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Actuación profesional administrativa contable
Actuación profesional administrativa contable | 1° Parcial | Prof: Gelso | 2° Cuat. de 2007 | Altillo.com |
PARTE TEÓRICA
01) Explique el proceso completo desde el inicio de la preparación de una RT
hasta su puesta en vigencia en la jurisdicción de un CPCE
La FACPCE dicta resoluciones referidas a las normas contables profesionales, las
cuales no deben tomarse como “normas” sino como “propuestas de normas”.
Luego el dictado de normas profesionales está a cargo de la Junta de Gobierno de
la FACPCE, éste es el máximo órgano de gobierno después de la Asamblea.
Estas normas deben ser puestas en vigencia por cada consejo profesional dentro
de sus respectivas jurisdicciones, con el texto exacto o con alguna
modificación.
02) ¿Qué son Activos Biológicos? ¿Cómo se exponen en el estado de situación
patrimonial?
Los activos biológicos están compuestos por los vegetales y animales vivientes
utilizados en la actividad agropecuaria. Pueden estar en crecimiento, en
producción o terminados:
Activos biológicos en desarrollo, son aquellos que no han completado aún su
proceso de desarrollo para poder ser considerados como “en producción” (por ej.:
árboles frutales, bosques, terneros, frutas inmaduras, etc.)
Activos biológicos en producción, son aquellos cuyo proceso de desarrollo les
permite estar en condiciones de producir sus frutos (por ej.: animales y plantas
destinadas a funciones reproductivas, árboles frutales y florales en producción,
vacas lecheras, ovejas que producen lana, etc.)
Activos biológicos terminados: son aquellos que han concluido su proceso de
desarrollo y se encuentran en condiciones de ser vendidos, transformados en
productos agropecuarios o utilizados en otros procesos productivos (por ej.:
novillos terminados, frutos maduros, bosques aptos para la tala, etc.)
Exposición:
• En el estado de situación patrimonial
Estos activos se incluirán en la información complementaria en bienes de cambio
o bienes de uso, según corresponda, y por separado de los restantes bienes
integrantes del rubro. Deberá especificarse, además, su composición en las
siguientes categorías, en función del grado de desarrollo evidenciado dentro del
proceso:
1. En desarrollo
2. terminados, y
3. en producción
Dentro de cada categoría deberá exponerse como activo corriente o no corriente
según corresponda, y adicionalmente en la información complementaria la
composición en función de la naturaleza de los rubros contenidos en las mismas,
así como el grado de incertidumbre asociado al proceso de medición de flujos
futuros netos de fondos en los casos de bienes valuados de acuerdo con lo
prescripto por la sección 7.1.2.2 de la RT 22 (bienes que se encuentren después
de la etapa inicial de su desarrollo biológico).
Cuando el ente hubiere medido los bienes destinados a su utilización como factor
de la producción en el curso normal de la actividad, mediante alguno de los
criterios que se incluyen en la sección 7.2.2 de RT 22 (bienes para los que no
existe un mercado activo en su condición actual), deberá exponer las causas que
no le permitieron la utilización de ninguna de las opciones previstas en la
sección 7.2.1 de RT 22 (Bienes para los que existe un mercado activo).
También deberá exponer las causas que determinaron la utilización del costo
original en lugar del costo de reposición cuando así hubiera ocurrido.
Si el ente hubiere medido sus activos biológicos o la producción de los mismos
de acuerdo con lo dispuesto en la sección 7.1.3 de la RT 22 (Bienes para los que
no existe un mercado activo en su condición actual ni en un estado ni con un
proceso más avanzado o completado), utilizando un valor de un mercado que no
satisfaga las condiciones necesarias para ser considerado activo, deberá exponer
esta situación, así como una descripción de las limitaciones de dicho mercado
para ser considerado como activo.
03-Responsabilidades que genera la actuación del Contador Público. ¿Quién regula
y juzga las mismas?
La responsabilidad del profesional puede ser:
Civil: Se materializa por el no cumplimiento de una obligación de: DAR, HACER o
NO HACER. Pago de multa o reparación de daños y perjuicios.
Penal: Legisla el Código Penal y otras leyes, se aplican penas por ejemplo de
privación de libertad, inhabilitación para ejercer, o combinación.
Disciplinaria: Corresponde al Código de Ética, que aplica el Tribunal de Ética
Profesional.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
El ejercicio profesional se desempeña públicamente, es decir, en beneficio de
todos. Dichos actos tienen o pueden tener un efecto sobre la comunidad. La
responsabilidad del profesional depende si trabaja en relación de dependencia o
forma independiente, es de importancia esta diferenciación para establecer la
responsabilidad Penal, Civil o disciplinaria.
a) Profesional en relación de dependencia:
El profesional que trabaja en relación de dependencia tiene una obligación
contractual con su empleador.
La responsabilidad se halla delimitada por el contrato de trabajo, y el
empleador le impone al empleado la obligación de cumplir horarios, lo sanciona,
lo despide, etc. En este caso estamos en una “responsabilidad contractual”
- Sanción penal: solo si actúa dolosamente.
- Responsabilidad Civil: es responsable por daños y perjuicios resultantes de
conducta negligente, pero rara vez será demandado por terceros. Lo común es
accionar contra el patrón, porque tiene mayor respaldo patrimonial para afrontar
las posibles indemnizaciones que fije el juez.
- Responsabilidad disciplinaria: si realiza actos violatorios al Código de
Ética. Según el Art.1 incluye a los que trabajan en relación de dependencia.
b) Profesional Independiente
El Art.13 de la ley 20488, establece en que casos se requerirá el título de
Contador Público.
