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Trabajo Práctico Nº 1  |  Impuestos I (2015)  |  UES 21

1.

IMPUESTOS I

TRABAJO PRÁCTICO 1

Si Andrea Stafini, cediera el inmueble que tiene en alquiler, cuál sería la afirmación correcta:

El valor locativo o presunto de inmuebles cedidos gratuitamente o a un precio no determinado, se encuentra gravado, sólo si el locatario desarrolla alguna actividad económica en él, y se encuentra exento si lo destina a casa habitación.

El valor locativo o presunto de un inmueble cedido gratuitamente a un pariente, se encuentra exento.

Ninguna es correcta.

El valor locativo o presunto de inmuebles cedidos gratuitamente o a un precio no determinado, se encuentra gravado.

El valor locativo o presunto de un inmueble cedido a un precio no determinado, se encuentra exento.


2.

La deducción por madre, que Andrea Stafini puede computar asciende a:

14.400.

12.960.

5.400.

7.200.

0.


3.

La deducción por cónyuge, que Andrea Stafini puede computar asciende a:

0.

5.400.

12.960.

Ninguna es correcta.

14.400.


4.

Si Andrea Stafini percibiera rentas netas del sueldo $9.000 (Opción B); la deducción especial asciende a:

21.960.

12.960.

13.000.

9.000.

0.


5.

La deducción que Andrea Stafini puede computar por su hijo Martín, asciende a:

12.960.

1.200.

0.

5.400.

1.359.


6.

El sueldo del último mes trabajado, el SAC proporcional, y las vacaciones no gozadas se encuentran gravadas, ya que cumplen con los requisitos de permanencia, habilitación y periodicidad.

Falso.

Verdadero.


7.

El departamento que Andrea Stafini utiliza, con su familia, como vivienda:

Las opciones no son correctas.

La renta presunta proveniente de la casa habitación, no se encuentra exenta.

La renta presunta proveniente de la casa habitación, se encuentra exenta cuando es ocupada por su propietario, salvo que se trate de una vivienda de lujo.

La renta presunta proveniente de la casa habitación, se encuentra exenta cuando es ocupada por su propietario.

La renta presunta proveniente de la casa habitación, se encuentra exenta cuando es ocupada por su propietario, hasta un monto de $ 20.000 anuales.


8.

Para una Andrea Stafini, se encuentran gravados como ganancia de tercera categoría, en el impuesto a las ganancias:

Resultado por la venta del inmueble donde funciona el consultorio particular.

Todas las afirmaciones son correctas.

Las ganancias por premios de azar.

El resultado de su participación de la Clínica, como socia de la Sociedad Colectiva.

El resultado de su participación en un consultorio, donde comparte gastos con otros colegas.


9.

Si Andrea Stafini percibiera rentas netas del sueldo $1.000 (Opción A); la deducción especial asciende a:

12.960.

1.000.

4.000.

5.000.

13.960.


10.

La deducción por hermano, que Andrea Stafini puede computar asciende a:

14.400.

0.

5.400.

12.960.

7.200.


11.

Las indemnizaciones por antigüedad y por falta de preaviso, se encuentran exentas del impuesto a las ganancias.”

Verdadero.

Falso.


12.

Si Andrea Stafini percibiera rentas netas del sueldo $80.000 (Opción D); la deducción especial asciende a:

0.

12.960.

62.208.

84.000.

75.168.


13.

La deducción por su hijo Luciano, que Andrea Stafini puede computar asciende a:

Ninguna es correcta.

5.400.

6.000.

0.

7.200.


14.

Andrea Stafini es autora del Manual de Cirugía. Identifique la opción correcta:

Para el autor y sus derechohabientes, residentes en el país, se encuentran exentas las ganancias netas, provenientes de la explotación de derechos de autor, hasta la suma de $10.000, sólo si las obras están inscriptas.

Se encuentran exentas las ganancias netas, derivadas de los derechos de autor, hasta la suma de $10.000, para residentes en el país.

Se encuentran exentas las ganancias netas, provenientes de la explotación de derechos de autor, inscriptas, hasta la suma de $10.000.

Se encuentran exentas las ganancias netas, provenientes de la explotación de derechos de autor, sólo si las obras están inscriptas.

Para el autor y sus derechohabientes, residentes en el país, se encuentran exentas las ganancias, provenientes de la explotación de derechos de autor, hasta la suma de $10.000, sólo si las obras están inscriptas.


15.

La deducción especial que Andrea Stafini puede computar, asciende a:

53.000.

75.168.

12.960.

