Altillo.com > Exámenes > UBA - Económicas > Derecho Privado
Derecho Privado |
Trabajo Practico : Contrato de franquicia |
Prof: Caprarulo |
Sede: Cordoba |
2° Cuat. de 2007 |
Altillo.com |
Elementos del contrato de franquicia:
Es un tipo de contrato en el cual, una de las partes, el FRANQUISIANTE,
propietario de una marca registrada de productos, de un nombre comercial, una
patente industrial, emblema, confiere a la otra parte, denominada FRANQUISIADO,
a través del pago de una contraprestación, confiere a la otra el derecho de
explotar comercialmente la venta de los productos o servicios de su titularidad.
Se establecen reglas a cumplir por el tomador, como utilización de locales de
determinadas características, personal a emplear, modos de atención al cliente,
etc.
Objeto:
El objeto de los contratos es la prestación prometida por las partes, la cosa o
el hecho sobre el que recae la obligación contraída, según lo dispuesto en los
artículos 1167 y 953 del código civil.
Es un contrato bilateral oneroso, en el que el franquisiado se obliga pagar una
contraprestación periódica y un proporcional de las regalías que obtenga.
También se obliga a abonar una suma inicial para afrontar gastos de instalación
cuando sea el franquisiante quien se encargue de la preparación del local y
capacitación del personal.
El franquisiante le otorga el derecho de explotar comercialmente el producto o
servicio del cual es titular.
Sujetos:
Franquisiante o franquisiado
Forma:
La forma de los contratos es el conjunto de prescripciones legales respecto de
las solemnidades que deben observarse. En este caso, es un contrato no formal,
ya que no hay ninguna ley que establezca la forma de celebrarlo, es por esto que
las partes pueden utilizar la que les parezca conveniente. (art 974. Cod. Civ)
En cuanto a formalidad, podría decirse que de ser por instrumento privado, al
menos debe tener las firmas de las partes y emitirse al menos dos ejemplares.
Consentimiento:
El consentimiento es expreso, escrito. En el caso del modelo de contrato
adjuntado, se expresa mediante la firma de los contratantes.
Extinción de los contratos:
Este contrato podrá extinguirse al finalizar el período el tiempo por el cual se
acordó, o, en caso de que el franquiciado se apartase de las directivas emanadas
del contrato, el franquisiador podrá rescindir el mismo.
Modelo de contrato
......... SA, una sociedad debidamente constituida bajo las leyes de la
República Argentina, con domicilio en la Avenida ......... 6º piso "B", Capital
Federal, representada por su vicepresidente, señor ......... (en adelante el
FRANQUICIANTE), por una parte; y el señor ........., DNI ......... , con
domicilio legal en la calle ......... Provincia de Buenos Aires (en adelante
denominado el FRANQUICIADO), acuerdan en celebrar el presente contrato de
franquicia comercial que se regirá por los siguientes lineamientos:
SECCION 1: MANIFESTACIONES
1.1. Que el FRANQUICIANTE ha adquirido experiencia y habilidad en el desarrollo,
apertura y operación de locales de tintorerías de limpieza en seco, lavado con
agua y planchado, según su propia y original técnica (en adelante "EL SISTEMA").
1.2. Que el FRANQUICIANTE está autorizado a hacer uso de la marca, marcas de
servicio y nombres comerciales que identifican y son parte del sistema y su
método operativo. Por lo tanto, el FRANQUICIADO conoce que ......... es una
marca legalmente registrada a nombre del FRANQUICIANTE.
1.3. Que el FRANQUICIADO es un comerciante interesado en desarrollar su propio
negocio de tintorería de limpieza en seco con toda la variedad de servicios
ofrecidos por el FRANQUICIANTE bajo el SISTEMA. El FRANQUICIADO declara haber
conocido el SISTEMA con antelación a la celebración del presente, encontrándolo
satisfactorio para desarrollar sus fines y objetivos propios.
1.4. Que el FRANQUICIADO no tiene relación ni vinculación societaria alguna con
el FRANQUICIANTE.
