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Finanzas Públicas II
Finanzas Públicas II | 2° Parcial | 1º Cuat. 2008 | Altillo.com |
1. Se plantean dos métodos alternativos para gravar al consumo: a) que la
alícuota aplicada a cada bien sea mayor, cuanto menor es la sensibilidad de las
cantidades a las variaciones de los precios;
b) que la alícuota sea la misma para todos los bienes.
Explique la racionalidad (en términos de eficiencia) que habría detrás de cada
uno de estos dos mé-todos.
a) El primer método tiende a minimizar la carga excedente: cuanto menor sea la
elasticidad de un bien, menor impacto tendrá una modificación de su precio
(provocada por el impuesto) sobre las cantidades producidas y vendidas y, por lo
tanto, habrá una menor distorsión en la asigna-ción de recursos.
b) El segundo método es un “second best” en términos de asignación de recursos
(al aplicar la misma alícuota a todos los bienes, no habrá grandes alteraciones
de precios relativos y, por lo tanto, no es de esperar que se produzcan
reasignaciones importantes de recursos producto del impuesto) y es notablemente
más eficiente en términos de administración del impuesto. El otro método es
impracticable, porque no se puede calcular exactamente las elasticidades y
actuali-zar constantemente esa información, y además es muy difícil de
administrar.
2. Enuncie tres iniciativas gubernamentales (medidas o conjunto de medidas) que
harían disminuir la evasión tributaria, explicando porqué espera que se logre
ese efecto.
i. Aumento de las penalidades por evasión: haría potencialmente más costosa la
evasión, por lo que podría desalentar a algunos evasores.
ii. Aumento de los esfuerzos de fiscalización del Ente Administrador: aumentaría
la probabili-dad de que la evasión sea descubierta.
iii. Mejoras en la administración de justicia tributaria, tendiente a hacerla
más ágil: aumenta-ría la probabilidad de que la evasión sea castigada.
iv. Otorgamiento al ente administrador de herramientas para castigar
directamente la evasión, sin necesidad de esperar que se expida la justicia:
también aumenta la probabilidad de que la evasión sea castigada.
v. Mantener a la economía estabilizada, evitando las recesiones: porque es un
hecho compro-bado que, cuando la economía entra en recesión, la evasión aumenta,
porque la gente suele tener necesidades más acuciantes que pagar los impuestos.
vi. Realizar campañas tendientes a que mejore la actitud de la gente hacia el
cumplimiento tri-butario (educación tributaria).
vii. Mejorar el trato hacia los contribuyentes (así estarán mejor dispuestos a
pagar).
viii. Demostrar a los contribuyentes que su dinero está bien empleado por el
Estado (también en este caso, lo que se buscaría es una mejor actitud de pago).
3. ¿Es posible que un sistema tributario sea regresivo y que, aún así, el Estado
redistribuya ingresos a favor de los pobres? Explique conceptualmente porqué.
Sí, es posible. La condición para que un sistema tributario sea regresivo es que
las personas de mayo-res ingresos paguen menos impuestos, como proporción de sus
ingresos, que las de bajos ingresos. Es decir, el impuesto que paga una persona
rica pueden ser mayor, en términos absolutos, que lo que pa-ga un pobre, pero
será menor si se mide la relación Impuesto / Ingreso. La condición para que el
Esta-do redistribuya ingresos a favor de los pobres es que la proporción de los
beneficios del gasto público que reciben los ricos sea inferior a la proporción
de los impuestos que pagan, y que con los pobres ocurra lo contrario. Las dos
situaciones son perfectamente compatibles.
Por ejemplo, supongamos que R es un rico, P un pobre, YR e YP sus ingresos, TR y
TP los impuestos que pagan, y BR y BT los beneficios que recibe cada uno del
gasto público, y tenemos: YR= 100; YP= 10; TR= 10; TP= 2; BR = 5; BT = 5;
entonces el sistema tributario es regresivo, ya que TP/YP es ma-yor que TR/YR;
pero el Estado redistribuye a favor de los pobres, ya que YP - TP + BT (el
ingreso del pobre luego de la acción fiscal) es superior a YP (el ingreso del
pobre antes de la acción fiscal).