62.208.

84.000.


16.

La deducción por Florencia, que Andrea Stafini puede computar asciende a:

7.200.

6.000.

6.600.

0.

12.960.


17.

Los intereses percibidos y pagados por Andrea Stafini, tienen el siguiente tratamiento:

La exención sobre los intereses provenientes de depósitos en caja de ahorro, no se encuentra sujeta a límite alguno.

Cuando coexistan intereses ganados, por depósito en plazo fijo e intereses deducibles, la exención está limitada al saldo positivo que surja de la compensación de los mismos.

Ninguna de las opciones es correcta.

Cuando coexistan intereses ganados, por depósito en caja de ahorro e intereses deducibles, la exención está limitada al saldo positivo que surja de la compensación de los mismos.

La exención sobre los intereses provenientes de depósitos en plazo fijo no se encuentra sujeta a límite alguno.


18.

Si Andrea Stafini percibiera rentas netas del sueldo $25.000 (Opción C); la deducción especial asciende a:

29.000.

37.960.

12.960.

25.000.

0.


19.

La deducción por hijos, que Andrea Stafini puede computar en el período, asciende a:

6.600.

21.600.

0.

14.400.

13.800.


20.

Estarán exentas, la diferencias que surjan entre la compensación de intereses activos y actualizaciones activas, con los intereses o actualizaciones pasivas, pagados en el ejercicio, por la adquisición de bienes o servicios que se afecten a la obtención, mantenimiento o conservación de cualquier ganancia.

Verdadero.

Falso.


IMPUESTOS I

TRABAJO PRACTICO 2

0.


2.

La renta neta computable, proveniente de la cuenta en Río de Janeiro es de:

21.371,00.

22.365,00.

21.500,00.

22.500,00

Está exenta.


3.

Si no se hubieran pactado intereses, para la venta financiada del departamento de Rosario. Para el período 2011 habría que considerar la siguiente renta:

11.200.

7.200.

Ninguna opción es correcta.

0.

111.200.


4.

Intereses por plazo fijo, en el Banco Santander, sucursal Casa Central Río Cuarto, están:

Gravados: $5.300,00.

Gravados: $3.800,00.

No alcanzados.

Exentos por $5.300,00.

Ninguna opción es correcta.


5.

Las deducciones especiales de segunda categoría, computables por la cesión del utilitario Kangoo, son de:

0.

5.540.

4.300

300.

5.840.


6.

Los dividendos no computables en el ejercicio fiscal 2011, ascienden a:

80.000,00.

Ninguna de las opciones es correcta.

10.000,00.

110.000,00.

20.000,00.


7.

La venta del departamento de Rosario, se encuentra:

No alcanzada.

Gravada.

No computable.

Exenta.

Ninguna opción es correcta.


8.

La cesión del utilitario Kangoo, para su explotación como transporte escolar, constituye:

Ninguna opción es correcta.

Una regalía.

Una locación gravada dentro de la segunda categoría.

Una actividad no alcanzada.

Una actividad empresarial.


9.

En el supuesto de transferencia permanente de la máquina patentada por Natalia Omine, la renta neta es de:

10.000,00.

19.250,00.

La operación no está gravada.

90.000,50.

14.437,50.


10.

El compromiso asumido por Natalia Omine, de no efectuar la operación de canje de trigo en la Bolsa de Rosario por un período determinado:

Está exenta en la ley del impuesto a las ganancias.

Constituye una obligación de no hacer, gravada por la ley, como renta de segunda categoría.

Debe tratarse como renta de la tercera categoría, por no estar expresamente establecido en la ley.

No genera ningún tipo de obligación fiscal.

Constituye una obligación de no hacer, gravada por la ley.


11.

En el supuesto de transferencia temporaria de la máquina patentada por Natalia Omine, con gastos efectuados en el exterior ;la renta bruta es de:

11.550,00.

14.437,50

9.250,00.

0.

19.250,00.


12.

En el supuesto de transferencia temporaria de la máquina patentada por Natalia Omine, con gastos efectuados en el exterior; las deducciones pueden efectuarse hasta que el total acumulado de dichas deducciones sea igual al monto del capital invertido.

Verdadero.

Falso.


13.

En caso de que Natalia Omine, se dedicara de manera habitual a la construcción y venta de maquinaria, la renta sería de tercera categoría, pero el resultado impositivo no diferiría del calculado para segunda categoría.

Falso.

Verdadero.


14.

En el caso de que, Natalia Omine, transfiriera temporalmente la máquina patentada para reciclar plástico; y los gastos se hayan efectuado en el país. La renta neta de tercera categoría es de:

11.550,00.