1.5. Que el FRANQUICIADO entiende y reconoce que todo detalle del sistema es
importante para el FRANQUICIANTE a los efectos de desarrollar y mantener normas
elevadas y uniformes de calidad, servicio, imagen y técnicas para aumentar la
demanda por los servicios y productos del FRANQUICIANTE, proteger y mejorar la
reputación y el prestigio del SISTEMA.
1.6. Que el FRANQUICIADO conoce que ......... es una marca registrada por
......... SA.
SECCION 2: DEL OTORGAMIENTO DE LA FRANQUICIA
2.1. El FRANQUICIANTE otorga al FRANQUICIADO una franquicia comercial para
operar un local de tintorería y servicio de limpieza en seco bajo el nombre
......... marca registrada, usando el sistema de franquicias comerciales y su
método operativo. Asimismo, el FRANQUICIANTE celebrará un contrato de locación
con el FRANQUICIADO con relación al local en el cual se desarrollarán las
actividades del presente contrato.
2.2. A partir de la entrada en vigencia del presente, el FRANQUICIANTE le otorga
al FRANQUICIADO el derecho a usar los letreros y designaciones en relación con
el local acordado.
2.3. Sólo en relación con el presente contrato y al local especificado en la
cláusula 2.1, la franquicia incluye el derecho de uso de la marca .........
2.4. El FRANQUICIANTE proveerá sin cargo ciertos elementos publicitarios y
promocionales. El FRANQUICIADO deberá acondicionar el local, decorarlo y
equipararlo de acuerdo con las pautas del manual técnico o de descripción del
local de la franquicia (en adelante "el MANUAL").
2.5. El FRANQUICIANTE se abstendrá de suministrar franquicias del mismo rubro a
terceros que se encuentren en el ámbito territorial de la franquicia y en un
radio de 250 (doscientos cincuenta) metros, excepto en caso de incumplimiento de
los términos del presente.
2.6. El FRANQUICIADO se compromete a no aprovisionarse de suministros, insumos,
máquinas o productos que no provengan del FRANQUICIANTE. Se entenderá por
suministros a las perchas, bolsas, cartones, contramarca del pantalón, y todo
otro elemento necesario para cumplir con el servicio. El FRANQUICIANTE se
reserva el derecho de indicar la marca o la especificación de los productos a
utilizar en ciertos casos y la facultad de dejar al FRANQUICIADO la elección del
proveedor de los mismos. El FRANQUICIADO se compromete a poseer un stock mínimo
de los elementos mencionados precedentemente.
SECCION 3: DE LA DURACION DEL CONTRATO
3.1. La franquicia comercial se otorgará por un término de seis años, contados a
partir de la fecha en que comenzó a funcionar el local del FRANQUICIADO.
3.2. Al partir del vencimiento del plazo mencionado en la cláusula anterior, el
FRANQUICIANTE se reserva el derecho de ofrecer al FRANQUICIADO la oportunidad de
continuar el negocio por otros 6 (seis) años más. El FRANQUICIANTE deberá
comunicarle al FRANQUICIADO que podrá hacer uso de dicha opción 90 (noventa)
días antes del vencimiento de los 6 (seis) años. En caso de no existir la
notificación descripta precedentemente, se dará automáticamente por finalizado
el presente contrato. La continuación del contrato estará sujeta a las
siguientes condiciones:
i) Que el FRANQUICIADO haya notificado por escrito al FRANQUICIANTE de su
voluntad de ejercer la opción de continuar como FRANQUICIADO con una antelación
no menor a 4 (cuatro) meses antes de la expiración del contrato.
ii) El FRANQUICIADO deberá abonar un tercio de lo estipulado en concepto de
ingreso en la Sección 6 referente a pagos.
SECCION 4: DE LOS SERVICIOS INICIALES SUMINISTRADOS POR EL FRANQUICIANTE
4.1. El FRANQUICIANTE se obliga a aprobar el local elegido si el mismo cumple
con todas las normas establecidas en el manual operativo en la sección referente
a la selección de locales.