En el inc. a) fija las incumbencias en materia económica y contable, cuando los
dictámenes sirvan a fines judiciales, administrativos o estén destinados a hacer
fe pública en relación con las cuestiones que este inciso detalla.
De la lectura completa del artículo se observan 3 tipos de actividades según
concluyan con:
- Un dictamen
- Un informe de asesoramiento
- Ejecución del trabajo
Dictamen: el Contador Público examinó la documentación y emite una opinión
técnica.
Asesor: la labor no concluye con un dictamen, puede emitir un informe de
asesoramiento o consejo.
Colaborador/gestor: si no hay dictamen, ni informe, es un colaborador.
La responsabilidad civil del profesional dictaminante y profesional asesor:
En principio es igual, en ambos casos tendrá una responsabilidad contractual y
una responsabilidad por los daños que causaren sus actos dolosos culposos.
El dictaminante, emite una opinión técnica sobre la documentación, no realiza
funciones directivas de ninguna índole en la empresa del cliente. Sólo emite
juicios, dictamina. El agente directo del delito es el propietario, socios o los
directivos. Si el Contador emitiera un dictamen sin salvedades, en un balance
falso, puede ser imputado como cómplice
El asesor, emite información para uso privado del cliente. La responsabilidad
civil de ambos tiene matices diferentes. Hay que ver si uno y otro cumplieron
con lo estipulado en la relación contractual.
El Contador Público no responde por los daños y perjuicios resultantes de la
inejecución de su obligación, o de su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso
por causas no imputables (caso fortuito o fuerza mayor), de acuerdo a lo
dispuesto en el Código Civil.
Responsabilidad del síndico
El Art.55 de la ley 19550 dice: Los socios pueden examinar los libros y papeles
sociales, y recabar del administrador los informes que estimen pertinentes. En
consecuencia este tipo de sociedades deben contar con un órgano de control, que
es la sindicatura o el consejo de vigilancia. Los intereses de los accionistas
son defendidos por este órgano, por lo tanto cobra gran importancia el examen de
las atribuciones y responsabilidades de los síndicos y requieren de ellos un
elevado grado de especialización, por lo que la ley exige capacitación
profesional.
RESPONSABILIDAD PENAL DEL CONTADOR
El Decreto Legislativo de la ley penal tributario regula el Delito de
Defraudación Tributaria, y describe el tipo de base, el tipo de atenuado, el
tipo agravado y el Delito Contable; a continuación se describen el tipo base del
delito de defraudación tributaria y el delito contable.
1) Delitos Tributarios.
Es el incumplimiento por parte del contribuyente de las obligaciones legales,
reglamentarias o administrativas, relativas a los tributos establecidos en el
sistema y que acarrean sanciones para quien resulte responsable por dicho
incumplimiento. Se encuentran dentro de este concepto “todo incumplimiento de
una conducta exigida por las normas tributarias, tales como las referidas a la
inscripción en los registros de la administración tributaria, emitir y exigir
comprobantes de pago, presentar declaraciones y comunicaciones, permitir el
control de la Administración Tributaria y pagar los tributos.
2) Delito Contable.
La Ley Penal Tributaria regula el delito contable, cuando se produce en un
momento anterior a la determinación del tributo y en consecuencia supone una
alteración voluntaria en la determinación de los tributos, dificultando la labor
de fiscalización de la Administración Tributaria, que considera delito contable
a los siguientes supuestos:
-Incumpla totalmente dicha obligación –No hubiera anotado actos, operaciones,
ingresos en tales libros y registros –Realice anotaciones de cuentas, asientos,
cantidades, nombres y datos falsos en los mencionados libros y registros
–Destruya y oculte total o parcialmente los libros y/o registros contables o los
documentos relacionados con la tributación.
Como puede observarse, se trata de un tipo autónomo de la defraudación
tributaria y se sanciona por el solo hecho de la conducta criminalizada, siempre
y cuando el agente haya actuado con dolo (conciencia y voluntad), aún cuando no
haya tenido como resultado el dejar de pagar tributos. Se señala que la pena
privativa de libertad prevista para el delito contable es no menor a 2 ni mayor
de 5 años. La pena prevista para el autor del delito es la misma que se aplica
para el caso de los coautores, instigador y para el cómplice necesario. En caso
de cómplices comunes la pena será reducida prudencialmente por el juez, de
acuerdo al Código Penal.
Quién juzga…
La profesión está custodiada por los Consejos Profesionales de cada jurisdicción
quienes cuentan con los códigos de ética en los que se prevén sanciones por su
inobservancia.
Para ello se deben seguir los lineamientos de:
• El Código de Ética aprobado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas
de la Ciudad de Buenos Aires (Resolución 355/80), tener en cuenta las
limitaciones de cada consejo.
• La 20488 que reglamenta el ejercicio de los profesionales de Cs. Económicas y
la ley 466 que regla el funcionamiento del CPCECABA
• La ley 19550 de Sociedades, en ella se enumeran los siguientes delitos: delito
al ocultamiento a socios, accionistas, asociados y otros de la verdadera
situación de la empresa falseando balances, reflejando u omitiendo beneficios o
pérdidas. El delito al proporcionar datos falsos sobre la situación de la
empresa alterando información contable, suministrando datos que no guardan
relación con la realidad patrimonial de la empresa.
04-Lugar de matriculación del Contador Público. Excepciones. Opciones.