19.250,00.

Ninguna opción es correcta.

9.250,00.

90.000,00.


15.

En el caso de que, Natalia Omine, transfiriera temporalmente la máquina patentada para reciclar plástico; y los gastos se hayan efectuado en el exterior. Las deducciones son de:

7.700,00.

0.

17.700,00.

4.812,50.

10.000,00.


16.

Los Intereses de cuenta corriente, en el Banco de Río de Janeiro, tienen el siguiente tratamiento:

No computables.

No alcanzados.

Gravados.

Ninguna opción es correcta.

Exentos.


17.

La renta neta que corresponde al alquiler de bienes muebles es de:

2.160.

1.860.

Ninguna opción es correcta.

0.

7.700.


18.

En el caso de los dividendos percibidos por la Sra. Omine, de la Sociedad por Acciones constituida en Estados Unidos; corresponde efectuar el siguiente tratamiento:

Efectuar una retención en la fuente con carácter de pago único y definitivo.

No computarlos en el ejercicio fiscal.

Ninguna opción es correcta.

Gravarlos a la alícuota del 35%.

Tratarlos como exentos del impuesto.


19.

Las amortizaciones de la camioneta Kangoo a computar, asciende a:

5.540.

Ninguna es correcta.

5.840.

4.000.

0.


20.

Los Intereses provenientes de la cuenta corriente en el Banco Santander, de Río de Janeiro, tienen el siguiente tratamiento:

Gravados por $22.500,00.

Ninguna opción es correcta.

Ganancia que corresponde al ejercicio fiscal siguiente.

Gravados por $21.500,00.

Exentos.


IMPUESTOS I

TRABAJO PRACTICO 3

2.500,00.

312.343,68.

0.

994.500,00.

1.392.750,00.


3.

Considerando la venta del inmueble, y reemplazo por otro, corresponde asignar al ejercicio 2011, a los fines de determinar el resultado impositivo:

La utilidad de la venta del inmueble de $44.906,33.

La utilidad de la venta del inmueble de $220.000,00.

La utilidad de la venta del inmueble de $312.343,68.

La utilidad de la venta del inmueble de $357.250,00.

No corresponde considerar utilidad, porque se hizo uso de la opción de venta y reemplazo


4.

Si REDES S.A. no reinvierte el total del monto obtenido en la venta de un inmueble, la opción de venta y reemplazo:

No existe la opción de venta y reemplazo para inmuebles.

Puede ejercerse en el porcentaje de reinversión.

No puede ejercerse.

Puede ejercerse en un 100%.

Ninguna de las opciones es correcta.


5.

En el Estado de Resultado de año 2011, REDES S.A. imputó las Devoluciones por Venta, a la Previsión constituida el año 2010. Impositivamente, corresponde realizar el siguiente ajuste al resultado contable:

Corresponde realizar un ajuste positivo en $2850.

Corresponde realizar un ajuste negativo en $350.

Corresponde realizar un ajuste negativo en $2850.

No corresponde realizar ajustes al resultado contable.

Corresponde realizar un ajuste positivo en $350.


6.

Ernesto Castro: ¿cuánto debe computar en su Declaración Jurada, por la participación en la utilidad de REDES S.A., a los fines de determinar su impuesto a las ganancias?

Ninguna es correcta.

Debe computar 51.798,88.

Debe computar 0.

Corresponde asignar la utilidad, cuando se distribuya.

Debe computar 22.199,52.


7.

¿Qué tratamiento impositivo le corresponde, al valor contable de la Provisión del Impuesto a las Ganancias de REDES S.A.?

Es deducible, sin restricción al respecto.

No es deducible.

Es deducible, sólo si considera igual tratamiento de conceptos deducibles a fines del impuesto a las ganancias.

Sólo sería deducible si se tratara de una “previsión”.

Es deducible, solo si el resultado contable es positivo.


8.

Para el ejercicio 2011, REDES S.A. consideró en el resultado contable, la Previsión por Devolución de Ventas. A los fines impositivos, partiendo del resultado contable, corresponde realizar el siguiente ajuste:

Corresponde realizar un ajuste positivo, igual al saldo de la previsión al cierre del ejercicio.

Corresponde realizar un ajuste positivo, igual al monto de la Previsión.

Corresponde realizar un ajuste positivo, igual al monto de la Previsión, deducidas las devoluciones reales del ejercicio.

No corresponde realizar ajustes al resultado contable.