4.2. El FRANQUICIANTE se compromete a participar en el diseño y en el
equipamiento del local, guiando al FRANQUICIADO a través de especificaciones
técnicas y aportando el beneficio de su experiencia en el negocio. Asimismo, el
FRANQUICIANTE se obliga a poner a disposición del FRANQUICIADO toda la
asistencia necesaria para que éste pueda realizar con éxito las operaciones de
apertura y puesta en marcha del local de acuerdo con los requisitos establecidos
en el SISTEMA.
4.3. Con anterioridad al comienzo de la prestación del servicio por parte del
FRANQUICIADO, el FRANQUICIANTE deberá poner a disposición del FRANQUICIADO o del
representante que éste designe, un programa de entrenamiento para que el
personal de éste adquiera los conocimientos necesarios en relación con la
operación del SISTEMA.
4.4. El FRANQUICIANTE se compromete a asistir al FRANQUICIADO en el desarrollo
de controles y registros financieros, política de personal, métodos de
producción y fuentes de suministros para un mejor funcionamiento de la
franquicia.
4.5. El FRANQUICIANTE deberá poner a disposición del FRANQUICIADO toda la
asistencia técnica necesaria para que éste pueda efectuar las operaciones de
apertura y puesta en marcha del local de acuerdo con los requisitos del SISTEMA.
4.6. El FRANQUICIANTE deberá coordinar el programa de publicidad para la
inauguración del local del FRANQUICIADO. A estos fines le otorgará un kit de
elementos publicitarios.
SECCION 5: DE LOS SERVICIOS PERMANENTES SUMINISTRADOS POR EL FRANQUICIANTE
5.1. El FRANQUICIANTE se obliga a mantener una relación continua de
asesoramiento con el FRANQUICIADO. Se entenderá por asesoramiento a los fines de
este contrato a las consultas en el área de comercialización, a las técnicas de
venta y a las operaciones comerciales en general.
5.2. El FRANQUICIANTE se obliga a realizar los máximos esfuerzos para mantener
elevados y uniformes niveles de calidad, limpieza, apariencia y servicio en
todos los locales ........., sean propios o franquiciados, protegiendo y
mejorando de este modo SU reputación y la demanda por los productos y servicios
..........
5.3. El FRANQUICIANTE se compromete a entrenar a todo el personal que sea
miembro del primer plantel de trabajo del FRANQUICIADO, transmitiendo todos los
conocimientos necesarios para que el plantel de trabajo del FRANQUICIADO pueda
hacer uso del SISTEMA en forma adecuada.
SECCION 6: DE LOS PAGOS
6.1. Como contraprestación por el otorgamiento de la franquicia comercial y en
concepto de ingreso al SISTEMA, el FRANQUICIADO se compromete a realizar un pago
único de U$S 20.000 (veinte mil dólares estadounidenses).
6.2. El FRANQUICIADO deberá abonar, mediante un cheque no a la orden en concepto
de ROYALTY mensual, el monto que resulte superior entre una suma fija de u$s 365
(trescientos sesenta y cinco dólares estadounidenses) o el equivalente al 3%
(tres por ciento) de su facturación neta del impuesto al valor agregado. El
mencionado ROYALTY se abonará el día quince del mes siguiente o el primer día
hábil subsiguiente si el día fuese no laborable.
6.3. El FRANQUICIADO se obliga a abonar en la forma prevista en la cláusula
anterior un canon mensual fijo de U$S 50 (cincuenta dólares estadounidenses) que
se destinará a la creación publicitaria. Asimismo, deberá abonar un 1% (uno por
ciento) mensual adicional de su facturación neta del impuesto al valor agregado
en concepto de participación en las operaciones nacionales de publicidad y un 1%
(uno por ciento) mensual.
6.4. El FRANQUICIADO se obliga a abonar en la forma prevista en la cláusula 6.2
un máximo del 1% (uno por ciento) mensual adicional de su facturación neta del
impuesto al valor agregado, el que se destinará al mejoramiento del proceso de
limpieza y apoyatura.
