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Contable
Resumen para el Segundo Parcial | Teoría
Contable (Cátedra: Montanini - 2022) |
Cs. Económicas | UBA
Cap. 6: Modelos Contables
6,1. CONCEPTOS BÁSICOS
Modelo: es un intento de representar la realidad a fin de poder explicar su
comportamiento o su evolución. Representación teórica de la realidad.
Estado Contable: trata de explicar la situación patrimonial, financiera y
económica de los entes que los emiten, así como su evolución a lo largo
del-tiempo.
Modelo Contable: conjunto de criterios utilizados para confeccionar un estado
contable
No existe, un único conjunto de criterios irrefutable y unánimemente aceptado
para elaborar los estados contables. Por el contrario, se sostienen distintas
posturas tanto con respecto a temas esenciales como en relación con cuestiones
específicas. Esto hace que existan diferentes modelos contables y que, en
consecuencia, el patrimonio de un ente y sus resultados puedan expresarse con
distintas cifras, según el modelo que se adopte.
6,2. PARAMETROS QUE INTERVIENEN EN LA DETERMINACION DE LOS DIFERENTES MODELOS
CONTABLES
a) La unidad de medida: El patrimonio de un ente suele estar compuesto por una
cantidad de bienes diferentes. Los mismos deben ser reducidos a un común
denominador. Para ello se utiliza la moneda, suponiéndose que la misma
constituye, un patrón estable de valor.
1. Homogénea: Ajustar o corregir íntegramente los estados contables, a fin de
tomar en consideración los efectos de las modificaciones en el poder adquisitivo
del dinero.
2. Heterogénea: No tomar en cuenta la existencia de los cambios en el poder
adquisitivo del dinero y emitir los estados contables como si los mismos no
existieran
b) El capital a mantener: Se relaciona con la ganancia, y con esto hay dos
posturas:
1. Financiero o Dinerario: aporte de los propietarios (se usa en Argentina y en
todo el mundo).
2. Físico, económico u operativo: la ganancia está dad por el aumento de la
capacidad operativa/económica de la compañía (ni se usa).
c) El criterio de valuación aplicable al patrimonio al cierre de cada ejercicio
(pasivos y activos): Las alternativas que se relacionan con el valor límite de
los activos son:
1. Valores históricos o costo del pasado
2. Valores corrientes o del presente
En el balance de cierre de ejercicio debe asignarse un valor límite o tope, en
el cual existen dos posturas: 1. Fijarlo en el valor de mercado que, en primera
instancia, sería el costo de reposición de los activos; 2. Establecerlo en el
valor recuperable de los activos.
6,3. DIFERENCIAS ENTRE MODELOS Y PRACTICAS CONTABLES
No hay ningún modelo que suela aplicarse a ultranza, al 100 %, en las prácticas
contables de los diferentes países. Lo habitual es que en la realidad se sigan,
predominantemente, los lineamientos de algún modelo, pero no que se lo respete
en su totalidad.
Por ejemplo, en la Argentina, las normas contables profesionales postulan como
parámetro para el modelo contable aplicable la utilización de valores
corrientes. Pero no todos los activos se valúan a valor corriente, pues algunos
intangibles, así como ciertas participaciones en empresas que no cotizan en
bolsa, se valúan a su costo original. Otro rubro importante del activo —los
bienes de uso— también puede valuarse al costo, en su caso, neto de
amortizaciones acumuladas.
No debe pensarse que los modelos “son ley” y que deben ser estrictamente
respetados. Como señaláramos al comenzar este punto, son intentos de representar
la realidad, aproximaciones a la misma. Las prácticas contables de cada país
suelen seguir, predominantemente, los lineamientos de algún modelo. Pero lo
excepcional es que lo cumplan al pie de la letra.
Cap. 7: Unidad de medida
7,1. INTRODUCCION
El balance general presenta el patrimonio mediante un recurso que permite
reducir los múltiples elementos heterogéneos que lo componen a una expresión que
posibilita agruparlos y compararlos fácilmente. Este recurso consiste en elegir
una moneda de cuenta y valorizar los diversos elementos patrimoniales,
asignándole un precio a cada unidad. Generalmente, se utiliza como moneda de
cuenta el dinero que tiene curso legal en el país dentro del cual funciona el
ente.
7,2. INFLACION Y DEFLACION
Inflación: es la pérdida de poder adquisitivo del dinero, en general, la forma
de medirla será computando el aumento promedio de los precios de los distintos
bienes y servicios que se transan en la economía.
Deflación: es la inversa de la inflación, o sea, el aumento persistente del
poder de compra del dinero o, lo que es lo mismo, la disminución de los precios.
Para calcular la variación promedio, deben elaborarse números índice del nivel
de precios, los que, idealmente, tendrían que tomar en consideración a todos los
bienes y servicios que se transan en la economía, ponderando, además, su
participación relativa.
Los precios pueden cambiar continuamente. Pero sería imposible calcular un
índice del nivel general de precios instantáneo, por lo que se lo compila
periódicamente (en nuestro país, en forma mensual).
Un número índice, para que su utilización resulte apropiada a efectos contables,
debe reunir, como mínimo, los siguientes requisitos:
• Comprender una muestra lo más amplia y representativa posible de bienes y
servicios, de forma tal de atenuar, en cuanto sea factible, las fluctuaciones de
precios atribuibles a razones estacionales, a distintas zonas geográficas o a
cambios en los hábitos de los consumidores.
• Referirse a períodos breves, por ejemplo, mensuales.
• Ser de pronta y regular difusión. Si el índice es mensual, debería estar
disponible los primeros días del mes siguiente a aquel al cual se refiere.
• Ser confeccionado por un organismo que merezca consenso en cuanto a su
seriedad y confiabilidad.