4. Suponga que en Argentina todas las funciones de gobierno estuvieran
centralizadas en el Gobierno Nacional, y se planteara un proyecto tendiente a
crear gobiernos locales (municipales y regionales) y a descentralizar parte de
estas funciones en ellos. ¿Cuáles serían los principales argumentos a fa-vor de
hacerlo?
• Proximidad entre quienes administran un programa público y sus beneficiarios.
La mayor proxi-midad (sería el caso de los gobiernos locales) favorece el
intercambio de información. Esta infor-mación permitiría que los administradores
puedan tomar mejores decisiones, y que los beneficia-rios tengan mejores
posibilidades de controlarlos, reduciendo así los ruidos principal-agente y
presionando hacia un manejo eficiente del programa.
• Necesidad de adaptar un programa público a las características y preferencias
de sus beneficia-rios. Las autoridades locales, por su mayor proximidad, serían
quienes estarían en mejores condi-ciones para realizar esa adaptación.
5. De las frases siguientes, algunas son verdaderas (en el sentido de que no hay
nada en ellas que sea manifiestamente falso) y otras no lo son. Usted debe: a)
poner, en el lado izquierdo de cada frase, las letras “V” o “F”, como indicación
de que considera que la frase es enteramente verdadera, en el primer caso, o
parcial o totalmente falsa, en el segundo caso; b) en el caso de las frases que
sean parcialmente falsas, subrayar la parte que considere incorrecta (si se pone
la letra “F”, y no se sub-raya nada, se interpretará que se considera falsa a
toda la frase); c) en hoja aparte, explicar breve-mente (sólo para las frases
marcadas con “F”), porqué considera que la frase es falsa, cuál sería la frase
correcta y porqué.
A) En el sistema federal argentino, el Gobierno Nacional está a cargo de la
política macroeconómi-ca, de la prestación de servicios de alcance nacional o
cuya prestación, en escalas económica-mente adecuadas, favorece a más de una
jurisdicción; también interviene en programas con fuerte componente
redistributivo, como los programas sociales o la seguridad social, y tiene a su
cargo algunos gastos de alcance local, como el de la policía en la Ciudad de
Buenos Aires.
Verdadero
B) Un sistema de transferencias intergubernamentales no basado en su totalidad
en criterios devo-lutivos tiende a generar una redistribución del ingreso entre
las regiones del país; como conse-cuencia, las diferencias en el nivel
socioeconómico de las distintas regiones pueden achicarse o agrandarse.
Verdadero
C) Un sistema de transferencias nacionales que se realizaran estrictamente en
función de lo recau-dado en cada jurisdicción (provincias o Ciudad de Buenos
Aires) y, por lo tanto, no redistribu-yera ingresos entre regiones del país, ni
sirviera para compensar derrames interjurisdiccionales, ni para asegurar la
provisión de servicios de interés nacional, ni para asistir a comunidades que
sufren un problema puntual (como una inundación), no cumpliría ninguna función.
Falso: un sistema de transferencias devolutivo podría cumplir la función de
compensar desequili-brios verticales y, así, permitir que los gastos públicos se
encuentren relativamente descentraliza-dos mientras que la recaudación de
recursos esté relativamente centralizada; ambas cosas pueden ser convenientes
por razones de eficiencia en el gasto y en la recaudación.
D) La mayor parte de las transferencias de la Nación a las provincias son de
tipo “no condiciona-das”; es decir, se realizan sin que la provincia receptora
esté obligada a gastar los fondos en una determinada finalidad.
Verdadero
E) La Ley de Coparticipación Federal N° 23.548, sancionada a fines de 1987, no
consideró crite-rios objetivos de reparto de los fondos a distribuir –a
diferencia de su predecesora, la Ley 20.221– sino que los porcentajes
establecidos para cada provincia fueron determinados básica-mente a partir de
negociaciones políticas.
Verdadero
F) La Ley N° 23.548 fue reformada en 1994, estableciéndose a partir de entonces
una distribución basada en índices objetivos, que contemplan las funciones y
necesidades de cada Estado parti-cipante, con un criterio solidario entre
jurisdicciones.
Falso: lo que se reformó en 1994 fue la Constitución Nacional, no la Ley 23.548.
En la reforma constitucional se establecía la necesidad de que esa ley fuera
reformada, pero eso todavía no se llevó a cabo.