El Contador Público podrá matricularse en cualquiera de los 24 consejos
profesionales de Ciencias Económicas que están en el país.
Estando matriculado en cualquiera de los consejos, podrá desarrollar su
actividad en todo el país.
Existe una excepción a esto último y es que con fecha 07/11/2002 surgió una
medida cautelar emanada de la Justicia de la Provincia de Buenos Aires por un
juez, en la cual ordenó al Consejo de Capital abstenerse de “…realizar y/o
convalidar y/o autorizar y/o cobrar actos de profesionales efectuados con
respecto a entes con domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires…”
La FACPCE no matricula.
05-Tipos de archivo que deben mantenerse en un estudio profesional. Breve
descripción de los mismos.
En un Estudio de profesionales en Ciencias Económicas, podemos clasificar los
archivos en dos tipos: físicos y lógicos.
Archivos físicos.
El ordenamiento de los documentos en general puede hacerse por orden temático,
numérico, cronológico y/o alfabético.
Una clasificación posible es la siguiente:
• Papeles de trabajo y datos de clientes.
• Archivos transitorios de clientes.
• Bibliografía y documentación profesional.
• Facturación a clientes.
• Facturación de proveedores.
De acuerdo con la frecuencia con que se consultan los documentos, es conveniente
agruparlos en:
• Documentación de consulta frecuente.
• Documentación de consulta esporádica.
• Documentación con valor histórico, respaldatorios de operaciones, de muy poca
consulta.
Esta clasificación sirve para seleccionar la ubicación en el espacio que vamos a
dar a los documentos. Así, los de menor consulta los situaremos en los lugares
más incómodos y a los de consulta frecuente les destinaremos la parte más
accesible de los archivos.
Desde un punto de vista más amplio, estos mismos elementos se pueden
subclasificar en: 1) archivos “propios” del Estudio; 2) archivos de clientes; 3)
archivos transitorios y permanentes de clientes.
1) Archivos “propios” del Estudio
• De los socios, dentro de esta clasificación se incluyen escrituras de
inmuebles, contratos sociales, contratos de alquiler, declaraciones juradas
personales, etc.
• Del personal, hay varios tipos, como los provisionales, impositivos,
laborales, etc. (por Ej.: legajos de personal, contrato de ART, etc.).Criterio
de guarda; por ej., por tema o por período.
• Administrativos, son los de tipo contable, impositivo, de clientes, de cuenta
corriente, de bancos, de proveedores, etc.
• Bibliográficos, es aconsejable que estén a la vista, en un lugar con buena
iluminación. Debe ubicárselos en un lugar seco y libre de cualquier elemento que
pudiera afectar su conservación; clasificados por fecha, tema, autor o
editorial, para permitir una rápida localización. Cuando lo bibliografía que se
posee alcanza una dimensión que resulta difícil de memorizar, al igual que en
los archivos administrativos, se puede confeccionar un pequeño índice en un
archivo computarizado por autor o tema, que permita su ubicación en la
biblioteca y en el texto. Esta información es útil, sobre todo cuando una
publicación reúne más de un tema; esto dependerá de la cantidad de textos que se
manejen. Con respecto a las publicaciones con cierta antigüedad deberán ser
examinadas y evaluadas para su eliminación, salvo que sean sobre temas teóricos
o conceptuales que no pierden vigencia.
2) Archivos de la cartera de clientes
Archivo de clientes con sus correspondientes detalles de datos personales y
filiatorios, de inscripciones, etc. Conviene tener dividido este sistema en un
resumen para las agendas y otros completos para mantenerlos como listados a los
efectos de conformar la base de datos.
Es importante llevar un archivo de la documentación definitiva elaborada por el
Estudio para los clientes, lo que nos permitiría sistematizar el trabajo
mediante una metodología uniforma para las presentaciones y/o comunicaciones.
3) Archivos “transitorios” de clientes
Es aquella documentación que envían los clientes para ser procesada por personal
del Estudio y que luego será devuelta. Hasta tanto esto ocurra, deberá estar en
un lugar de fácil acceso y clasificada por cliente.
Archivos lógicos.
• De tareas profesionales, acá se deberá tener en cuenta los programas más
adecuados de acuerdo con la operatoria que se utilice. Se pueden mencionar
algunas variantes a utilizar: -programas de contabilidad integrados al sistema
de gestión del cliente, -programas de administración de estudios contables,
-planillas de cálculo preparadas por el Estudio, -programas preplaneados en
software de oficina para el Estudio Contable.
• De contabilidad, impuestos y cargas sociales del Estudio.
Respecto de los archivos informáticos se puede sugerir que la información se
estructure de la siguiente forma:
1) Una carpeta por cliente, que a su vez incluya carpetas por año calendario o
ejercicios comerciales; a su vez, dentro de cada año/ejercicio, los temas
correspondientes (Impuestos, Estados Contables, Laboral, o la división que cada
profesional considere más adecuada).
2) Una carpeta general del Estudio y, dentro de esta, una por cada tema: a)
Administración interna; b) Temas profesionales; c) Comunicaciones con clientes;
d) Correspondencia; etc. Dentro de cada división, tantas subdivisiones como se
requiera (por ejemplo, en temas profesionales, impositivos, societarios,
provisionales, etc.); también se puede adoptar la metodología de archivar en
carpetas con temas relacionados a contabilidad, impuestos, cargas sociales,
etc., del Estudio. Por ejemplo, podríamos abrir carpetas llamadas: auditoria
(todo archivos de soporte que requiere el auditor cuando realiza su tarea),
cartas y circulares (toda carta dirigida a bancos, clientes, proveedores, etc.),
temas financieros (copias en soporte informático de reportes realizados),
conciliaciones (copias de conciliaciones bancarias separadas en subcarpetas de
acuerdo con los meses del año o copia de conciliaciones de clientes y
proveedores también por mes calendario), sueldos (copias de seguridad de recibos
de sueldo por mes y legajo de empleados), moratorias, cashflow, transferencias,
correos electrónicos, etc.