En la Argentina existen dos grupos de índices elaborados por el INDEC: el índice
de precios al consumidor (IPC) que mide el costo de vida, y el Sistema de
Índices de Precios Mayoristas (SIPM), que mide el precio de los bienes en los
mercados al por mayor. En los estados contables, se usan los precios mayoristas
porque son los que les interesan a las empresas. El SIPM se compone de tres
indicadores: 1) índice de precios internos al por mayor (IPIM) que mide la
evolución de los precios a los que el productor o el importador vende sus
productos en el mercado doméstico al por mayor; 2) el índice de precios internos
básicos al por mayor; 3) el índice de precios básicos del productor. Lo más
apropiado es tomar el IPIM, porque lo que interesa es ajustar el poder de compra
general del dinero y no el efecto del cambio de precios de un bien específico.
Un aspecto que debe destacarse consiste en que el índice no representa el nivel
de precios existente el último día del mes, sino que describe el nivel de
precios vigente a lo largo del mes durante el cual se fue haciendo la
recopilación.
Para calcular la variación de precios producida en cualquier mes con respecto al
inmediato anterior, de manera porcentual:
= =
7.3. EFECTOS DE LA INFLACION (DEFLACION) SOBRE LOS INFORMES CONTABLES
CONFECCIONADOS SIN TOMARLA EN CUENTA.
Las distorsiones tienen que ser significativas (inflación mayor al 8%), ya que,
si no influye tanto, no se hace nada (no se ajusta).
Si no se toma en cuenta los cambios en el poder adquisitivo de la moneda, a la
hora de armar los informes contables, se provoca una serie de distorsiones sobre
la información contable.
• Distorsiones en los Saldos de las Cuentas: Las cuentas que forman parte de los
estados contables van acumulando importes que, para poder sumarse, requieren
estar expresados en la misma unidad de medida. Si hay inflación o deflación, la
moneda va cambiando de valor y no puede hablarse ya del peso o del dólar en
general, sino que hay que agregarle la referencia al período al cual corresponde
su poder adquisitivo. Podemos sumar las cifras, pero reduciéndolas previamente a
una unidad de medida homogéneas (re expresando por inflación).
• Distorsiones en los Totales de los Estados Contables: si preparamos los
estados contables como si no hubiera inflación, diversos totales carecerán de
significado lógico.
• Distorsiones en los Resultados de Ventas: El resultado bruto de ventas surge
de comparar el importe de ventas con el costo de adquisición de la mercadería
vendida. Cada venta se registra al precio corriente del momento en que se
efectúa. Pero el costo de ventas, en una empresa comercial, corresponde al costo
de compra de la mercadería vendida, el cual está expresado en una moneda cuyo
poder adquisitivo corresponde al momento de su incorporación en el patrimonio.
Por lo general, la compra de la mercadería es anterior, a veces varios meses, al
momento de la venta. Pero si hay inflación, el Resultado de Ventas se lo
sobredimensiona, tanto más cuanto mayor sea el lapso que transcurrió entre la
compra y la venta.
• Distorsiones en los cargos por Amortizaciones: Los bienes de uso permanecen un
tiempo prolongado en el patrimonio. Si se los mantiene a su costo original sin
ajustar por inflación, y hay una desvalorización significativa del signo
monetario, las amortizaciones contables se seguirán calculando sobre los valores
originales de incorporación y serán a todas luces insuficientes para retener los
fondos necesarios a fin de reponer los bienes cuando expire su vida útil.
• Distorsiones en las Comparaciones: carece de toda lógica comparar dos balances
a fechas sucesivas, si previamente no se los reexpresa para uniformar la unidad
de medida. Si hubo inflación, las principales distorsiones se producirán en los
activos y pasivos corrientes, que provendrán íntegramente de cada uno de los
respectivos ejercicios, y, quedarán expresados en moneda de cada uno de ellos.
Habrá un aumento aparente del ^ activo y pasivo corrientes, que podría atenuarse
o revertirse si se homogeniza la unidad de medida.
• Resultado por Exposición a la Inflación: Los cambios en el poder adquisitivo
del dinero, por sí solos, pueden provocar resultados, al margen de las
operaciones de la empresa, y en virtud del efecto que provocan sobre ciertos
activos y pasivos. La desvalorización de un activo implica una pérdida, la cual,
si no se ajustan por inflación los estados contables, no tiene reconocimiento.
Ajuste integral: Persigue como objetivo básico que todas las cifras de los
estados contables queden expresadas en una unidad de medida homogénea. La moneda
que se utiliza a tal fin es aquella cuyo poder adquisitivo corresponde al
momento de cierre de ejercicio.
La mayoría de los activos, si se los valúa a su costo de incorporación en el
patrimonio, quedará expresada en una moneda cuyo poder adquisitivo corresponda a
una fecha anterior al momento de cierre de ejercicio. Todas las partidas que
están en una moneda anterior al cierre de ejercicio deberían ser reexpresadas
por inflación.
El mecanismo general de reexpresión de la moneda (los estados contables) consta
de dos pasos:
1. Determinación de la fecha de origen de las partidas: Este proceso de asignar
fechas de origen suele denominarse anticuación, pues consiste en determinar la
antigüedad de cada partida. En términos generales, puede decirse que la fecha de
origen es aquella en la cual una partida afectó o incidió en el patrimonio o en
los resultados. La mayoría de las partidas de resultados tienen como fecha de
origen la de su devengamiento.
