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1) Impuesto a las Ganancias. ¿En qué casos una persona humana puede perder la residencia argentina y por lo tanto adquirir la calidad de residente del exterior?
Se pierde la residencia argentina siempre que se la haya obtenido anteriormente, y se pierde cuando se adquiere la condición de residencia migratoria permanente en el exterior (acto administrativo), o cuando se permanezca en forma continuada en el exterior por más de 12 meses (con ánimo de ausentarse, si es por un accidente no cuenta), aunque puede tener ausencias temporarias en el país que no superen los 90 días.
2) Explique en qué consiste el principio tributario de igualdad (ante la ley y en la ley).
Ante la ley: Surge del artículo 16 de la Constitución Nacional (todos somos iguales ante la ley), es la forma en la que los tribunales deben aplicar las leyes en todos los supuestos que contengan, si la ley no discrimina con supuestos especiales, los jueces no pueden hacerlo.
En o dentro de la ley: Es un verdadero límite a la potestad tributaria, porque le prohíbe al Estado gravar de la misma manera a dos sujetos que tienen diferente capacidad, o gravar de distinta manera a dos sujetos que tienen la misma capacidad (teoría de la capacidad contributiva y teoría del beneficio). A veces hay ciertas situaciones que podrían presentar cierta desigualdad, pero esconden una medida parafiscal, por ejemplo, al cobrar más por bienes del exterior que nacionales (se intenta que los traigan a la Arg.), pero no se pueden tomar clasificaciones arbitrarias sin justificación.
3) Defina y explique las funciones de “distribución” y “estabilización”.
Siempre se genera con el gasto una redistribución de la renta, puesto que el Estado lo vuelca en el sector que más lo necesite. Si el recurso es progresivo, la redistribución será mayor. Ahora bien, cuando el gasto se financia con deuda, y esto se concentra con impuestos regresivos, no existe redistribución. Los gastos destinados a la redistribución de la riqueza se pueden hacer tanto proveyendo servicios públicos como transfiriendo dinero. Se dice que, en épocas recesivas, en economías muy frías, financiar el gasto con un poco de inflación puede llegar a ser positivo, puesto que la reactivación del consumo que se produciría sería mayor al daño que haría la inflación (estabilización). En cambio, si se produce en épocas de expansión con plena ocupación, el gasto puede producir un mayor recalentamiento (efecto multiplicador) y puede provocar más inflación, perjudicando a la economía. Son estabilizadores automáticos aquellos con alícuotas que se modifican de acuerdo con la capacidad contributiva como el impuesto a las ganancias, y son estabilizadores expresos aquellos que están creados expresamente para inyectar dinero como el impuesto extraordinario a la riqueza o aporte extraordinario.
4) Federalismo fiscal o coordinación financiera. ¿En qué consiste el sistema de participación y qué ventajas o desventajas presenta?
No se distribuyen los recursos en sí (fuentes) sino el producto (recaudación), entonces el nivel nacional aplica los tributos, define cuáles se aplican, los recauda, y luego le da una parte a cada nivel. Se puede hacer impuesto por impuesto, o por masa o unión tributaria de todo lo que se recaude por impuestos. La ventaja es que evita la superposición de gravámenes, no hay distintos tributos como en el de concurrencia, porque la potestad tributaria la tiene el nivel nacional únicamente, y además evita la multiplicidad de administraciones fiscales al tener una política fiscal unitaria. Además, los niveles inferiores accederían a los mejores recursos para generar fondos. La desventaja es que afecta el poder autónomo de las provincias y municipios porque no interviene en los tributos ni sus alícuotas sino solamente en qué parte del total le toca.
5) Explique en qué consiste el aspecto "temporal" del hecho imponible. Cite algún ejemplo.
Cualquier hecho imponible tiene un elemento subjetivo y otro objetivo, y el elemento objetivo a la vez tiene varios aspectos (material, espacial, temporal y cuantitativo), y ambos deben darse de manera concurrente para que haya hecho imponible. El aspecto temporal determina la definición del cuándo, y puede ser de dos tipos, para impuestos periódicos depende de ejercicios (generalmente anuales) como el impuesto a las ganancias, o para impuestos instantáneos generados por cada hecho como sucede con las compras puntuales gravadas por el IVA.