6.5. Luego de expirar el término de los 6 (seis) meses de garantía, si el
FRANQUICIADO es visitado por un técnico con el objeto de proceder a la
reparación de las máquinas, éste deberá abonar el importe en cuestión más los
gastos de traslado de los técnicos.
6.6. En el caso de incumplimiento por parte del FRANQUICIADO, de las
obligaciones asumidas precedentemente, el FRANQUICIADO se obliga a pagar los
intereses sobre los montos impagos a razón del 2% (dos por ciento) mensual de
interés punitorio sobre el monto de la factura, reservándose al FRANQUICIANTE el
derecho de reajustarlo en función de las fluctuaciones de las tasas de inflación
y de interés en el mercado. Tanto los intereses moratorios como los punitorios
serán capitalizados mensualmente.
SECCION 7: OBLIGACIONES DEL FRANQUICIADO
7.1. El FRANQUICIADO se obliga a equipar, decorar y amueblar, a su exclusivo
costo, el local y su marquesina con todos los elementos necesarios, observando
las normas e indicaciones propuestas por el FRANQUICIANTE.
7.2. El FRANQUICIADO se obliga a usar todos los materiales, suministros, bienes
descartables, uniformes, displays, muebles, letreros, equipos y métodos de
diseño descriptos por el FRANQUICIANTE, o en su defecto, aquellos de iguales
características que se ajusten a las normas de calidad y especificaciones
establecidas por el FRANQUICIANTE al respecto. El flete de acarreo de los
materiales solicitados será abonado por el FRANQUICIADO en todos los casos. El
FRANQUICIADO se abstendrá de usar o adquirir cualquier producto, insumo,
material, suministro, bien descartable, uniforme, mueble, que no sea
suministrado o permitido por el FRANQUICIANTE.
7.3. El FRANQUICIADO deberá mantener a su cargo el interior y exterior de su
local en el más alto grado de limpieza, orden, pulcritud y reparación, según lo
determine el FRANQUICIANTE. Esta obligación comprende a todo bien mueble,
marquesina, letrero, equipo de iluminación y uniforme del personal que tenga
relación con la explotación de la franquicia.
7.4. El FRANQUICIADO deberá observar las indicaciones que emita el FRANQUICIANTE
en referencia a las condiciones de impresión y ubicación de las marcas en la
papelería comercial que se utilice en el local.
7.5. El FRANQUICIADO se obliga a llevar los libros y demás asientos contables en
legal forma de acuerdo a las normas legales vigentes. Asimismo, ante el
requerimiento del FRANQUICIANTE o de la persona autorizada por éste, deberá
entregar el importe de sus ventas al público, exhibir las boletas de pago a
proveedores, servicios en general e impuestos municipales, provinciales o
nacionales que correspondieren. En tal sentido, el FRANQUICIANTE estará
facultado para delegar esta facultad de control en la persona que considere
apropiada para ello.
7.6. A los efectos de lograr la unificación en el manejo de las relaciones
laborales de todos los locales ......... y previo acuerdo entre las partes, el
FRANQUICIADO se compromete a no contratar servicios jurídicos laborales en otro
estudio jurídico que no sea el propuesto por el FRANQUICIANTE. El FRANQUICIADO
se obliga a seguir los lineamientos de derecho laboral impuestos por dicho
estudio jurídico.
7.7. El FRANQUICIADO deberá mantener su local abierto y en operación normal
durante 12 (doce) horas por día, durante 6 (seis) días a la semana como mínimo,
durante los 12 (doce) meses del año.
7.8. El FRANQUICIADO deberá cumplir con todas las exigencias y habilitaciones
municipales y/o provinciales o nacionales que correspondan.
7.9. El FRANQUICIADO no estará autorizado para poner en funcionamiento otros
locales con el nombre de ......... dentro o fuera del territorio de exclusividad
ni podrá ser titular de franquicias o emprendimientos comerciales que
comercialicen servicios similares que compitan o concurran con su franquicia
.......... Tampoco podrá ser titular de locales que posean elementos distintivos
y decoraciones similares a las que utilice en el local ..........
