 3 días desde su notificación, pidiendo el sobreseimiento o el cambio de calificación legal. Entonces, será el defensor del imputado quien tiene la facultad de oponerse o no al requerimiento del Fiscal. Esto invalida las otras respuestas porque no corresponden con la definición brindada. Puede encontrar la referencia en la página 2 de la lectura 10 del Módulo 3.

 

 

 

 
19 - ( 2.4.1 ) En el proceso penal, se busca descubrir... La verdad real o por correspondencia
  La verdad formal
  La verdad que verse sólo sobre los hechos controvertidos por las partes
  La verdad que las partes aceptan
  La verdad subjetiva

 

 
Justificacion: La opción que indica "La verdad real o por correspondencia" es la opción de respuesta correcta dado que en el proceso penal, la búsqueda está orientada a la adecuación de lo que se conoce de una cosa con lo que esa cosa es en realidad. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: * "La verdad formal" no corresponde porque esta verdad se busca en el proceso civil. * "La verdad que verse sólo sobre los hechos controvertidos por las partes" no corresponde porque esta verdad se busca en el proceso civil. * "La verdad que las partes aceptan" no corresponde porque esta verdad se busca en el proceso civil. * "La verdad subjetiva" no corresponde porque esta verdad se busca en el proceso civil. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 95 a 97, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004.

 

 

 

 
20 - ( 4.2.2 ) El proceso penal es un obstáculo: A la aplicación directa de la pena.
  A la realización del juicio.
  Al cumplimiento de la pena.
  Ninguna de todas las otras respuestas configuran la opción correcta.
  A la prisión preventiva.

 

 
Justificacion: El art. 18 de la CN establece que para la imposición de una pena por la comisión del delito, antes debe sustanciarse un juicio: "nadie podrá ser penado sin juicio previo". Esto implica la consagración del proceso como instrumento inevitable y no sustituible por ningún otro para la aplicación de una sanción penal a una persona, en cualquier caso y en todos los casos. De este modo, se prohíbe a los órganos de persecución penal del Estado la defensa o justicia "por mano propia". El proceso funcionará así como un obstáculo a cualquier intento de aplicación directa de la pena. Esto invalida las otras respuestas porque no corresponden con la definición brindada.Puede encontrar la referencia en la página 173 del Manual de Derecho Procesal.

 

 

 

 
21 - ( 9.3.6 ) Durante la Investigación Penal Preparatoria, la oposición... Todas las opciones son correctas
  Se deduce por escrito bajo pena de inadmisibilidad
  Se presenta ante el Fiscal que tomó la decisión considerada agraviante
  Se debe presentar en el término de tres días
  Se presenta con indicación de los puntos de la decisión que se consideren agraviantes y de manera fundada

 

 
Justificacion: La opción que indica "Todas las opciones son correctas" es la opción de respuesta correcta dado que la Oposición, como medio de impugnación de decisiones del Fiscal, deberá interponerse por escrito, con indicación de los puntos agraviantes y fundado, dentro del término de tres días ante el mismo Fiscal que dictó la medida que agravia a la parte que lo presenta. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 449, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004.

 

 

 

 
22 - ( 11.3.3 ) Se puede suspender el debate: Para resolver una cuestión incidental.
  Si es necesario recibir declaración al imputado.
  Si el testigo lo solicita para preparar su declaración.
  Si están de acuerdo el fiscal y el imputado.
  Si están de acuerdo el tribunal y todas las partes.

 

 
Justificacion: Si bien el debate debe desarrollarse durante todas las audiencias consecutivas que sean necesarias para su terminación, se permite, sin embargo, por diversas razones, su suspensión por el plazo máximo de 15 días. El debate puede suspenderse para resolver cuestiones incidentales que por la necesidad de su decisión previa no permitan la continuación de la audiencia, o que por su naturaleza no puedan resolverse de inmediato o disponiéndose un simple cuarto intermedio. Otros casos de suspensión son: cuando sea necesario practicar algún acto probatorio a mucha distancia del lugar de la audiencia; cuando no comparezcan testigos, peritos o intérpretes cuya intervención sea indispensable; en caso de enfermedad de algún juez, jurado, fiscal o defensor; en caso de revelaciones o retractaciones inesperadas del imputado u órganos de prueba (a instancia de parte); si se produjera la ampliación de la acusación. Las demás opciones son incorrectas por no estar comprendidas dentro de los casos previstos por la ley. Puede encontrar la referencia en la página 513 del Manual de Derecho Procesal.

