Tarea Nº3 Constitucional
Por favor leer ley 22.847....(buscarla en www.infoleg.gov.ar)Note la diferencia entre esta y la CN.
Con este trabajo intentaremos comprender algunos puntos centrales de uno de los Poderes del Estado como es el Poder Legislativo
Consignas:
1. Responda: ¿Qué es la Asamblea Legislativa? Mencione casos de cuándo se reúne.
La Asamblea Legislativa es la reunión conjunta de ambas cámaras, por ejemplo:
o para recibir el juramento del presidente y vicepresidente (art. 93),
o el mensaje presidencial de inicio de sesiones (art. 99 inc. 8°),
o determinar quién ocupa la presidencia en caso de vacancia (art. 88),
o admitir o no los motivos de dimisión del presidente y vicepresidente declara en caso de proceder a una nueva elección (art. 75 inc. 21),
o cuando visitan el país dignatarios extranjeros (práctica parlamentaria), etc.
2. Responda: ¿Cómo se compone cada Cámara?, ¿Cómo se eligen los miembros de cada Cámara?, ¿A quiénes representan?
“El número de representantes será de uno por cada treinta y tres mil habitantes o fracción que no baje de dieciséis mil quinientos.
ARTICULO 45
Adjunto de tarea Nº 3
LEY N° 22.847 de Convocatoria electoral: AÑO 1983
ARTICULO 3º - El número de diputados nacionales a elegir será de uno por cada 161.000 habitantes o fracción no menor de 80.500. A dicha representación se agregará, por cada distrito, la cantidad de tres (3) diputados, no pudiendo en ningún caso ser menor de cinco (5) diputados ni inferior a la que cada distrito tenía al 23 de marzo de 1976. El Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud, elegirá dos (2) diputados.
CONSTITUCION NACIONAL
1994-PARANÁ SANTAFE
ARTI 45. Art. 45.- La Cámara de Diputados se compondrá de representantes elegidos directamente por el pueblo de las provincias, de la ciudad de Buenos Aires, y de la Capital en caso de traslado, que se consideran a este fin como distritos electorales de un solo Estado y a simple pluralidad de sufragios. El número de representantes será de uno por cada treinta y tres mil habitantes o fracción que no baje de dieciséis mil quinientos. Después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado.
3)En caso de los Diputados y Senadores, mencione: a) Duración del Cargo; b) Vacantes; c) Números de miembros; d) Duración del cargo; e) Condiciones; f) Incompatibilidades; g) Inmunidad de los legisladores (arresto, opinión y exención a procesos penales) Explique brevemente.
a) Duración del Cargo: DIPUTADOS. 4 AÑOS
SENADORES: 6 AÑOS
b) Vacantes: El Código Nacional Electoral dispone en su art. 164: " En caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad o incapacidad permanente de un Diputado Nacional lo sustituirán quienes figuren en la lista como candidatos titulares según el orden establecido. Una vez que ésta se hubiere agotado ocuparán los cargos vacantes los suplentes que sigan de conformidad con la prelación consignada en la lista respectiva. En todos los casos los reemplazantes se desempeñarán hasta que finalice el mandato que le hubiere correspondido al titular ".
En caso de Senadores: la disposición transitoria 4ª, párrafo 7º de la Constitución Nacional al disponer que " Toda vez que se elija un senador nacional se designará un suplente, quien asumirá en los casos del artículo 62". No obstante estar inserta esta cláusula en las disposiciones transitorias, debe considerarse de aplicación permanente. Así lo entendió la Ley 24.444 al modificar el Código Nacional Electoral y disponer que habrá candidatos a senadores titulares y suplentes (art. 156: "Cada elector votará por una lista oficializada con dos candidatos titulares y dos suplentes") y que "los suplentes sucederán al titular por su orden en el caso previsto en el artículo 62 de la Constitución" (art. 157).
c) Número de miembros:
* Cámara de diputados: “El número de representantes será de uno por cada treinta y tres mil habitantes o fracción que no baje de dieciséis mil quinientos. (Art. 45) in fine.
*Cámara de Senadores: La cámara de senadores está compuesta por tres representantes (Senadores) de cada provincia, y tres de la CABA (art. 54) lo que suma 72 senadores.
d.) Duración del cargo: El nuevo artículo 54 de la Constitución introduce tres novedades respecto al sistema anterior:
Para posibilitar el comienzo de la renovación parcial, también se recurre a la suerte: por ejemplo en el 2001 se determinaron qué distritos renovarían senadores en el 2003 y en el 2005 (disposición transitoria 5ª, CN).
e) Condiciones;
DIPUTADOS: 25 años- Ser argentino- 4 años de ciudadanía en ejercicio- Ser nativo de la provincia o tener 2 años de residencia inmediata en ella.