2. Reexpresión de los importes originales: Para reexpresar los importes, primero
hay que elaborar un coeficiente corrector utilizando los índices de precios. Un
índice de precios se elabora en relación a un año base al que se le asigna un
nivel de precios igual a 100. El coeficiente corrector será igual al índice de
precios de cierre de ejercicio, sobre el índice de precios de la fecha de
origen, o también igual a la tasa de inflación más una unidad. El índice de
precios más apropiados para reexpresar los estados contables es el Índice de
Precios Internos al por Mayor (IPIM).
CLASIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS SEGÚN EXPOSICIÓN A LA INFLACIÓN:
Son PARTIDAS NO MONETARIAS las que no tienen un valor cierto en moneda legal.
Esto significa que, si hay inflación, su precio puede subir, es decir que no
sufren plenamente el impacto de la desvalorización monetaria. Ejemplos de
partidas no monetarias son las mercaderías de reventa, las materias primas, los
productos elaborados, las maquinarias, las instalaciones, los inmuebles, las
acciones de otras sociedades, etc.
Se denominan PARTIDAS MONETARIAS las que tienen un valor cierto en moneda legal,
como, por ejemplo, el dinero de curso legal en caja y bancos, y los créditos y
deudas en moneda nacional, sin cláusula de ajuste o indexación.
A veces se dice que las partidas monetarias no se ajustan por inflación y las no
monetarias sí. Debe destacarse que no siempre esto es así. Lo que determina que
haya que reexpresar es que el poder adquisitivo de la moneda en que esté
registrado el bien corresponda a un momento anterior al de cierre de ejercicio.
RESULTADOS POR EXPOSICIÓN A LA INFLACIÓN
Cuando se atraviesan períodos de alta inflación suelen producirse cambios
significativos en los precios relativos de los bienes. Es decir que unos se
encarecen, o sea, sus precios suben por encima de la inflación, y otros se
desvalorizan y no alcanzan a crecer al ritmo del deterioro del signo monetario.
Así como la inflación potencia, por los cambios en los precios relativos, los
resultados por tenencia de las partidas no monetarias, también genera un
resultado por la tenencia de activos y pasivos monetarios. Este resultado por
tenencia de partidas monetarias es conocido como resultado por exposición a la
inflación. Será negativo si se desvalorizó un activo, será positivo si se
desvaloriza un pasivo.
Cap. 8: Capital a mantener
MANTENIMIENTO DEL CAPITAL FINANCIERO (o dinerario): el capital está dado por
cifras efectivamente invertidas por los propietarios, entendiendo por tales los
aportes realmente efectuados. También formarán parte del capital las ganancias
capitalizadas, en la medida en que provengan de incrementos patrimoniales
genuinos. En la concepción del capital financiero, ganancia es todo incremento
patrimonial que no provenga de nuevos aportes de los propietarios. En épocas de
inflación lo que se debería mantener es un importe de capital equivalente al
poder de compra originalmente invertido. Por tanto, el capital no sería ya la
suma nominal colocada, sino el equivalente a dicho importe reexpresado por un
coeficiente representativo del aumento en el nivel general de precios. Dado que
la magnitud total del patrimonio neto es independiente de la cifra de capital,
puesto que se obtiene por diferencia entre activos menos pasivos, al ser el
capital reexpresado superior al nominal, la ganancia del período resultará
inferior.
MANTENIMIENTO DEL CAPITAL FISICO (económico u operativo): lo que se trata de
mantener es el valor de los bienes que determinan la capacidad operativa o
productiva de la empresa. Es decir que el capital no se identifica con el dinero
aportado, sino más bien con el valor de los bienes físicos necesarios para
mantener la capacidad operativa. Por lo tanto, de acuerdo con este concepto,
existirá ganancia solamente si la capacidad productiva física o capacidad
operativa de la empresa excede al final de un período la capacidad productiva
física que existía al comienzo del mismo. Por supuesto, esta comparación debe
efectuarse después de computar los aportes o retiros de los propietarios durante
el período. Es decir que la utilidad se determina por el excedente monetario que
se obtiene una vez que se reponen los activos consumidos en la producción de los
bienes o servicios.
Cap. 9: Criterios de valuación
COSTO: es el sacrificio que debe afrontarse para adquirir o producir un bien o
servicio. costo de adquisición no es sinónimo de precio de compra.
COSTO DE ADQUISICIÓN: El costo de adquisición es más abarcador, incluye otras
partidas, mientras que el precio de compra es habitualmente el principal
componente del costo de adquisición, pero no el único. También integran el mismo
los gastos de compra y recepción, los cuales implican un sacrificio para obtener
los bienes.
Sólo deben integrar el costo de adquisición los gastos directos de compra y
recepción. Por gastos directos se entienden aquellos que pueden identificarse
con cada adquisición en particular, es decir que sólo se incurren si se efectúa
esa compra. (fletes, seguros, derechos de importación, honorarios del
despachante de aduana, jornales para la descarga).
El precio de compra a computar en el costo es el precio de contado. Si la
operación se hace financiada, el vendedor adicionará gastos que pueden adquirir
distintas formas.
Se conocen con el nombre de bonificaciones las rebajas que suele efectuar el
proveedor por razones comerciales. Las bonificaciones o rebajas comerciales
reducen el costo de adquisición de los bienes.
COSTO DE PRODUCCIÓN: Incluye el costo de la materia prima consumida, la mano de
obra empleada en el proceso, y la porción asignable de todos los gastos
ordinarios referidos a la producción, sean directos o indirectos (mantenimiento,
amortización, gastos de almacén, etc.).
VALORES CORRIENTES: Por valor corriente se entiende el que tiene un bien para el
ente al momento en que se practica su medición. En consecuencia, se trata de un
valor del presente y no del pasado. Con la finalidad de mejorar la valuación del
patrimonio al momento de cierre de ejercicio, se ha postulado la aplicación de
valores corrientes a las distintas partidas, es decir, valores que resulten
representativos de la riqueza poseída a ese momento.