Una aplicación práctica es emplear un scanner y guardar la documentación en
soportes magnéticos y ópticos; se evita así la gran cantidad de papeles que se
generan todos los días.
06)Cómo se valúan las inversiones según RT 17.
Inversiones corrientes: para las normas de valuación es asimilable a títulos y
acciones de otra empresa; habitualmente son acciones de empresas a las que no
controlamos, no tenemos influencia ni buscamos llegar a una de esas situaciones,
siendo nuestro objetivo una ganancia con la suba de su cotización. Se dividen
en:
Con cotización, se valuarán a su valor de cotización descontado gastos.
Sin cotización, se valuarán a su costo original reexpresado con el límite del
valor recuperable; en caso de trabajar en un contexto de estabilidad será el
costo original.
Inversiones no corrientes: para las normas de valuación son asimilables a
títulos y acciones de otras empresas a las que controlamos, tenemos influencia o
buscamos alguna de esas condiciones, por lo que permanecen en nuestro activo en
forma permanente. Se dividen en:
Que den control, se valuarán al VPP.
Que den influencia significativa, se valuarán al VPP.
Las que se espera en el futuro tener control o influencia significativa, se
valuarán al VPP.
Ninguno de los casos anteriores y con cotización, se valuarán al valor de
cotización.
Ninguno de los casos anteriores y sin cotización, se valuarán al costo original
reexpresado con el límite del valor recuperable; en caso de trabajar en un
contexto de estabilidad será el costo original.
07)Activación de intereses de capital propio y proveniente de capitales de
terceros según disposiciones técnicas unificadas.
Activación de intereses provenientes de capitales de terceros;
Según punto 4.2.7.2 RT 17 se podrán activar los costos financieros en el costo
de un activo cuando se cumplan estas condiciones:
a) el activo se encuentra en producción, construcción, montaje o terminación y
tales procesos, en razón de su naturaleza, son de duración prolongada;
b) tales procesos no se encuentran interrumpidos o sólo se encuentran
interrumpidos por demoras temporarias necesarias para preparar el activo para su
uso o venta,
c) el período de producción, construcción, montaje o terminación no excede del
técnicamente requerido;
d) las actividades necesarias para dejar el activo en condiciones de uso o venta
no se encuentran sustancialmente completas; y
e) el activo no está en condiciones de ser vendido, usado en la producción de
otros bienes o puesto en marcha, lo que correspondiere al propósito de su
producción, construcción, montaje o terminación.
La imputación de los costos financieros se hará mensualmente (se admitirá el
empleo de períodos más largos mientras esto no produzca distorsiones
significativas), siguiendo las siguientes reglas:
Del total de los costos financieros, primero se activarán los que se hayan
incurrido para financiar total o parcialmente y en forma específica los activos
anteriores, siempre que tal financiación específica sea demostrable. Para
determinar el importe a activar, previamente se detraerán los ingresos
financieros generados por las colocaciones transitorias de fondos provenientes
de préstamos destinados a la financiación específica.
Para la asignación de costos financieros a los activos que cumplan con las
condiciones señaladas en los incs. a) a e) precedentes, pero no hayan sido
financiados específicamente, se procederá de la siguiente manera:
a) del total de deudas se excluirán las que guarden una identificación
específica con los activos financiados específicamente y cuyos costos
financieros ya hayan sido asignados por dicho motivo;
b) se calculará una tasa promedio mensual de los costos financieros
correspondientes a las deudas indicadas en el inciso precedente;
c) se determinarán los montos promedios mensuales de los activos que se
encuentren en producción, construcción, montaje o terminación, excluidos
aquellos que hayan recibido costos financieros por haber contado con
financiación específica; y
d) se aplicará a las mediciones contables de los activos determinados en inc.c)
la tasa de capitalización indicada en el inc. b)
Si existieran activos parcialmente financiados en forma específica, la
activación de costos financieros referida en el párrafo precedente se calculará
sobre la porción no financiada específicamente.
Los costos financieros que resulten activados (o, en su caso, deducidos) por la
aplicación de los procedimientos descriptos en esta sección no deben exceder a
los incurridos durante el período.
Activación de intereses provenientes de capital propio;
Según Resolución 312/05, agrega como último párrafo de la sección 4.2.7.2 de RT
17:
En los estados contables de los entes que no estén en el régimen de oferta
pública de sus acciones o títulos de deuda o que no hayan solicitado
autorización para hacerlo, el monto de los costos financieros susceptibles de
activación podrá incluir a los costos financieros provenientes de la
financiación con capital propio invertido, en la medida que se cumplan las
condiciones siguientes.
a) debe considerarse, en primer lugar, todos los costos provenientes del capital
de terceros, y si hubiere algún excedente del activo elegible sobre el pasivo,
se podrá considerar el costo de la financiación con capital propio;
b) si los activos elegibles se miden a valores corrientes, no podrá considerarse
el costo financiero proveniente de la financiación con capital propio invertido
como componente de ese valor corriente; y
c) para el cómputo de los costos sobre el capital propio se aplicará una tasa
representativa de la vigente en el mercado en cada mes del período o ejercicio
sobre el monto de la inversión no financiada con capital de terceros. En todos
los casos, se aplicará la tasa real, es decir neta de lo correspondientes
resultados por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda; y
d) en caso de optar por esta alternativa, la contrapartida de dicha activación
se expondrá en el estado de resultados en un renglón específico, luego de los
Resultados Financieros y por Tenencia, con la denominación “Interés del capital
propio”.