Corresponde realizar un ajuste negativo, igual al monto de la Previsión, deducidas las devoluciones reales del ejercicio.


9.

Ernesto Castro y Facundo Sánchez, como accionistas de REDES S.A.: ¿cuándo deben computar las utilidades de la sociedad?

En el año fiscal en que termine el ejercicio anual correspondiente de la sociedad.

En el año fiscal en que se inicie el ejercicio contable de la sociedad.

Sólo si el ejercicio contable coincida con el año calendario.

Ninguna de las opciones es correcta.

En el año fiscal en que se cobren las mismas.


10.

Facundo Sánchez, accionista de REDES S.A.: ¿debe computar en su declaración jurada la utilidad, correspondiente a la sociedad?

51.798,88.

175.156,79.

61.304,88.

Es una ganancia no computable.

Por ser accionista mayoritario, debe computar el 100%, y la ley da derecho a reclamar a los accionistas minoritarios.


11.

Para el ejercicio fiscal 2011, REDES S.A. podrá deducir del Impuesto a las Ganancias ,en concepto de Provisión por Impuesto a las Ganancias, el monto de:

73.998,39.

87.578,39 .

0.

41.475,00.

No es deducible.


12.

En el supuesto que REDES S.A., no hubiera ejercido la opción de venta y reemplazo. La ganancia a computar, en el ejercicio 2011, por la venta del inmueble es de 357.250,00. Además, podría tomarse la misma amortización para el nuevo inmueble.

Verdadero.

Falso.


13.

La multa por no presentar en término la Declaración Jurada de IVA:

Sólo es deducible, si corresponde a ganancias devengadas en ese ejercicio.

Ninguna de las opciones es correcta.

Está expresamente establecido en la ley, que no es posible la deducción de multas derivadas de obligaciones fiscales.

Es deducible por ser un gasto necesario para obtener, mantener y conservar la ganancia gravada.

Está expresamente establecido en la normativa del impuesto, que no es posible la deducción de multas derivadas de obligaciones fiscales.


14.

Los dividendos correspondientes a las acciones que posee REDES S.A., de una S.A. constituida en México, tienen el siguiente tratamiento:

Son renta de fuente extranjera en el período fiscal 2011.

Son renta de fuente extranjera en el período fiscal que se paguen los dividendos.

Ninguna de las opciones es correcta.

Son renta en el período fiscal 2011

Son una renta no computable, para el período fiscal 2011.


15.

La amortización impositiva del inmueble adquirido es de:

24.000,00.

Ninguna opción es correcta.

10.232,34.

0.

14.917,50.


16.

La empresa REDES S.A. constituye anualmente una previsión por devolución por ventas. Esa previsión:

Es deducible del resultado contable e impositivo.

Es deducible del resultado impositivo.

Impositivamente, REDES S.A. puede optar por deducir las devoluciones reales o constituir una previsión.

Es deducible si el criterio de devengado contable, coincide con el impositivo.

Es deducible del resultado contable.


17.

Para el ejercicio fiscal 2011, REDES S.A. podrá deducir del Impuesto a las Ganancias ,en concepto de Honorarios de directores y síndicos (Actividad 2):

0.

25.000.

34.997.07

22.500.

No puede deducirse.


18.

El monto de Sueldo Anual Complementario devengado en el ejercicio fiscal 2011:

Es deducible, en el impuesto a las ganancias, en el ejercicio en que se paga.

No es deducible en el impuesto a las ganancias.

Es deducible en el impuesto a las ganancias del período 2011.

Es no computable en el ejercicio fiscal 2011.

Sólo se considera a los fines contables, y no a los fines impositivos.


19.

Para el caso de los intereses correspondieran a intereses punitorios, por inicio de un juicio de cobro, debería realizarse el siguiente ajuste:

Serían deducibles los intereses, únicamente si provienen de la DJ del impuesto a las Ganancias.

Ninguna de las opciones es correcta.

Debe realizarse un ajuste negativo de en el resultado contable.

No debe realizarse ningún ajuste en el resultado contable.

Debe realizarse un ajuste positivo de en el resultado contable.


20.

Los intereses resarcitorios pagados, por presentación y pago fuera de término de la Declaración Jurada de IVA, del período 09/2011, tiene el siguiente tratamiento:

Serían deducibles los intereses, únicamente si provienen de la DJ del impuesto a las Ganancias.

Ninguna de las opciones es correcta.

No son deducibles los intereses resarcitorios.

Debe realizarse un ajuste positivo en el resultado contable.

No debe realizarse ningún ajuste en el resultado contable.



 

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