• VALOR NOMINAL: Es aplicable a las tenencias de moneda local.
• VALOR NETO DE REALIZACIÓN: Es el precio de venta del bien; al ser Neto, se
descuentan los gastos directos que requerirá su enajenación. Resulta apropiado
para aquellos activos que no requieren esfuerzo de comercialización, esto es,
que pueden ser colocados con facilidad. Esto requiere que exista un mercado
conocido que fije su precio.
• COSTO DE REPOSICIÓN O DE REPRODUCCIÓN: Es lo que costaría volver a adquirir un
bien sobre la base de los precios vigentes al momento en que se hace la
medición. Suelen ser utilizados como VALOR CORRIENTE para aquellos activos cuyo
destino final es la venta, pero que requieren todavía un esfuerzo para
concretarla.
• VALOR ACTUAL: Es el valor hoy de un importe a percibir (o a pagar) en el
futuro. Es de aplicación para la determinación del valor corriente de créditos y
deudas. Se calcula deduciendo de la suma a recibir en el futuro los intereses
por el período que media hasta su liquidación, a una tasa adecuada.
• VALOR PATRIMONIAL PROPORCIONAL: Es la parte del patrimonio neto de la empresa
emisora que corresponde a una tenencia accionaria. Constituye el valor corriente
de participaciones permanentes en empresas en las que se tiene control o
influencia significativa en sus decisiones.
• VALUACIONES TÉCNICAS: Hacen referencia a valuaciones o tasaciones efectuadas
por peritos o técnicos, a efectos de estimar el valor corriente de ciertos
bienes de uso, como terrenos, edificios, maquinarias e instalaciones
industriales, etc.
CRITERIOS SEGÚN MOMENTO DE VALUACIÓN:
• VALUACIÓN DE LOS BIENES QUE SE INCORPORAN POR APORTES: Sucede cuando se crea o
constituye una empresa. Los aportes de los de los dueños pueden ser en dinero de
curso legal (no plantea ningún problema de valuación), pero también existe la
posibilidad de que los aportes se efectúen en especie (mercaderías, materias
primas, bienes de uso, títulos públicos, títulos de crédito, etc.); en este caso
se plantea la cuestión del valor a asignar a los bienes aportados.
Existe consenso en que el importe a asignar a los bienes que se aportan debe ser
su VALOR CORRIENTE, o sea, el valor que los mismos tienen para el ente a la
fecha en que se efectúa el aporte.
• VALUACIÓN DE LOS BIENES QUE SE INCORPORAN POR COMPRA O PROPIA PRODUCCIÓN: El
criterio general es asignarles su COSTO DE ADQUISICIÓN O PRODUCCIÓN, según
corresponda. Generalmente, el costo de adquisición o producción va a ser
representativo del valor corriente de los bienes a ese momento. En ciertos casos
puede haber excepciones. Así, por ejemplo, cuando existe manifiesta dificultad
para determinar el costo de los bienes que se incorporan, podría ser admisible
la utilización directa de valores corrientes.
• VALUACIÓN AL CIERRE DE EJERCICIO: tiene una gran importancia, porque determina
el importe del patrimonio neto en el balance y, en consecuencia, el de los
resultados del ejercicio. Existen dos posturas:
o utilizar los costos de adquisición o producción originales, es decir, basarse
en valores históricos (del pasado).
o aplicar valores del presente (llamados corrientes).
Existe unanimidad con respecto a que, en el estado de situación patrimonial, los
activos no deben ser sobrevaluados y que, por lo tanto, hay que establecer un
valor límite para los mismos.
a) Tomar como valor límite el VALOR DE MERCADO: en principio es su costo de
reposición, pero si para algunos bienes el costo de reposición fuera más alto
que el valor neto de realización, el valor de mercado será su valor neto de
realización.
b) Fijar el tope en el denominado VALOR RECUPERABLE: constituye, en cambio, un
costo de oportunidad, es decir que se supone un uso óptimo de cada partida del
activo (es el más alto entre su valor neto de realización y su valor de
utilización económica).
• VALUACIÓN A LA DISOLUCIÓN DE LA COMPAÑÍA: el criterio aplicable a los bienes
debe ser, en general, el de su valor neto de realización. Incluso habrá que
incorporar al activo bienes que habitualmente no aparecen contabilizados, como
el valor autogenerado de las marcas de comercio y de la llave de negocio.
Cap. 10: Los modelos contables y su ámbito de aplicación
Capital: Financiero / Unidad: Heterogénea (no ajustada) / Valuación: Costo
Histórico
1) CAPITAL A MANTENER: dado que se opta por capital financiero, el capital
estará dado por los aportes de los propietarios.
2) VALUACIÓN DE LOS BIENES AL INCORPORARSE AL PATRIMONIO: cuando se incorporan
bienes al patrimonio por compra o producción, el costo es el criterio para
asignarles valor. Costo no es sinónimo de precio de compra, sino que incluye
precio de compra al contado más gastos directos de compra y recepción y cuando
corresponda los gastos de montaje y puesta en marcha. Hasta que el bien esté en
condiciones de ser usado.
3) RECONOCIMIENTO DE INGRESOS: el criterio de realización, durante la tenencia
de los bienes se los mantiene al costo, a pesar de que puedan aumentar de valor.