08)Períodos de reconocimiento o no de la inflación entre el 01-01-95 a la
actualidad según normas legales y técnicas.
No
reconocimiento de la inflación Reconocimiento de la inflación x Resolución de la
FACPCE Se implemente el no reconocimiento de la inflación a través del Decreto
664/2003
Normas técnicas:
En un contexto de inflación o deflación, los estados contables deben expresarse
en moneda de poder adquisitivo de la fecha a la que corresponden. A este efecto
deben aplicarse las normas contenidas en la resolución técnica 6 (Estados
contables en moneda homogénea).
09)¿Cómo se expone la Llave de Negocio y sus amortizaciones en los estados
contables básicos , anexos e información complementaria según disposiciones
técnicas.
Estados de situación patrimonial:
Las llaves de negocio (positivas y negativas) que resulten de la adquisición de
acciones en otras sociedades, se incluyen en el rubro “Inversiones”
En el estado de situación patrimonial consolidado se incorporaran en el rubro
“Llave de negocio” las llaves de negocio correspondientes a las inversiones en
sociedades en las que se posea control o control conjunto, que hayan sido
consolidadas línea por línea en forma total o proporcional. Deben discriminarse
las llaves de negocio correspondientes a cada combinación de negocios. El total
del rubro (positivo o negativo) debe presentarse a continuación de los activos y
restando o sumando del total de éstos. En el cuadro del Estado de situación
patrimonial se expone luego del subtotal del activo no corriente para luego
determinar el total del activo no corriente.
Información Complementaria:
En la información complementaria se debe presentar la naturaleza, saldos
iniciales, adicionales, bajas, depreciaciones, desvalorizaciones por disminución
de los valores recuperables, recupero de ellas, ajustes y saldos finales de las
partidas que integran el rubro, separadamente para los valores originales y la
depreciación acumulada.
Para la llave de negocio positiva se informará también:
a) la vida útil considerada para el cálculo de la depreciación;
b) en el caso de que dicha vida útil superase los veinte años, las razones de la
adopción de ese supuesto, describiendo los factores que se consideraron
fundamentales para estimar la vida útil considerada;
c) si la depreciación se computase por un método distinto al de la línea recta,
la base utilizada y las razones por las cuales se la considera más adecuada que
el método de la línea recta;
d) la partida del estado de resultados que contiene la depreciación del período.
Para la llave negativa, también se informará:
a) en cuanto tenga que ver con la porción que se relaciones con las expectativas
de pérdidas o gastos futuros esperados de un negocio adquirido o de una sociedad
en la que se participa, los períodos en que se espera el devengamiento de ellos
y sus respectivos importes;
b) la imputación de las depreciaciones.
Cuando las llaves de negocio estén incluidas en el rubro inversiones, deberá
informarse la composición de este rubro, relacionando cada llave de negocio con
su correspondiente inversión que le dio origen
10-¿En que estado contable básico se exponen los ajustes al resultado de
ejercicio anterior? ¿Requieren información adicional?
Los ajustes de resultados de ejercicios anteriores no constituyen partidas del
estado de resultados del ejercicio. Se presentan como correcciones al saldo
inicial de resultados acumulados en el estado de evolución del patrimonio neto.
Según punto B del capítulo V de la RT 8, la exposición del saldo inicial por su
valor anterior, tal como fue publicado oportunamente y reexpresado, la
descripción de la modificación correspondiente y el valor corregido, pueden
hacerse en la información complementaria y referenciar a ella en el estado de
evolución del patrimonio neto.
Además, se debe describir la modificación y sus efectos en la información
complementaria.
Las modificaciones de resultados de ejercicio anteriores se presentan, a efectos
comparativos, netas del efecto del impuesto a las ganancias.
11-Tomando como sinónimo de fondos efectivo e inversiones cortas, clasifique las
siguientes operaciones en orígenes, aplicaciones y operaciones neutras
(compensaciones externas o compensaciones internas)
- Compra de un bien de uso en efectivo: Aplicación
- Aporte de los propietarios en intangibles: Operación neutra (compensación
externa)
- Aporte de los propietarios en mercaderías corrientes: Operación neutra
(compensación externa)
-Absorción de pérdida acumulada final del ejercicio: Operación neutra
(compensación externa)
-Valuación de bienes de cambio fungibles según NTC: Operación neutra
(compensación externa)
12-Realice la clasificación de las operaciones del punto anterior tomando como
sinónimo de fondos capital corriente.
- Compra de un bien de uso en efectivo: Aplicación
- Aporte de los propietarios en intangibles: Operación neutra (compensación
externa)
- Aporte de los propietarios en mercaderías corrientes: Origen
-Absorción de pérdida acumulada final del ejercicio: Operación neutra
(compensación externa)
-Valuación de bienes de cambio fungibles según NTC: Operación neutra
(compensación interna)
13-Detalle en caso de tener bienes de cambio fungibles que norma de medición
debe utilizar y que requisitos debe cumplir en lo que se refiere a la exposición
en los estados contables básicos y notas.
