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Derecho III: Administrativo y Procesal del Trabajo Resumen: Ley de Administración Procesal Cátedra: Recalde 2° Cuat. de 2012 Altillo.com

Ley de Administración Procesal: 19.549
La administración tiene dos finalidades, garantizar la pronta y eficaz satisfacción del
interés general mediante las medidas y decisiones de los órganos de la
Adminsitracion y garantizar los derecho particulares.
Requisitos/Prinicipios de Procedimiento:
Impulsión e instrucción de oficio
Celeridad, economía, sencillez y eficacia.
Informalismo ( Solo a favor del administrado, obliga a dar curso a aquellas peticiones
formuladas por el administrado aun cuando existan errores susceptibles de ser saneados en
la posterioridad)
Del Debido Proceso: Derecho a ser oído, Derecho a presentar pruebas y Derecho de 1
decisión fundada.
Gratuitidad del procedimiento: no debe imponer ninguna tasa.
De la verdad material; prevalece el interés general en vez del particular
Plazos:
Los Actos deben practicarse dentro de los plazos fijados en el Acto administrativo. Los
mismos son Obligatorios.
Plazo de Alcance Particular: Se cuenta del 1 dia de notificado.
Plazo de Alcance General. Sera de 10 dias.( salvo que lo estipule una norma especial)
Prorroga: Antes del vencimiento la administración puede ampliar el plazo,
Si Denega la prorroga debe ser a 2 días del vencimiento.
Acto Administrativo:
El acto administrativo es la expresión de la voluntad de la Administración.
Es una declaración que hace la Administración en ejercicio de función materialmente
administrativo, y que posee repercusión juridica inmediata con respecto a los particulares.
Elementos Esenciales del Acto Administrativo:
a) Competencia: Lo debe dictar el funcionario competente, La competencia es atribuida al órgano
por parte de la Ley, CN o reglamento, La competencia es en razón de materia, lugar, tiempo y grado.
B) Causa ; Antecedente de hecho y derecho que justifican el acto administrativo
c)Objeto; El objeto del Acto administrativo debe ser licito explicito claro, determinado y
determinable. Sin objeto el acto será Nulo o de Nulidad Absoluta.
d) Forma y Procedimientos/ motivación: La forma es escrita manuscrita legal o a maquina, firmada
con fecha, lugar y nombre o razón social,, debe haber cumplimentado los procedimientos esenciales
y sustanciales previo a la emisión del acto.
SILENCIO O AMBIGÜEDAD DE LA ADM: En este caso, el requerimiento Se interpreta Negativo. No
podrá más de 60 días la Adm , y el interesado requerirá pronto despacho con 30 dias, y si no
respondiese en esos días, será de silencio de la Administración.
EFICACIA DEL ACTO; NOTIFICACION Y PUBLICACION.
El acto adquirirá eficacia una vez notificado al interesado en caso de alcance particular y en caso de
alcance general una vez publicado en el boletín oficial.
Caracteres del Acto Administrativo:
a)Presunción de Legitimidad : Su fuerza ejecutoria faculta a la administración a ponerlo en practica
por sus propios medios, a menos que la ley disponga otra cosa
b)Estabilidad: El acto no puede ser revocado, modificado, o sustituido.
e) Acto Nulo e insanable :
1. cuando la voluntad de la administración haya sido excluida por dolo, violencia o antecedentes
falsos sobre el agente.
2. cuando fuese emitido por incompetencia de razón de materia, grado , lugar o tiempo de la ley
aplicable.
Revocación del acto nulo mediante declaración judicial:
Reconsideración: por el órgano superior en razón de incompetencia de grado.
Confirmación: por el mismo órgano que lo dicto
Conversión: Si los elementos validos de un acto nulo, pudiese integrar otro valido, podrá efectuarse
la conversión
Revisión de un acto : Este pedido debe interponerse dentro de los 10 días de notificado en caso de
(A) y 30 dias del resto.
a) Cuando resultaren contradicciones
b) Cuando después de dictado se descubriesen documentos decisivos
c) Cuando se haya descubierto falsedad en declaraciones.
d) Cuando hubiese sido dictado mediante fraude, o violencia o grave irregularidad.
Impugnación Judicial de Actos Administrativos. Particulares
a) Una vez agotado todas las vías administrativas.
b) Este impedida la tramitación del reclamo.
c) Caso de Silencio o Ambigüedad.
Impugnación Judicial de Actos Administrativos. General
a) Cuando el interesado haya formulado reclamo ante la autoridad y el resultado fuese adverso
o hayan hecho silencio o ambigüedad.
Plazos dentro de los cuales debe deducirse la impugnación:
La acción contra el Estado o sus entes autárquicos, deberá deducirse luego de notificado o
informado el afectado dentro de los 90 ds.
Plazos para el Estado
No habrá plazos para accionar en los casos en que el Estado y o sus entes autárquicos fueren
actores: No podrán ser demandados judicialmente sin previo reclamo dirigido al ministerio.