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1º Parcial A  |  Familia y Sucesiones (Cátedra: Berbere - 2021)  |  Derecho  |  UBA
José y Liliana se casaron el 3 de abril de 2005, y convivieron en un departamento que José tenía de soltero. Tuvieron una hija Agustina, el 4 de marzo del año 2011. Liliana compró un departamento en Belgrano con su sueldo en el año 2012 donde se mudó la familia. El 15 de septiembre del año 2015 José le dijo a Liliana que siempre fue homosexual, que no se lo contó porque sabía que si se lo decía no iba a querer casarse con él. Siguieron conviviendo, pero el 1 de enero de 2018 José se fue a vivir definitivamente a Francia, comunicándose con Agustina diariamente y transfiriendo $15.000 de alimentos mensuales para su hija. Liliana se quedó viviendo con Agustina en Argentina. Se debe una factura de gas del departamento de Liliana del año 2016 ($500), una cuota del colegio de Agustina ($5.000) y un mes de expensas del departamento de José de marzo de 2016 ($4.000).

CONSIGNAS: Conteste las siguientes preguntas con su debido fundamento, en los hechos y en el derecho, demostrando que Ud. conoce el tema. Las respuestas sin fundamento no serán consideradas. Puede tener ambos códigos a la vista, no puede transcribir artículos, debe indicar en sus respuestas si observa diferencias en ambos códigos.
1) Podría Liliana plantear una acción de nulidad de matrimonio, alegando que no se hubiera casado con José de haber conocido sus preferencias sexuales? ¿Por qué causal específica? ¿Existiría mala fe de alguno de ellos? ¿Existe hoy caducidad de la acción? Desde cuándo?
2) Indique el régimen patrimonial matrimonial que rige a José y Liliana. Indique la calificación del automotor. Si se dictara sentencia de divorcio hoy indique si existe recompensa. Indique a quién/es podría demandar el acreedor y sobre qué bienes concretos puede embargar y ejecutar, por la deuda del gas, (b) la deuda de expensas. Modificaría su respuesta si José y Liliana fueran convivientes?

 

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