7.10. El FRANQUICIADO deberá respetar los precios generales de venta, según la
lista de precios que le otorgue el FRANQUICIANTE. No podrá realizar descuentos o
quitas, salvo previa notificación y posterior aceptación por escrito de parte
del FRANQUICIANTE.
SECCION 8: DERECHOS DEL FRANQUICIANTE
8.1. Con el fin de preservar la validez e integridad de la marca registrada y de
asegurar que las normas y las especificaciones del Sistema sean correctamente
empleadas en la operación del local, el FRANQUICIANTE o sus agentes tendrán
derecho a inspeccionar el local del FRANQUICIADO. El FRANQUICIANTE, previa
notificación fehaciente por escrito con 3 (tres) días de anticipación, estará
facultado para requerirle al FRANQUICIADO que retire cualquier elemento de la
decoración del local o equipos que no se ajusten a las normas y especificaciones
aplicables.
8.2. Si dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a la comunicación por
escrito requiriendo la debida corrección de una falta en las medidas de sanidad
e higiene, o si dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la comunicación por
escrito requiriendo las debidas reparaciones, mantenimiento, corrección o
pintura, el FRANQUICIADO no ha corregido esa condición o llevado a cabo las
mismas, el FRANQUICIANTE podrá fijar una multa diaria equivalente a U$S 250
(doscientos cincuenta dólares estadounidenses) por cada día que el FRANQUICIADO
se demore en cumplir con sus obligaciones.
8.3. El FRANQUICIANTE y sus representantes tienen el derecho a inspeccionar los
libros y asientos contables originales pertenecientes al FRANQUICIADO. Si dicha
inspección revelara que las ganancias informadas por el FRANQUICIADO al
FRANQUICIANTE son menores que las que surgen de la inspección realizada, el
FRANQUICIADO deberá pagar al FRANQUICIANTE la diferencia entre el monto
efectivamente abonado y el monto final resultante de la inspección (basada en
las estimaciones correctas de ganancias) más los costos de la inspección u
honorarios contables aplicables y los intereses de las sumas adeudadas. Tales
pagos se harán sin perjuicio de todo otro reclamo que le corresponda al
FRANQUICIANTE.
8.4. El FRANQUICIANTE podrá rescindir el presente contrato, en cualquier
momento, en el caso de incumplimiento de las obligaciones asumidas en el
presente contrato y/o sus respectivos anexos.
8.5. El FRANQUICIANTE tendrá derecho a utilizar un espacio dentro del local sub-alquilado
por el FRANQUICIADO para realizar actividades de publicidad con el objeto de
encontrar nuevas personas interesadas en la franquicia del sistema .........
SECCION 9: MARCAS REGISTRADAS
9.1. El FRANQUICIADO entiende que el FRANQUICIANTE tiene la licencia para usar
la marca registrada ......... en forma exclusiva. El FRANQUICIANTE tiene el
derecho de operar y otorgar licencias a otros locales sobre las mismas marcas
registradas, en los términos y condiciones que estime convenientes, sin
perjuicio de mantener la reserva del territorio convenida precedentemente con el
FRANQUICIADO.
9.2. Durante el término del presente contrato y luego de la terminación del
mismo, el FRANQUICIADO se compromete a no discutir, directamente o
indirectamente, el proceso de registración, la validez de la constitución y la
propiedad de las marcas registradas.
9.3. Ningún derecho, título ni participación en la marca registrada se
transfiere al FRANQUICIADO por el presente contrato, con excepción del derecho
de usar la marca en los términos y condiciones establecidas en el presente.