Los bienes de cambio fungibles se valuarán a su valor neto de realización, que
se calcula descontando al precio de venta los gastos para la venta (RT 17)
En cuanto a los requisitos que deben cumplir:
expresa que en el caso de bienes de cambio fungibles, deben intervenir en un
mercado transparente y que puedan ser comercializados sin esfuerzo significativo
14-Detalle la norma de medición de bienes de uso en un contexto de estabilidad y
en un contexto de inestabilidad.
• Bienes de uso en general: se medirán al costo original reexpresado menos
depreciaciones acumuladas con el límite del valor recuperable. En caso de
trabajar en un contexto de estabilidad será el costo original menos
depreciaciones acumuladas.
• Bines de uso en proceso de construcción prolongado en el tiempo: se
reexpresarán los montos invertidos en la obra y se admitirá la activación de
intereses de capitales de terceros invertidos (rige la excepción que estableció
el consejo de Capital por la cual se pueden activar los intereses de capital
propio). En caso de trabajar en un contexto de estabilidad será el costo
original.
• Bienes de uso retirados del uso y destinado a la venta: se medirán al valor
neto de realización.
15-Explique brevemente el concepto de valor recuperable de un activo.
Explique como debe actuarse con un bien que al cierre de un ejercicio su VRA es
menor al valor a registrar y en el ejercicio siguiente lo recupera en exceso.
El valor recuperable de un activo surge del mayor importe entre:
a) su valor neto de realización (precio de venta descontados los gastos)
b) su valor de uso, definido como el valor actual esperado de los flujos netos
de fondos que deberían surgir del uso de los bienes y de su disposición al final
de su vida útil (o de su venta anticipada, si ella hubiera sido resuelta)
Bien que al cierre de un ejercicio su VRA es menor al valor a registrar: al
valor a registrar lo bajás hasta tomar como límite el VRA;
Y en el ejercicio siguiente lo recupera en exceso: entendiendo en este supuesto
que el VRA es superior a valor a registrar, quedará igual sin ninguna
modificación.
16-Redacte la nota de exposición en función de lo aconsejado por las RT 8,9 y 19
para créditos
Se considera adecuado discriminar (en el estado de situación o mediante notas a
los estados contables):
a) los saldos con partes relacionadas;
b) los saldos documentados mediante pagarés, letras de cambio, facturas
conformadas o similares;
c) los saldos con garantía real;
d) las cuentas morosas.
En materia de cuentas regularizadoras:
a) deben presentarse las valuaciones primarias de cada partida sin explicitar:
1. los resultados financieros devengados que se hayan sumado algebraicamente a
los importes originales de las cuentas; ni
2. los resultados financieros no devengados que se hayan restado de las sumas
nominales a cobrar a sus vencimientos;
b) deben mostrarse las previsiones por riesgo de incobrabilidad que hayan
reducido tales valuaciones primarias.
Conviene recordar:
a) los documentos recibidos de clientes y descontados no deben figurar en el
activo, salvo que exista la convicción de que no serán pagados a su vencimientos
por el firmante o algún endosante, en cuyo caso debería mostrarse un activo
(contra el cliente) y un pasivo (con el receptor del documento);
b) es un error mostrar dentro del activo corriente a las cuentas morosas si su
cobranza es tan lenta que difícilmente se concrete dentro del año siguiente;
c) es los casos de construcciones contabilizadas de acuerdo con el método del
avance de obra debería mostrarse por separado su porción devengada pero no
facturada (si lo facturado excediese a lo devengado, debería mostrarse una
deuda).
Nota 3
Criterios de medición
Los principales criterios de medición utilizados en la preparación de los
estados contables, son los siguientes:
Créditos y Deudas comerciales
- En moneda nacional: han sido valuados al precio vigente para operaciones de
contado al momento de la transacción, incluyendo los intereses devengados hasta
el cierre cuando corresponda.
- En moneda extranjera: a su valor de cotización según Banco de la Nación
Argentina, incluyendo cuando corresponda los intereses devengados hasta el
cierre.
En el caso de saldos por cobrar y por pagar de largo plazo (excepto el saldo de
impuesto a la ganancia mínima presunta incluido en los otros créditos no
corrientes) que no tuvieran asociada una tasa de interés o para las cuales no
existiera una forma de compensación financiera contemplada, se determinaron a
sus valores sin descontar, siendo las diferencias en relación a sus valores
actuales no significativas. Este criterio no fue aplicado a los rubros
corrientes dado que el bajo nivel de variación en los Indices de Precios
Internos al por Mayor permite considerar al ejercicio como de estabilidad
monetaria.
17-Explique la diferencia entre arrendamiento financiero y operativos y las
consideraciones que deben considerarse para la exposición en anexos y notas para
cada caso.
La RT 18 define como arrendamiento al acuerdo por el cual una persona (el
arrendador) cede a otra (el arrendatario) el derecho de uso de un activo durante
un tiempo determinado, a cambio de una o más sumas de dinero (cuotas).
Define dos tipos de arrendamientos: el Arrendamiento financiero y el Arrendam
Qué debe considerarse para la exposición en anexos y notas para cada caso.
Los arrendamientos financieros deben ser tratados del mismo modo que una compra
financiada, tomando como precio de la transferencia del bien arrendado al
importe que sea menor entre:
a) el establecido para la compra del bien al contado; y
b) la suma de los valores descontados de las cuotas mínimas del arrendamiento
(desde el punto de vista del arrendatario).