6) Impuesto sobre los bienes personales. En los casos de participaciones sociales: ¿Quiénes deben actuar como responsables sustitutos y respecto a qué sujetos?
Los responsables sustitutos, según el artículo 26, son designados por ley (aunque en la práctica suele estar acordado con el titular de los bienes) y, si no verifican el hecho imponible, igual pagan el impuesto en sustitución del contribuyente, entonces la relación jurídica es con el responsable sustituto (no hay retención como en ganancias, entonces luego el sustituto debe exigirle al propietario que le devuelva el dinero = derecho de regreso, o directamente le exige al titular que le envíe el dinero para pagar el impuesto). Los casos en los que se determina el impuesto por sustitución en vez de por declaración jurada son: bienes ubicados en el país que pertenecen a sujetos del exterior (excluyendo diplomáticos), acciones y participaciones en el capital de sociedades, fideicomisos no financieros. Para el caso particular de las acciones y participaciones en el capital de sociedades, el responsable sustituto es una sociedad regida por la ley 19.550 (ley general de sociedades), donde la condición es que pertenezcan a personas físicas del exterior, sucesiones indivisas (al 31/12) domiciliadas en el país o en el exterior, sociedades o cualquier otro tipo de persona de existencia ideal domiciliada en el exterior. La base es el patrimonio neto multiplicado por el porcentaje de participación, y la alícuota es del 0,5 % (mínima alícuota).
7) Mencione en cada caso si las siguientes afirmaciones con respecto a las Tasas son VERDADERAS O FALSAS y JUSTIFIQUE su respuesta:
AFIRMACIONES |
V |
F |
JUSTIFICACION |
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Son consecuencia de extraerle recursos al patrimonio del |
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Constituyen un recurso originario. |
X |
resto de las otras personas (patrimonio ajeno al Estado), |
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tienen origen legal. |
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Se aplican como consecuencia del poder de |
X |
Existe una contraprestación por parte del Estado que |
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imperio del Estado. |
estamos obligados a pagar, es coercitivo. |
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Se aplican tanto para la prestación de |
Generalmente es un servicio público individualizado |
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X |
(divisible), por ejemplo, el ABL (alumbrado, barrido y |
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servicios públicos divisibles como indivisibles |
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limpieza) |
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En ningún caso se pueden acoplar o vincular |
Muchas veces, en la práctica recaudatoria, con las tasas |
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X |
se aplican impuestos, sobre todo cuando suelen estar |
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con un impuesto. |
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asociados a los mismos inmuebles. |
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Tienen en común con los precios del mercado |
. La tasa no es un precio, no es voluntario, pero tiene en |
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X |
común la función limitadora (limita la demanda porque |
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su función limitadora. |
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no es gratis). |
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Según Fisher, la ganancia es poder gozar de |
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Humano, |
lo que tenemos, entonces, cobrar el sueldo y |
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depositarlo no es ganancia, pero poder |
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Ocupación de un inmueble |
Jurídico y |
X |
X |
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ocupar una vivienda propia sí. En Argentina, |
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propio destinado a veraneo |
Sucesión |
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esta teoría se aplica para inmuebles de |
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indivisa |
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recreo o veraneo (renta psíquica o ficta, es |
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decir, la ganancia que no existe). |
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Como fue adquirido a partir del 2018, no |
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Venta de un bien inmueble que |
paga ITI sino Impuesto a las ganancias. Para |
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no fue afectado como casa |
Humano o |
X |
X |
las personas de existencia ideal va por 3° |
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habitación, que fue adquirido |
Jurídica |
categoría, para las humanas por 1°. La |
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en Enero/2018. |
sucesión indivisa no puede vender |
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inmuebles. |
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Humano, |
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Originada en el alquiler de un |
Jurídico y |
X |
X |
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bien inmueble |
Sucesión |
Si el propietario es una sociedad, va por 3°, |
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indivisa |
sino va por 1°. |
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Dividendos cobrados de una |
Humano o |
X |
X |
Si el accionista es otra sociedad, va por 3°, si |
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sociedad anónima argentina |
Jurídica |
es una persona humana, va por 2°. |
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Ganancias obtenidas en una |
Humano |
X |
Es el único caso en el cual una persona |
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explotación unipersonal |
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humana tiene renta de 3° (SAU). |
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