 

 

 

 
23 - ( 5.10.1 ) La instancia de constitución en actor civil deberá contener bajo pena de inadmisibilidad: El daño que pretende haber sufrido y el monto que se pretende
  El nombre y apellido del Fiscal ante el cual se presenta
  La calificación legal del hecho denunciado
  La relación completa, clara, precisa y circunstanciada del hecho que se investiga
  Ninguna de todas las otras respuestas configura la opción correcta.

 

 
Justificacion: La instancia de constitución deberá formularse, por escrito, personalmente o por un representante con poder general o especial que podrá ser otrogado apud acta. Deberá contener, bajo pena de inadmisibilidad: 1) nombre, apellido y dirección del accionante; 2) la determinación del proceso a que se refiere; 3) los motivos en que la acción se basa: se relata el hecho con la relación de causalidad entre el delito y el daño; 4) el carácter que se invoca: si es víctima, heredero (en qué cuota), damnificado directo, representante o mandatario; 5) el daño que pretende haber sufrido, detallando en lo posible sus aspectos objetivos y subjetivos, y el monto pretendido; 6) la petición de ser admitido como parte y la firma. (art.98 CPPC). Esto invalida las otras respuestas porque no corresponden con la definición brindada. Puede encontrar la referencia en la página 275 del Manual de Derecho Procesal

 

 

 

 
24 - ( 7.1.4 ) Puede ser relevado de la obligación de comparecer personalmente como testigo y disponerse que declare por escrito: Un intendente municipal
  El rector de la universidad nacional
  Un legislador provincial
  Un ministro del poder ejecutivo provincial
  Un juez

 

 
Justificacion: Algunas personas, si bien tienen la obligación de declarar, en razoón de su cargo o función y de la menor importancia que se asigne a su testimonio, pueden gozar de un tratamiento especial, consistente en la faultad de no comparecer ante los tribunales y deponer por escrito. Se trata del presidente, gobernadores, intendentes y funcionarios públicos que por sus funciones residan el en exterior (diplomáticos) (art.228). Esto invalida las otras respuestas porque no corresponden con la definición brindada. Puede encontrar la referencia en la página 320 del Manual de Derecho Procesal.

 

 

 

 
25 - ( 1.4.5 ) Respecto al contenido de la Jurisdicción penal, el poder de conocer significa: Que el conocimiento de los jueces debe abarcar todos los hechos y circunstancias que, por estar contenidos en la acusación deben ser objeto de decisión
  Que los jueces hacen efectiva la voluntad de la ley que aplican al caso concreto
  Que los jueces establezcan restricciones excepcionales a derechos patrimoniales o personales del imputado
  Que los jueces podrán hacer cumplir sus decisiones a través de la fuerza pública
  Todas las opciones son correctas

 

 
Justificacion: "La opción que indica ""Que el conocimiento de los jueces debe abarcar todos los hechos y circunstancias que, por estar contenidos en la acusación deben ser objeto de decisión"", es la opción de respuesta correcta dado que como contenido de la jurisdicción, el poder de conocer es un saber-poder, implica que los jueces se expresan en conclusiones o juicios de hecho sobre las circunstancias particulares del caso y del imputado. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: ¿ Que los jueces hacen efectiva la voluntad de la ley que aplican al caso concreto, no corresponde porque esta característica es propia del poder de decisión. ¿ Que los jueces establezcan restricciones excepcionales a derechos patrimoniales o personales del imputado, no corresponde porque este es el poder de coerción preventiva. ¿ Que los jueces podrán hacer cumplir sus decisiones a través de la fuerza pública, no corresponde porque este es el poder de ejecución. ¿ Todas las opciones son correctas, no corresponde porque sólo existe una respuesta correcta. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 60 a 64, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004"

 

 

 

 
26 - ( 12.2.4 ) Si una sentencia carece de fundamentación, podemos alegar su nulidad por... Falta de motivación
  Ilegalidad de la prueba
  Irregularidades en la base fáctica
  Imposibilidad de ejecución
  Ineficacia

 

 
Justificacion: La opción que indica "Falta de motivación" es la opción de respuesta correcta dado que la sentencia será nula si le falta la fundamentación, sea que carezca totalmente de ella o por que los datos admitidos como probatorios no pueden considerados tales por su incapacidad o falta de idoneidad potencial para generar conocimiento. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: * "Ilegalidad de la prueba" no corresponde porque ésta es otra causal de nulidad. * "Irregularidades en la base fáctica" no corresponde porque ésta es otra causal de nulidad. * "Imposibilidad de ejecución" no corresponde porque ésta no es causal de nulidad. * "Ineficacia" no corresponde porque ésta no es causal de nulidad. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 569 y 570, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004.

 

 

 

 
27 - ( 11.3.2 ) No pueden ingresar al debate los menores de: 14 años.
  Ninguna de todas las otras respuestas configura la opción correcta.
  16 años.
  21 años.
  18 años.

