Altillo.com > Exámenes > UBA - Económicas > Impuestos II
1) Menciones los distintos métodos establecidos en la Constitución Nacional de los distintos poderes identificando impuesto, jurisdicción, tiempo y si es o no posible de coparticipación. (RESPUESTA: EL CUADRO QUE DA EN CLASE)
2) Mencione cuando se produce el nacimiento de la obligación tributaria en IIBB e IVA en:
* Operaciones de canje de productos primarios.
En IVA en la entrega de los productos primarios (FALTA EN IIBB QUE CREO QUE ES COMO DACIÓN EN PAGO NO SE GRAVA)
* Intereses
:
En IIBB desde el momento en que se generan y en proporción al tiempo transcurrido hasta cada período de pago del impuesto. En IVA: En
el momento de su percepción.
3) Como se determina en CM la Base imponible de
* Ventas inmuebles en más de 12 cuotas
: LA BASE IMPONIBLE ESTÀ CONSTITUIDA POR LA SUMA TOTAL DE LAS CUOTAS O PAGOS QUE VENCIERAN EN CADA PERIODO.
* Ventas inmuebles en menos de 12 cuotas
: BI SE ATRIBUYE EN SU TOTALIDAD EN EL MES EN QUE SE REALICE LA VENTA.
* Intermediarios
: LA BASE IMPONIBLE ESTA DADA POR LA DIFERENCIA ENTRE LOS INGRESOS Y LOS IMPORTES QUE CORRESPONDE TRANSFERIR A LOS COMITENTES POR LAS OPERACIONES
REALIZADAS EN EL PERIODO FISCAL (diferencia entre el valor que venden y la comisión que cobran)
*Películas condicionadas: CADA BUTACA HABILITADA Y DE ACUERDO CON EL IMPORTE QUE INDIQUE LA LEY TARIFARIA, EL GRAVAMEN SE INGRESARÀ
EN FORMA MENSUAL.
* Entidades financieras:
TOTALIDAD DEL BALANCE DE LA ENTIDAD.
* Diferencias entre precios de compra y de venta
: VENTA MENOS COSTO.
*Bienes recibidos como parte de pago: DIFERENCIA ENTRE SU PRECIO DE VENTA Y EL MONTO QUE SE LE HA ATRIBUIDO EN OPORTUNIDAD DE SU
RECEPCIÓN.
4) Que es lo que da sustento territorial según el CM?
Los gastos que otorgan sustento territorial son aquellos que tengan una vinculación con las actividades interjurisdiccionales, con la aptitud suficiente
para exteriorizar la magnitud o el volumen de la actividad cumplida en casa jurisdicción.
El requisito de sustento territorial se manifiesta cuando el contribuyente realiza en la jurisdicción del adquirente alguna actividad concreta y efectiva
tendiente a obtener ingresos, aunque fuere mediante asentamientos no permanentes.
5) Mencione 4 sanciones que produce la AFIP ante el incumplimiento de los aportes.
-Incumplimiento de inscribirse como empleador: Multa del 300% del importe de los aportes y contribuciones sobre las remuneraciones.
-Falta de denuncia de los trabajadores en las DJ de aportes y contribuciones: Multa del 100% de los aportes y contribuciones por los trabajadores
involucrados.
-Incumplimiento a la retención de aportes sobre el total que corresponda: Multa del 100% de los aportes y contribuciones por los trabajadores involucrados.
-Falta de denuncia del trabajador en las DDJJ durante toda la relación laboral: Multa del 200% de los aportes y contribuciones de los trabajadores
involucrados.
-Mora en el pago de aportes y contribuciones:
. Mora de hasta 10 días: multa de 0,10% del total omitido, por cada día de mora
. Mora de más de 90 días: multa del 30% del total omitido
-Falsa declaración o adulteración de los datos referentes a los beneficiarios o respecto del empleador mediante el cual se obtenga una reducción de los
aportes y contribuciones: Multa del 3% de las remuneraciones imponibles totales abonadas por el empleador (excluido el SAC y las gratificaciones
extraordinarias) durante el mes inmediato anterior a aquel al cual corresponda la infracción. La multa se reducirá a un tercio de su valor, si el empleador
rectifica su declaración dentro del plazo que se establezca.
-Incumplimiento a la registración del alta/baja de los trabajadores ocupados, con los requisitos plazos y condiciones establecidos por la AFIP: Multa de 10
MOPRE.
-Falta de registración o inexistencia del libro especial de registración de personal: Multa de 5 MOPRE.