SENADORES: 30 años-6 años de ciudadanía en ejercicio-Ser nativo de la provincia en la que se postula o tener 2 años de residencia inmediata en ella –Renta anual de 2000 pesos fuertes.
f) Incompatibilidades: Hay ciertos cargos que no pueden ejercer los miembros del Congreso:
Ø Empleo o comisión del Poder Ejecutivo
Ø Eclesiásticos regulares.
Ø Gobernadores de Provincia.
Ø Magistrados del Poder Judicial
g) Inmunidad de los legisladores (arresto, opinión y exención a procesos penales) Explique brevemente.
Son ciertos derechos, garantías y facultades que la Constitución consagra a favor del Congreso y de los legisladores, para proteger su independencia y el funcionamiento.
- Privilegios personales.
1. Inmunidad de expresión: Todos los miembros del Congreso tienen el privilegio de no ser acusados, interrogados judicialmente, no molestados por las opiniones o discursos que emitan desempeñando su función de legisladores.
2. Inmunidad de arresto: Ningún miembro del Congreso puede ser arrestado o detenido. ( art. 69)(Sólo si es sorprendido “in fraganti”. Se puede, no obstante, iniciarse una causa penal contra él y llevarse adelante.
3. Desafuero: El “ desafuero “ consiste en la suspensión – en sus funciones- de legislador acusado, a fin de ponerlo a disposición del Juez para su juzgamiento (art.70)
-Privilegios colectivos (Competencias comunes a ambas Cámaras)
a) Juicio de las elecciones: Cada Cámara es juez de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros, en cuanto a su validez. (Art. 64)
b) Reglamentación Interna: Cada Cámara tiene su Reglamento Interno, el cual contiene las reglas de funcionamiento de Cada Cámara, sus sesiones, debates y votaciones, el ingreso de sus miembros, etc. Este reglamento no puede contradecir la Constitución Nacional
c) Poder disciplinario: Ambas cámaras cuentan con poder disciplinario respecto de sus miembros Son de tres tipos. (Según la gravedad del suceso)
d) Interpelación: es la facultad de las Cámaras de hacer ir a sus salas a los ministros del Poder ejecutivo, para que estos den explicaciones de lo que ellas le pidan, o para que les rindan informes.
4.-Explique las clases de sesiones (preparatorias, ordinarias, prórroga y extraordinarias)
Ambas Cámaras sesionan por separado, es decir se reúnen sus miembros, cada una en su propio recinto. Estas reuniones se llaman “sesiones”. Deben concluir sus sesiones en forma simultánea. ( Art. 65)
Existen cuatro clases de sesiones:
1. De inicio o preparatorias: Sesiones preparatorias: se incorporan los nuevos legisladores, se evalúan las impugnaciones que se pudieran haber formulado a su designación y, si corresponde, se les toma juramento. También se integran las comisiones parlamentarias permanentes y se designan las autoridades de la Cámara. Su fin es realizar trámites administrativos previos.
2. Ordinarias: Son las sesiones a las que se autoconvoca cada Cámara, desde el 1 de marzo hasta el 30 de noviembre. En ellas el Congreso sesiona sin que intervengan los demás poderes, haciendo uso total de sus funciones legislativas. Trabaja con “ agenda abierta”
3. Extraordinarias: Son aquellas que solo puede convocar el Presidente cuando el Congreso esté en receso y ante una grave situación de orden, progreso o emergencia que amerite tomar importantes decisiones.
3. De prórroga: Son aquellas en las que el Congreso se limita a terminar lo que quedó inconcluso en las ordinarias.
5.-Explique qué es el quórum y cuáles son las mayorías que dispone nuestra CN, para el caso de las votaciones.
a-) El quórum es la cantidad de miembros para que el órgano colectivo (en el caso, cada Cámara del Congreso) pueda sesionar (tanto para su inicio, duración o finalización), de modo que los miembros presentes superen a los ausentes. Cada Cámara necesita para sesionar la presencia de la mitad más uno (o más de la mitad, en ciertos casos) del número de legisladores (art. 64: ninguna de las Cámaras entrará en sesión sin la mayoría absoluta de los miembros).
b) Mayoría.
b.1.) mayoría absoluta: ½ + 1
b.2.) mayoría simple: relativa o pluralidad de sufragios; alude a una cantidad que sin alcanzar la ½ + 1 es superior a otras cifras.
b.3.) mayoría calificada: o agravada es la que supera ½ + 1, por ejemplo: 2/3.
Se computa sobre los presentes (por ejemplo para un juicio político o acuerdo para designar al Defensor del pueblo, arts. 53, 59, y 86) o según el total de los miembros (por ejemplo: constitucionalización o denuncia de tratados, art.75 inc. 22).-