Para el cálculo de los valores descontados se utilizará la tasa de interés
implícita del arrendamiento. Si el arrendatario no la pudiese determinar,
empleará la tasa de interés que debería pagar por incrementar su pasivo.
En el caso del arrendamiento operativo; las cuotas que deben pagarse se imputan
a los períodos en que se generen las correspondientes obligaciones.
En cuanto a la exposición deberán ser presentados en el anexo de bienes de uso.
En la información complementaria, deberán individualizarse dentro de cada grupo
de bienes de uso los bienes incorporados mediante arrendamientos financieros.
En los arrendamientos financieros además se deberá informar:
Los arrendatarios presentarán una conciliación entre el total de las cuotas
mínimas comprometidas a la fecha de los estados contables y su valor actual.
Los arrendadores presentarán:
• Una conciliación entre el total de activos por arrendamientos y el valor
actual de las cuotas mínimas (desde el punto de vista del arrendador) a la fecha
de los estados contables;
• Los ingresos financieros no devengados;
• Los valores residuales no garantizados;
• La previsión para desvalorización sobre las cuotas mínimas a cobrar;
En los arrendamientos operativos se deberá informar:
• Los arrendatarios presentarán los totales imputados al resultado del período
en concepto de cuotas mínimas y cuotas por subarrendamiento.
18-Defina como se expone y como se calcula el resultado por acción.
19-Valuación de créditos según RT 17
Los Créditos corrientes y no corrientes se pueden dividir en:
• Montos fijos en moneda de curso legal sin ningún tipo de carga financiera, se
medirán a su valor nominal.
• Montos fijos en moneda extranjera, se medirán a su valor de cotización. Además
se considera su destino probable; si la intención fuera negociarlos, cederlos o
transferirlos anticipadamente a su valor neto de realización; si se aguardará a
su vencimiento se respeta la tasa determinada al momento inicial.
• Indexados, se medirán según la cláusula pactada. Si la intención fuera
negociarlos, cederlos o transferirlos anticipadamente a su valor neto de
realización. Si se aguardará a su vencimiento se respeta la tasa determinada al
momento inicial.
• Con intereses implícitos, se medirán igual que los intereses explícitos ya que
la RT 17 aconseja la segregación del componente financiero implícito. Se devenga
el interés explícito correspondiente al período. Además se considera su destino
probable. Si la intención fuera negociarlos, cederlos o transferirlos
anticipadamente a su valor neto de realización. Si se aguardará a su vencimiento
se respeta la tasa determinada al momento inicial.
• No cancelables en dinero, se deben aplicar las reglas de medición contable del
bien o servicio a recibir o prestar.
20-Mencione que estados contables básicos y anexos son dinámicos y cuales
estáticos.
los estados contables básicos son dinámicos:
a) Estado de situación patrimonial o balance general.
b) Estado de recursos y gastos.
c) Estado de evolución del patrimonio neto.
d) Estado de flujo de efectivo.
Anexos dinámicos:
Anexo Bienes de Uso, Anexo inversiones en bienes depreciables, Anexo activos
intangibles,
Anexo estático:
Anexo de inversiones, acciones, debentures y otros títulos emitidos en serie,
participaciones en otras sociedades.
21-Mencione los 5 criterios de medición generales para los activos
Los Activos pueden medirse a:
1. Su costo histórico.
2. Su costo de reposición.
3. Su valor neto de realización.
4. El importe descontado del flujo neto de fondos a percibir (valor actual).
5. El porcentaje de participación sobre las mediciones contables de bienes o del
patrimonio.
22-Mencione los 3 criterios de medición básicos para los pasivos
Los Pasivos pueden medirse a:
1. Su importe original.
2. Su costo de cancelación.
3. El importe descontado del flujo neto de fondos a desembolsar (valor actual).
4. El porcentaje de participación sobre las mediciones contables de pasivos.
23-Variables que determinan el modelo contable.
a)Detállelas al 30-03-2001
b)Detállelas al 10-05-2006
Las variables son las mismas en cada fecha. El modelo contable utilizado para la
preparación de los estados contables está determinado por los criterios que se
resuelva emplear en lo que refiere a:
a) La unidad de medida. Los estados contables deben expresarse a moneda
homogénea, de poder adquisitivo de la fecha a la cual corresponden. En un
contexto de estabilidad monetaria, como moneda homogénea se utilizará la moneda
nominal.
b) Criterios de medición. Son las mediciones contables periódicas de los
elementos que cumplen las condiciones para reconocerse en los estados contables,
las mismas se detallaron en las 2 preguntas anteriores. Los criterios de
medición contable a utilizar deben basarse en los atributos que en cada caso
resulten más adecuados para alcanzar los requisitos de la información contable y
teniendo en cuenta: 1. el destino más probable de los activos y 2. la intención
y posibilidad de cancelación inmediata de los pasivos.
c) Capital a mantener, se considera al realmente invertido en moneda, es el
capital financiero.
24-¿Cómo se pueden reconocer las tenencias generadas por los distintos activos y
pasivos?
Desarrollar todo lo relacionado con registración y exposición en el estado de
resultados.
Las tenencias generadas por los distintos activos y pasivos se pueden reconocer
con las siguientes cuentas específicas de valuación;
• Cuenta: Resultado por exposición al cambio del poder adquisitivo de la moneda
(RECPAM) o Resultado por exposición a la inflación (REI), esta cuenta en caso de
trabajar en un contexto de estabilidad no será utilizada. Su origen está en los
Activo y Pasivos monetarios. Resulta de exponer a la inflación los activos y
pasivos monetarios que siempre poseen el mismo valor nominal.