6)
Describa cuales son las deducciones admitidas en los Impuestos Internos y establezca cuales son las condiciones para su aplicación:
- Bonificaciones y descuentos en efectivo hechos al comprador
- Intereses por financiación del precio neto de venta
- Débito fiscal del impuesto al valor agregado que corresponda al enajenante
Estos deben corresponder en forma directa a las ventas gravadas y figurar discriminados en la respectiva factura y estar debidamente contabilizados.
7)
En qué casos se aplican los Pagos a Cuenta? Que características debe tener ese pago a cuenta
-Importaciones: Se gravan cuando hay despacho a plaza (nace el hecho imponible) y también se grava cuando se venda, puedo pedir su devolución.
-Elaboración de bienes por encargo de terceros: Ej. Supermercados con bienes propios. Se grava dos veces cuando se elaboran y cuando se envasan.
-Objetos suntuarios
Dejan de ser monofásicos. El pago a cuenta no puede dar saldo a favor y se divide por unidad o producto
8) Diferencias entre actos ilícitos Civiles y actos ilícitos Penales:
Los civiles cubren el interés de los particulares y se busca proteger los patrimonios de terceros.. La sanción es resarcitoria. Los penales cubren el interés de la sociedad y se busca proteger la sociedad. La sanción es ejemplificadora para el resto de la sociedad, represiva (cárcel).
9)
Menciones los actos "in criminis". Y cuáles de ellos son punibles y cuáles no?
-Ideación: El sujeto se imagina que lo va a hacer. No es punible.
-Preparación: No es reprochable en la medida que no se realice el ilícito. No es punible.
-Inicio de la ejecución: Es punible
-Consumación de la ejecución: Es punible
10)
En qué momento dan inicio y en qué momento finalizan los intereses resarcitorios y punitorios?
Los intereses resarcitorios se devengan desde el vencimiento de la obligación y hasta uno de los siguientes momentos: pago de la deuda, pedido de prórroga,
interposición de la demanda de ejecución fiscal o apertura del concurso.
Los intereses punitorios se devengan desde que se interpone la demanda de ejecución fiscal hasta que se cancela la deuda. Su finalidad es sancionatoria.
11)
En el caso de omisión del pago de impuestos (art 45) cuando se produce la eximición de la sanción, cuando se reduce al mínimo legal y cuando a 1/3
reducción?
Art. 45: Falta de presentación de DJ o ser inexactas las presentadas: se sanciona con multa gravable entre el 50% y 100% del gravamen dejado de pagar,
retener o percibir (se aplica también a agentes de retención o percepción que omitieran actuar como tales)
-Si un contribuyente rectificare sus DJ antes de corrérsele las vistas del Art. 17 y no fuere reincidente en las infracciones de defraudación ni en la
utilización indebida de quebrantos, las multas de estos últimos y la del art. 45 se reducirán a 1/3 de su mínimo legal
-Una vez corrida la vista y el contribuyente acepte la pretensión fiscal pero antes vencer el primer plazo de 15 días acordado para contestarla las multas
se reducirán a 2/3 de su mínimo legal.
-En caso de que la determinación de oficio practicada por la AFIP fuese consentida por el interesado la multa quedará reducida al mínimo legal.
-Cuando fueran de aplicación los art. 45 y 46 y el saldo total de los gravámenes adeudados actualizados no excedieran los $1.000 no se aplicará sanción si
el mismo se ingresara voluntariamente o antes de vencer el plazo
REDUCCIÓN POR ÚNICA VEZ AL MÍNIMO LEGAL: Si el titular reconociere la materialidad de la infracción cometida en la primer oportunidad de defensa en la
sustanciación de un sumario por infracción, las sanciones se reducirán por única vez al mínimo legal.
12) Cuál es la consecuencia de resolución no apelada por el contribuyente?
13) Ante la resolución del Tribunal fiscal de la Nación inculpando al contribuyente, éste tiene opciones para apelar la resolución? y que efectos acarrea la implementación de los mismos? Explique los efectos.
REVISIÓN Y APELACION LIMITADA ANTE LA CAMARA NACIONAL COMPETENTE DENTRO DE LOS 30 DIAS DE NOTIFICADA LA RESOLUCION. NO INTERPUESTO EL RECURSO PASARA EN AUTORIDAD DE COSA JUZAGADA Y DEBERA CUMPLIRSE DENTRO DE LOS 15 DIAS DE QUEDAR FIRME. LAS SENTENCIAS QUE CONDENAREN AL PAGO DE TRIBUTO Y ACCESORIOS SE OTORGARÁN CON EFECTO DEVOLUTIVO, ES DECIR, LA CONCESIÓN DEL RECURSO NO IMPIDE QUE SE EXIJA EL CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE LA SENTENCIA.