Solo se reconocen ingresos cuando se procede a la venta de los bienes, cuando la
ganancia está realizada, en la compra venta se perfecciona cuando se han
cumplido 2 requisitos
a. La tradición o entrega del producto.
b. El consentimiento del comprador: Cuando se entregan mercaderías y otros
bienes se los acompaña con un remito en el que se detalla la operación. Si el
comprador firma el original, poniendo recibí conforme, tenemos evidencia de que
la operación quedó perfeccionada porque el cliente está diciendo que recibió el
bien (lo que prueba la entrega), y que está conforme (lo que demuestra su
consentimiento)
4) VALUACIÓN DE ACTIVOS AL CIERRE DE EJERCICIO:
a. determinar las cantidades de cada bien que posee la empresa al momento del
cierre de ejercicio (practicar un recuento físico de las existencias)
b. las cantidades así determinadas son las que formarán parte del balance
general.
c. debe asignarse a las cantidades en existencia el costo histórico de
adquisición.
d. debe compararse el costo histórico de cada partida con su valor límite y
optarse por el menor, (el que se incluirá en el balance), fruto del criterio de
prudencia. Dice que entre dos valores alternativos de un activo debe optarse el
menor, o bien que las partidas se contabilizan cuando se conocen y las ganancias
cuando están realizadas.
5) ACTITUD ANTE LA INFLACIÓN: este modelo no se ajusta por inflación.
6) ÁMBITO DE APLICACIÓN: este modelo fue el que se usó en nuestro país, hasta la
década de 1970. La VII asamblea Nacional de Graduados en Ciencias Económicas,
celebrada en Avellaneda en 1969, adoptó como norma contable profesional los
denominados principios y normas técnico contables generalmente aceptados para la
preparación de estados financieros.
Estos indican que cuando la moneda no fuera patrón estable de valor, podían
corregirse los importes mediante mecanismos adecuados de ajustes.
Las leyes 15.272 (1959) y 17.335 (1967) establecía el ajuste por inflación, pero
solamente de las partidas más distorsionadas de los estados contables, el
activo, los bienes de uso, y las inversiones de inmuebles, como contrapartida se
incrementa el importe del patrimonio neto.
En 1972 se sancionó la ley 19.742 que disponía un ajuste parcial similar, pero
que debía practicarse al cierre de cada ejercicio.
Es decir que en la argentina se usaba este modelo con alguna corrección parcial
por inflación.
En la actualidad es el modelo cuyos lineamientos más se siguen en el mundo, se
lo utiliza en los Estados Unidos, Canadá y Europa occidental.
Por la combinación entre valuación histórica y moneda heterogénea, este modelo
solo producirá resultados por tenencia negativos, nunca positivos. No habrá
resultado por exposición a la inflación.
Capital: Financiero / Unidad: Homogénea (ajustada) / Valuación: Costo Histórico
1) CAPITAL A MANTENER: si hay inflación, al cierre de cada ejercicio deberá
actualizarlo en función del cambio operado en el nivel general de precios.
2) RECONOCIMIENTO DE INGRESOS EL CRITERIO DE REALIZACIÓN: el ajuste integral por
inflación no pretende modificar los criterios de valuación y de reconocimiento
de ingresos del ente.
3) VALUACIÓN DE ACTIVOS AL CIERRE DE EJERCICIO: la única diferencia consiste en
que en vez de comparar costo original con valor límite, se hará COSTO AJUSTADO
POR INFLACIÓN o VALOR LÍMITE el menor. En la Argentina las normas contables
profesionales prescriben la aplicación del VALOR RECUPERABLE.
4) RECONOCIMIENTO DE LA INFLACIÓN: el objetivo es que todas las cifras de los
modelos contables queden expresadas en una moneda cuyo poder adquisitivo
corresponda al cierre de ejercicio.
a. REEXPRESIÓN DE LAS PARTIDAS: todas las partidas que estén expresadas en
moneda anterior al cierre de ejercicio debe ser ajustada.
b. DETERMINACIÓN DEL RESULTADO POR EXPOSICIÓN A LA INFLACIÓN: al mantener
activos y pasivos monetarios durante un periodo de inflación, se generan
resultados por tenencia, conocido como resultados por exposición a la inflación.
5) ÁMBITO DE APLICACIÓN: tuvo aplicación en la Argentina hasta la entrada en
vigencia de la RT 10, que privilegió el uso de valores corrientes en vez de los
costos históricos. En la capital federal la RT comenzó a aplicarse para los
ejercicios económicos iniciados a partir del 1° de enero de 1993.
Este modelo es seguido actualmente de forma predominante en Brasil. El consejo
profesional de contabilidad fijo, a través de su RES. 750 DEL 29 DE DICIEMBRE DE
1993, sin embargo, la aplicación del ajuste por inflación ha sido discontinua en
ese país por ley 9.249/95, a partir de enero de 1996.
También tiene aplicación en México, allí tiene carácter de principios de
contabilidad generalmente aceptados las normas de contabilidad financiera
emitidas por la Comisión de Principios Contables Del Instituto Mexicano De
Contadores Públicos.
En este modelo se reconocerán las pérdidas por tenencia, pero no las ganancias
por tenencia. “Al mantenerse activos y pasivos monetarios durante un período de
inflación, se genera un resultado por tenencia de los mismos, conocido como
resultado por exposición a la inflación” (p.188). Los resultados serán siempre
menores si se ajusta por inflación que si no se hace.
Capital: Financiero / Unidad: Homogénea (ajustada) / Valuación: Corriente
1) CAPITAL A MANTENER: estará dado por los aportes de los propietarios, pero
habiendo inflación, al cierre de ejercicios deberá actualizarlo en función del
cambio operado en el nivel general de precios.
2) VALUACIÓN DE LOS BIENES AL INCORPORARSE AL PATRIMONIO: el costo de
adquisición o de producción va ser representativo del valor corriente de los
bienes a ese momento.
