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1º Parcial A  |  Derecho Internacional Privado (Cátedra: Weinberg - 2021)  |  Derecho  |  UBA

1-JURISDICCIÓN: Caso a resolver

“Maderas del Sur SA” (sociedad constituida y con domicilio en Rio Negro, Argentina) celebra en Argentina, un contrato de compraventa de maderas de Álamo, típico de la zona, con una sociedad llamada “cabañas peruanas” (constituida y con domicilio en Lima, Perú).-

El contrato tenía por finalidad que “Maderas del Sur SA” le iba a proveer de 5.000 listones de madera (de 10 metros x 10 metros) a “ Cabañas Peruanas”. A cambio “Cabañas Peruanas” iba a abonar 20.000 pesos.-

“Maderas del Sur SA” se compromete a entregar a los 15 días los listones de madera en el Puerto del Callao (terminal portuaria en Perú).

Cabañas Peruanas” abona la totalidad del precio al momento de celebrar el contrato cumpliendo de esta forma con la obligación a su cargo. A los 15 días cuando “Cabañas Peruanas” se presenta en la terminal Portuaria del Callao, Perú, al recibir la mercadería observa que los listones de madera se encontraban todos mojados y con hongos, por tal motivo decide iniciar acciones judiciales contra “ Maderas del Sur SA”.-

Consignas:

a-Lea atentamente el caso

b-Extraiga los hechos relevantes.

Contrato de compraventa internacional

Lugar de celebración: argentina.

Dos sociedades constituidas: una en argentina y la otra en Uruguay

Se realiza la entrega defectuosa y el pago por parte de la empresa “cabañas peruanas”

c-Realice el análisis de los ámbitos a los fines de identificar la fuente aplicable para determinar la jurisdicción.

Ámbito material: jurisdicción para interponer la demanda por incumplimiento compraventa internacional

Ámbito territorial: Argentina- Perú

Ámbito temporal: a la actualidad

Fuente aplicable: tratado de derecho internacional de Montevideo de 1889

Al no haber convenio bilateral entre argentina y Perú, aplicamos el tratado de Montevideo. Art 56 y 34 conforme a este articulo es competente el juez argentino

Argentina entra por el domicilio del demandado y cuya ley remite a la celebración del contrato

No habiendo ratificado Perú el tratado de Montevideo de 1940.

d-En consecuencia, de acuerdo a dicha fuente quién sería el juez competente? Justifique su respuesta e identifique el o los criterio/s atributivos de jurisdicción contemplado/s por dicha norma.

La jurisdicción es concurrente ya que el demandado tiene domicilio en argentina, y es contrato se celebro en Argentina , pero su cumplimiento se da en Perú

e- ¿Qué hubiera pasado si en el caso las partes -en el momento del contrato- hubieran pactado la jurisdicción a favor del juez Argentino?…, ¿quién sería el juez competente?

La jurisdicción en materia contractual pueden acordar las partes que juez va a ser competente y se puede dar la prorroga de jurisdiccion ya que nuestro derecho lo habilita

2605 y 2606

2-ESTRUCTURA DE LA NORMA:

Consignas: Clasifique la norma de DiPr, según sea directas o indirectas, y en el caso de que sean indirectas indique si son alternativas, subsidiarias o acumulativas. Asimismo, indique y clasifique el punto de conexión empleado, en su caso.-

Tiene dos partes 1) norma indirecta simple con punto de conexión es real, por la matricula que es nacional (lugar de registración) y 2) norma indirecta simple con punto de conexión voluntario

· “…Las personas jurídicas de carácter civil tienen su domicilio en donde existe el asiento principal de sus negocios.” (art. 10 TMDC 1940)

Es una norma directa de calificación autárquica xq define el asiento principal

3- DE LAS SIGUIENTES AFIRMACIONES INDIQUE CÚAL ES LA CORRECTA Y JUSTIFIQUE SU RESPUESTA.

a- El Código Civil y Comercial Argentino al considerar la autonomía de la voluntad como criterio atributivo de jurisdicción:

1- La admite ampliamente.

2- La admite sólo para cuestiones patrimoniales a favor de jueces o árbitros, pero no se admite en materia de contratos de consumo.- verdadero por el art 2605

3- Solo se admite si la prórroga es expresa, y puede ser a favor de jueces o árbitros, salvo sobre derechos reales.-

4- No la permite por una cuestión de orden público

b- En el caso de un conflicto suscitado el sobre el régimen de bienes en un proceso de divorcio donde las partes, con domicilio en Argentina y Uruguay, prorrogaron la competencia a favor del juez Argentino, a los fines de analizar la competencia se aplica :

1-el Protocolo de Buenos Aires sobre jurisdicción internacional.-

2- Tratado de Montevideo de Derecho Civil de 1940.-verdadero 56

3- Código Civil y Comercial de la Nación.-

4-Tratado de Montevideo de Derecho Civil de 1889.-


 

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