9.4. El FRANQUICIADO no podrá entablar ninguna acción judicial ni administrativa
que ponga en peligro los derechos del FRANQUICIANTE sobre las marcas registradas
en su nombre. El FRANQUICIADO tendrá la obligación de notificar inmediatamente
en forma fehaciente al FRANQUICIANTE si llegara a tomar conocimiento de reclamos
efectuados por cualquier tercero que alegue que la marca registrada es
directamente confundible, causa confusión al público o infringe una marca que
éste ya hubiera registrado con anterioridad. El FRANQUICIANTE tendrá absoluta
discreción para iniciar la defensa de su derecho o continuar con las acciones
legales que estime convenientes.
Asimismo, el FRANQUICIADO se compromete a no registrar la marca ......... en
otros lugares.
SECCION 10: RESTRICCIONES A LAS ACTIVIDADES DEL FRANQUICIADO
10.1. El FRANQUICIADO, sus socios o accionistas, en el caso de que éste fuera
una persona jurídica, no estarán autorizados, directa o indirectamente, por sí
mismos o por interpósita persona o en conjunción con otras personas físicas o
jurídicas a ser propietarios, a mantener una participación accionaria o a
participar o tener un interés en la operatoria de una empresa que realice una
actividad sustancialmente similar al negocio que lleva a cabo ........., salvo
que el FRANQUICIANTE lo autorice en forma expresa por escrito. Esta prohibición
no se aplicará en caso de que el FRANQUICIADO posea la propiedad o realice la
operatoria de otros locales ya en marcha al momento de la firma del presente.
10.2. Por un período de 12 (doce) meses contados a partir de la fecha de
terminación del presente y sin tener en cuenta la causal por la cual se puso fin
al mismo, el FRANQUICIADO, sus socios o accionistas en el caso de que éste fuera
una persona jurídica, no podrán:
(i) Desviar o intentar desviar negocios o clientes hacia otro establecimiento en
competencia o concurrencia con el FRANQUICIANTE.
(ii) Emplear o intentar emplear, induciendo directa o indirectamente a dejar su
empleo, a una persona que en ese momento esté operando, o sea empleada en otro
local perteneciente al FRANQUICIANTE.
(iii) Publicar, divulgar, usar y/o copiar, en beneficio propio, o de otras
personas físicas o jurídicas, cualquier conocimiento o información concerniente
a los métodos del sistema de franquicia con respecto a su equipamiento,
instalación, decoración u operación del que hayan sido comunicados al
FRANQUICIADO, o de los que el FRANQUICIADO haya tenido conocimiento en virtud de
la instrumentación de los términos de este contrato.
SECCION 11: SEGUROS
11.1. El FRANQUICIADO se compromete a contratar un seguro de responsabilidad
civil frente a los daños causados a terceros en una empresa aseguradora de
primer nivel, previa aprobación por parte del FRANQUICIANTE. Asimismo, se
compromete a asegurar la responsabilidad derivada por todos sus actos y sucesos
ocurridos en el ejercicio del comercio, a asegurar su stock y sus instalaciones
contra los riesgos de incendio, robo, inundaciones, roturas de cristales, y toda
otra responsabilidad emergente del ejercicio de las actividades descriptas en el
presente.
SECCION 12: TERMINACION
12.1. El FRANQUICIADO incumplirá el presente contrato, pudiendo el FRANQUICIANTE
optar por la resolución del mismo, sin necesidad de preaviso, en los siguientes
casos:
(i) Incumplimiento en la entrega de la declaración de GANANCIAS por parte del
FRANQUICIADO al FRANQUICIANTE, ya sea este incumplimiento ocasionado por la
falta de veracidad en la misma, o por no presentarla en el plazo acordado.
(ii) Si el FRANQUICIADO es procesado por algún delito que perjudique la imagen
de la franquicia.
(iii) Si el FRANQUICIADO hace uso indebido de la marca, el nombre, el emblema o
las insignias cuya propiedad pertenece al FRANQUICIANTE.
(iv) Si el FRANQUICIADO o cualquiera de sus fiadores cayera en estado de
insolvencia, se concurse o transfiera el fondo de comercio, o parte sustancial
de sus bienes, en beneficio de sus acreedores.
(v) Se solicite la quiebra del FRANQUICIADO y éste lo consienta o no levante el
pedido dentro de los 30 (treinta) días de solicitado el mismo.
