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Familia
1º Parcial A | Familia y Sucesiones (Cátedra:
Berbere - 2021) |
Derecho | UBA
José y Liliana se casaron el 3 de abril de 2005, y convivieron en un
departamento que José tenía de soltero. Tuvieron una hija Agustina, el 4 de
marzo del año 2011. Liliana compró un departamento en Belgrano con su sueldo en
el año 2012 donde se mudó la familia. El 15 de septiembre del año 2015 José le
dijo a Liliana que siempre fue homosexual, que no se lo contó porque sabía que
si se lo decía no iba a querer casarse con él. Siguieron conviviendo, pero el 1
de enero de 2018 José se fue a vivir definitivamente a Francia, comunicándose
con Agustina diariamente y transfiriendo $15.000 de alimentos mensuales para su
hija. Liliana se quedó viviendo con Agustina en Argentina. Se debe una factura
de gas del departamento de Liliana del año 2016 ($500), una cuota del colegio de
Agustina ($5.000) y un mes de expensas del departamento de José de marzo de 2016
($4.000).
CONSIGNAS: Conteste las siguientes preguntas con su debido fundamento, en los
hechos y en el derecho, demostrando que Ud. conoce el tema. Las respuestas sin
fundamento no serán consideradas. Puede tener ambos códigos a la vista, no puede
transcribir artículos, debe indicar en sus respuestas si observa diferencias en
ambos códigos.
1) Podría Liliana plantear una acción de nulidad de matrimonio, alegando que no
se hubiera casado con José de haber conocido sus preferencias sexuales? ¿Por qué
causal específica? ¿Existiría mala fe de alguno de ellos? ¿Existe hoy caducidad
de la acción? Desde cuándo?
2) Indique el régimen patrimonial matrimonial que rige a José y Liliana. Indique
la calificación del automotor. Si se dictara sentencia de divorcio hoy indique
si existe recompensa. Indique a quién/es podría demandar el acreedor y sobre qué
bienes concretos puede embargar y ejecutar, por la deuda del gas, (b) la deuda
de expensas. Modificaría su respuesta si José y Liliana fueran convivientes?