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1º Parcial A  |  Derecho Penal (Cátedra: Garibaldi - 2024)  |  Derecho  |  UBA
PREGUNTA 1:

a) El artículo 34, inciso 6º del Código Penal, exige como condición para la determinación de la legítima defensa, la concurrencia de la "b) Necesidad racional del medio empleado".
a.1)Explique su significado de manera fundada.
a.2)Formule un ejemplo en el cual se vea reflejada su explicación.
b) Mencione dos diferencias entre la legitima defensa y el estado de necesidad justificante.

PREGUNTA 2:
Analice la conducta de Edgardo de acuerdo al método estudiado.
Desde que Edgardo era chico, su madre -Maria- le dijo que su padre había muerto días después de su nacimiento. A sus veintidós años, y mientras caminaba cerca de la casa en que vivía desde niño, un vecino de su confianza se le acercó y le hizo saber que su padre estaba vivo. Ante la inmediata pregunta de Edgardo sobre la identidad de su progenitor, el vecino no dudó en decirle que se trataba del zapatero del barrio. No sólo eso, también le dijo que el zapatero ocultó esa circunstancia porque lo avergonzaba el hecho de ser su padre. Al dirigirse a la casa del zapatero para matarlo, el hijo del vecino le comenta que escuchó la conversación anterior y que duda de que lo que le dijo su padre sea verdad, y que en realidad su padre está peleado con el zapatero hace muchos años. Edgardo lo escucha, pero de todas maneras se dirige a la casa del zapatero, y lo mata propinándole varios golpes con un martillo. Horas más tarde, su madre, María, le dice a Edgardo que el hombre al que habia matado no era su padre. También le aclaró que la mentira del vecino obedecía, tal como le dijo el hijo de éste, a la enemistad que lo separaba del zapatero desde que le arruinó un par de botines.
Además, indique, si se verifica en el caso la agravante del art. 80 inc 1 del CP, y cómo influye en su análisis el conocimiento que tomó Edgardo, de los dichos de su vecino de confianza respecto a que el zapatero era su padre (y los dichos que luego le efectúa el hijo del vecino

PREGUNTA 3:
Crear del modo más concreto posible, un caso en el que la conducta de un sujeto se ve afectada por un error de tipo, evitable, con relación a la figura del articulo 31, inciso d) de la ley de marcas y designaciones nº 22.362
(El artículo dice "será reprimido con prisión de tres meses a dos años pudiendo aplicarse además una multa de $... el que ponga en venta, venda o de otra manera comercialice productos o servicios con marca registrada falsificada o fraudulentamente imitada...". Luego explicar muy brevemente:
i. ¿Por qué se da un error de tipo? (Características).
ii. ¿Por qué aparece como evitable?
iii. ¿Cuáles son las consecuencias jurídicas de esta clase de error?

 

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