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Teoría Política y Social
II
1º Parcial A | Teoría Política y
Social II (Cátedra: Vargany - 2022) | Cs. Sociales | UBA
1. El jurista alemán Carl Schmitt dice en su Concepto de lo político lo
siguiente acerca
de Hobbes: “El protego ergo obligo [protejo, por ende obligo] es el cogito ergo
sum
[pienso, por ende existo] del Estado (…)”. Con ello, Schmitt que busca señalar
que, de
la misma manera que el pensar permite el existir, el proteger habilita la
obligación.
Explique la cita de Schmitt restituyendo la concepción entre la protección y la
obediencia en Hobbes. Compare el tópico de la obligación en Hobbes con la
concepción
de Jean-Jacques Rousseau, reparando en su distinción entre las relaciones
naturales de
padre-hijo y las convencionales del segundo capítulo del libro I de Del contrato
social.
2. ¿Cómo piensa Thomas Hobbes la relación entre el soberano y las leyes? ¿Y cómo
lo
hace John Locke? Precise las concepciones de cada uno y luego póngalas en
relación.
3. Explique la siguiente cita de Baruj Spinoza: “Muy culto señor [Jarig Jelles]:
Por lo
que respecta a la política, la diferencia entre Hobbes y yo [Spinoza], sobre la
cual me
pregunta usted, consiste en que yo conservo siempre incólume el derecho
natural”. Para
contestar esta consigna, restituya la concepción del estado natural y del estado
político
de Thomas Hobbes y exponga cómo Spinoza de apropia de esas nociones en su
filosofía
política propia.