(vi) Si el FRANQUICIADO es inhabilitado comercialmente.
(vii) Si el FRANQUICIADO explotara un negocio de características similares al
negocio objeto del presente contrato.
(viii) Si el FRANQUICIADO efectuara prácticas incorrectas que dañaren la imagen
del negocio.
(ix) En caso de que el FRANQUICIADO no cumpliera en tiempo y forma con las
obligaciones asumidas con el Banco ......... en cuanto al pago del crédito
garantizado con prenda sobre las máquinas.
(x) En caso de que el FRANQUICIADO no cumpliera con las obligaciones asumidas
con ......... SA en relación con el contrato de sublocación oportunamente
suscripto por ambas partes. Dentro de las obligaciones asumidas por el
FRANQUICIADO en el carácter de sublocatario del mencionado contrato, se
encuentra obligación de pago mensual, la del uso apropiado del mismo, la del
pago de los gastos comunes, la de constituir el fondo de promoción, la de
cumplir con determinados horarios y la que establece las condiciones de trato
con el público en general.
(xi) En caso de que la garantía propietaria presentada por el FRANQUICIADO, con
el objeto de avalar sus obligaciones contractuales en el contrato de sublocación
celebrado con ......... SA, dejara de tener la solvencia requerida para estos
casos.
12.2. El FRANQUICIADO se compromete a pagar todas las sumas originadas en un
tiempo anterior a la terminación del presente contrato que le adeudare al
FRANQUICIANTE, las cuales incluirán los daños, gastos y costas en las que
hubiera incurrido el FRANQUICIANTE con motivo del incumplimiento del
FRANQUICIADO.
12.3. Dentro de las 24 (veinticuatro) horas de intimado a realizarlo, el
FRANQUICIADO deberá cesar inmediatamente de usar todas las marcas, los manuales
de operaciones, los eslóganes, los letreros y los símbolos registrados a nombre
del FRANQUICIANTE y que formen parte de la franquicia.
12.4. El FRANQUICIANTE, o sus agentes, empleados y/o representantes, estarán
autorizados, luego de haber efectuado la intimación previa, a retirar del frente
del local el cartel o el letrero distintivo de la marca y cualquier otro signo
distintivo de propiedad del FRANQUICIANTE.
El FRANQUICIANTE no será responsable por los daños ocasionados al FRANQUICIADO o
al local como resultado de dicho ingreso al local, retiro o cambio de los
mismos.
12.5. El FRANQUICIADO devolverá de inmediato todos los manuales de operaciones,
planes, especificaciones y otros materiales que contengan información preparada
por el FRANQUICIANTE y relativa a la operación del sistema franquicia.
12.6. Si el FRANQUICIADO adeudare sumas de dinero como consecuencia de la
relación de franquicia comercial nacida del presente, el FRANQUICIANTE podrá
tomar como parte de pago todos los bienes, maquinarias, insumos y bienes de
decoración del local que estuvieran en posesión del FRANQUICIADO para satisfacer
el monto de su crédito.
SECCION 13: RELACION ENTRE LAS PARTES
13.1. El presente contrato no constituye al FRANQUICIADO en agente,
representante legal, socio ni empleado del FRANQUICIANTE. El FRANQUICIADO
entiende que reviste el carácter de comerciante independiente y que, de ningún
modo, estará autorizado a celebrar ningún contrato, acuerdo, constituir una
garantía o representar por cuenta del FRANQUICIANTE.
SECCION 14: CONTRATO "INTUITO PERSONAE"
14.1. El FRANQUICIANTE otorga la franquicia al FRANQUICIADO tomando en
consideración para ello a su persona y antecedentes; por lo tanto, no podrá éste
ceder total o parcialmente, en forma transitoria o permanente, gratuita u
onerosa, los derechos que le correspondan sobre la franquicia sin el
consentimiento expresado, por escrito del FRANQUICIANTE. Si el FRANQUICIANTE
autorizara al FRANQUICIADO a realizar la mencionada cesión, el pago estipulado
en el primer párrafo de la Sección 6 del contrato caducará automáticamente. Como
requisito previo a la cesión, el comprador (cesionario) deberá pagar, en
concepto de derecho de entrada, el importe vigente al momento de realizarse la
misma. En caso de tratarse de una adquisición por parte de un franquiciado, se
deberá abonar el equivalente a la mitad de dicha suma.