3) RECONOCIMIENTOS DE INGRESOS: no se exige que haya una transacción terminada,
que exista una venta, para reconocer resultados positivos. Se reconocen
resultados positivos en dos casos.
a. CUANDO ESTÁN REALIZADOS, es decir, cuando provienen de una transacción en
firme.
b. GANANCIAS POR TENENCIA, cuando un activo incorporado tiempo atrás en el
patrimonio presenta una medición mayor que la original, o un pasivo una medición
menor. Indica que los diversos bienes deberían ser mantenidos en la contabilidad
a su valor corriente.
Los modelos que aplican valores corrientes VAN A RECONOCER RESULTADOS POSITIVOS
Y NEGATIVOS POR TENENCIA DE BIENES.
En los modelos que aplican valores corrientes, el resultado de negociación
surgirá de comparar ingresos por ventas con el costo corriente de los bienes
vendidos y no con su costo histórico de adquisición.
4) VALUACIÓN DE ACTIVOS AL CIERRE DE EJERCICIO EL CRITERIO DE PRUDENCIA: los
activos no deben ser sobre evaluados y no deben exceder su valor límite o tope,
dado por su valor recuperable. La base para la valuación de las partidas es su
valor corriente, aunque sea superior al costo histórico. Una vez establecido el
valor corriente se lo comparara con el valor recuperable, optándose por el
menor.
5) RECONOCIMIENTO DE LA INFLACIÓN: el objetivo de este modelo es que todas las
partidas queden expresadas en moneda homogénea. La reexpresión por inflación de
cada uno de los activos es necesaria porque, aunque los activos se evalúen
directamente al valor corriente, para poder presentar los resultados por
tenencia en moneda de cierre es necesario comparar ese valor corriente con el
costo original reexpresado.
En este modelo se aplican valores corrientes lo que determina que el activo sea
superior, provenientes de las diferencias entre el valor corriente y el costo
reexpresado de la mercadería de reventa. Ese mayor activo tiene como
contrapartida un más alto patrimonio neto y una mayor ganancia del ejercicio. En
los modelos que aplican valuación al costo solo reconocen pérdidas por tenencia.
6) ÁMBITO DE APLICACIÓN: tuvieron aplicación en Argentina entre 1984 y 1995
(había obligación legal de aplicar moneda homogénea o constante). En 1992 se
emitió la RT 10, que adoptó un modelo contable basado en el mantenimiento de
capital financiero, moneda homogénea y valuación del patrimonio
predominantemente a valores corrientes. Pero en el dto. 316/95 y las
correlativas normas de los organismos de control descontinuaron, a partir del 31
de agosto de 1995, la aplicación del concepto de moneda constante, considerada
derogado el párrafo respectivo del art. 62 de la ley 22.903.
Habrá resultado por exposición a la inflación para las partidas monetarias. En
este modelo habrá resultados por tenencia positivos, por lo que habrá un mayor
activo y un más alto patrimonio neto, así como una ganancia más alta.
Capital: Financiero / Unidad: Heterogénea (no ajustada) / Valuación: Corriente
1) CAPITAL A MANTENER: es el capital aportado originalmente por los socios.
2) VALUACIÓN DE LOS BIENES AL INCORPORARSE AL PATRIMONIO: el criterio original
es asignarles su costo de producción o adquisición, estos van a ser
representativos del valor corriente de los bienes que se incorporan en el
patrimonio, aun en el caso de que al cierre de ejercicio se apliquen valores
corrientes.
3) RECONOCIMIENTO DE INGRESOS: no se exige que haya una transacción terminada,
para reconocer resultados positivos. De manera que se reconocen resultados
positivos en dos ocasiones.
a. CUANDO ESTÁN REALIZADOS, cuando provienen de una transacción en firme.
b. GANANCIAS POR TENENCIA: se dan cuando un activo incorporado tiempo atrás en
el patrimonio presenta una medición mayor que la original, o un pasivo una
medición menor.
4) VALUACIÓN DE ACTIVOS AL CIERRE DE EJERCICIO…. EL CRITERIO DE PRUDENCIA: los
activos no deben ser sobre evaluados, no pueden exceder un valor tope o límite,
dado por su valor recuperable. Una vez establecido el valor corriente, se lo
comparara con el valor recuperable optándose por el menor.
Este modelo admite tanto la inclusión de resultados de pérdida como de ganancia
por tenencia.
5) RECONOCIMIENTO DE LA INFLACIÓN: este modelo opera como si no existiera
inflación, no la toma en cuenta.
6) ÁMBITO DE APLICACIÓN: los criterios aplicados en nuestro país desde
septiembre de 1995 se asemejan a este modelo.
En marzo de 1996, la federación argentina de consejos profesionales (F.A.C.P.)
emitió un pronunciamiento por el cual se considera que la moneda corriente NO
AJUSTADA POR INFLACIÓN cumple con el requisito de moneda constante y homogénea,
siempre que la inflación anual no exceda el 8%.
No habrá resultado por exposición a la inflación. Se tiende a sobredimensionar
la ganancia, porque, aunque el total del activo y el pasivo y por lo tanto el
patrimonio neto se realiza a valores corrientes, el capital dentro del
patrimonio neto queda subvaluado así que la ganancia será mayor.
Capital: Físico / Unidad: Heterogénea (no ajustada) / Valuación: Corriente
1) CAPITAL A MANTENER: será el valor de los activos necesarios para mantener la
capacidad operativa de la empresa.
A cada cierre de ejercicio, debe determinarse el valor corriente de las partidas
patrimoniales vinculadas con el mantenimiento de la capacidad operativa (bienes
de cambio, de uso, dinero en caja y bancos, etc.) la suma de tales importe será
la que determine el capital.
Este modelo no es compatible con el criterio de valuación al costo, sino
solamente con la utilización de valores corrientes al cierre de ejercicio.