• Cuenta: Intereses generados por Activos. Su origen está en los Créditos en
moneda argentina. Resulta de financiar ventas a terceros en pesos.
• Cuenta: Intereses generados por Pasivos. Su origen está en las Deudas en
moneda argentina. Resulta de financiar compras a terceros en pesos.
• Cuenta: Diferencias de Cotización generadas por Activos. Su origen está en los
Créditos en moneda extranjera. Resulta de financiar ventas a terceros en moneda
extranjera.
• Cuenta: Diferencias de Cotización generadas por Pasivos. Su origen está en las
Deudas en moneda extranjera. Resulta de financiar compras a terceros en moneda
extranjera.
• Cuenta: Resultado por Tenencia Generados por Activos (se puede agregar el
nombre del activo en cuestión, para una mejor exposición). Su origen está en las
Disponibilidades en moneda extranjera, las inversiones corrientes y no
corrientes, los bienes de cambio corrientes y no corrientes y otros activos no
considerados. La RT 17 no admite la valuación a valores presentes de Bienes de
Uso y Activos Intangibles. Esta cuenta surge por mantener en nuestro activo el
bien en cuestión.
• Cuenta: Resultado por Tenencia generado por Pasivos (se aconseja agregar el
nombre del pasivo en cuestión, para una mejor exposición). Su origen está en
todo pasivo no monetario no considerado en los puntos anteriores. Esta cuenta
surge por mantener en nuestro pasivo el bien en cuestión.
25-Sanciones que prevee la ley 20488, el Código de Ética Unificado de la FACPCE
y el Código de Ética vigente en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
La ley 20488 en su artículo 22, el Código de Ética Unificado de la FACPCE en su
artículo 44 y el Código de Ética vigente en la jurisdicción de la Ciudad
Autónoma de Bs. As. en su artículo 28 preveen las siguientes sanciones:
• Advertencia.
• Amonestación Privada.
• Apercibimiento público.
• Suspensión del ejercicio de un mes a un año.
• Cancelación de la matrícula.
04- Confeccione el siguiente anexo de bienes de uso considerando el
reconocimiento de la inflación. Tenga presente que los datos siguientes están en
moneda nominal de cada fecha. (por ejemplo lo indicado el 31-12-01 es moneda del
31-12-01 y lo indicado el 30-06-02 es moneda del 30-06-02)
31-12-01 Los saldos de cierre del ejercicio fueron los siguientes
Terreno A 100.000. -
Inmueble 120.000. -
Amort(Ac) Inmueble (20.000. -)
Rodado 10.000.-
Amort(Ac) Rodado (1.000.-)
30-03-02 Se vendió el inmueble en la suma de $ 167.000. - en efectivo
30-06-02 A través de un arrendamiento financiero se incorporó una maquinaria.
Se pactó el pago de 20 cuotas de$ 1.000.-cada una y un pago final de $
26.000.-. El valor de contado de la maquinaria es $ 50.000.-
30-09-02 Se comprò el terreno B en la suma de $ 20.000.-al contado
31-12-02 Fecha de cierre de ejercicio.
- Las tasas de amortización son 10% para el rodado y 5% para la maquinaria
- El valor recuperable del terreno A es $ 145.000. - , el terreno B $93.000. - y
la maquinaria $ 98.000. -
- Los índices de inflación son los siguientes:
- Diciembre 2001 100
- Marzo 2002 120
- Junio 2002 150
- Septiembre 2002 180
- Diciembre 2002 200
Ir a Anexo Bienes de Uso
05-Registrar las siguientes operaciones
01-01-06 Iniciamos la actividad de la empresa con una emisión de acciones por un
valor total de $ 100.000 integrados con $ 30.000.- en efectivo y el resto con un
inmueble.
30-03-06 Invertimos $ 10.000.- en el añejamiento de 40.000 litros de vino en
barricas de roble y $ 20.000.- en la construcción de una obra. Ambos procesos
son prolongados en el tiempo.
30-09-06 Solicitamos $ 60.000.- de préstamo en una entidad bancaria a 12 meses
de plazo con un tasa del 20% anual que será cancelado con un solo pago al
vencimiento.
Invertimos $ 20.000.- en la obra en curso de ejecución y $ 40.000.- en el
añejamiento de vinos.
30-10-06 Compramos bienes de cambio, 10000 unidades del producto “A “a $ 3.-
cada una a pagar a 90 días de plazo. Si lo hubiésemos comprado al contado nos
hubieran cobrado
$ 2,70 por unidad.
31-12-06 FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO.
En el período de tiempo comprendido en este ejercicio no es necesario el
reconocimiento del cambio en el poder adquisitivo de la moneda.
1-La obra en curso de ejecución se valuará a costo histórico y su valor
recuperable
al cierre es de $ 70.000.-
2-Los productos en proceso se valuarán a costo de reposición proporcionado al
grado de avance en que se encuentre. El grado de avance es del 25% y el costo de
Reposición unitario terminado es $ 8.- por litro.
3-El inmueble se valuará a costo histórico y para su amortización se calcula 20%
y
80% y una vida útil total de 50 años.
4-El costo de reposición unitario contado de la mercadería es $ 3,20 cada una
5-La empresa decide activar la carga financiera proveniente de capitales de
terceros
y de capital propio en todos los casos que sea posible. Para el segundo caso se
estima una tasa de interés del 1,5% mensual directa.