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Trabajo Práctico Nº 2  |  Derecho Privado (2024)  |  UCASAL
ACTIVIDAD FORO DE DEBATE: Derecho a la vida - UNIDAD II Lea atentamente el artículo periodístico y los artículos legales siguientes y responda las siguientes consignas en el foro de debate:


- “ARTICULO 19 del Código Civil y Comercial de la Nación.- Comienzo de la existencia. La existencia de la persona humana comienza con la concepción. - “Artículo 1.- Convención sobre los Derechos del Niño. Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad. (Ley Nº 23.849: Con relación al artículo 1º de la CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, la REPUBLICA ARGENTINA declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad.)” - “Artículo 4. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Derecho a la Vida. 1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente.”


Link para artículo periodístico: http://www.lanacion.com.ar/1456233-fallo-historico-la-corte-eximio-de-pena-alas-mujeres-violadas-que-aborten


Consignas para opinar en este foro:
1.- ¿Cuándo comienza la persona humana para la ley?
2.- El derecho a la vida, en la opinión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo de 2012 ¿es absoluto? ¿Por qué?
3.- ¿Cuál es su opinión jurídica sobre el tema del aborto? ¿Le parece contradictoria la normativa y la opinión de la Corte?
4.- Una eximición de pena del derecho penal, según su opinión, ¿implica transformar un delito en una conducta permitida?
Respuestas:
La persona humana según la ley comienza con la concepción, en casos de reproducción asistida se considera persona con la implantación del embrión en la mujer.


Según la Corte Suprema de Justicia de la Nación el derecho a la vida no es absoluto, ya que tiene en cuenta situaciones de violación, riesgo de muerte de la madre y embarazos en mujeres con discapacidades.


Considero que el aborto debería ser una posibilidad para todas las mujeres argentinas en un entorno legal, seguro y con el control que requiere tal practica. No me parece contradictorio.


El fallo mencionado sentó jurisprudencia con su resolución, no transforma el delito en conducta permitida.

 

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