CAPITAL FÍSICO implica que todo aumento en el valor corriente de los activos
afectados al giro de negocios, tiene como contrapartida un aumento del capital y
no una ganancia por tenencia. Pero si disminuye el valor corriente de tales
activos la contrapartida no es una pérdida por tenencia, sino una disminución
del capital.
2) VALUACIÓN DE LOS BIENES AL INCORPORARSE AL PATRIMONIO: se les asigna un valor
de costo.
3) RECONOCIMIENTOS DE INGRESOS: con el uso de valores corrientes, el resultado
por negociación de bienes surge de comparar el ingreso por ventas con el costo
corriente de los bienes vendidos y con su costo histórico de adquisición.
También reconocen las fluctuaciones en más o menos del valor de los elementos
patrimoniales, pero de la siguiente manera:
a. Los cambios en el valor de las partidas afectadas al giro del negocio, es
decir las que tienen la capacidad operativa de la empresa, incrementan o
disminuyen el importe del capital.
b. Las modificaciones en el valor de los activos que, por no estar vinculados al
giro de negocios no afectan la capacidad operativa de la empresa, se tratan como
resultados por tenencia, sean positivos o negativos.
El costo de mercaderías vendidas ha dejado de ser el costo histórico de compra
para pasar a ser el costo corriente al momento de la venta.
4) RECONOCIMIENTO DE LA INFLACIÓN: no se practica el ajuste por inflación, se
obra como si no hubieran existido devaluaciones del dinero.
5) VALUACIÓN DE ACTIVOS AL CIERRE DE EJERCICIO... EL CRITERIO DE PRUDENCIA: los
activos no deben ser sobre evaluados, no pueden exceder su valor límite, dado
por su valor recuperable.
6) ÁMBITO DE APLICACIÓN: este modelo tuvo aplicación solamente en Holanda, con
la finalidad de facilitar la comprensión de los estados contables en un contexto
altamente inflacionario, como fue el que siguió a la primera guerra mundial.
Pero ni siquiera en este país tuvo una aplicación masiva. A fines de los 70,
solo un 10% de las grandes empresas holandesas –entre las que sobresalía
Philips- emitía sus estados contables siguiendo predominantemente los
lineamientos de este modelo.
Todo aumento en el valor corriente de los activos tiene como contrapartida un
aumento del capital y no una ganancia por tenencia, si disminuye el valor de
dichos activos, no habrá pérdida por tenencia sino disminución del capital. Por
el uso de valores corrientes, el resultado por negociación de bienes surge de
comparar el valor de las ventas con el costo corriente de los bienes vendidos.
Solo las modificaciones en el valor de los activos que no están vinculadas a la
capacidad productiva pueden generar resultados por tenencia positivos o
negativos.
Cap. 12: Incertidumbre, Contingencias e información contable
En los acontecimientos posteriores a un cierre de ejercicio, se pueden
identificar 3 tipos de momentos:
1) Fecha de cierre de ejercicio: A esa fecha se refieren todas las mediciones
incluidas en los estados contables
2) Periodo de confección de los estados contables: La elaboración de los estados
contables no puede efectuarse en un instante. Requiere un periodo durante el
cual se va realizando todas las tareas de recopilación de datos y de control
necesarias para que este en condición de emitir los estados contables
3) Emisión de los estados contables: Una vez que se ha terminado a confección de
los estados contables y que los mismos han sido auditados por un contados
independiente, el órgano de administración los pondrá a disposición de los
dueños (socios)
Entre el momento 1 y 3 surgen los llamados acontecimientos posteriores al cierre
del ejercicio. Se denomina así a os hechos producidos entre la fecha del cierre
y la fecha de emisión de los estados contables. Dichos acontecimientos también
pueden ser clasificados en:
• Acontecimientos nuevos, que no están relacionados con situaciones existentes
al cierre del periodo
• Acontecimientos que brindan elementos de juicio adicionales sobre situaciones
que ya existían al momento del cierre de ejercicio.
CONTINGENCIAS
La doctrina contable ha definido el término “contingencia” como la posibilidad
de que ocurra o no, en el futuro, un hecho incierto en el presente. De
producirse esa ocurrencia en el futuro, se generará una variación patrimonial
modificativa, ya sea negativa o positiva.
Esto permite clasificar las contingencias en:
a) negativas o de perdida: son aquellas en que, si se produce el hecho, se
genera un resultado negativo;
b) positivas o de ganancia: son las que, en caso de producirse el hecho
aleatorio, generarán un ingreso o un resultado positivos.
FACTORES QUE DETERMINAN SU TRATAMIENTO CONTABLE
Hay tres factores a tomar en cuenta para decidir de qué manera las contingencias
pueden afectar la información contable. Ellos son:
a) Momento de ocurrencia del hecho sustancial que genera incertidumbre: este
puede ser anterior o posterior a la fecha de cierre del ejercicio cuyos estados
contables se están preparando;
b) Posibilidad de cuantificación objetiva del impacto que el hecho contingente
puede provocar al patrimonio.
c) Probabilidad de ocurrencia del hecho contingente. La probabilidad puede ser
alta, medio o baja. Se mide dividiendo los casos favorables por los posibles
CONTINGENCIAS NEGATIVAS Y LA INFORMACION CONTABLE
Hay 3 alternativas de reconocimiento de información contable:
1) Reducir el resultado del ejercicio a través del reconocimiento de un gasto.