SECCION 15: DECLARACIONES Y GARANTIAS DEL FRANQUICIADO
15.1. Que la celebración de este contrato y el cumplimiento de las operaciones
contempladas en el mismo no resultarán en incumplimiento de cualquier término o
disposición de, ni resultarán en conflicto con otras disposiciones, ni violarán
ninguna ley, norma, decreto, reglamento, regulación, ordenanza, sentencia de
cualquier tribunal, aplicables al FRANQUICIADO, ni a sus propiedades, activos o
acciones en circulación.
15.2. El FRANQUICIADO se compromete a presentar todas las garantías solicitadas
por la propietaria local y/o el FRANQUICIANTE dentro de los 30 (treinta) días de
efectuado el requerimiento. En caso de incumplimiento con lo descripto
precedentemente, el presente contrato quedará sin efecto por culpa de la
compradora, pudiendo la vendedora reclamar por daños y perjuicios.
15.3. Si después de un tiempo de presentada la garantía por parte del
FRANQUICIADO, la misma perdiera su solidez y no pudiera en lo subsiguiente ser
utilizada para el fin propuesto, el FRANQUICIANTE podrá rescindir el contrato de
sublocación, lo que significará la pérdida del derecho a explotar la franquicia
comercial con la respectiva rescisión del contrato de franquicia.
SECCION 16: NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones al FRANQUICIANTE deberán ser por escrito, y entregadas
o enviadas por correo certificado y/o a otra dirección que se designe por
escrito.
Todas las notificaciones al FRANQUICIADO deberán ser por escrito y entregadas o
enviadas por correo certificado al local de la FRANQUICIA o a otra dirección que
se designe por escrito.
SECCION 17: DIVISIBILIDAD
17.1. Si alguna disposición de este contrato es considerada ilegal, ineficaz o
inoponible por un tribunal competente, esa decisión no afectará ninguna otra
disposición del presente contrato ni declarará inválidas, ineficaces o
inoponibles las restantes disposiciones.
SECCION 18: CONTRATO INDIVISO
18.1. Este contrato contiene enteramente el acuerdo entre las partes con
respecto a las transacciones contempladas en el presente, y reemplaza toda
negociación, representación, garantía, compromiso, propuesta y contrato, escrito
u oral, anterior a la fecha del presente contrato entre las partes. Ninguna
renuncia, modificación o reforma de alguna disposición de este contrato deberá
hacerse efectiva a menos que esté específicamente hecha por escrito y
debidamente firmada por las partes.
SECCION 19: LEY APLICABLE Y JURISDICCION
19.1. La validez, la interpretación y el efecto de este contrato será regulada
exclusivamente por las leyes de la República Argentina. Toda controversia que se
suscite entre las partes con relación a este contrato se resolverá por ante el
Tribunal de Arbitraje de la Asociación Argentina de Franchising, sito en Avenida
Santa Fe 995, 4º piso, Capital Federal.
SECCION 20: NOTIFICACIONES
20.1. Todas las notificaciones, requerimientos, demandas y otras comunicaciones
bajo este contrato deberán ser hechas por escrito y entregadas personalmente o
por carta documento o correo especial, correctamente domiciliadas en los
domicilios enunciados en el encabezado del presente.
20.2. Cualquiera de las partes puede cambiar su domicilio para las
notificaciones aquí previstas, dando aviso del nuevo domicilio, pero ningún
cambio será considerado hasta que sea efectivamente recibido por la otra parte.
En fe de lo cual, las partes suscriben el presente en tres ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto en Buenos Aires, a los ... días del mes de ... de
.......