 

 
Justificacion: Una de las características del debate es la Publicidad, que implica la posibilidad de que cualquier persona pueda presenciar el desarrollo total del debate y conocer luego los fundametnos de la sentencia. Sin embargo, esta característica tiene limitaciones, en cuanto se impide el acceso o la permanencia de ciertas personas en la sala donde se desarrolla el debate. Así, no pueden acceder los menores de 14 años (para evitar que tomen contacto personal con la reconstruccón conceptual del delito que se juzga, lo que puede afectar negativamente su formación), los dementes y los ebrios. Esto invalida las otras respuestas porque no corresponden con la definición brindada. Puede encontrar la referencia en la página 512 del Manual de Derecho Procesal.

 

 

 

 
28 - ( 2.1.1 ) El principio de igualdad ante los tribunales requiere que: El trato al imputado sea igual cualquiera sea su condición personal.
  La víctima pueda participar al igual que el fiscal.
  A todos los imputados se les imponga la misma coerción.
  Se otorgue a la víctima los mismos derechos que al acusado.
  Entre fiscal y acusado siempre haya equiparación de facultades.

 

 
Justificacion: La garantía de igualdad ante los tribunales deriva de la dignidad personal y como corolario del principio de igualdad ante la ley (art. 16 C.N), la legislación supranacional sobre derechos humanos de nivel constitucional (art. 75 inc 22 CN) establece que "todas las personas son iguales ante los tribunales y las cortes de justicia". Esta garantía requiere que se acuerde tanto a la víctima como al imputado, durante el proceso penal, un trato que será igual, cualquiera sea su condicioón personal: no puede haber ni privilegios ni discriminación de ninguna naturaleza, ni por ninguna razón, ni durante el proceso, ni en la decisión final. Esto invalida las otras respuestas porque no corresponden con la definición brindada.Puede encontrar la referencia en la página 125 del Manual de Derecho Procesal.

 

 

 

 
29 - ( 9.3.5 ) Durante la investigación penal preparatoria el Fiscal puede disponer: Ordenar una pericia caligráfica
  Intervenir comunicaciones
  Todas las opciones son correctas
  Ordenar la incomunicación de un detenido
  Allanar

 

 
Justificacion: La ley le otorga al Ministerio Público diversas atribuciones para que pueda cumplir con eficacia el rol asignado por la ley como encargado de la investigación. Así, tiene atribuciones probatorias y coercitivas; dentro de las primeras, el CPPC autoriza al Fiscal en forma amplia a practicar medidas probatorias, incluyendo los actos definitivos e irreproductibles. Puede entonces recibir testimonios, ordenar pericias (caligráficas, etc), reconocimientos de personas, cosas, de voces, careos, reconstrucciones de hechos, etc. Las medidas pueden ser dispuestas de oficio o a pedido de parte. La opción de la pericia caligráfica es la correcta, las demás son facultad exclusiva del Juez de Control. Es decir, hay medidas, tanto probatorias como coercitivas, que el Fiscal no podrá practicar y que se asignan exclusivamente al juez (allanar domicilios, intervenir comunicaciones, interceptar correspondencias, ordenar la incomunicación de un detenido, disponer la internación provisional del imputado). Si es Fiscal desea que estos actos se realicen, los deberá requerir al Juez de Control. Puede encontrar la referencia en la página 442/443 del Manual de Derecho Procesal.

 

 

 

 
30 - ( 12.2.1 ) La sentencia será nula cuando... Faltase la fecha del acto
  Falta la firma de los jueces técnicos porque los legos no firman
  Se observen las reglas de la sana crítica racional
  Faltase la firma del relator del Tribunal
  Todas las opciones son correctas

 

 
Justificacion: La opción que indica "Faltase la fecha del acto" es la opción de respuesta correcta dado que la sentencia será nula por las causales prevista en el artículo 413, que se configura cuando el imputado no esté individualizado, si falta la enunciación del hecho, cuando se base en elementos probatorios no incorporados, si fuese contradictoria, cuando esté incompleta en su parte dispositiva o si falta la fecha y firma de los jueces. Lo anterior invalida por tanto las restantes posibilidades de respuesta dado que: * "Falta la firma de los jueces técnicos porque los legos no firman" no corresponde porque no es una causal de nulidad de sentencia. * "Se observen las reglas de la sana crítica racional" no corresponde porque no es una causal de nulidad de sentencia. * "Faltase la firma del relator del Tribunal" no corresponde porque no es una causal de nulidad de sentencia. Ud. podrá revisar este tema en: Referencia bibliográfica, pág. 568, Manual de Derecho Procesal Penal, Ed. Ciencia, derecho y sociedad, año 2004.

 

 

 

 
 

 

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