Para esto,3 requisitos: EL hecho debe ser anterior a la fecha de cierre, debe
poder cuantificarse y su probabilidad debe ser alta
2) No modificar el resultado del ejercicio, exponerse en notas
3) No exponer la contingencia
Como contra partida del resultado negativo que se está incluyendo en el estado
de resultado, deberá mostrarse en el balance una previsión. Las previsiones se
exponen de dos maneras distintas en el estado de situación patrimonial:
a) Como parte del pasivo como: pasivo contingente
b) Regularizando un activo, restando del mismo
Ejemplo de a): se pierde un juicio y se debe para una indemnización
Ejemplo de b): Si un cliente llega a ser definitivamente incobrable, disminuye
el importe de cuentas a cobrar.
CONTINGENCIAS POSITIVAS
Una contingencia positiva representa un hecho incierto que, en caso de ocurrir
en el futuro originaria una variación patrimonial modificativa de signo
positivo, cuya contrapartida se tomaría con un aumento de activo o disminución
de pasivo. Solo debería mostrarse en notas, postergando a la contabilización
hasta el momento en que desapareciera la incertidumbre.
Las contingencias positivas podrán modificar la medición del patrimonio y la de
los resultados cuando se reúnan los siguientes requisitos:
1. Que deriven de una situación o circunstancia ya existentes al momento del
cierre del ejercicio
2. Que la situación contingente tenga un grado elevado de probabilidad de
ocurrencia
3. Que sus efectos puedan cuantificarse apropiadamente
A existencia de un grado elevado de probabilidad de ocurrencia debe quedar
apropiadamente fundada en las cualidades generales de la información contable,
con especial énfasis en las de objetividad, certidumbre y verificabilidad.
Normas contables
CONCEPTO Y NECESIDAD DE NORMAS CONTABLES DE AUDITORÍA:
El punto presente se refiere primordialmente a la definición del modelo que
deben complementar los estados contables de publicación del ente. Es evidente
que, tratándose de información contable destinada a terceros, esta debe basarse
en una herramienta que permita homogeneizar los elementos que contiene para
efectuar comparaciones en distintos momentos y distintos entes, por lo que
existen organismos que interpretan las necesidades de terceros, usuarios de
información contable, y emiten normas al respecto. Esas normas son de carácter
obligatorio y el auditor debe informar a los usuarios si realmente se cumplen o
no.
Sin embargo, en argentina, existen varios organismos que velan por la seguridad
de los lectores de la información contable. Podemos dividirla en dos tipos:
1) El estado y los organismos de control que determinan el tipo de ente.
2) Los organismos de control de los profesionales.
Ambos tipos de organismos tienen la capacidad de emitir normas que se refieran a
temas contables, pero cuentan con características distintas.
Toda norma es obligatoria para el que se encuentre dentro del ámbito de
aplicación, ya sea por haber sido nombrado específicamente en la norma o por
estar bajo la jurisdicción reguladora del organismo que la emitió.
ESTRUCTURA DE LAS NORMAS CONTABLES EN ARGENTINA
Normas legales:
El estado, a través de sus poderes legislativos y ejecutivos, regula las
actividades en la nación mediante la sanción de leyes, decretos, resoluciones,
etc. En la medida que estas normas traten temas contables, estaremos frente a
una de estas normas contables que regulara a los entes que se encuentran bajo en
ámbito de aplicación de la misma.
A su vez existen organismos creados por el estado que regulan las actividades de
determinados tipos de entes:
Organismos de control Entes regulados
Inspección general de justicia Asociaciones civiles, fundaciones, sociedades
anónimas, SAS
Comisión nacional de valores Bolsa de comercio, aportes de bolsa, aportes de
mercaderías, fondos comunes de inversión, sociedades con cotización
Banco central de la república argentina Bancos, compañías financieras,
sociedades de ahorros y préstamos, cajas de crédito
Superintendencia de seguros y nación Entidades aseguradoras únicamente
Superintendencia de ART Entidades aseguradas por riesgos de salud
Instituto de asociativismo y economía social Asociaciones mutuales y entidades
cooperativas
Instituto nacional de obras sociales Obras sociales
AFIP Contribuyentes en general
Estos organismos tienen la capacidad de emitir normas obligatorias para aquellos
entes que se encuentran bajo el ámbito de aplicación y control y si esas normas
tratan temas contables entonces son normas contables.
Para comprender la aplicación de este tipo de normas vamos a tener en cuenta lo
siguiente:
1) Los organismos de control no tienen capacidad de emitir leyes ni decretos.
2) Las categorías de normas tienen este orden de importancia:
a) Constitución Nacional
b) Tratados internacionales de jerarquía constitucional
c) Tratados internacionales sin jerarquía constitucional
d) Leyes
e) Decretos
f) Decisiones administrativas
g) Resoluciones
h) Usos y costumbres;
Por lo que ninguna norma de jerarquía inferior puede contradecir a una superior
y ser válida.
3) Ante dos normas de mismo nivel que traten de forma distinta al mismo tema y
sean aplicables para el mismo grupo de personas, es válida la que es promulgada
como la más nueva.
4) Cuando un ente se encuentra bajo el control de dos organismos debe
verificarse si debe cumplir con ambas normas o con la más exigente.
Las normas entendidas por el estado y por estos organismos de control y que a su
vez tratan temas contables son llamadas NORMAS CONTABLES LEGALES. Son
obligatorias para los entes que se encuentren bajo su jurisdicción normativa. Su
falta de incumplimiento implica sanciones.
NORMAS CONTABLES LEGALES: son aquellas normas de cumplimiento obligatorio para
los entes emisores de estados contables y las emite el gobierno nacional y los
organismos de control.
NORMAS CONTABLES PROFESIONALES: los organismos que nuclean a los profesionales
también tienen capacidad legal para emitir normas de carácter contable. Las
organizaciones que nuclean a los profesionales pueden emitir normas que son
obligatorias solo para los profesionales (matriculados). En este caso no son los
entes los obligados.